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perro tuerto 7f1d723436 Ups, cambios de estilos van en otro lado 2022-05-05 23:04:46 -05:00
perro tuerto 0be6e05b64 Síntesis en la presentación y modificación de estilos de la versión web 2022-05-05 22:48:16 -05:00
perro tuerto a64975075c Elaboración de la presentación y modificación de estilos de la versión web 2022-05-05 21:10:03 -05:00
perro tuerto c9544c9ec2 Adición de plantilla para la presentación 2022-05-04 12:02:54 -05:00
perro tuerto d1ecfabacb Adición de plantilla para la presentación 2022-05-04 11:05:00 -05:00
perro tuerto 8e249d9cc2 Cambio 2022-04-04 20:20:29 -05:00
perro tuerto 40333f978f Adición de estado de pipeline 2022-04-04 20:14:22 -05:00
perro tuerto 8e6ef7de53 Corrección en bibliografía2 2022-03-28 22:45:08 -06:00
perro tuerto 0a83c1bec2 Recuperación de información 2022-03-28 21:54:22 -06:00
perro tuerto 5ba6717b28 Pequeños ajustes al index 2021-11-09 12:31:07 -06:00
perro tuerto 70430b2897 Prueba 2021-11-09 12:17:17 -06:00
perro tuerto 7ee0f54f56 Prueba de otra aproximación 2021-11-09 12:13:47 -06:00
perro tuerto 9568850159 Prueba para evitar loop 2021-11-09 12:10:26 -06:00
perro tuerto 67bc59adf8 Prueba de adición de portada a EPUB 2021-11-08 00:50:03 -06:00
perro tuerto e480691daa Prueba de adición de portada a EPUB 2021-11-08 00:28:02 -06:00
perro tuerto 8fc7112e2b Prueba de adición de portada a PDF 2021-11-08 00:09:33 -06:00
perro tuerto 761eded692 Prueba de adición de portada a PDF 2021-11-08 00:00:46 -06:00
perro tuerto fbf4009e24 Prueba de adición de portada a PDF 2021-11-07 23:51:06 -06:00
perro tuerto bc7d2d5c66 Prueba de adición de portada a PDF 2021-11-07 23:38:52 -06:00
perro tuerto e6b0568564 Adición de assets 2021-11-07 23:34:21 -06:00
perro tuerto ad93ad0c04 Cambio en estructura 2021-11-07 19:39:56 -06:00
perro tuerto ce646d6f3e Cambio de estructura 2021-11-07 19:29:09 -06:00
perro tuerto 9c24ea355c Corrección de enlace 2021-11-07 19:10:59 -06:00
perro tuerto 7894f995f2 Adición de más assets 2021-11-07 18:23:31 -06:00
perro tuerto ef6d3080ba Cambio de estructura 2021-11-07 17:19:33 -06:00
perro tuerto 2ae53324ff Adición de asset 2021-11-07 16:39:46 -06:00
perro tuerto 733e5710fa Movimiento de ficheros 2021-11-07 12:16:56 -06:00
perro tuerto 51b26397e3 Más assets 2021-11-07 11:21:57 -06:00
perro tuerto 7d5c078bd5 Movimiento de assets 2021-11-07 11:17:50 -06:00
perro tuerto b3c449c407 adición de salto de línea 2021-11-04 23:32:43 -06:00
perro tuerto 5050f8fa75 Merge branch 'master' of gitlab.com:NikaZhenya/maestria-investigacion into ed1 2021-10-17 23:33:17 -05:00
perro tuerto 124aee2f96 Reproducción 2021-10-17 21:40:16 -05:00
perro tuerto 5ea4cb8f90 Cambio de título 2021-10-17 20:53:45 -05:00
perro tuerto 3f6d20c2ba Se manda ci a master 2021-10-17 19:55:40 -05:00
perro tuerto cbf5a8c963 Adición de ci 2021-10-15 16:57:56 -05:00
perro tuerto 87ac4762de Adición de .gitignore 2021-10-15 16:54:37 -05:00
perro tuerto 2ca88fcb81 Merge branch 'master' of gitlab.com:NikaZhenya/maestria-investigacion into ed1 2021-10-15 16:51:43 -05:00
perro tuerto 975e72534c Arreglo 2021-10-12 16:47:19 -05:00
perro tuerto bb57bd0765 Ups 2021-10-12 16:42:36 -05:00
perro tuerto 0acca40dec Ups2 2021-10-12 16:41:34 -05:00
perro tuerto cf14eb5720 Ups 2021-10-12 16:40:03 -05:00
perro tuerto c620cc39c3 Prueba 2021-10-12 16:36:11 -05:00
Perro en la Matrix b4432c7995 Multipublicación automatizada realizada. 2021-10-12 21:23:54 +00:00
perro tuerto 2a6db40d56 Limpieza 2021-10-12 16:18:25 -05:00
perro tuerto 3360bb99f0 Prueba 2021-10-12 16:14:58 -05:00
perro tuerto c528f47974 Prueba 2021-10-12 00:49:34 -05:00
perro tuerto 1dd0f3442f Correcciones 2021-10-11 18:18:09 -05:00
perro tuerto d4efcb3941 Correcciones 2021-10-11 17:28:22 -05:00
perro tuerto 3437c816a8 Estamos regresando 2021-10-11 17:13:13 -05:00
260 changed files with 1129714 additions and 79013 deletions

2
.gitignore vendored Normal file
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@ -0,0 +1,2 @@
public
.~*

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@ -6,19 +6,11 @@ pages:
- git remote set-url origin https://$GIT_CI_USER:$GIT_CI_PASS@gitlab.com/$CI_PROJECT_PATH.git
- git config --global user.email "bot@perro.tuerto"
- git config --global user.name "Perro en la Matrix"
- git checkout ed1
- git pull origin ed1
script:
- cd tesis && ./generate-all && cd ..
- mkdir public/
- cp -r {anexos,bibliografia,recursos,tesis,index.html} public/
- rm -rf public/bibliografia/recursos
after_script:
- git reset --hard
- git checkout master
script:
- ruweb https://pad.programando.li/f4lRqEUYT4meGRdVHdxQNA/download
after_script:
- git add . && git commit -m "Multipublicación automatizada realizada." && git push origin master
artifacts:
paths:
- public
only:
- master

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@ -1,5 +1,8 @@
# Investigación de maestría
[![pipeline status](https://gitlab.com/NikaZhenya/maestria-investigacion/badges/ed1/pipeline.svg)](https://gitlab.com/NikaZhenya/maestria-investigacion/-/commits/ed1)
Este es el repositorio con toda la investigación de la maestría.
Para el sitio, ve a https://maestria.perrotuerto.blog o https://nikazhenya.gitlab.io/maestria-investigacion/

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@ -0,0 +1,82 @@
Ciudad de México, 18 de abril de 2017
**Comité Académico del** \
**Programa de Maestría y Doctorado en Filosofía,** \
**Universidad Nacional Autónoma de México**
El sector editorial ha sido una de las principales áreas de trabajo a las que
me he dedicado desde la educación media superior. Fue por el interés en la
publicación e investigación que decidí estudiar la licenciatura en Filosofía.
Las actividades académicas y profesionales que he desempeñado siempre han
estado orientadas a la difusión de productos editoriales.
Debido a mi habilidad con el uso y creación de *software*,
dirijo mi atención a la creación y mantenimiento de sistemas que
faciliten la compartición de la cultura y la labor editorial. «¿Qué tiene que ver
esto con la filosofía?», es una pregunta que constantemente se me hace, y
simplemente contesto que «todo».
La búsqueda del libre acceso a la cultura que he llevado acabo desde hace más
de una década la he visto como una manifestación de diversas inquietudes
que me orientaron al estudio de la filosofía, la cual es la relación de nosotros
con nuestra herencia cultural. Aunque claro, lo que más rápido sale a
relucir del quehacer cultural que he desempeñado son las cuestiones técnicas
orientadas a la cultura, edición y *software* libre.
Por este motivo tengo interés en la filosofía de la cultura, ya que es también
reflexionar sobre mi actividad profesional y la de los grupos de trabajo de
los que formo parte. Dentro de este campo, el área que poco a poco me ha
intersado más son las implicaciones que la propiedad intelectual está teniendo
al momento de hacer, mantener y difundir cultura.
Esto me ha llevado a asistir desde diplomados por parte de Indautor y la
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, hasta eventos de editoriales
independientes o de activismo *hacker*. En estos eventos he encontrado
bibliografía interesante sobre temas técnicos, políticos o socioeconómicos,
así como también ha provocado que revalore y reinterprete algunos clásicos de la
filosofía que tuve la oportunidad de estudiar durante la licenciatura.
Además, existe un área de trabajo relativamente reciente que se llama «teoría de
la propiedad intelectual», la cual busca justificar filosóficamente a las diversas
legislaciones que en conjunto se conocen como propiedad intelectual. Me parece un
área apasionante y preocupante. Emocionante porque paulatinamente la propiedad intelectual
está dejando de ser un tema político-jurídico o socioeconómico para percibirse como
un concepto que tiene profundas raíces en la manera en como entendemos nuestro mundo.
Sin embargo, la mayoría de la bibliografía que he consultado sobre este esfuerzo
teórico pasa por alto una serie de temas que me parecen fundamentales, como es la
relación que tiene la propiedad intelectual con la subjetivización de la cultura,
la tecnificación de nuestras comunidades y la predilección al sujeto creador como
el paradigma de creación cultural.
Estos temas me parecen que permiten la vinculación del análisis filosófico
de la propiedad intelectual con las áreas de investigación que se enfocan a
la construcción de la subjetividad, filosofía de la tecnología, el vínculo
entre el autor y la obra, así como a las humanidades digitales.
Mi actividad profesional la continúo viendo la
publicación. El estudio de la maestría (aunque mi aspiración es al menos
el doctorado) la veo como uno de los pilares que me permitirá
darle continuidad a este desarrollo profesional (y personal).
Aunque el deseo de muchos de los que estudiamos filosofía es ser
profesor de asignaturas afines, no es secreto que es difícil encontrar
plazas. Sin embargo, esto no me desanima, ya que mucha de mi actividad
profesional involucra impartir talleres de edición donde siempre retomo
temáticas que permiten un trato filosófico, debido a las posibilidades
y retos que nos permiten las nuevas tecnologías de la información y la
comunicación en el sector cultural.
En este sentido, pretendo orientar mis estudios de posgrado al área de
la investigación interdisciplinaria y bajo metodologías experimentales
en la liberación de los resultados o en el análisis de la información,
cuyas principales temáticas sean la relación entre la propiedad
intelectual y la cultura libre con la filosofía. Como puede observarse,
esto también implica darle continuidad a los intereses de difusión
cultural que implica el acceso abierto de los frutos editoriales.
Sin nada más por agregar, me despido, ojalá me den la oportunidad de estudiar
esta maestría que pretendo por tercera ocasión, pero que por cuestiones administrativas
solo me he quedado con el deseo.
_____________________________
Ramiro Santa Ana Anguiano

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@ -0,0 +1,161 @@
\documentclass[]{article}
%\usepackage[letterpaper]{geometry}
\usepackage{lmodern}
\usepackage{amssymb,amsmath}
\usepackage{ifxetex,ifluatex}
\usepackage{fixltx2e} % provides \textsubscript
\ifnum 0\ifxetex 1\fi\ifluatex 1\fi=0 % if pdftex
\usepackage[T1]{fontenc}
\usepackage[utf8]{inputenc}
\else % if luatex or xelatex
\ifxetex
\usepackage{mathspec}
\else
\usepackage{fontspec}
\fi
\defaultfontfeatures{Ligatures=TeX,Scale=MatchLowercase}
\fi
% use upquote if available, for straight quotes in verbatim environments
\IfFileExists{upquote.sty}{\usepackage{upquote}}{}
% use microtype if available
\IfFileExists{microtype.sty}{%
\usepackage[]{microtype}
\UseMicrotypeSet[protrusion]{basicmath} % disable protrusion for tt fonts
}{}
\PassOptionsToPackage{hyphens}{url} % url is loaded by hyperref
\usepackage[unicode=true]{hyperref}
\hypersetup{
pdfborder={0 0 0},
breaklinks=true}
\urlstyle{same} % don't use monospace font for urls
\IfFileExists{parskip.sty}{%
\usepackage{parskip}
}{% else
\setlength{\parindent}{0pt}
\setlength{\parskip}{6pt plus 2pt minus 1pt}
}
\setlength{\emergencystretch}{3em} % prevent overfull lines
\providecommand{\tightlist}{%
\setlength{\itemsep}{0pt}\setlength{\parskip}{0pt}}
\setcounter{secnumdepth}{0}
% Redefines (sub)paragraphs to behave more like sections
\ifx\paragraph\undefined\else
\let\oldparagraph\paragraph
\renewcommand{\paragraph}[1]{\oldparagraph{#1}\mbox{}}
\fi
\ifx\subparagraph\undefined\else
\let\oldsubparagraph\subparagraph
\renewcommand{\subparagraph}[1]{\oldsubparagraph{#1}\mbox{}}
\fi
% set default figure placement to htbp
\makeatletter
\def\fps@figure{htbp}
\makeatother
\date{}
\begin{document}
\hfill Ciudad de México, 18 de abril de 2017
\vspace{2cm}
\textbf{Comité Académico del}\\
\textbf{Programa de Maestría y Doctorado en Filosofía,}\\
\textbf{Universidad Nacional Autónoma de México}
\vspace{2cm}
El sector editorial ha sido una de las principales áreas de trabajo a
las que me he dedicado desde la educación media superior. Fue por el
interés en la publicación e investigación que decidí estudiar la
licenciatura en Filosofía. Las actividades académicas y profesionales
que he desempeñado siempre han estado orientadas a la difusión de
productos editoriales.
Debido a mi habilidad con el uso y creación de \emph{software},
dirijo mi atención a la creación y
mantenimiento de sistemas que faciliten la compartición de la cultura y
la labor editorial. «¿Qué tiene que ver esto con la filosofía?», es una
pregunta que constantemente se me hace, y simplemente contesto que
«todo».
La búsqueda del libre acceso a la cultura que he llevado acabo desde
hace más de una década la he visto como una manifestación de diversas
inquietudes que me orientaron al estudio de la filosofía, la cual es la
relación de nosotros con nuestra herencia cultural. Aunque
claro, lo que más rápido sale a relucir del quehacer cultural que he
desempeñado son las cuestiones técnicas orientadas a la cultura, edición
y \emph{software} libre.
Por este motivo tengo interés en la filosofía de la cultura, ya que es
también reflexionar sobre mi actividad profesional y la de los grupos de
trabajo de los que formo parte. Dentro de este campo, el área que poco a
poco me ha intersado más son las implicaciones que la propiedad
intelectual está teniendo al momento de hacer, mantener y difundir
cultura.
Esto me ha llevado a asistir desde diplomados por parte de Indautor y la
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, hasta eventos de
editoriales independientes o de activismo \emph{hacker}. En estos
eventos he encontrado bibliografía interesante sobre temas técnicos,
políticos o socioeconómicos, así como también ha provocado que revalore
y reinterprete algunos clásicos de la filosofía que tuve la oportunidad
de estudiar durante la licenciatura.
Además, existe un área de trabajo relativamente reciente que se llama
«teoría de la propiedad intelectual», la cual busca justificar
filosóficamente a las diversas legislaciones que en conjunto se conocen
como propiedad intelectual. Me parece un área apasionante y preocupante.
Emocionante porque paulatinamente la propiedad intelectual está dejando
de ser un tema político-jurídico o socioeconómico para percibirse como
un concepto que tiene profundas raíces en la manera en como entendemos
nuestro mundo. Sin embargo, la mayoría de la bibliografía que he
consultado sobre este esfuerzo teórico pasa por alto una serie de temas
que me parecen fundamentales, como es la relación que tiene la propiedad
intelectual con la subjetivización de la cultura, la tecnificación de
nuestras comunidades y la predilección al sujeto creador como el
paradigma de creación cultural.
Estos temas me parecen que permiten la vinculación del análisis
filosófico de la propiedad intelectual con las áreas de investigación
que se enfocan a la construcción de la subjetividad, filosofía de la
tecnología, el vínculo entre el autor y la obra, así como a las
humanidades digitales.
Mi actividad profesional la continúo viendo la
publicación. El estudio de la maestría (aunque mi aspiración es al menos
el doctorado) la veo como uno de los pilares que me permitirá
darle continuidad a este desarrollo profesional (y personal).
Aunque el deseo de muchos de los que estudiamos filosofía es ser
profesor de asignaturas afines, no es secreto que es difícil encontrar
plazas. Sin embargo, esto no me desanima, ya que mucha de mi actividad
profesional involucra impartir talleres de edición donde siempre retomo
temáticas que permiten un trato filosófico, debido a las posibilidades
y retos que nos permiten las nuevas tecnologías de la información y la
comunicación en el sector cultural.
En este sentido, pretendo orientar mis estudios de posgrado al área de
la investigación interdisciplinaria y bajo metodologías experimentales
en la liberación de los resultados o en el análisis de la información,
cuyas principales temáticas sean la relación entre la propiedad
intelectual y la cultura libre con la filosofía. Como puede observarse,
esto también implica darle continuidad a los intereses de difusión
cultural que implica el acceso abierto de los frutos editoriales.
Sin nada más por agregar, me despido, ojalá me den la oportunidad de
estudiar esta maestría que pretendo por tercera ocasión, pero que por
cuestiones administrativas solo me he quedado con el deseo.
\vspace{3cm}
\begin{center}
\rule{0.5\linewidth}{\linethickness}
Ramiro Santa Ana Anguiano
\end{center}
\end{document}

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@ -0,0 +1,10 @@
Ciudad de México, 27 de marzo de 2017
**Comité Académico del** \
**Programa de Maestría y Doctorado en Filosofía,** \
**Universidad Nacional Autónoma de México**
Por este medio manifiesto mi disposición para dirigir la tesis, en calidad de tutor principal, del alumno **Ramiro Santa Ana Anguiano**, aspirante para ingresar a la Maestría en Filosofía con la investigación titulada *El creador y lo creado: la propiedad intelectual como supuesto en la creación cultural y filosófica* en el campo de conocimiento «Filosofía de la Cultura», previa autorización del Comité Académico.
_____________________________
Ernesto Priani Saisó

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@ -0,0 +1,88 @@
\documentclass[]{article}
\usepackage{lmodern}
\usepackage{amssymb,amsmath}
\usepackage{ifxetex,ifluatex}
\usepackage{fixltx2e} % provides \textsubscript
\ifnum 0\ifxetex 1\fi\ifluatex 1\fi=0 % if pdftex
\usepackage[T1]{fontenc}
\usepackage[utf8]{inputenc}
\else % if luatex or xelatex
\ifxetex
\usepackage{mathspec}
\else
\usepackage{fontspec}
\fi
\defaultfontfeatures{Ligatures=TeX,Scale=MatchLowercase}
\fi
% use upquote if available, for straight quotes in verbatim environments
\IfFileExists{upquote.sty}{\usepackage{upquote}}{}
% use microtype if available
\IfFileExists{microtype.sty}{%
\usepackage[]{microtype}
\UseMicrotypeSet[protrusion]{basicmath} % disable protrusion for tt fonts
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\PassOptionsToPackage{hyphens}{url} % url is loaded by hyperref
\usepackage[unicode=true]{hyperref}
\hypersetup{
pdfborder={0 0 0},
breaklinks=true}
\urlstyle{same} % don't use monospace font for urls
\IfFileExists{parskip.sty}{%
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\setlength{\parindent}{0pt}
\setlength{\parskip}{6pt plus 2pt minus 1pt}
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\setlength{\emergencystretch}{3em} % prevent overfull lines
\providecommand{\tightlist}{%
\setlength{\itemsep}{0pt}\setlength{\parskip}{0pt}}
\setcounter{secnumdepth}{0}
% Redefines (sub)paragraphs to behave more like sections
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% set default figure placement to htbp
\makeatletter
\def\fps@figure{htbp}
\makeatother
\date{}
\begin{document}
\pagenumbering{gobble}
\hfill Ciudad de México, 27 de marzo de 2017
\vspace{2cm}
\textbf{Comité Académico del}\\
\textbf{Programa de Maestría y Doctorado en Filosofía,}\\
\textbf{Universidad Nacional Autónoma de México}
\vspace{2cm}
Por este medio manifiesto mi disposición para dirigir la tesis, en
calidad de tutor principal, del alumno \textbf{Ramiro Santa Ana
Anguiano}, aspirante para ingresar a la Maestría en Filosofía con la
investigación titulada \emph{El creador y lo creado: la propiedad
intelectual como supuesto en la creación cultural y filosófica} en el
campo de conocimiento «Filosofía de la Cultura», previa autorización del
Comité Académico.
\vspace{3cm}
\begin{center}
\rule{0.5\linewidth}{\linethickness}
Ernesto Priani Saisó
\end{center}
\end{document}

View File

@ -0,0 +1,5 @@
# Protocolo de investigación
El protocolo fue elaborado en un pad, para conocer más sobre su historia
consúltese su [línea de
tiempo](https://etherpad.net/p/yestoquees/timeslider).

View File

@ -0,0 +1,286 @@
<!DOCTYPE html>
<html lang="es">
<head>
<meta charset="UTF-8" />
<title>El creador y lo creado | Protocolo</title>
</head>
<body>
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<section id="toc">
<p class="espacio-arriba1"><strong>Índice</strong></p>
<ol>
<li><a href="#título">Título</a></li>
<li><a href="#planteamiento">Planteamiento</a></li>
<ol>
<li><a href="#problema">Problema</a></li>
<li><a href="#pregunta">Pregunta</a></li>
<li><a href="#tesis">Tesis</a></li>
<li><a href="#hipótesis">Hipótesis</a></li>
</ol>
<li><a href="#objetivos">Objetivos</a></li>
<ol>
<li><a href="#general">General</a></li>
<li><a href="#particulares">Particulares</a></li>
</ol>
<li><a href="#relevancia">Relevancia</a></li>
<ol>
<li><a href="#relevancia-filosófica">Relevancia filosófica</a></li>
<li><a href="#relevancia-no-filosófica">Relevancia no filosófica</a></li>
</ol>
<li><a href="#aportación-original">Aportación original</a></li>
<li><a href="#índice-tentativo">Índice tentativo</a></li>
<li><a href="#cronograma">Cronograma</a></li>
<li><a href="#bibliografía">Bibliografía</a></li>
<ol>
<li><a href="#primaria">Primaria</a></li>
<li><a href="#secundaria">Secundaria</a></li>
</ol>
</ol>
</section>
<section>
<h1 id="título">Título</h1>
<p><em>El creador y lo creado: la propiedad intelectual como supuesto en la creación cultural y filosófica</em>.</p>
<h1 id="planteamiento">Planteamiento</h1>
<h2 id="problema">Problema</h2>
<p>El advenimiento de la era digital ha posibilitado formas de creación cultural que cuestionan conceptos como los de</p>
<ol style="list-style-type: decimal">
<li><p>autoría, siendo los <em>remix</em>, memes, <em>gifs</em> comprensibles y usables sin necesidad e incluso sin posibilidad de rastrear «un» autor;</p></li>
<li><p>autoridad, donde las distintas formas de colaboración y trabajo en equipo en la piratería digital y la digitalización se presentan como fenómenos que desafían los aparatos jurídico, cultural o universitario;</p></li>
<li><p>la cultura como objeto de consumo, por medio de las licencias de uso que permiten la completa reutilización sin necesidad de pagar por ello como las licencias Creative Commons o <span class="baja versalita">GPL</span><a href="#fn1" class="footnoteRef" id="fnref1"><sup>1</sup></a>, así como la descarga gratuita de artículos científicos del Open Access<a href="#fn2" class="footnoteRef" id="fnref2"><sup>2</sup></a> y</p></li>
<li><p>metodologías profesionales para la creación cultural, por la cual divesas comunidades en internet sin ningún tipo de certificación ejercen funciones de edición, revisión por pares o investigación académica como Epublibre, Aaaaarg, LibGen, Sci-Hub o Academia.edu.</p></li>
</ol>
<p>Esto ha provocado una crisis en el modelo cultural vigente en diversas instituciones estatales o privadas ya que estos cuatro conceptos son ejes primordiales para su sostenimiento.</p>
<p>La principal reacción ante esto ha sido el fortalecimiento de este modelo a través de una vía técnico-jurídica por la cual se establece lo que es «correcto», «legal» y «técnicamente viable». Como ejemplos de lo primero tenemos las constantes campañas para el registro de obras o invenciones en Indautor o <span class="baja versalita">IMPI</span>, la validez curricular de estas por medio de identificadores estandarizados como el número de patente, el <span class="baja versalita">ISBN</span>, <span class="baja versalita">ISSN</span> o <span class="baja versalita">DOI</span>, o la publicación de los hallazgos o las creaciones en organismos especializados como las publicaciones arbitradas o boletines institucionales. De lo segundo, está patente en la búsqueda de expandir los derechos exclusivos de obras o invenciones, como la reforma en 2003 de la Ley Federal del Derecho de Autor,<a href="#fn3" class="footnoteRef" id="fnref3"><sup>3</sup></a> la inadvertida ley Televisa<a href="#fn4" class="footnoteRef" id="fnref4"><sup>4</sup></a> y la fallida iniciativa de <span class="baja versalita">SOPA</span> mexicana, también conocida como ley Döring;<a href="#fn5" class="footnoteRef" id="fnref5"><sup>5</sup></a> las constantes campañas antipiratería, como los <em>spots</em> en cines comerciales, radio y televisión en donde se criminaliza la utilización indeseada de propiedad intelectual, y los tratados internacionales cuyos ejes centrales son el control de la propiedad intelectual como el Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica o los diversos tratados administrados por la <span class="baja versalita">OMPI</span>. Como ejemplos del tercer caso tenemos la gestión de derechos digitales cuyo objetivo es evitar el uso indeseado de propiedad intelectual a través de impedimentos técnicos, como la encriptación creada por Adobe (empleados por diversas instituciones como el <span class="baja versalita">FCE</span> o la <span class="baja versalita">UNAM</span>), Apple o Amazon para evitar la compartición externa a sus plataformas de <em>ebooks</em>, música o videos, la inclusión del <span class="baja versalita">DRM</span> como estándar para el futuro de la <em>web</em>, principalmente impulsado por Netflix,<a href="#fn6" class="footnoteRef" id="fnref6"><sup>6</sup></a> o Readium <span class="baja versalita">LCP</span>, una tecnología abierta de encriptación de obras propuesto por el European Digital Reading Lab.<a href="#fn7" class="footnoteRef" id="fnref7"><sup>7</sup></a></p>
<p>La consecuencia de este fortalecimiento es el constreñimiento de las posibilidades de creación intelectual que deja afuera a toda actividad cultural que no se apegue a dicho marco. Por ejemplo, lo «errado» que es la falta de registro de una creación intelectual, pese a que la normatividad jurídica establece que no es necesario para su protección legal <em>de facto</em>;<a href="#fn8" class="footnoteRef" id="fnref8"><sup>8</sup></a> la minimilización o el descarte curricular de obras o invenciones que no se apegan a algún lineamiento <span class="baja versalita">ISO</span> o que fueron divulgadas por canales «no oficiales» como las redes sociales, <em>blogs</em> o sitios P2P. La actividad «ilegal» de cualquier acto de piratería, como la digitalización y publicación de material ya no disponible o de difícil acceso, por ejemplo, las obras huérfanas, descatalogadas o agotadas, o materiales gráficos y audiovisuales solo disponibles en museos, acervos o archivos. O bien, la «complejidad e inconveniencia técnica» que representa la creación de repositorios descentralizados, alimentados directamente por el usuario, mantenido por una comunidad y cuyo acceso no implique la creación de muros de pago, bajo el supuesto argumento de una pérdida del control y de la calidad de los materiales, cuya endeble justificación es evidenciada por plataformas como Wikipedia, y las otras comunidades ya mencionadas.</p>
<p>Este fortalecimiento y sus consecuencias contemplan un carácter paradójico, el cual tiene un impacto directo en el presente y porvenir de nuestra cultura. Al reaccionar conservadoramente se estipula un paradigma de lo más «adecuado» o «pertinente» al momento de aprehender, entender, comprender y compartir creaciones intelectuales, el cual al menos indirectamente impide el desarrollo o el mantenimiento de gran parte de la infraestructura cultural. Un ejemplo es la pretensión de crear repositorios o base de datos cerrados cuyo costos de mantenimiento o desaparición de los proveedores socavan la misma pretensión de control en la calidad y salvaguarda de la información, como el <em>software</em> privativo adquirido por bibliotecas y acervos. Otro ejemplo son los problemas relativos a los algoritmos desarrollados para medir la relevancia de publicaciones arbitradas, que afecta la financiación de estas mismas, más si son de reciente creación. Pero también existen casos en los que la falta de ajuste a este paradigma cabe interpretarse como discriminación, el ser obviado de apoyos institucionales o de reconocimiento por una falta de certificación o por crear productos culturales no estandarizados, como la gran mayoría de creaciones a partir de la cultura popular, de la libre enseñanza o de las corrientes contraculturales, o el no ser un autor visible por escribir en la lengua materna o carecer de un nombre anglófono.<a href="#fn9" class="footnoteRef" id="fnref9"><sup>9</sup></a> E incluso de criminalización, como las demandas emprendidas por compañías disqueras o editoriales académicas en donde destacan los casos de Aaron Swartz, The Pirate Bay y Sci-Hub, pese a que el derecho a la información es elemental para el «progreso de la ciencia y las artes»<a href="#fn10" class="footnoteRef" id="fnref10"><sup>10</sup></a> tal cual como viene estipulado en diversas legislaciones estatales que fundamentan a los derechos de autor.</p>
<p>El efecto inmediato y continuo de esta decantación no solo es la preservación de la idea de autor, autoridad, cultura de consumo o paradigmas metodológicos, sino también la reproducción de un modelo cultural hegemónico afín a la ideología del libre mercado y «capitalismo global» a través de la fundamentación de la doctrina de la propiedad intelectual cuya primordial vía es la priorización del supuesto carácter privado del acto creativo entre el sujeto creador y el objeto creado. Para ello, el discurso se ha enfocado principalmente en la interpretación y reutilización de argumentos empleados por filósofos modernos, con una perspectiva abiertamente utilitarista sobre el desarrollo cultural y que no solo se reduce al establecimiento de pautas económicas, sociales o política, sino también a la manera en como se gesta, se reproduce y se funda el discuso filosófico.</p>
<h2 id="pregunta">Pregunta</h2>
<p>Ante la crisis de este modelo, que prioriza al autor, la autoridad o la creación cultural como bien de consumo, ¿qué tan válido es el supuesto vínculo intrínseco entre el sujeto creador y el objeto creado, el cual es fundamento del concepto de «propiedad intelectual»? ¿Qué ocurre cuando se deja de tratar a la «propiedad intelectual» como un objeto, también conocido como «ejecución concreta de una idea»<a href="#fn11" class="footnoteRef" id="fnref11"><sup>11</sup></a>? ¿Qué impacto tiene la doctrina de la propiedad intelectual en el quehacer cultural, principalmente en las metodologías de investigación?</p>
<h2 id="tesis">Tesis</h2>
<p>La noción de la propiedad intelectual, según los teóricos clásicos de la teoría, como Hughes, Drahos, Hettinger, Schroeder, Stengel o Shiffrin, supone la existencia de un lazo indisoluble entre el sujeto creador y el objeto creado. La crisis por la que atraviesa el modelo tradicional y actualmente hegemónico del quehacer cultural, debido a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, permite afirmar que este vínculo es un mito. Es decir, que la relación creador/creación no es un principio ontológico, como lo suponen los teóricos de la propiedad intelectual, sino de uno de índole ideológica.</p>
<h2 id="hipótesis">Hipótesis</h2>
<p>La inquietud por justificar filosóficamente la propiedad intelectual es un fenómeno relativamente reciente que se remonta a las décadas de los setentas y ochentas del siglo pasado. Una gran síntesis de estos primeros años es «The Philosophy of Intellectual Property» escrita por Hughes. En esta se evidencia que si bien varias de las manifestaciones de la propiedad intelectual (como las patentes o los derechos de autor) tienen su génesis en a partir del siglo <span class="baja versalita">XVII</span>, es hasta mediados del siglo <span class="baja versalita">XX</span> que se funda el término «propiedad intelectual».<a href="#fn12" class="footnoteRef" id="fnref12"><sup>12</sup></a></p>
<p>La relevancia de este hecho se debe a que los discursos filosóficos de Locke, los utilitaristas, Kant o Hegel empleados para fundar el concepto de «propiedad intelectual» se han usado en conjunto, haciendo caso omiso a sus génesis históricas, para justificar los diversos temas que pretende cubrir la teoría de la propiedad intelectual. El principal fundamento de estas justificaciones es la supuesta relación intrínseca entre el sujeto creador y el objeto creado desde las perspectivas donde:</p>
<ul>
<li><p>La creación merece mérito, ya que es fruto de un esfuerzo mediante el trabajo, por lo que ha de ser recompensado y regulado para evitar que otros se beneficien a expensas del creador, cuya principal fuente es el <em>Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil</em> de Locke, base jurídica del derecho anglosajón moderno.<a href="#fn13" class="footnoteRef" id="fnref13"><sup>13</sup></a></p></li>
<li><p>La creación necesita de incentivos, por el cual los individuos se motiven a crear, labor que se traducirá en progreso, beneficio o bienestar social, el cual da continuidad al discurso utilitarista que sirve de base para políticas internacionales como el Convenio de Berna o las recomendaciones de diversos organismos internacionales para los países en vías de desarrollo.<a href="#fn14" class="footnoteRef" id="fnref14"><sup>14</sup></a></p></li>
<li><p>La creación es expresión de la voluntad o del discurso del sujeto creador cuyo vínculo inalienable precisa de protección ante quienes puedan deformar dicha expresión, cuyos antecedentes yacen en Kant y Hegel, y que al mismo tiempo justifican los derechos morales, común en las tradiciones jurídicas como las de Alemania, Francia o México.<a href="#fn15" class="footnoteRef" id="fnref15"><sup>15</sup></a></p></li>
</ul>
<p>Esto crea un ecosistema donde, independientemente de la tradición jurídica de cada Estado, es posible establecer un paradigma en común de lo «correcto», «legal», «técnicamente viable», «adecuado» y «pertinente» del quehacer cultural, a partir de las posibilidades, límites, ambigüedades y esclarecimientos de las justificaciones filosóficas de la propiedad intelectual como un objeto el cual se ha de delimitar sus posibilidades de uso.</p>
<p>Sin embargo, a partir del debate abierto por la piratería digital, el Open Access o el <em>software</em> libre es posible reorientar la discusión a un terreno filosófico para evidenciar cómo la propiedad intelectual se basa más bien en un supuesto que proviene de la relación moderna entre el sujeto y el objeto. Este vínculo queda trastocado al exibirse que antes, durante y después del acto creativo intervienen otros actores, como el público, la sociedad y sus instituciones, que difícilmente permiten un momento «íntimo» entre el sujeto creador y el objeto creado, en donde se retoman reflexiones de Derrida, Foucault o Bourdieu. Por este motivo cabe la posibilidad de percibir qué es lo que ocurre cuando la propiedad intelectual deja de tratarse como un objeto.</p>
<p>Una de las posibilidades permite el análisis de la propiedad intelectual como un aparato ideológico global que pretende perpetuar por una vía técnico-jurídica el paradigma cultural que se ajusta a modelos del «capitalismo global» y su economía de libre mercado, cuyo eje analítico son los trabajos de Althusser e Illich. La otra posibilidad es la indagación de la propiedad intelectual como un mito que permite la «naturalización» o «normalización» del carácter prioritario del autor y subsecuente «entendido» de su derecho de control sobre su creación, por el cual se prosigue con las nociones de «muerte del autor» de Barthes y «función-autor» de Foucault.</p>
<p>Gracias a esto es posible identificar que si bien este mito fue uno de los principales ejes para la gestación cultural a partir de la invención de la imprenta y cuyo auge se presentó a mediados del siglo <span class="baja versalita">XX</span>, siendo esto una reflexión sobre la técnica vinculada a Heidegger, desde la decentralización de la información producto de la tecnología digital, este modelo ya no es capaz de adaptarse a los nuevos paradigmas culturales. Esta inadaptación es a tal grado que la insistencia en su prolongación ha mutado en una postura que pone en peligro el porvenir de nuestra cultura al reducir las posibilidades de aprehensión, entendimiento, comprensión y compartición culturales a partir de una específica interpretación instrumental, técnica y jurídica de la realidad.</p>
<h1 id="objetivos">Objetivos</h1>
<h2 id="general">General</h2>
<ul>
<li>Evidenciar que el vínculo entre el sujeto creador y el objeto creado no es de índole ontológica sino ideológica.</li>
</ul>
<h2 id="particulares">Particulares</h2>
<ul>
<li><p>Mostrar cómo la propiedad intelectual puede entenderse como un «aparato ideológico global».</p></li>
<li><p>Demostrar cómo la propiedad intelectual se funda en un «mito de la creación».</p></li>
</ul>
<h1 id="relevancia">Relevancia</h1>
<h2 id="relevancia-filosófica">Relevancia filosófica</h2>
<p>El debate abierto por la piratería digital, el Open Access y el <em>software</em> libre han dado la posibilidad de analizar una serie de fenómenos sobre el quehacer cultural de nuestro tiempo desde la filosofía de la cultura, la ética o la epistemología, siendo el primer caso el enfoque de esta investigación, por el cual se evidencia que su debate no solo es de un carácter político, económico, social o jurídico, sino quizás también fundamentalmente filosófico. Es por este motivo que al término «propiedad intelectual» se le pretende justificar a través de dispares tradiciones filosóficas que se aglutinan para fundar un mecanismo de control de la actividad creativa e intelectual, donde la filosofía es utilizada con fines ideológicos.</p>
<h2 id="relevancia-no-filosófica">Relevancia no filosófica</h2>
<p>Las alternativas a la propiedad intelectual han generado dinámicas culturales que desafían los modelos tradicionales al crear comunidades y desarrollar herramientas que facilitan la descentralización en la creación y gestión de contenidos culturales. Estas dinámicas han causado alarma a varias instituciones por lo que en diversos acuerdos y tratados entre estados se han estipulado pautas para el control de la actividad cultural y de la transferencia tecnológica acordes al panorama político y económico actual, a través de la idea de que la creación intelectual es propiedad sujeta a protección. Para el caso de América Latina, la economía generada por la propiedad intelectual está valuada en un una balanza negativa anual de miles de millones de dólares, afectando así la creación de infraestructura cultural y tecnológica de la región.<a href="#fn16" class="footnoteRef" id="fnref16"><sup>16</sup></a></p>
<h1 id="aportación-original">Aportación original</h1>
<p>Los teóricos que buscan justificar la propiedad intelectual a través de diversas corrientes filosóficas han tratado este término como un objeto. Bajo esta misma perspectiva, los principales discursos críticos de la propiedad intelectual han centrado sus argumentos desde contextos políticos, sociales, económicos o jurídicos haciendo hincapié en que la creación intelectual no es un objeto manipulable como una propiedad. En esta investigación se tratará a la propiedad intelectual como un «aparato ideológico» y un «mito» a partir de un contexto filosófico al demostrar que su uso como objeto impide ver varias de las implicaciones que esto tiene para el presente y porvenir del quehacer cultural, por lo cual una juridicción menos restrictiva es una alternativa que se ajusta más a nuestro contexto. Por ejemplo, el caso uruguayo y su «Ley de <em>software</em> libre y formatos abiertos en el Estado» que busca fomentar «uso social del conocimiento» al restringir el uso de <em>software</em> y formatos digitales sujetos a propiedad intelectual en dependencias gubernamentales.<a href="#fn17" class="footnoteRef" id="fnref17"><sup>17</sup></a></p>
<h1 id="índice-tentativo">Índice tentativo</h1>
<p>Introducción. La técnica en el contexto de la <span class="baja versalita">PI</span>.</p>
<ol style="list-style-type: decimal">
<li>La <span class="baja versalita">PI</span> como objeto.
<ol style="list-style-type: decimal">
<li>La <span class="baja versalita">PI</span> como objeto a justificar filosóficamente.</li>
<li>La <span class="baja versalita">PI</span> como objeto «incómodo» para la redifinición del carácter de la información.</li>
<li>La <span class="baja versalita">PI</span> como objeto de índole política, socioeconómica o jurídica.</li>
</ol></li>
<li>La <span class="baja versalita">PI</span> como aparato ideológico global.
<ol style="list-style-type: decimal">
<li>Reconfiguración de la <span class="baja versalita">PI</span> como fenómeno.</li>
<li>La función reproductiva de la <span class="baja versalita">PI</span>.</li>
<li>La <span class="baja versalita">PI</span> como realidad institucional.</li>
</ol></li>
<li>La <span class="baja versalita">PI</span> como mito.
<ol style="list-style-type: decimal">
<li>Orígenes míticos de la <span class="baja versalita">PI</span> y su normalización.</li>
<li>La función prescriptiva de la <span class="baja versalita">PI</span>.</li>
<li>La <span class="baja versalita">PI</span> como supuesto en la creación cultural.</li>
</ol></li>
</ol>
<p>Conclusión. La filosofía como liberación anticipada y continua del conocimiento.</p>
<h1 id="cronograma">Cronograma</h2>
<p>El cronograma está basado en un calendario de 24 meses. La investigación ya está disponible en <a href="http://xxx.cliteratu.re">xxx.cliteratu.re</a> cuyo acceso permanecerá abierto y gratuito para consultar los avances y el resultado final. De manera adicional se aplicarán métodos computacionales para analizar cierta información de la investigación, como son las fuentes bibliográficas.</p>
<table style="width:100%;">
<colgroup>
<col width="8%" />
<col width="45%" />
<col width="45%" />
</colgroup>
<thead>
<tr class="header">
<th>Mes</th>
<th>Actividad principal</th>
<th>Actividad secundaria</th>
</tr>
</thead>
<tbody>
<tr class="odd">
<td>1</td>
<td>Mejoramiento del acceso al repositorio</td>
<td>Ajustes finales al protocolo</td>
</tr>
<tr class="even">
<td>2</td>
<td>Desarrollo del método computacional</td>
<td>Ajustes al acceso del repositorio</td>
</tr>
<tr class="odd">
<td>3</td>
<td>Ejecución del análisis computacional</td>
<td>Corrección de errores en el método</td>
</tr>
<tr class="even">
<td>4-6</td>
<td>Análisis de datos</td>
<td>Incorporación de nueva bibliografía</td>
</tr>
<tr class="odd">
<td>7-10</td>
<td>Desarrollo de la primera parte</td>
<td>Ajustes a la bibliografía</td>
</tr>
<tr class="even">
<td>11-14</td>
<td>Desarrollo de la segunda parte</td>
<td>Correcciones de la primera parte</td>
</tr>
<tr class="odd">
<td>15-18</td>
<td>Desarrollo de la tercera parte</td>
<td>Correcciones de la segunda parte</td>
</tr>
<tr class="even">
<td>19-21</td>
<td>Desarrollo de la conclusión e intro.</td>
<td>Correcciones de la tercera parte</td>
</tr>
<tr class="odd">
<td>22-23</td>
<td>Correcciones y ajustes finales</td>
<td>Mantenimiento a los archivos <em>web</em></td>
</tr>
<tr class="even">
<td>24</td>
<td>Creación del <span class="baja versalita">PDF</span>, <span class="baja versalita">EPUB</span> y <span class="baja versalita">MOBI</span></td>
<td>Mantenimiento del repositorio</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<h1 id="bibliografía">Bibliografía</h2>
<h2 id="primaria">Primaria</h3>
<p class="frances">AA., VV. <em>Budapest Open Access Initiative, <span class="baja versalita">XV</span> aniversario</em>. 2016.</p>
<p class="frances">Althusser, Louis. <em>Ideología y aparatos ideológicos del Estado</em>. 1970.</p>
<p class="frances">Barlow, John Perry. “¿Propiedad intelectual? Una recopilación de ensayos críticos”. En: Perro Triste, 2016. Cap. Vender vino sin botellas.</p>
<p class="frances">Barron, Anne. “Kant, Copyright and Communicative Freedom”. En: <em>Law and Philosophy</em> 31.1 (2012), págs. 1-48.</p>
<p class="frances">Barthes, Roland. <em>La muerte del autor</em>. 1968.</p>
<p class="frances">Bourdieu, Pierre. <em>Homo academicus</em>. Siglo XXI, 2008.</p>
<p class="frances">Child, James W. “The Moral Foundations of Intangible Property”. En: <em>The Monist</em> 73.4 (1990), págs. 578-600.</p>
<p class="frances">Derrida, Jacques. “Jacques Derrida and the Humanities”. En: ed. por Tom Cohen. Cambridge University Press, 2002. Cap. The future of the profession or the university without condition (thanks to the “Humanities,” what could take place tomorrow), págs. 24-57.</p>
<p class="frances">Drahos, Peter. <em>A Philosophy of Intellectual Property (Applied Legal Philosophy)</em>. Dartmouth Pub Co, 1996.</p>
<p class="frances">Fisher, William. “¿Propiedad intelectual? Una recopilación de ensayos críticos”. En: Perro Triste, 2016. Cap. Teorías de la propiedad intelectual.</p>
<p class="frances">Foucault, Michel. <em>¿Qué es un autor?</em> 1999.</p>
<p class="frances">Hall, Gary. “Introduction: Pirate Philosophy”. En: <em>Culture Machine</em> 10 (2009), págs. 1-5.</p>
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</ol>
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</body>
</html>

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# Protocolo [máx. 20,000 caracteres sin contar bibliografía; SON 33,000 CARACTERES]
## Título
Filosofía pirata: la propiedad intelectual como supuesto en la creación cultural y filosófica
## Planteamiento
Ante la tecnificación del quehacer cultural, en el que también se incluye el filosófico, la
filosofía pirata busca cuestionar sobre los elementos que parecen permanecer inmóviles ante
la expansión de la cultura impresa a lo digital. Dichos temas involucran las cuestiones
de la autoría, los nombres propios, la firma, la atribución, la publicación, la cita, la
acreditación, el uso justo y, en general, la creación y práctica intelectualººcite[]ºº dentro
de centros de conocimiento así como en las propuestas periféricas o desescolarizadas.
Dentro de este movimiento y propuesta filosófica, cuyo principal canal de difusión es la
revista arbitrada y abierta *Culture Machine*, el término «piratería» no tiene un valor
intrínseco, sea positivo o negativo.ººcite[]ºº La filosofía pirata no asiente que la
información debería de ser libre a toda costa, como está presente en varios colectivos
de piratería digital, que la compartición de información es un deseo «natural» humano,
según argumenta diversas alas del Open Access (movimiento que busca el acceso abierto del
trabajo académico),ººcite[]ºº o que es un deber no cerrar el acceso a la información,
perceptible en la formulación del imperativo categórico presente en el «Manifiesto GNU» de
la Free Software Foundation (movimiento enfocado en la creación de *software* para que pueda
ser usado, estudiado, distribuido y mejorado libremente).ººcite[]ºº
Por otro lado, la «piratería» no se trata como una consecuencia de la era digital y el
internet en detrimento del pilar económico que sostiene la mayoría de la producción cultural,
académica y filosófica. Tampoco enfoca su análisis al impacto de la piratería digital,
principalmente en y a través de los medios de comunicación. Es decir, el sentido y valor de
la piratería permanece en cuestión.ººcite[]ºº
En su lugar, a través de los debates que ha abierto la piratería digital, el Open Access y el
*software* libre o de código abierto, la filosofía pirata cuestiona diversos modelos que fueron
erigidos en la era del papel como la autoría, la autoridad académica, la legitimación
profesional, la propiedad intelectual y la revisión por pares.ººcite[]ºº El modo de preguntarse
es principalmente ético fundado por el aparato crítico presente en la tradición filosófica, como
Derrida, Foucault, Barthes o Heidegger. El intento de respuesta pasa a través de cuestiones
metodológicas hasta el impacto que esto tiene en el modo en como se crea y reproduce nuestra
cultura. El principal enfoque dentro del quehacer cultural es en la práctica académica,
principalmente en las humanidades y la filosofía, ya que son estas ramas las que más han basado
su gestación y difusión a través del discurso en soporte impreso, en donde el texto no solo
es un medio de transmisión de información, sino también una expresión vinculada íntimamente con
su locutor.ººcite[]ºº
Con estos elementos se puede indicar que la filosofía pirata es ética filosófica,ººcite[]ºº
pero también teoría metodológica y práctica cultural que pone a prueba los modelos culturales
predigitales y propone otros que desafían el binomio tecnocracia-capitalismo. Cabe decir que
en este movimiento el término «pirata» se aproxima a su acepción etimológica, del latín
«*pirata*» y del griego «*πειρατής*», que significa «poner a prueba», «intentar», «arriesgar»,
o «aventurar».ººcite[]ºº
Ahora bien, que la filosofía pirata parta del debate abierto por la piratería digital, el
Open Access y el *software* libre o de código abierto no implica que estos movimientos sean
uniformes en cuanto a sus objetivos y asunciones morales. Al contrario, en varias ocasiones
la relación entre estos se ha traducido en debate, roces e incluso confrontaciones y
rompimientos. ¿Qué hace posible tratarlos como un conjunto?
La piratería digital es el movimiento menos unificado y uniforme, debido a que su actuar
en la mayoría de los casos es anárquico o de vertientes anarcoindividualistas por
lo que la existencia de aparatos institucionales queda limitada a organizaciones en
forma de colectivos o en agrupaciones entorno a plataformas de compartición de archivos
como The Pirate Bay, LibGen o Aaaaarg. Se denomina «anárquica» ya que en diversas ocasiones la
subida de información carece de factores sociopolíticos y se orienta más al deseo de compartir
sin la necesidad de intermediarios más que las computadoras.
Sin embargo, en algunas ocasiones surgen movilizaciones en defensa de la piratería digital,
incluso hasta alcanzar un alto
grado de organización que expande sus exigencias más allá del marco técnico, como el
movimiento civil que revirtió el acta de cese a la piratería (SOPA, por sus siglas en inglés)
en EE. UU.,ººcite[]ºº la casi meta alcanzada de The Pirate Bay de comprarse una isla en aguas
internacionales para alojar sus servidores,ººcite[]ºº el surgimiento de los partidos
pirata,ººcite[]ºº etcétera. El engrosamiento de las leyes de propiedad intelectual que
buscan restringir el acceso de la información son la principal causa del surgimiento de esta
conciencia grupal que, debido a su rechazo de las acciones cometidas por las instituciones
estatales o privadas, fundan su quehacer en un anarquismo individualista escéptico ante cualquier
forma de institución, sea conservadora o liberal. Las principales fuentes para su discurso
son clásicos del anarquismo, como Kropotkin, así como la «radicalización» de fundamentos morales
presentes en la ética *hacker*, como el principio de que la información *quiere ser*
libre.ººcite[]ºº
El Open Access tiene su origen en la preocupación por la paulatina corporatización de
instituciones universitarias, tradicionalmente consideradas como neutrales ante la presión
del liberalismo económico. Por ello, este se enfoca en que la producción académica
esté disponible de manera gratuita para todo aquellos que cuenten con internet.ººcite[]ºº
Este movimiento tampoco es uniforme, por lo que pueden distinguirse dos caminos para poner
la información a disposición y dos posturas sobre el alcance que debería de tener la eliminación
de barreras.ººcite[]ºº No obstante, como movimiento existe el acuerdo de oponerse a las
restricciones asociadas a los derechos de autor y las políticas de privacidad de editoriales
académicas como Elsevier o JSTOR. Para ello se plantean una serie de lineamientos
para la apertura de la información como son la creación de repositorios, archivos, editoriales
y *software* que ayuda a cubrir estas necesidades de la manera más transparente y democrática
posible.ººcite[]ºº
Si bien el Open Access se ha centrado principalmente en el quehacer académico de las ciencias,
paulatinamente ha surgido el interés de enfocarse también en las humanidades y la filosofía,
pero bajo otras formas debido a las características de sus discursos.ººcite[]ºº
Esto también ha provocado que el carácter ético del movimiento tome mayor relevancia, ya que
al parecer en las humanidades la obtención de regalías por la venta de publicaciones es un
medio por el que varios investigadores pueden absorber los gastos que implica su labor.ººcite[]ºº
Es decir, el principio es que *existe una ventaja* en abrir la información, pero la discusión
es sobre cuál ha de ser el límite de esta apertura.
Desde un contexto histórico, el *software* libre o de código abierto antecede a los demás.
Este movimiento surgió ante la preocupación de la privatización del *software* en los
principios de la apertura digital de las universidades. Aunque se trate como un conjunto,
en realidad consiste en dos vertientes que en la práctica coinciden en que el código
fuente (el trabajo realizado por el programador) ha de estar disponible para cualquiera.
Pero el trasfondo de esta necesidad es lo que ocasionó la temprana bifurcación de este
movimiento, cuyo parteaguas fue el «Manifiesto GNU».
En este manifiesto se establece una ética deontológica, explícitamente vinculada a Kant,ººcite[]ºº
en el que la información *ha de ser y permanecer* libre como principio moral.
Varios programadores que consentían en el acceso del código fuente se perturbaron por la
intención moral o por las consecuencias económicas que puede implicar la
necesidad de que el código siempre esté disponible. Esto provocó la bifurcación del movimiento
en *software* libre y *software* de código abierto. El primero tiene un fuerte carácter
ético y social donde es deber del programador *liberar* su código en miras de que este
de alguna forma conlleve a dinámicas sociopolíticas o económicas distintas.ººcite[]ºº
El segundo se rehúsa a darle connotaciones éticas a la *apertura* del código, por lo que
se centran más en una perspectiva individualista y afín al liberalismo económico por el cual
se permite lucrar directamente con el código, por lo que la apertura permanente no es
necesaria.ººcite[]ºº El punto de coincidencia es en que la información *debe de estar* disponible,
pero divergen en si es una condición permeable al interés lucrativo mediante la privatización
del código.
Con esto puede observarse que la piratería digital, el Open Access y el movimiento del
*software* libre o de código abierto comparten una postura hacia la información: que
esta *quiere* o *debe de* ser libre, y las ventajas que esto conlleva para el desarrollo
cultural dentro del contexto digital. Es en esta coincidencia que la filosofía pirata
se centra para partir su análisis. Sin embargo, como es perceptible, esto muchas veces
acarrea el problema de una falta de consenso sobre cómo habrá de tratarse a la información.
En este punto, es la propiedad intelectual la condición «negativa» de estos movimientos.
Si bien existe disparidades ante lo que positivamente ha de ser la eliminación
de barreras a la información, hay una «alianza» *de facto* en contra de las consecuencias
que puede acarrear la propiedad intelectual. Las iniciativas de limitar la piratería, la
corporatización de las universidades y la privatización del código tienen su fundamento en la
modificación y ampliación de los derechos de propiedad intelectual, cuyo impacto no solo es de
índole técnica, jurídica o sociopolítica, sino también cultural, debido a que delimita los
modos de creación intelectual.
Esto ha llevado a que la justificación de la propiedad intelectual (PI) busque no solo basarse
en otras teorías jurídicas, como las concernientes a la propiedad física, libertad de expresión,
privacidad o protección ante la difamación,ººcite[]ºº sino también en fundamentos filosóficos
que le den un mayor margen de legitimación. Por ello este ámbito parte de la distinción de
tres dimensiones de la propiedad intelectual:
1. La PI como expresión concreta de una idea.
2. La PI como mecanismo de control, también llamada derecho de propiedad intelectual (DPI).
3. La PI como sistema que aglutina los diversos DPI, también conocido como sistema de
propiedad intelectual (SPI).
La primera dimensión se enfoca principalmente en dos problemas: 1) ¿es posible diferenciar
entre la expresión y la idea?, 2) ¿toda creación intelectual puede tratarse como PI? La
primera pregunta es otra expresión del problema filosófico que implica el Mundo de las Ideas
de Platón, ya que se argumenta que semejante diferenciación solo es posible si se supone
que la idea preexiste a su concreción material o al menos en su expresión como
pensamiento.ººcite[]ºº Dentro de la literatura sobre este tema no existe consenso sobre
esta cuestión, además de que diversos autores no la consideran esencial ya que el fundamento
de los DPI no depende directamente de esta respuesta.ººcite[]ºº
El segundo problema tiene un nexo directo con la segunda dimensión de la PI, ya que la
justificación de los DPI depende de cómo una creación intelectual puede tratarse
como propiedad. Al respecto, existen tres corrientes filosóficas:
1. La creación como mérito.
2. La creación como incentivo.
3. La creación como expresión.
La creación *como mérito* surge a partir de las ideas de Locke sobre la propiedad.ººcite[]ºº
Esta indica un carácter normativo por el cual, al ser la creación fruto de un esfuerzo
mediante el trabajo, este ha de ser recompensado y regulado para evitar que otros se
beneficien a expensas del creador.ººcite[]ºº Esto deriva en la constitución de derechos
económicos, los cuales son los fundamentos para la justificación jurídica de los DPI en el
mundo anglosajón.ººcite[]ºº
La creación *como incentivo* tiene sus orígenes en el utilitarismo.ººcite[]ºº Aquí
se busca que mediante el DPI los individuos se motiven a crear, labor que se traducirá
en progreso, beneficio o bienestar social.ººcite[]ºº Esta vertiente también desemboca en
la constitución de derechos económicos,ººcite[]ºº los cuales sirven de base para políticas
internacionales como el Convenio de Berna o el Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica.
La creación *como expresión* parte de las reflexiones de Hegel y Kant.ººcite[]ºº Para
esta corriente, la creación es la expresión de la voluntad o del discurso del sujeto
creador cuyo vínculo inalienable precisa de protección ante quienes puedan deformar
dicha expresión.ººcite[]ºº Esto funda una serie de derechos políticos para el sujeto,
los cuales se aglutinan en la doctrina de los derechos morales, común en las tradiciones
jurídicas «continentales» como la de Alemania, Francia o México.ººcite[]ºº
La disparidad entre corrientes en no muy pocas ocasiones acarrea la consecuencia
de legislaciones poco articuladas que precisan de muchos ajustes situacionales.ººcite[]ºº
Esto implica que los DPI no solo deban basarse en las decisiones
tomadas en cortes, sino que deban de tener un fundamento filosófico por el cual sea
posible erigir una teoría de la PI que sirva de guía para instituciones estatales e
internacionales.ººcite[]ºº
Esto lleva a la tercera dimensión, donde el SPI es la expresión jurídica de una teoría
general de la PI, la cual aún está lejos de concretarse.ººcite[]ºº A pesar de esta limitación
y la falta de consenso entre corrientes, principalmente en lo que concierne a los
límites en el control de la PI, estas comparten no solo el optimismo de que esta teoría
es posible, sino que la PI y sus consecuentes derechos es una condición «positiva» para
la adecuada reproducción de la cultura, debido a que los mecanismos de control evitan
el colapso de diversas instituciones estatales, internacionales o privadas.
Aquí es donde se ve que existe una confrontación sobre el estatus ético, ontológico y cultural
de la PI. Los movimientos de apertura de la información la tratan como una condición
«negativa» (algo que *no ha de ser*); mientras que las corrientes filosófico-jurídicas
la establecen como una condición «positiva» (algo que *ha de ser*) para la gestación e
integridad de nuestra cultura. En este debate es donde la filosofía pirata no solo se
rehusa a tomar partida para poder analizar las consecuencias, posibilidades y límites del
debate abierto por esta confrontación, sino que también ayuda a dilucidar un fenómeno que
es el problema en el que se enfoca esta investigación.
## Problema y tesis
Aunque históricamente los DPI tienen su origen a partir del siglo XVII y XVIII (Ley de Monopólios
inglés y Estatuto de la Reina Ana),ººcite[]ºº el término de PI nació hasta el siglo XX,ººcite[]ºº
como eje rector para aglutinar una serie de doctrinas jurídicas como son los derechos de autor,
patentes, marcas, secretos comerciales, atributos de personalidad, denominaciones de
origen, entre otros.ººcite[]ºº Esta conjunción surgió con la intención de empezar a articular y
fundar desde un plano teórico-filosófico a estas juridicciones que se han visto afectadas por
el advenimiento de la cultura digital y, con ello, de los críticos ante los modelos predigitales
de crear, diseminar y mantener la información.
La corriente lockeana se basa en los escritos de Locke sobre la propiedad, sin que en ningún
momento este hablara de PI.ººcite[]ºº Con los utilitaristas la PI es una manifestación
más de un valor económico en pos de un bien social. Por último, en los personalistas,
Hegel y Kant reflexionaron sobre los derechos de autor.ººcite[]ºº En estas corrientes,
sus teóricos han buscado un traslado paulatino a la justificación de la PI,ººcite[]ºº
no sin ambigüedades o paradojas debido a la dispar naturaleza de las diferentes
manifestaciones en las que se da.ººcite[]ºº
A pesar de estas limitantes, cuya legitimación hermenéutica también es tema de análisis, estas
corrientes no solo se asimilan en la condición «positiva» dada a la PI, o en su origen como
respuesta ante el debate abierto por la crítica cultural surgida desde los modelos posibles
en la era digital, sino que todas comparten el supuesto donde la PI es un objeto en
relación con un sujeto creador.
Se habla de un «supuesto» ya que no existe una justificación expresa del porqué la PI se
trata a modo de un objeto, no solo desde las corrientes jurídico-filosóficas, sino también en
gran parte de los críticos de la PI, cuando el fenómeno entorno a su estatus ético, ontológico y
cultural evidencia una compleja relación entre creador/creadores, instituciones estatales,
privadas, sin fines de lucro e internacionales, así como usuarios y público general donde
en varias ocasiones la PI no mienta un objeto y sus derechos de uso, sino *algo* que está
profundamente anclado en el entendimiento contemporáneo del mundo.ººcite[]ºº
Por ende, es posible preguntarse: *¿por qué la PI es tratada como un objeto vinculado a un
sujeto creador, cuando el fenómeno de la creación cultural evidencia
que no es posible explicar ni justificar a la PI como el fruto de ese acto creativo e
individualizado donde la participación más significativa de las instituciones y la sociedad es
antes, como incentivo o fuente de inspiración o de formación, o después, como protección
o fuente de consumo o de apreciación?*
Una propuesta de respuesta puede iniciar bajo la tentativa de que la PI se funda en un mito
donde el binomio creador-creación es de tal «naturaleza» que precisa de una protección
jurídica para salvaguardarla. La definición de la PI como «expresión concreta de una idea»ººcite[]ºº
no solo es la dimensión de la PI por la cual se desprenden el resto, sino que es la promovida
por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual e Indautor. Con esto se explicita
que el carácter que se considera más íntimo es este acto creativo e individualizado de donde
*surge* la PI.
No obstante, esto no solo supone que la creación intelectual *puede* ser sinónimo de PI según
la *posibilidad* de un valor económico, sino también que el acto creativo es esencialmente de
índole individual, cuando de hecho este carece de fundamento, como justificación para la PI,
si no se considera el correlato social que le otorga su significado y sentido. Es decir, la
relación objeto creado y sujeto creador de PI únicamente es significativa si este acto se
realiza a partir, sobre y para un contexto social: el mérito, el incentivo o la expresión
vincula directamente a agentes externos a la relación sujeto-objeto, a tal grado que estos
modos de entender a la creación requieren de un marco de legitimación social para su fundación.
El contexto social cede los DPIººcite[]ºº pero también es la posibilidad de PI matizada a través
de las instituciones que median entre le sujeto creador y el público, por lo que cabe hablar
de la PI como un mito, cuyo primer momento puede analizarse como un aparato ideológico. La
PI se entendería como un instrumento rector para la reproducción de conocimiento según los
modelos de la cultura predigital, mientras que sus críticos mostrarían puntos de relieve sobre
las distintas formas en como la PI permite la prolongación de un sistema político y económico
no solo estatal, sino también global. La PI se erigiría como uno de los mecanismos actuales
por los cuales se posibilita una especie de expansión ideológica interestatal cuya concreción
está presente en diversos acuerdos comerciales donde la PI es ya el principal punto de referencia
para el control de la transferencia tecnológica y la economía que esto genera.
Es aquí donde los modelos de producción de conocimiento de la cultura digital, como el aprendizaje
autodidacta fomentado por las diversas comunidades digitales y la colaboración en línea,
se presentarían como un proceso de desescolarización principalmente orientado a una ética de
cuidadoººcite[]ºº de la información a partir de las personas que se encargan de ello. Esto
también implicaría que estas prácticas son propuestas para limitar una ideología que, desde
estos movimientos, se percibe como nociva para el quehacer cultural. Por ende, la condición
«negativa» de la PI se traduciría en varias formas de organización para detener la reproducción
de una ideología dominante.
Pero este análisis sería insuficiente si no se explora el origen y fundamento de semejante mito
fijado como aparato ideológico. La PI como «expresión concreta de una idea» denota una particular
relación sujeto-objeto, donde su personalización delimita que no se trata de cualquier vínculo
sino uno donde la creación es ininteligible sin su creador y viceversa. La palabra clave podría
ser «expresión», ya que esto evidencia que de las corrientes que justifican la PI, es la
hegeliana-kantiana la que destaca del resto debido a que en esta el tema de la PI no es
derivado a una economía monetaria que, por sí misma, podría diluir los DPI en otras doctrinas
jurídicas que la anteceden.
La corriente personalista establece un vínculo inalienable donde la creación no puede
separarse de su creador. Sin embargo, esto también demuestra que el creador no antecede a la
creación, debido a que sin objeto creado, el sujeto es incomprensible como *sujeto creador*.
Es decir, si la principal característica de la PI es la creación como expresión, entonces
esta expresividad es en un doble sentido: manifiesta un objeto creado al mismo tiempo que
funda un sujeto creador.
Por lo tanto, si bien en la justificación de la PI como expresión indica que el sujeto creador
antecede a la creación, este confunde las entidades (el sujeto y el objeto) con el valor e
intención discursiva de estas (el sujeto *como creador* y el objeto *como creación*). Esta
confusión cabría interpretarse como un fruto de la modernidad,ººcite[]ºº el cual supone que
una entidad «neutral» delimita su propio significado y sentido (el *sujeto creador*
precedente o incluso sin tener presente un *objeto creado*). Ante semejante proceso de
individuación,ººcite[]ºº podría analizarse al sujeto creador como una figura legitimada
socialmente y protegida institucionalmente que sirve de base para comprender un objeto
como creado *por el* sujeto al unísono que adquiere el estatus de creador, una
especie de funciónººcite[]ºº que en la jerga del desarrollo de *software* se define como
función recursiva: una que se llama a sí misma.
En este sentido, la condición «negativa» de la PI podría interpretarse como la preocupación
de que tal función tenga una falla sistemática que provoque una iteración infinita. Es decir,
que existe la posibilidad de que en la repetición de la función-creador paulatinamente paralice
otros aspectos del quehacer cultural, como la diseminación y mantenimiento de la información.
De ser así, existiría una explicación del porqué históricamente en un principio la cuestión de
la autoría y su consecuente protección jurídica no representó un problema, y cómo actualmente
su iteración de manera paulatina implica el aislamiento de la creación cultural a canales
de acceso cada vez se ven más constreñidos a una determinada lógica económica.
De esta manera es como la PI se trataría no como un objeto, sino como un supuesto cuya
condición de posibilidad se discierne a través del fenómeno dilucidado en la confrontación
sobre el estatus ético, ontológico y cultural de la PI, para lo cual se requiere el
cumplimiento de los siguientes objetivos.
## Objetivos
### Generales
1. Analizar el carácter común de la piratería digital, el Open Access y el *software* libre
o de código abierto que perfilan a la PI como una condición «negativa» para la cultura
debido a ciertos nuevos modelos económicos, culturales y políticos frutos del advenimiento
digital.
2. Analizar el carácter común de las corrientes lockeana, utilitarista y helegiana-kantiana
que perfilan a la PI como una condición «positiva» para la cultura anclada en modelos
económicos, culturales y políticos originados en la era predigital.
3. Poner a prueba las posibilidades que pueden desatarse a partir de la confrontación entre
ambas condiciones para tratar a la PI como un supuesto en lugar de un objeto privilegiado
en el quehacer cultural contemporáneo.
### Particulares
1. Dilucidar cuáles son las diferencias de la piratería digital, el Open Access y el
*software* libre o de código abierto respecto al modo de tratar la información.
2. Delinear las dos características que comparten la piratería digital, el Open Access y
el *software* libre o de código abierto sobre la información y la PI a partir de los
nuevos modelos de creación cultural posibles en la era digital.
3. Esclarecer las especificidad de las corrientes lockeana, utilitarista y
hegeliana-kantiana que permite diferenciar las distintas dimensiones de la PI.
4. Delimitar las dos características que comparten las corrientes lockeana, utilitarista
y hegeliana-kantiana en torno a la información y la PI a partir de los modelos
de creación cultural establecidos antes del advenimiento de las computadoras y el internet.
5. Explorar las posibilidades de tratar a la PI no como un objeto, sino como un mito
cuya fijación se expresa como un aparato ideológico interestatal que fomenta y cierne
a la información a un modelo económico-político de carácter hegemónico, así como las
alternativas que filtran y muestran el carácter mítico de la PI.
6. Rastrear el origen del mito de la PI como un fruto de la modernidad, cuyo eje rector es
la función-creador, la cual funda y reproduce la idea de la PI como un objeto cultural
privilegiado en lugar de evidenciarlo como un supuesto para el quehacer cultural
contemporáneo en pos de las posibilidades y límites de la digitalización de la cultura.
## Relevancia
### Relevancia filosófica
1. La filosofía pirata, que emplea a la tradición filosófica como eje de análisis de
diversos temas de índole económica, política, jurídica y social, da una propuesta de
cómo es posible el quehacer filosófico interdisciplinario en el contexto abierto por
las tecnologías de la información y la comunicación digitales.
2. Los debates abiertos por la piratería digital, el Open Access y el *software* libre
o de código abierto permiten analizar una serie de fenómenos de relevancia filosófica,
ya que sus análisis son posibles desde diversos campos como la filosofía de la cultura,
ética y epistemología, lo cual permite cuestionarnos sobre las posibilidades y límites
de nuestra herencia cultural y filosófica.
3. La búsqueda de fundamentación filosófica de la PI en las corrientes lockeana,
utilitarista y hegeliana-kantiana permite entrever cómo la disparidad de tradiciones
filosóficas pueden aglutinarse para fundar un mecanismo de control de la actividad
intelectual que en sí mismo es analizable como fenómeno que impacta y reproduce la
práctica filosófica contemporánea.
### Relevancia no filosófica
1. El deseo de crear alternativas a la PI ha generado una serie de dinámicas
culturales que desafían los modelos tradicionales de quehacer cultural a través
de las posibilidades permitidas por la era digital, para lo cual en su base subyacen
una serie de supuesto éticos, filosóficos y metodológicos sobre lo que es la
creación intelectual.
2. La búsqueda de justificar a la PI tiene un impacto directo sobre el modo en como
las relaciones comerciales internacionales se desenvuelven, ya que es la PI el
fundamento por el cual se generan acuerdos para el control de transferencia
tecnológica y la generación de economías acordes al panorama político y
económico actual.
3. Para el caso de América Latina, la economía genera por la PI es «ampliamente
deficitaria»,ººcite[]ºº valuada en un una balanza negativa anual de miles de
millones de dólares,ººcite[]ºº afectando así la creación de infraestructura
cultural y tecnológica en los países de la región y cuya recomendación internacional
es fomentar, centralizar y fortalecer una economía basada en los DPI,ººcite[]ºº
ante un contexto internacional de amplia desventaja ante los países desarrollados,
India o China.
### Aportación original
1. La filosofía pirata es ética filosófica en los orígenes de su constitución;
en esta investigación se utilizará como base metodológica para el análisis
filosófico de la PI a partir del cuestionamiento sobre el valor de la
«piratería» para avanzar a temáticas de filosofía de la cultura y epistemología.
2. Las corrientes filosóficas que buscan justificar la PI centran su análisis
en sus diferencias y similitudes en pos de una teoría general de la PI o,
por lo menos, a favor de cierta clase de regulación jurídica de la PI; en esta
investigación estas corrientes filosóficas se cuestionan como diversas
manifestaciones que pretenden justificar a la PI a partir del mantenimiento
de modelos culturales surgidos en la era predigital que hasta cierto punto
también implica una justificación de los aparatos económicos, políticos y
culturales que delimitan el modo de creación intelectual en la actualidad.
3. En el estado actual de la confrontación sobre el estatuto de la PI, esta es
tratada principalmente como un objeto; en esta investigación se buscará expandir
su esfera a un fenómeno que evidencia a la PI como un supuesto basado en un mito,
fijado en forma de un aparato ideológico interestatal, cuyo principal sostén
es la función-creador.
## Índice tentativo
Introducción. La filosofía pirata como método filosófico.
1. La PI como condición «negativa» para el quehacer cultural.
1. Del impacto cultural al preguntar filosófico abierto por la «piratería».
2. Los tres movimientos para la redefinición del carácter de la información.
1. La piratería digital o la información liberada sin más.
2. El Open Access o la ventaja de la apertura de la información.
3. El *software* libre o de código abierto, o los límites de la liberación de la información.
3. La PI como un problema para los nuevos modelos de la cultura digital.
2. La PI como condición «positiva» para el quehacer cultural.
1. Las tres dimensiones de la PI.
2. Las tres corrientes filosóficas para justificar la PI.
1. La justificación lockeana o la creación como mérito.
2. La justificación utilitarista o la creación como incentivo.
3. La justificación hegeliana-kantiana o la creación como expresión.
3. La fundación de la PI como objeto y paradigma de la cultura predigital.
3. La PI como un supuesto para el quehacer cultural.
1. La PI como mito dentro de la creación intelectual.
2. La PI como aparato ideológico interestatal.
3. La función-creador como origen, fundamento y prolongación de la PI.
Conclusión. La filosofía como liberación anticipada y continua del conocimiento.
## Cronograma
El cronograma está basado en un calendario de 24 meses. La investigación desde su principio
ya está disponible en [xxx.cliteratu.re](http://xxx.cliteratu.re), el cual es un repositorio
que contiene toda la información relativa a este trabajo. Además, se creará un *script* escrito
en Ruby que analizará las conexiones entre la bibliografía para encontrar relaciones; los nodos
representarán las referencias bibliográficas, cuyo tamaño será relativo a su cantidad de
menciones entre la misma red de bibliografía de la investigación; los vectores serán las
relaciones entre cada una de estas entradas bibliográficas. De esta manera servirá para
encontrar bibliografía relevante para esta investigación entre otras cuestiones aún por
conocer.
| Mes | Actividad principal | Actividad secundaria |
|-------|-----------------------------------------|-----------------------------------------|
| 1 | Mejoramiento del acceso al repositorio | Ajustes finales al protocolo |
| 2 | Desarrollo del *script* | Ajustes al acceso del repositorio |
| 3 | Puesta en marcha del *script* | Corrección de errores en el *script* |
| 4-6 | Análisis de los datos bibliográficos | Incorporación de nueva bibliografía |
| 7-10 | Desarrollo de la primera parte | Ajustes a la bibliografía |
| 11-14 | Desarrollo de la segunda parte | Correcciones de la primera parte |
| 15-18 | Desarrollo de la tercera parte | Correcciones de la segunda parte |
| 19-21 | Desarrollo de la conclusión e intro. | Correcciones de la tercera parte |
| 22-23 | Correcciones y ajustes finales | Mantenimiento a los archivos *web* |
| 24 | Creación del PDF, EPUB y MOBI | Mantenimiento del repositorio |
## Bibliografía
### Primaria
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Borrón y cuenta nueva, antes véase =>
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Para la segunda redacción, antes véase =>
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# Título
Filosofía pirata: la propiedad intelectual como supuesto en la creación
cultural y filosófica
# Problema
## Primera redacción
El advenimiento de la era digital ha posibilitado formas de creación
cultural que cuestionan el modelo (predigitales) en que se sostienen
conecptos como los de autoría, autoridad, la labor profesional (ete no
le entiendo) y la cultura de consumo (o el consumo de la cutura, o la
cultura como objeto de consumo?). Ante la crisis en estos modelos, se ha
comenzado eaccionado fortaleaciendo el modelo su fortalecimiento a
través de una vía jurídica y técnica por la cual se establece lo que es
«correcto», «legal» y «técnicamente viable» en el quehacer cultural
(esta idea no se enteinde muy bien, pues tienes que rematarla con una
consecuencia: para que...), cuyas justificaciones provienen de Locke,
Hegel, Kant y el utilitarismo. Esto tiene un impacto directo en el
presente y porvenir de nuestra cultura ya que estipula un paradigma de
lo más «adecuado» o «pertienente» al momento de aprehender, entender,
comprender y compartir creaciones intelectuales, que en la mayoría de
los casos discrimina e incluso criminaliza formas de creación
periféricas que fundan su quehacer en una red de sujetos que
intercambian información de manera menos estratificada y sin tantos
intermediarios, y que en la mayoría de los casos también son críticas
ante estos modelos hegemónicos de quehacer cultural. Aquí hay que ser
más crudo: al reaccionar conservadoramente, se busca preservar la idea
de autor, autoridad, profesionalismo, que aun domina nuestro quehacer
cultural, y se marginalizan otras conepciones de conocimiento y
cultura.. Puedes extenderte un poco mas en esta consecuencia.
## Segunda redacción
El advenimiento de la era digital ha posibilitado formas de creación
cultural que cuestionan el modelo en que se sostienen conceptos como los
de autoría, autoridad, la cultura como objeto de consumo y metodologías
profesionales para la creación cultural (edición de libros, revisión por
pares, investigación académica, etc.). Ante la crisis de este modelo,
este se ha fortalecido a través de una vía técnico-jurídica por la cual
se establece lo que es «correcto», «legal» y «técnicamente viable» en el
quehacer cultural, cuya consecuencia es el constreñimiento de las
posibilidades de creación intelectual que deja afuera a toda actividad
cultural que no se apegue a dicho marco. Esto tiene un impacto directo
en el presente y porvenir de nuestra cultura, ya que al reaccionar
conservadoramente se estipula un paradigma de lo más «adecuado» o
«pertinente» al momento de aprehender, entender, comprender y compartir
creaciones intelectuales, que por lo general discrimina o criminaliza
formas de creación periféricas que fundan su quehacer en una red
descentralizada de sujetos que intercambian información. El efecto
inmediato y continuo de esta decantación no solo es la preservación de
la idea de autor, autoridad, cultura de consumo o arquetipos
metodológicos, sino también la reproducción de un modelo cultural
hegemónico afín a la ideología tecnócrata del libre mercado y
«capitalismo global».
Esta redacción tiene un problema. Comienzas con el advenimiento de la
era digital y lo que posivilitas... y luego hablas de la crisis del
modelo, sin decir cuál es el modelo antes...
Evita términos como ideología tecnócrta que no quieren decir nada en
concreto. Capitalismo global está bien.
# Pregunta
## Primera redacción
¿Qué está detrás, es decir, cuál es la justificación filosófica, de este
endurecimiento de los modelos cuando desde otra perspectiva filosófica
se muestra como un fenómeno que *supone* que el valor económico de la
creación intelectual dentro del «libre» mercado es la característica
fundamental para el mantenimiento y prolongación de la infraestructura
cultural?
A la pregunta le falta un poco. Me parece que quizás, más que irte por
la justicaciòn "filosófica", pordrías quizás invertir la idea:
Ante la evidencia de una crisis del modelo de autor y de autoridad,
que depende una concpeción del derecho de autor cuyos fundamentos pueden
encontrars en algunos filósofos modernos, ¿sobre qué bases se puede
construir un modelo alternativo, incluyente, que sea ultil para le
porvenir?
Dale vueltas a esto que te señalo y busca la forma de enunciar el
problema que a ti te interesa. Es un ¿crítica de la razón de autoridad
en el modelo de autor? ¿Es la busqueda de un paradigma nuevo? Elige uno
de los dos para centrarte.
## Segunda redacción
Ante la crisis en este modelo, cuyas metodologías priorizan al autor, la
autoridad o la creación cultural como bien de consumo y que ha
constituido la doctrina de la propiedad intelectual a través de Locke,
Hegel, Kant o los utilitaristas, ¿de qué manera este paradigma puede
someterse a una crítica de la razón a partir del debate abierto por la
piratería digital, el Open Access y el *software* libre, que a su vez
sea afín a modelos culturales digitales no tecnócratas?
Me cambiaste por completo la pregunta y creo todavía no logramos
aterrizala. Si ves, tu pregunta es como someter un paradigma a una
crítica... ¿Es eso quieres hablar, de cómo se somete un paradigma? La
redacción confunde. A ver, de nuevo, ¿qué preguntas te provoca el modelo
actual de PI? Porque cuando quieres hacer una crítica, es que puedes
preguntar cosas que ponen en cuestión en modelo. Por ejemplo: ¿es un
vinculo natural el de la autor y la obra? ¿Toda obra intelectual debe
ser considerada un producto? Suguiero que te enfoques en eso.
# Tesis
## Primera redacción
La relevancia y control del valor económico de la creación intelectual,
también conocido como derechos de la propiedad intelectual, es el punto
de partida para hacer de la creación una «propiedad» y cuya principal
fundamentación es la relación intrínseca entre el sujeto creador y
objeto creado desarrollada por Hegel y Kant. A partir de ahí de percibe
que semejante relación es un *supuesto* que fundamenta un aparato
ideológico interestatal, también conocido como doctrina de la propiedad
intelectual, a partir de un mito fruto de la modernidad donde el creador
es una condición necesaria para la creación intelectual.
## Segunda redacción
La relevancia y control del valor económico de la creación intelectual,
también conocido como derechos de la propiedad intelectual, es el punto
de partida para hacer de la creación una «propiedad» y cuya principal
fundamentación es la relación intrínseca entre el sujeto creador y
objeto creado desarrollada por Hegel y Kant. A partir de ahí de percibe
que semejante relación es un *supuesto* que fundamenta un aparato
ideológico interestatal, también conocido como doctrina de la propiedad
intelectual, a partir de un mito fruto de la modernidad donde el creador
es una condición necesaria, y no solo suficiente, para la creación
intelectual.
# Hipotesis
## Primera redacción
Las justificaciones lockeana, utilitarista o helegiana-kantiana
establecen un paradigma de lo «correcto», «legal», «técnicamente
viable», «adecuado» y «pertinente» del quehacer cultural basados
principalmente en los modelos de autoría, autoridad, labor profesional y
cultura de consumo que fueron creados en un contexto predigital. Estas
justificaciones tienen su principal fundamento en la relación intrínseca
entre el sujeto creador y el objeto creado por el cual se genera una
función rectora donde el creador es una condición necesaria para la
intelección de la creación. Sin embargo, la creación cultural en un
contexto primordialmente digital revelan que el creador es, a lo sumo,
una condición suficiente para la creación; es decir, que la intelección
de la creación no precisa de un creador como eje fundacional de
significa y de sentido. Esto muestra que la justificación que torna a la
creación en una «propiedad» se basa principalmente en un supuesto
moderno donde el creador tiene una particular relevacia en el acto
creativo cuando este fenómeno es más complejo porque involucra antes,
durante y después una serie de actores como lo son el creador, el
público, la sociedad y sus institucionales. A partir de esta
complejidad, cabe la posibilidad de distinguir que la función creadora
depende directamente de un mito «creacional» en el que el acto creativo
se reduce a la relación sujeto creador y objeto creado que
posteriormente se pone en relación con el público, la sociedad y sus
instituciones. De esta manera se pretende justificar un aparato
ideológico interestatal que pretende perpetuar un paradigma cultural que
se ajusta a los modelos técnicos, económicos, sociales y políticos de lo
que se conoce como «capitalismo global» y su economía del «libre»
mercado. Por ello, todo esto arroja la importancia ética, epistemológica
y ontológica del estatus de la creación intelectual como propiedad, ya
que tiene un impacto directo en las formas de quehacer científico,
artístico o filo
sófico sea dentro o fuera de centros culturales, como las universidades.
Aun es confusa. Creo que en cuento resuelvas bien el problema está parte
será más clara.
## Segunda redacción
Las justificaciones lockeana, utilitarista o helegiana-kantiana de los
derechos de propiedad intelectual establecen un paradigma de lo
«correcto», «legal», «técnicamente viable», «adecuado» y «pertinente»
del quehacer cultural. Estas justificaciones tienen su principal
fundamento en la relación intrínseca entre el sujeto creador y el objeto
creado, sea por el trabajo invertido o por la originalidad de la
expresión, y por el cual se prioriza al autor como condición necesaria
para la intelección y control de la creación. Sin embargo, en la
creación cultural en un contexto primordialmente digital el creador rara
vez es una figura de autoridad que da significado y sentido a la
creación, e incluso en algunos casos el autor ni siquiera es
identificable pese a la suma originalidad de la creación, sin que esto
afecte la inteligibilidad de la creación. Esto evidencia que las
justificaciones que tornan a la creación intelectual en «propiedad» se
basan más bien en un supuesto que proviene de la relación moderna entre
el sujeto y el objeto, cuya simplicidad queda trastocada al exibirse que
antes, durante y después del acto creativo intervienen otros actores,
como el público, la sociedad y sus instituciones, que difícilmente
permiten un momento «íntimo» entre el sujeto creador y el objeto creado.
A partir de esta complejidad, cabe la posibilidad de distinguir a este
supuesto acto íntimo como una función creadora que pretende independizar
y dar primacía a la relación sujeto-objeto en comparación a los demás
actores. De esta función pueden distinguirse dos dimensiones. Una es la
que se funda como un aparato ideológico interestatal, también conocido
como doctrina de la propiedad intelectual, que pretende perpetuar por
una vía técnico-jurídica el paradigma cultural que se ajusta a modelos
del «capitalismo global» y su economía de libre mercado. La otra
dimensión es de carácter mítico que da énfasis al autor a partir del
supuesto vínculo intrínseco entre el creador y la creación, para así
continuar la «naturalización» o «normalización» de esta concepción como
un supuesto epistemológico del sentido común. Gracias a esta
diferenciación es posible identificar que si bien la función creadora
fue uno de los principales ejes para la gestación cultural a partir de
la invención de la imprenta y el pensamiento renacentista, desde la
decentralización de la información producto de la tecnología digital
este modelo ha sido incapaz de adaptarse a los nuevos paradigmas
culturales, a tal grado que la insistencia en su prolongación ha mutado
en una postura tecnócrata que pone en peligro el porvenir de nuestra
cultura al discriminar o criminalizar muchas de las actuales prácticas
de aprehensión, entendimiento, comprensión y compartición culturales.
# Metodología
## Primera redacción
A partir del debate entre la piratería digital, el Open Access y el
*software* libre o de código abierto, y las tres justificaciones
filosóficas de la propiedad intelectual es posible conformar un eje de
análisis que muestre que el centro de la discusión es una cuestión
filosófica sobre el estatus ético, epistemológico y ontológico de las
implicaciones de tratar a la creación intelectual como propiedad a
partir de la examinación de la relación intrínseca entre el sujeto
creador y el objeto creado. Esta perspectiva ha empezado a ser trabajada
por lo que se conoce como «filosofía pirata», concepto propuesto en la
revista *Culture Machine*, desde un enfoque de las implicaciones éticas
de esta confrontación. Aquí se trataría además como un eje metodológico
por el que paulatinamente se deje el terreno de la discusión
socioeconómica, tecnopolítica y jurídica que implica la propiedad
intelectual hacia un campo filosófico en el que se cuestiona los modelos
de autoría, autoridad, práctica profesional y cultura de consumo a
partir de autores como Heidegger, Derrida, Foucault, Althusser, Illich y
Barthes.
la metodología debe ser, por ejemplo: una herméutica, una revisión
historiaca y crítica. Lo que pones es más bien, tu referencia academica,
no una metodología. Pero vamos por partes, acabemos primero la pregunta.
> Estoy de acuerdo con que quizá no es buena idea valerme de la
«filosofía pirata» porque no es un concepto conocido y si bien esta
perspectiva de análisis la había empezado a trabajar desde antes de
conocer el término, me parece que es deshonesto no mencionarlo. Por otro
lado, pienso que es pertinente para evitar *forks* de manera
innecesaria, ya que veo que el concepto me puede ayudar a vincular el
carácter filosófico de este debate a partir de otros autores y filósofos
contemporáneos. Como sea, veo que según la metodología que quiero
emplear, de todas maneras me veré forzado a justificarla filosóficamente
(probablemente en la introducción) independientemente de que use el
término o no, así que por economía y capacidad de vinculación, creo que
**quizá** el uso de «filosofía pirata» es lo más pertienente, pero ya me
dirás, jaja.

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# Protocolo
## Título
*El creador y lo creado: la propiedad intelectual como supuesto en la creación cultural y filosófica*.
## Planteamiento
### Problema
El advenimiento de la era digital ha posibilitado formas de creación cultural que cuestionan conceptos como los de
1. autoría, siendo los *remix*, memes, *gifs* comprensibles y usables sin necesidad e incluso sin posibilidad de rastrear «un» autor;
2. autoridad, donde las distintas formas de colaboración y trabajo en equipo en la piratería digital y la digitalización se presentan como fenómenos que desafían los aparatos jurídico, cultural o universitario;
3. la cultura como objeto de consumo, por medio de las licencias de uso que permiten la completa reutilización sin necesidad de pagar por ello como las licencias Creative Commons o GPLººcite[gnu2017a]ºº, así como la descarga gratuita de artículos científicos del Open Accessººcite[open2016a]ºº y
4. metodologías profesionales para la creación cultural, por la cual divesas comunidades en internet sin ningún tipo de certificación ejercen funciones de edición, revisión por pares o investigación académica como Epublibre, Aaaaarg, LibGen, Sci-Hub o Academia.edu.
Esto ha provocado una crisis en el modelo cultural vigente en diversas instituciones estatales o privadas ya que estos cuatro conceptos son ejes primordiales para su sostenimiento.
La principal reacción ante esto ha sido el fortalecimiento de este modelo a través de una vía técnico-jurídica por la cual se establece lo que es «correcto», «legal» y «técnicamente viable». Como ejemplos de lo primero tenemos las constantes campañas para el registro de obras o invenciones en Indautor o IMPI, la validez curricular de estas por medio de identificadores estandarizados como el número de patente, el ISBN, ISSN o DOI, o la publicación de los hallazgos o las creaciones en organismos especializados como las publicaciones arbitradas o boletines institucionales. De lo segundo, está patente en la búsqueda de expandir los derechos exclusivos de obras o invenciones, como la reforma en 2003 de la Ley Federal del Derecho de Autor,ººcite[indautor1996a]ºº la inadvertida ley Televisaººcite[bbc2017a]ºº y la fallida iniciativa de SOPA mexicana, también conocida como ley Döring;ººcite[publimetro2017a]ºº las constantes campañas antipiratería, como los *spots* en cines comerciales, radio y televisión en donde se criminaliza la utilización indeseada de propiedad intelectual (PI), y los tratados internacionales cuyos ejes centrales son el control de la propiedad intelectual como el Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica o los diversos tratados administrados por la OMPI. Como ejemplos del tercer caso tenemos la gestión de derechos digitales cuyo objetivo es evitar el uso indeseado de propiedad intelectual a través de impedimentos técnicos, como la encriptación creada por Adobe (empleados por diversas instituciones como el FCE o la UNAM), Apple o Amazon para evitar la compartición externa a sus plataformas de *ebooks*, música o videos, la inclusión del DRM como estándar para el futuro de la *web*, principalmente impulsado por Netflix,ººcite[eff2017a]ºº o Readium LCP, una tecnología abierta de encriptación de obras propuesto por el European Digital Reading Lab.ººcite[readium2017a]ºº
La consecuencia de este fortalecimiento es el constreñimiento de las posibilidades de creación intelectual que deja afuera a toda actividad cultural que no se apegue a dicho marco. Por ejemplo, lo «errado» que es la falta de registro de una creación intelectual, pese a que la normatividad jurídica establece que no es necesario para su protección legal *de facto*;ººcite[indautor1996a]ºº la minimilización o el descarte curricular de obras o invenciones que no se apegan a algún lineamiento ISO o que fueron divulgadas por canales «no oficiales» como las redes sociales, *blogs* o sitios P2P. La actividad «ilegal» de cualquier acto de piratería, como la digitalización y publicación de material ya no disponible o de difícil acceso, por ejemplo, las obras huérfanas, descatalogadas o agotadas, o materiales gráficos y audiovisuales solo disponibles en museos, acervos o archivos. O bien, la «complejidad e inconveniencia técnica» que representa la creación de repositorios descentralizados, alimentados directamente por el usuario, mantenido por una comunidad y cuyo acceso no implique la creación de muros de pago, bajo el supuesto argumento de una pérdida del control y de la calidad de los materiales, cuya endeble justificación es evidenciada por plataformas como Wikipedia, y las otras comunidades ya mencionadas.
Este fortalecimiento y sus consecuencias contemplan un carácter paradójico, el cual tiene un impacto directo en el presente y porvenir de nuestra cultura. Al reaccionar conservadoramente se estipula un paradigma de lo más «adecuado» o «pertinente» al momento de aprehender, entender, comprender y compartir creaciones intelectuales, el cual al menos indirectamente impide el desarrollo o el mantenimiento de gran parte de la infraestructura cultural. Un ejemplo es la pretensión de crear repositorios o base de datos cerrados cuyo costos de mantenimiento o desaparición de los proveedores socavan la misma pretensión de control en la calidad y salvaguarda de la información, como el *software* privativo adquirido por bibliotecas y acervos. Otro ejemplo son los problemas relativos a los algoritmos desarrollados para medir la relevancia de publicaciones arbitradas, que afecta la financiación de estas mismas, más si son de reciente creación. Pero también existen casos en los que la falta de ajuste a este paradigma cabe interpretarse como discriminación, el ser obviado de apoyos institucionales o de reconocimiento por una falta de certificación o por crear productos culturales no estandarizados, como la gran mayoría de creaciones a partir de la cultura popular, de la libre enseñanza o de las corrientes contraculturales, o el no ser un autor visible por escribir en la lengua materna o carecer de un nombre anglófono.ººcite[fiormonte2017a]ºº E incluso de criminalización, como las demandas emprendidas por compañías disqueras o editoriales académicas en donde destacan los casos de Aaron Swartz, The Pirate Bay y Sci-Hub, pese a que el derecho a la información es elemental para el «progreso de la ciencia y las artes»ººcite[contitucioneeuu1787a]ºº tal cual como viene estipulado en diversas legislaciones estatales que fundamentan a los derechos de autor.
El efecto inmediato y continuo de esta decantación no solo es la preservación de la idea de autor, autoridad, cultura de consumo o paradigmas metodológicos, sino también la reproducción de un modelo cultural hegemónico afín a la ideología del libre mercado y «capitalismo global» a través de la fundamentación de la doctrina de la propiedad intelectual cuya primordial vía es la priorización del supuesto carácter privado del acto creativo entre el sujeto creador y el objeto creado. Para ello, el discurso se ha enfocado principalmente en la interpretación y reutilización de argumentos empleados por filósofos modernos, con una perspectiva abiertamente utilitarista sobre el desarrollo cultural y que no solo se reduce al establecimiento de pautas económicas, sociales o política, sino también a la manera en como se gesta, se reproduce y se funda el discuso filosófico.
### Pregunta
Ante la crisis de este modelo, que prioriza al autor, la autoridad o la creación cultural como bien de consumo, ¿qué tan válido es el supuesto vínculo intrínseco entre el sujeto creador y el objeto creado, el cual es fundamento del concepto de «propiedad intelectual»? ¿Qué ocurre cuando se deja de tratar a la «propiedad intelectual» como un objeto, también conocido como «ejecución concreta de una idea»ººcite[moore2014a]ºº? ¿Qué impacto tiene la doctrina de la propiedad intelectual en el quehacer cultural, principalmente en las metodologías de investigación?
### Tesis
La noción de la propiedad intelectual, según los teóricos clásicos de la teoría, como Hughes, Drahos, Hettinger, Schroeder, Stengel o Shiffrin, supone la existencia de un lazo indisoluble entre el sujeto creador y el objeto creado. La crisis por la que atraviesa el modelo tradicional y actualmente hegemónico del quehacer cultural, debido a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, permite afirmar que este vínculo es un mito. Es decir, que la relación creador/creación no es un principio ontológico, como lo suponen los teóricos de la propiedad intelectual, sino de uno de índole ideológica.
### Hipótesis
La inquietud por justificar filosóficamente la propiedad intelectual es un fenómeno relativamente reciente que se remonta a las décadas de los setentas y ochentas del siglo pasado. Una gran síntesis de estos primeros años es «The Philosophy of Intellectual Property» escrita por Hughes. En esta se evidencia que si bien varias de las manifestaciones de la propiedad intelectual (como las patentes o los derechos de autor) tienen su génesis en a partir del siglo XVII, es hasta mediados del siglo XX que se funda el término «propiedad intelectual».ººcite[stengel2004a]ºº
La relevancia de este hecho se debe a que los discursos filosóficos de Locke, los utilitaristas, Kant o Hegel empleados para fundar el concepto de «propiedad intelectual» se han usado en conjunto, haciendo caso omiso a sus génesis históricas, para justificar los diversos temas que pretende cubrir la teoría de la propiedad intelectual. El principal fundamento de estas justificaciones es la supuesta relación intrínseca entre el sujeto creador y el objeto creado desde las perspectivas donde:
* La creación merece mérito, ya que es fruto de un esfuerzo mediante el trabajo, por lo que ha de ser recompensado y regulado para evitar que otros se beneficien a expensas del creador, cuya principal fuente es el *Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil* de Locke, base jurídica del derecho anglosajón moderno.ººcite[moore2012a]ºº
* La creación necesita de incentivos, por el cual los individuos se motiven a crear, labor que se traducirá en progreso, beneficio o bienestar social, el cual da continuidad al discurso utilitarista que sirve de base para políticas internacionales como el Convenio de Berna o las recomendaciones de diversos organismos internacionales para los países en vías de desarrollo.ººcite[moore2008a]ºº
* La creación es expresión de la voluntad o del discurso del sujeto creador cuyo vínculo inalienable precisa de protección ante quienes puedan deformar dicha expresión, cuyos antecedentes yacen en Kant y Hegel, y que al mismo tiempo justifican los derechos morales, común en las tradiciones jurídicas como las de Alemania, Francia o México.ººcite[schroeder2004a]ºº
Esto crea un ecosistema donde, independientemente de la tradición jurídica de cada Estado, es posible establecer un paradigma en común de lo «correcto», «legal», «técnicamente viable», «adecuado» y «pertinente» del quehacer cultural, a partir de las posibilidades, límites, ambigüedades y esclarecimientos de las justificaciones filosóficas de la propiedad intelectual como un objeto el cual se ha de delimitar sus posibilidades de uso.
Sin embargo, a partir del debate abierto por la piratería digital, el Open Access o el *software* libre es posible reorientar la discusión a un terreno filosófico para evidenciar cómo la propiedad intelectual se basa más bien en un supuesto que proviene de la relación moderna entre el sujeto y el objeto. Este vínculo queda trastocado al exibirse que antes, durante y después del acto creativo intervienen otros actores, como el público, la sociedad y sus instituciones, que difícilmente permiten un momento «íntimo» entre el sujeto creador y el objeto creado, en donde se retoman reflexiones de Derrida, Foucault o Bourdieu. Por este motivo cabe la posibilidad de percibir qué es lo que ocurre cuando la propiedad intelectual deja de tratarse como un objeto.
Una de las posibilidades permite el análisis de la propiedad intelectual como un aparato ideológico global que pretende perpetuar por una vía técnico-jurídica el paradigma cultural que se ajusta a modelos del «capitalismo global» y su economía de libre mercado, cuyo eje analítico son los trabajos de Althusser e Illich. La otra posibilidad es la indagación de la propiedad intelectual como un mito que permite la «naturalización» o «normalización» del carácter prioritario del autor y subsecuente «entendido» de su derecho de control sobre su creación, por el cual se prosigue con las nociones de «muerte del autor» de Barthes y «función-autor» de Foucault.
Gracias a esto es posible identificar que si bien este mito fue uno de los principales ejes para la gestación cultural a partir de la invención de la imprenta y cuyo auge se presentó a mediados del siglo XX, siendo esto una reflexión sobre la técnica vinculada a Heidegger, desde la decentralización de la información producto de la tecnología digital, este modelo ya no es capaz de adaptarse a los nuevos paradigmas culturales. Esta inadaptación es a tal grado que la insistencia en su prolongación ha mutado en una postura que pone en peligro el porvenir de nuestra cultura al reducir las posibilidades de aprehensión, entendimiento, comprensión y compartición culturales a partir de una específica interpretación instrumental, técnica y jurídica de la realidad.
## Objetivos
### General
* Evidenciar que el vínculo entre el sujeto creador y el objeto creado no es de índole ontológica sino ideológica.
### Particulares
* Mostrar cómo la propiedad intelectual puede entenderse como un «aparato ideológico global».
* Demostrar cómo la propiedad intelectual se funda en un «mito de la creación».
## Relevancia
### Relevancia filosófica
El debate abierto por la piratería digital, el Open Access y el *software* libre han dado la posibilidad de analizar una serie de fenómenos sobre el quehacer cultural de nuestro tiempo desde la filosofía de la cultura, la ética o la epistemología, siendo el primer caso el enfoque de esta investigación, por el cual se evidencia que su debate no solo es de un carácter político, económico, social o jurídico, sino quizás también fundamentalmente filosófico. Es por este motivo que al término «propiedad intelectual» se le pretende justificar a través de dispares tradiciones filosóficas que se aglutinan para fundar un mecanismo de control de la actividad creativa e intelectual, donde la filosofía es utilizada con fines ideológicos.
### Relevancia no filosófica
Las alternativas a la propiedad intelectual han generado dinámicas culturales que desafían los modelos tradicionales al crear comunidades y desarrollar herramientas que facilitan la descentralización en la creación y gestión de contenidos culturales. Estas dinámicas han causado alarma a varias instituciones por lo que en diversos acuerdos y tratados entre estados se han estipulado pautas para el control de la actividad cultural y de la transferencia tecnológica acordes al panorama político y económico actual, a través de la idea de que la creación intelectual es propiedad sujeta a protección. Para el caso de América Latina, la economía generada por la propiedad intelectual está valuada en un una balanza negativa anual de miles de millones de dólares, afectando así la creación de infraestructura cultural y tecnológica de la región.ººcite[cerlalc2015a]ºº
## Aportación original
Los teóricos que buscan justificar la propiedad intelectual a través de diversas corrientes filosóficas han tratado este término como un objeto. Bajo esta misma perspectiva, los principales discursos críticos de la propiedad intelectual han centrado sus argumentos desde contextos políticos, sociales, económicos o jurídicos haciendo hincapié en que la creación intelectual no es un objeto manipulable como una propiedad. En esta investigación se tratará a la propiedad intelectual como un «aparato ideológico» y un «mito» a partir de un contexto filosófico al demostrar que su uso como objeto impide ver varias de las implicaciones que esto tiene para el presente y porvenir del quehacer cultural, por lo cual una juridicción menos restrictiva es una alternativa que se ajusta más a nuestro contexto. Por ejemplo, el caso uruguayo y su «Ley de *software* libre y formatos abiertos en el Estado» que busca fomentar «uso social del conocimiento» al restringir el uso de *software* y formatos digitales sujetos a propiedad intelectual en dependencias gubernamentales.ººcite[sledu2013a]ºº
## Índice tentativo
Introducción. La técnica en el contexto de la PI.
1. La PI como objeto.
1. La PI como objeto a justificar filosóficamente.
2. La PI como objeto «incómodo» para la redifinición del carácter de la información.
3. La PI como objeto de índole política, socioeconómica o jurídica.
2. La PI como aparato ideológico global.
1. Reconfiguración de la PI como fenómeno.
2. La función reproductiva de la PI.
3. La PI como realidad institucional.
3. La PI como mito.
1. Orígenes míticos de la PI y su normalización.
2. La función prescriptiva de la PI.
3. La PI como supuesto en la creación cultural.
Conclusión. La filosofía como liberación anticipada y continua del conocimiento.
## Cronograma
El cronograma está basado en un calendario de 24 meses. La investigación ya está disponible en [xxx.cliteratu.re](http://xxx.cliteratu.re) cuyo acceso permanecerá abierto y gratuito para consultar los avances y el resultado final. De manera adicional se aplicarán métodos computacionales para analizar cierta información de la investigación, como son las fuentes bibliográficas.
| Mes | Actividad principal | Actividad secundaria |
|-------|-----------------------------------------|-----------------------------------------|
| 1 | Mejoramiento del acceso al repositorio | Ajustes finales al protocolo |
| 2 | Desarrollo del método computacional | Ajustes al acceso del repositorio |
| 3 | Ejecución del análisis computacional | Corrección de errores en el método |
| 4-6 | Análisis de datos | Incorporación de nueva bibliografía |
| 7-10 | Desarrollo de la primera parte | Ajustes a la bibliografía |
| 11-14 | Desarrollo de la segunda parte | Correcciones de la primera parte |
| 15-18 | Desarrollo de la tercera parte | Correcciones de la segunda parte |
| 19-21 | Desarrollo de la conclusión e intro. | Correcciones de la tercera parte |
| 22-23 | Correcciones y ajustes finales | Mantenimiento a los archivos *web* |
| 24 | Creación del PDF, EPUB y MOBI | Mantenimiento del repositorio |
## Bibliografía
### Primaria
ººbibliography[groups:Primaria]ºº
### Secundaria
ººbibliography[groups:Secundaria]ºº

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@ -0,0 +1,389 @@
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[187] Utils.pm:164> WARN - Name "Lenk, Christian, Hoppe, Nils" has too many commas: skipping name
[291] UCollate.pm:68> INFO - Overriding locale 'es-ES' defaults 'normalization = NFD' with 'normalization = prenormalized'
[291] UCollate.pm:68> INFO - Overriding locale 'es-ES' defaults 'variable = shifted' with 'variable = non-ignorable'
[291] Biber.pm:3487> INFO - Sorting list 'nty/global/' of type 'entry' with scheme 'nty' and locale 'es-ES'
[337] bbl.pm:597> INFO - Writing 'latex.bbl' with encoding 'UTF-8'
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[345] Biber.pm:109> INFO - WARNINGS: 1

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\author{Ramiro Santa Ana Anguiano}
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\chapter*{Título}\addcontentsline{toc}{chapter}{Título}\label{tuxedtulo}\chaptermark{Título}{}
\noindent\emph{El creador y lo creado: la propiedad intelectual como supuesto en la
creación cultural y filosófica}.
\chapter*{Planteamiento}\addcontentsline{toc}{chapter}{Planteamiento}\label{planteamiento}\chaptermark{Planteamiento}{}
\phantomsection\section*{Problema}\addcontentsline{toc}{section}{Problema}\label{problema}
\noindent El advenimiento de la era digital ha posibilitado formas de creación
cultural que cuestionan conceptos como los de
\begin{enumerate}
\def\labelenumi{\arabic{enumi}.}
\tightlist
\item
autoría, siendo los \emph{remix}, memes, \emph{gifs} comprensibles y
usables sin necesidad e incluso sin posibilidad de rastrear «un»
autor;
\item
autoridad, donde las distintas formas de colaboración y trabajo en
equipo en la piratería digital y la digitalización se presentan como
fenómenos que desafían los aparatos jurídico, cultural o
universitario;
\item
la cultura como objeto de consumo, por medio de las licencias de uso
que permiten la completa reutilización sin necesidad de pagar por ello
como las licencias Creative Commons o \textsc{\lowercase{GPL}}\footnote{\hspace{1mm}\cite{gnu2017a}.}, así
como la descarga gratuita de artículos científicos del Open
Access\footnote{\hspace{1mm}\cite{open2016a}.} y
\item
metodologías profesionales para la creación cultural, por la cual
divesas comunidades en internet sin ningún tipo de certificación
ejercen funciones de edición, revisión por pares o investigación
académica como Epublibre, Aaaaarg, LibGen, Sci-Hub o Academia.edu.
\end{enumerate}
\noindent Esto ha provocado una crisis en el modelo cultural vigente en diversas
instituciones estatales o privadas ya que estos cuatro conceptos son
ejes primordiales para su sostenimiento.
La principal reacción ante esto ha sido el fortalecimiento de este
modelo a través de una vía técnico-jurídica por la cual se establece lo
que es «correcto», «legal» y «técnicamente viable». Como ejemplos de lo
primero tenemos las constantes campañas para el registro de obras o
invenciones en Indautor o \textsc{\lowercase{IMPI}}, la validez curricular de estas por medio
de identificadores estandarizados como el número de patente, el \textsc{\lowercase{ISBN}},
\textsc{\lowercase{ISSN}} o \textsc{\lowercase{DOI}}, o la publicación de los hallazgos o las creaciones en
organismos especializados como las publicaciones arbitradas o boletines
institucionales. De lo segundo, está patente en la búsqueda de expandir
los derechos exclusivos de obras o invenciones, como la reforma en 2003
de la Ley Federal del Derecho de Autor,\footnote{\hspace{1mm}\cite{indautor1996a}.} la
inadvertida ley Televisa\footnote{\hspace{1mm}\cite{bbc2017a}.} y la fallida iniciativa
de \textsc{\lowercase{SOPA}} mexicana, también conocida como ley
Döring;\footnote{\hspace{1mm}\cite{publimetro2017a}.} las constantes campañas
antipiratería, como los \emph{spots} en cines comerciales, radio y
televisión en donde se criminaliza la utilización indeseada de propiedad
intelectual, y los tratados internacionales cuyos ejes centrales son el
control de la propiedad intelectual como el Acuerdo Transpacífico de
Cooperación Económica o los diversos tratados administrados por la \textsc{\lowercase{OMPI}}.
Como ejemplos del tercer caso tenemos la gestión de derechos digitales
cuyo objetivo es evitar el uso indeseado de propiedad intelectual a
través de impedimentos técnicos, como la encriptación creada por Adobe
(empleados por diversas instituciones como el \textsc{\lowercase{FCE}} o la \textsc{\lowercase{UNAM}}), Apple o
Amazon para evitar la compartición externa a sus plataformas de
\emph{ebooks}, música o videos, la inclusión del \textsc{\lowercase{DRM}} como estándar para
el futuro de la \emph{web}, principalmente impulsado por
Netflix,\footnote{\hspace{1mm}\cite{eff2017a}.} o Readium \textsc{\lowercase{LCP}}, una tecnología abierta de
encriptación de obras propuesto por el European Digital Reading
Lab.\footnote{\hspace{1mm}\cite{readium2017a}.}
La consecuencia de este fortalecimiento es el constreñimiento de las
posibilidades de creación intelectual que deja afuera a toda actividad
cultural que no se apegue a dicho marco. Por ejemplo, lo «errado» que es
la falta de registro de una creación intelectual, pese a que la
normatividad jurídica establece que no es necesario para su protección
legal \emph{de facto};\footnote{\hspace{1mm}\cite{indautor1996a}.} la minimilización o el
descarte curricular de obras o invenciones que no se apegan a algún
lineamiento \textsc{\lowercase{ISO}} o que fueron divulgadas por canales «no oficiales» como
las redes sociales, \emph{blogs} o sitios P2P. La actividad «ilegal» de
cualquier acto de piratería, como la digitalización y publicación de
material ya no disponible o de difícil acceso, por ejemplo, las obras
huérfanas, descatalogadas o agotadas, o materiales gráficos y
audiovisuales solo disponibles en museos, acervos o archivos. O bien, la
«complejidad e inconveniencia técnica» que representa la creación de
repositorios descentralizados, alimentados directamente por el usuario,
mantenido por una comunidad y cuyo acceso no implique la creación de
muros de pago, bajo el supuesto argumento de una pérdida del control y
de la calidad de los materiales, cuya endeble justificación es
evidenciada por plataformas como Wikipedia, y las otras comunidades ya
mencionadas.
Este fortalecimiento y sus consecuencias contemplan un carácter
paradójico, el cual tiene un impacto directo en el presente y porvenir
de nuestra cultura. Al reaccionar conservadoramente se estipula un
paradigma de lo más «adecuado» o «pertinente» al momento de aprehender,
entender, comprender y compartir creaciones intelectuales, el cual al
menos indirectamente impide el desarrollo o el mantenimiento de gran
parte de la infraestructura cultural. Un ejemplo es la pretensión de
crear repositorios o base de datos cerrados cuyo costos de mantenimiento
o desaparición de los proveedores socavan la misma pretensión de control
en la calidad y salvaguarda de la información, como el \emph{software}
privativo adquirido por bibliotecas y acervos. Otro ejemplo son los
problemas relativos a los algoritmos desarrollados para medir la
relevancia de publicaciones arbitradas, que afecta la financiación de
estas mismas, más si son de reciente creación. Pero también existen
casos en los que la falta de ajuste a este paradigma cabe interpretarse
como discriminación, el ser obviado de apoyos institucionales o de
reconocimiento por una falta de certificación o por crear productos
culturales no estandarizados, como la gran mayoría de creaciones a
partir de la cultura popular, de la libre enseñanza o de las corrientes
contraculturales, o el no ser un autor visible por escribir en la lengua
materna o carecer de un nombre anglófono.\footnote{\hspace{1mm}\cite{fiormonte2017a}.} E
incluso de criminalización, como las demandas emprendidas por compañías
disqueras o editoriales académicas en donde destacan los casos de Aaron
Swartz, The Pirate Bay y Sci-Hub, pese a que el derecho a la información
es elemental para el «progreso de la ciencia y las
artes»\footnote{\hspace{1mm}\cite{contitucioneeuu1787a}.} tal cual como viene estipulado
en diversas legislaciones estatales que fundamentan a los derechos de
autor.
El efecto inmediato y continuo de esta decantación no solo es la
preservación de la idea de autor, autoridad, cultura de consumo o
paradigmas metodológicos, sino también la reproducción de un modelo
cultural hegemónico afín a la ideología del libre mercado y «capitalismo
global» a través de la fundamentación de la doctrina de la propiedad
intelectual cuya primordial vía es la priorización del supuesto carácter
privado del acto creativo entre el sujeto creador y el objeto creado.
Para ello, el discurso se ha enfocado principalmente en la
interpretación y reutilización de argumentos empleados por filósofos
modernos, con una perspectiva abiertamente utilitarista sobre el
desarrollo cultural y que no solo se reduce al establecimiento de pautas
económicas, sociales o política, sino también a la manera en como se
gesta, se reproduce y se funda el discuso filosófico.
\phantomsection\section*{Pregunta}\addcontentsline{toc}{section}{Pregunta}\label{pregunta}
\noindent Ante la crisis de este modelo, que prioriza al autor, la autoridad o la
creación cultural como bien de consumo, ¿qué tan válido es el supuesto
vínculo intrínseco entre el sujeto creador y el objeto creado, el cual
es fundamento del concepto de «propiedad intelectual»? ¿Qué ocurre
cuando se deja de tratar a la «propiedad intelectual» como un objeto,
también conocido como «ejecución concreta de una
idea»\footnote{\hspace{1mm}\cite{moore2014a}.}? ¿Qué impacto tiene la doctrina de la
propiedad intelectual en el quehacer cultural, principalmente en las
metodologías de investigación?
\phantomsection\section*{Tesis}\addcontentsline{toc}{section}{Tesis}\label{tesis}
\noindent La noción de la propiedad intelectual, según los teóricos clásicos de la
teoría, como Hughes, Drahos, Hettinger, Schroeder, Stengel o Shiffrin,
supone la existencia de un lazo indisoluble entre el sujeto creador y el
objeto creado. La crisis por la que atraviesa el modelo tradicional y
actualmente hegemónico del quehacer cultural, debido a las nuevas
tecnologías de la información y la comunicación, permite afirmar que
este vínculo es un mito. Es decir, que la relación creador/creación no
es un principio ontológico, como lo suponen los teóricos de la propiedad
intelectual, sino de uno de índole ideológica.
\phantomsection\section*{Hipótesis}\addcontentsline{toc}{section}{Hipótesis}\label{hipuxf3tesis}
\noindent La inquietud por justificar filosóficamente la propiedad intelectual es
un fenómeno relativamente reciente que se remonta a las décadas de los
setentas y ochentas del siglo pasado. Una gran síntesis de estos
primeros años es «The Philosophy of Intellectual Property» escrita por
Hughes. En esta se evidencia que si bien varias de las manifestaciones
de la propiedad intelectual (como las patentes o los derechos de autor)
tienen su génesis en a partir del siglo \textsc{\lowercase{XVII}}, es hasta mediados del
siglo \textsc{\lowercase{XX}} que se funda el término «propiedad
intelectual».\footnote{\hspace{1mm}\cite{stengel2004a}.}
La relevancia de este hecho se debe a que los discursos filosóficos de
Locke, los utilitaristas, Kant o Hegel empleados para fundar el concepto
de «propiedad intelectual» se han usado en conjunto, haciendo caso omiso
a sus génesis históricas, para justificar los diversos temas que
pretende cubrir la teoría de la propiedad intelectual. El principal
fundamento de estas justificaciones es la supuesta relación intrínseca
entre el sujeto creador y el objeto creado desde las perspectivas donde:
\begin{itemize}
\item
La creación merece mérito, ya que es fruto de un esfuerzo mediante el
trabajo, por lo que ha de ser recompensado y regulado para evitar que
otros se beneficien a expensas del creador, cuya principal fuente es
el \emph{Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil} de Locke, base
jurídica del derecho anglosajón moderno.\footnote{\hspace{1mm}\cite{moore2012a}.}
\item
La creación necesita de incentivos, por el cual los individuos se
motiven a crear, labor que se traducirá en progreso, beneficio o
bienestar social, el cual da continuidad al discurso utilitarista que
sirve de base para políticas internacionales como el Convenio de Berna
o las recomendaciones de diversos organismos internacionales para los
países en vías de desarrollo.\footnote{\hspace{1mm}\cite{moore2008a}.}
\item
La creación es expresión de la voluntad o del discurso del sujeto
creador cuyo vínculo inalienable precisa de protección ante quienes
puedan deformar dicha expresión, cuyos antecedentes yacen en Kant y
Hegel, y que al mismo tiempo justifican los derechos morales, común en
las tradiciones jurídicas como las de Alemania, Francia o
México.\footnote{\hspace{1mm}\cite{schroeder2004a}.}
\end{itemize}
\noindent Esto crea un ecosistema donde, independientemente de la tradición
jurídica de cada Estado, es posible establecer un paradigma en común de
lo «correcto», «legal», «técnicamente viable», «adecuado» y «pertinente»
del quehacer cultural, a partir de las posibilidades, límites,
ambigüedades y esclarecimientos de las justificaciones filosóficas de la
propiedad intelectual como un objeto el cual se ha de delimitar sus
posibilidades de uso.
Sin embargo, a partir del debate abierto por la piratería digital, el
Open Access o el \emph{software} libre es posible reorientar la
discusión a un terreno filosófico para evidenciar cómo la propiedad
intelectual se basa más bien en un supuesto que proviene de la relación
moderna entre el sujeto y el objeto. Este vínculo queda trastocado al
exibirse que antes, durante y después del acto creativo intervienen
otros actores, como el público, la sociedad y sus instituciones, que
difícilmente permiten un momento «íntimo» entre el sujeto creador y el
objeto creado, en donde se retoman reflexiones de Derrida, Foucault o
Bourdieu. Por este motivo cabe la posibilidad de percibir qué es lo que
ocurre cuando la propiedad intelectual deja de tratarse como un objeto.
Una de las posibilidades permite el análisis de la propiedad intelectual
como un aparato ideológico global que pretende perpetuar por una vía
técnico-jurídica el paradigma cultural que se ajusta a modelos del
«capitalismo global» y su economía de libre mercado, cuyo eje analítico
son los trabajos de Althusser e Illich. La otra posibilidad es la
indagación de la propiedad intelectual como un mito que permite la
«naturalización» o «normalización» del carácter prioritario del autor y
subsecuente «entendido» de su derecho de control sobre su creación, por
el cual se prosigue con las nociones de «muerte del autor» de Barthes y
«función-autor» de Foucault.
Gracias a esto es posible identificar que si bien este mito fue uno de
los principales ejes para la gestación cultural a partir de la invención
de la imprenta y cuyo auge se presentó a mediados del siglo \textsc{\lowercase{XX}}, siendo
esto una reflexión sobre la técnica vinculada a Heidegger, desde la
decentralización de la información producto de la tecnología digital,
este modelo ya no es capaz de adaptarse a los nuevos paradigmas
culturales. Esta inadaptación es a tal grado que la insistencia en su
prolongación ha mutado en una postura que pone en peligro el porvenir de
nuestra cultura al reducir las posibilidades de aprehensión,
entendimiento, comprensión y compartición culturales a partir de una
específica interpretación instrumental, técnica y jurídica de la
realidad.
\chapter*{Objetivos}\addcontentsline{toc}{chapter}{Objetivos}\label{objetivos}\chaptermark{Objetivos}{}
\phantomsection\section*{General}\addcontentsline{toc}{section}{General}\label{general}
\begin{itemize}
\tightlist
\item
Evidenciar que el vínculo entre el sujeto creador y el objeto creado
no es de índole ontológica sino ideológica.
\end{itemize}
\phantomsection\section*{Particulares}\addcontentsline{toc}{section}{Particulares}\label{particulares}
\begin{itemize}
\item
Mostrar cómo la propiedad intelectual puede entenderse como un
«aparato ideológico global».
\item
Demostrar cómo la propiedad intelectual se funda en un «mito de la
creación».
\end{itemize}
\chapter*{Relevancia}\addcontentsline{toc}{chapter}{Relevancia}\label{relevancia}\chaptermark{Relevancia}{}
\phantomsection\section*{Relevancia filosófica}\addcontentsline{toc}{section}{Relevancia filosófica}\label{relevancia-filosuxf3fica}
\noindent El debate abierto por la piratería digital, el Open Access y el
\emph{software} libre han dado la posibilidad de analizar una serie de
fenómenos sobre el quehacer cultural de nuestro tiempo desde la
filosofía de la cultura, la ética o la epistemología, siendo el primer
caso el enfoque de esta investigación, por el cual se evidencia que su
debate no solo es de un carácter político, económico, social o jurídico,
sino quizás también fundamentalmente filosófico. Es por este motivo que
al término «propiedad intelectual» se le pretende justificar a través de
dispares tradiciones filosóficas que se aglutinan para fundar un
mecanismo de control de la actividad creativa e intelectual, donde la
filosofía es utilizada con fines ideológicos.
\phantomsection\section*{Relevancia no
filosófica}\addcontentsline{toc}{section}{Relevancia no filosófica}\label{relevancia-no-filosuxf3fica}
\noindent Las alternativas a la propiedad intelectual han generado dinámicas
culturales que desafían los modelos tradicionales al crear comunidades y
desarrollar herramientas que facilitan la descentralización en la
creación y gestión de contenidos culturales. Estas dinámicas han causado
alarma a varias instituciones por lo que en diversos acuerdos y tratados
entre estados se han estipulado pautas para el control de la actividad
cultural y de la transferencia tecnológica acordes al panorama político
y económico actual, a través de la idea de que la creación intelectual
es propiedad sujeta a protección. Para el caso de América Latina, la
economía generada por la propiedad intelectual está valuada en un una
balanza negativa anual de miles de millones de dólares, afectando así la
creación de infraestructura cultural y tecnológica de la
región.\footnote{\hspace{1mm}\cite{cerlalc2015a}.}
\chapter*{Aportación original}\addcontentsline{toc}{chapter}{Aportación original}\label{aportaciuxf3n-original}\chaptermark{Aportación}{}
\noindent Los teóricos que buscan justificar la propiedad intelectual a través de
diversas corrientes filosóficas han tratado este término como un objeto.
Bajo esta misma perspectiva, los principales discursos críticos de la
propiedad intelectual han centrado sus argumentos desde contextos
políticos, sociales, económicos o jurídicos haciendo hincapié en que la
creación intelectual no es un objeto manipulable como una propiedad. En
esta investigación se tratará a la propiedad intelectual como un
«aparato ideológico» y un «mito» a partir de un contexto filosófico al
demostrar que su uso como objeto impide ver varias de las implicaciones
que esto tiene para el presente y porvenir del quehacer cultural, por lo
cual una juridicción menos restrictiva es una alternativa que se ajusta
más a nuestro contexto. Por ejemplo, el caso uruguayo y su «Ley de
\emph{software} libre y formatos abiertos en el Estado» que busca
fomentar «uso social del conocimiento» al restringir el uso de
\emph{software} y formatos digitales sujetos a propiedad intelectual en
dependencias gubernamentales.\footnote{\hspace{1mm}\cite{sledu2013a}.}
\chapter*{Índice tentativo}\addcontentsline{toc}{chapter}{Índice tentativo}\label{uxedndice-tentativo}\chaptermark{Índice tentativo}{}
\noindent Introducción. La técnica en el contexto de la \textsc{\lowercase{PI}}.
\begin{enumerate}[wide, labelwidth=!, labelindent=0pt]
\def\labelenumi{\arabic{enumi}.}
\tightlist
\item
La \textsc{\lowercase{PI}} como objeto.
\begin{enumerate}
\def\labelenumii{\arabic{enumii}.}
\tightlist
\item
La \textsc{\lowercase{PI}} como objeto a justificar filosóficamente.
\item
La \textsc{\lowercase{PI}} como objeto «incómodo» para la redifinición del carácter de la
información.
\item
La \textsc{\lowercase{PI}} como objeto de índole política, socioeconómica o jurídica.
\end{enumerate}
\item
La \textsc{\lowercase{PI}} como aparato ideológico global.
\begin{enumerate}
\def\labelenumii{\arabic{enumii}.}
\tightlist
\item
Reconfiguración de la \textsc{\lowercase{PI}} como fenómeno.
\item
La función reproductiva de la \textsc{\lowercase{PI}}.
\item
La \textsc{\lowercase{PI}} como realidad institucional.
\end{enumerate}
\item
La \textsc{\lowercase{PI}} como mito.
\begin{enumerate}
\def\labelenumii{\arabic{enumii}.}
\tightlist
\item
Orígenes míticos de la \textsc{\lowercase{PI}} y su normalización.
\item
La función prescriptiva de la \textsc{\lowercase{PI}}.
\item
La \textsc{\lowercase{PI}} como supuesto en la creación cultural.
\end{enumerate}
\end{enumerate}
\noindent Conclusión. La filosofía como liberación anticipada y continua del
conocimiento.
\chapter*{Cronograma}\addcontentsline{toc}{chapter}{Cronograma}\label{cronograma}\chaptermark{Cronograma}{}
\noindent El cronograma está basado en un calendario de 24 meses. La investigación
ya está disponible en \href{http://xxx.cliteratu.re}{xxx.cliteratu.re}
cuyo acceso permanecerá abierto y gratuito para consultar los avances y
el resultado final. De manera adicional se aplicarán métodos
computacionales para analizar cierta información de la investigación,
como son las fuentes bibliográficas.
\begin{longtable}[]{@{}lll@{}}
\toprule
\begin{minipage}[b]{0.12\columnwidth}\raggedright\strut
Mes\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[b]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Actividad principal\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[b]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Actividad secundaria\strut
\end{minipage}\tabularnewline
\midrule
\endhead
\begin{minipage}[t]{0.12\columnwidth}\raggedright\strut
1\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Mejoramiento del acceso al repositorio\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Ajustes finales al protocolo\strut
\end{minipage}\tabularnewline
\begin{minipage}[t]{0.12\columnwidth}\raggedright\strut
2\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Desarrollo del método computacional\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Ajustes al acceso del repositorio\strut
\end{minipage}\tabularnewline
\begin{minipage}[t]{0.12\columnwidth}\raggedright\strut
3\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Ejecución del análisis computacional\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Corrección de errores en el método\strut
\end{minipage}\tabularnewline
\begin{minipage}[t]{0.12\columnwidth}\raggedright\strut
4-6\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Análisis de datos\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Incorporación de nueva bibliografía\strut
\end{minipage}\tabularnewline
\begin{minipage}[t]{0.12\columnwidth}\raggedright\strut
7-10\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Desarrollo de la primera parte\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Ajustes a la bibliografía\strut
\end{minipage}\tabularnewline
\begin{minipage}[t]{0.12\columnwidth}\raggedright\strut
11-14\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Desarrollo de la segunda parte\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Correcciones de la primera parte\strut
\end{minipage}\tabularnewline
\begin{minipage}[t]{0.12\columnwidth}\raggedright\strut
15-18\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Desarrollo de la tercera parte\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Correcciones de la segunda parte\strut
\end{minipage}\tabularnewline
\begin{minipage}[t]{0.12\columnwidth}\raggedright\strut
19-21\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Desarrollo de la conclusión e intro.\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Correcciones de la tercera parte\strut
\end{minipage}\tabularnewline
\begin{minipage}[t]{0.12\columnwidth}\raggedright\strut
22-23\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Correcciones y ajustes finales\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Mantenimiento a los archivos \emph{web}\strut
\end{minipage}\tabularnewline
\begin{minipage}[t]{0.12\columnwidth}\raggedright\strut
24\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Creación del \textsc{\lowercase{PDF}}, \textsc{\lowercase{EPUB}} y \textsc{\lowercase{MOBI}}\strut
\end{minipage} & \begin{minipage}[t]{0.40\columnwidth}\raggedright\strut
Mantenimiento del repositorio\strut
\end{minipage}\tabularnewline
\bottomrule
\end{longtable}
\chapter*{Bibliografía}\addcontentsline{toc}{chapter}{Bibliografía}\label{bibliografuxeda}\chaptermark{Bibliografía}{}
\nocite{althusser1970a,arkaute2008a,arteaga2008a,barlow2016a,barron2012a,barthes1968a,boeta2008a,bollier2016a,bourdieu2008a,bravo2005a,breakey2010a,child1990a,derrida2002a,htec1990a,htec1991a,htec1991b,eff2017a,drahos1996a,eco2016a,fiormonte2017a,fisher2016a,foucault1999a,gilmore2004a,hall2009a,hall2016a,hall2012a,hall2009b,hall2016b,hegel2005a,heidegger1994a,hettinger1989a,himma2006a,hughes1988a,illich1985a,jimenez2008a,kant2005a,kuflik1989a,lenk2007a,lessig2009a,lessig2011a,lessig2001a,lessig2012a,lever2012a,levy2016a,locke2006a,lopez2008a,mcleod2009a,ming2016a,moore2014a,moore2008a,moore2012a,nivon2016a,ortmann2016a,palmer1990a,papatheo2016a,rangel2016a,raymond2016a,rendueles2016a,ringenbach2016a,rojo2016a,rose1993a,sanchez2016a,schroeder2004a,shiffrin2007a,stallman2004a,stallman2016a,stengel2004a,indautor1996a,cerlalc2015a,open2016a,wayner2000a,sam2010a,htec1988a,htec1988b,yudice2008a,gnu2017a,bbc2017a,publimetro2017a,readium2017a,contitucioneeuu1787a,sledu2013a}
\phantomsection\addcontentsline{toc}{section}{Primaria}
\printbibliography[title={Primaria},heading=subbibintoc,heading=subbibliography,keyword={Primaria}]
\phantomsection\addcontentsline{toc}{section}{Secundaria}
\printbibliography[title={Secundaria},heading=subbibintoc,heading=subbibliography,keyword={Secundaria}]

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article: "@author (@date). «@title». _@journaltitle_{, @volume}{, (@number)}{, @pages}. En &lt;[@url](@url)&gt;. {.frances}"

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<img id="cover-image" class="forro" alt="Imagen de portada" src="../img/portada.png" />
<img id="cover-image" class="forro" alt="Imagen de portada" src="../img/portada.jpg" />
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</html>

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<section class="legal" epub:type="copyright-page">
<p class="centrado"><i>@title</i></p>
<p class="centrado">@author</p>
<p class="centrado">@press</p>
<p class="centrado"><span class="versalita-ligera">@press</span></p>
<p class="centrado espacio-arriba1">Última edición: @date.</p>
<p class="centrado espacio-arriba1">Permitida su reproducción y difusión por cualquier medio mecánico o electrónico sin la autorización escrita del titular de los derechos.</p>
<p class="centrado espacio-arriba1"><a href="mailto:hi@perrotuerto.blog">hi@perrotuerto.blog</a> / <a href="https://maestria.perrotuerto.blog">maestria.perrotuerto.blog</a></p>

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# Generales
title: El creador y lo creado
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title: @title
subtitle:
author:
- Santa Ana Anguiano, Ramiro
- @author
publisher:
- "UNAM-FFyL"
synopsis: Tesis para la obtención del grado de Maestro en Filosofía.
- @press
synopsis: @subtitle
category:
- Filosofía
- Filosofía de la cultura
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- Bienes comunes
language: es
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# Tabla de contenidos

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<!DOCTYPE html>
<html lang="es">
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<title>@title | Maestría en Filosofía</title>
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<header>
<h1 class="titulo">@title</h1>
<h2 class="subtitulo">@subtitle</h2>
<h3>Maestría en Filosofía</h3>
</header>
<section>
<p class="frances sin-separacion">Tesis en liberación continua:<br/>
<a href="tesis/tesis.md?v=@timestamp" target="_blank"><span class="versalita">MD</span></a> /
<a href="tesis/tesis.html?v=@timestamp" target="_blank"><span class="versalita">HTML</span></a> /
<a href="tesis/tesis.pdf?v=@timestamp" target="_blank"><span class="versalita">PDF</span></a> /
<a href="tesis/tesis.epub?v=@timestamp" target="_blank"><span class="versalita">EPUB</span></a> /
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<a href="tesis/tesis.docx?v=@timestamp" target="_blank"><span class="versalita">DOCX</span></a>
</p>
<p class="frances sin-separacion">Diapositivas:<br/>
<a href="assets/presentacion/presentacion.pdf?v=@timestamp" target="_blank"><span class="versalita">PDF</span></a> /
<a href="assets/presentacion/presentacion.odp?v=@timestamp" target="_blank"><span class="versalita">ODP</span></a>
</p>
<p class="frances sin-separacion">Bibliografía:<br/>
<a href="assets/bib/bibliografia.bib?v=@timestamp" target="_blank"><span class="versalita">BIB</span></a> /
<a href="assets/bib/bibliografia.html?v=@timestamp" target="_blank"><span class="versalita">HTML</span></a> /
<a href="https://gitlab.com/NikaZhenya/maestria-investigacion/-/tree/ed1/bibliografia" target="_blank">recursos descargables</a>
</p>
<p class="frances sin-separacion">Repositorios:<br/>
<a href="https://0xacab.org/NikaZhenya/maestria-investigacion" target="_blank">0xacab</a> /
<a href="https://gitlab.com/NikaZhenya/maestria-investigacion" target="_blank">GitLab</a>
</p>
<p class="frances sin-separacion">Descarga todo:</br>
<a href="https://gitlab.com/NikaZhenya/maestria-investigacion/-/archive/master/maestria-investigacion-master.zip?v=@timestamp" target="_blank"><span class="versalita">ZIP</a> /
<a href="https://gitlab.com/NikaZhenya/maestria-investigacion/-/archive/master/maestria-investigacion-master.tar.gz?v=@timestamp" target="_blank"><span class="versalita">TAR.GZ</a> /
<a href="https://gitlab.com/NikaZhenya/maestria-investigacion/-/archive/master/maestria-investigacion-master.tar.bz2?v=@timestamp" target="_blank"><span class="versalita">TAR.BZ2</a> /
<a href="https://gitlab.com/NikaZhenya/maestria-investigacion/-/archive/master/maestria-investigacion-master.tar?v=@timestamp" target="_blank"><span class="versalita">TAR</a>
</p>
</section>
<footer>
<p class="izquierda sin-separacion sin-sangria espacio-arriba1">La investigación y el sitio están bajo Licencia Editorial Abierta y Libre (<span class="versalita">LEAL</span>). Con <span class="versalita">LEAL</span> eres libre de usar, copiar, reeditar, modificar, distribuir o comercializar bajo las siguientes <a href="https://gitlab.com/programando-libreros/juridico/licencia-editorial-abierta-y-libre" target="_blank">condiciones</a>.</p>
<p class="izquierda sin-separacion sin-sangria espacio-arriba1">Última modificación: <span class="date">@date</span>.<br/>Versión: <code class="version">@timestamp</code>.</p>
<p class="izquierda sin-separacion sin-sangria espacio-arriba1"><a href="mailto:hi@perrotuerto.blog">hi@perrotuerto.blog</a> / <a href="https://perrotuerto.blog" target="_blank">perrotuerto.blog</a></p>
<p class="izquierda sin-separacion sin-sangria espacio-arriba1"><a href="https://pad.programando.li/s/M5a74_Eit" target="_blank">Código fuente</a></p>
</footer>
</body>
</html>

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7182
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851
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<head>
<title>BBC Mundo | América Latina | Anulan corazón de "Ley Televisa"</title>
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<meta name="keywords" content="bbc, bbcmundo.com, bbc mundo, bbc de londres, bbc servicio mundial, bbc world service, bbc servicio latinoamericano, bbc noticias, bbc en español, bbc en espanol, noticias, mundo, internacional, américa latina, america latina, latinoamérica, latinoamerica, latin america, aprenda ingles, aprenda inglés, latinos, hispanos, latinoamericanos, reino unido, gran bretaña, gran bretana, londres, ingles, inglés, english, británico, britanico, british, bbc radio, radio en español, radio en espanol, circuito, enfoque, vía libre, via libre, bbc deportes, bbc ciencia, onda londres, bbc internacional, efemérides, efemerides, economía al día, economia al dia, ciencia al dia." />
<meta name="OriginalPublicationDate" content="2007/06/06 12:01:26" />
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<meta name="IFS_URL" content="/hi/spanish/latin_america/newsid_6726000/6726335.stm" />
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<meta name="Description" content="El tribunal máximo en México invalidó la parte central de la polémica ley de radio y televisión." />
<meta name="THUMBNAIL_URL" content="http://newsimg.bbc.co.uk/media/images/43015000/jpg/_43015159_tele203_ap.jpg" />
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<td width="629" valign="top">
<table width="629" border="0" cellpadding="0" cellspacing="0">
<tr>
<td valign="top" width="629">
<a name="startcontent"></a><span class="ds"><span class="lu"></span>Miércoles, 6 de junio de 2007 - 12:01 GMT</span>
<img height="2" hspace="0" vspace="0" border="0" width="2" alt="" src="http://newsimg.bbc.co.uk/shared/img/o.gif" />
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<div class="mvtb"><table cellspacing="0" width="416" border="0" cellpadding="0"><tr>
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Envíe esta nota por e-mail
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<td width="203"><a onClick="popUpPage('http://newsvote.bbc.co.uk/mpapps/pagetools/print/news.bbc.co.uk/hi/spanish/latin_america/newsid_6726000/6726335.stm','status=no,scrollbars=yes,toolbar=yes,resizable=yes,menubar=yes,width=600,height=445','Printer')" href="http://newsvote.bbc.co.uk/mpapps/pagetools/print/news.bbc.co.uk/hi/spanish/latin_america/newsid_6726000/6726335.stm" class="epl" target="Printer">
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Imprima esta nota
</a></td>
</tr></table></div>
</td>
</tr>
</table>
<table width="629" border="0" cellpadding="0" cellspacing="0">
<tr>
<td colspan="3">
<div class="mxb">
<div class="sh">
Anulan corazón de "Ley Televisa"
</div>
</div>
</td>
</tr>
<tr>
<td valign="top" width="416">
<font size="2">
<!-- S BO --><p>
<!-- S IIMA -->
<table cellspacing="0" align="right" border="0" width="203" cellpadding="0">
<tr><td>
<div>
<img height="152" hspace="0" vspace="0" border="0" width="203" alt="Protesta contra la llamada &quot;Ley Televisa&quot;" src="http://newsimg.bbc.co.uk/media/images/43015000/jpg/_43015163_tele203bo_ap.jpg" />
<div class="cap">Los detractores de la ley aludieron constantemente al fantasma del duopolio.</div>
</div>
</td></tr>
</table>
<!-- E IIMA -->
<b> El máximo tribunal de justicia en México anuló, por unanimidad, los artículos clave de la ley de radio y televisión, que, según sus detractores, favorecía a los gigantes del sector. </b>
<p>
En la votación de este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó los artículos 28 y 28-A que permitían a los concesionarios ofrecer servicios adicionales, como telefonía e internet, sin participar en licitación pública y sin tener que pagar algo al Estado.
<p>
La controvertida ley fue aprobada el año pasado en medio del fragor del proceso electoral por la Presidencia de la República. El clima de la reñida competencia electoral ayudó a que los legisladores votaran en su favor, bajo el temor de recibir una mala cobertura en los medios, observan los analistas.
<p>
Los críticos de la ley señalaron entonces que se estaba regalando el mercado mexicano a las dos principales cadenas de televisión del país, Televisa y TV Azteca.
<p>
<!-- S ILIN -->
<div class="arr">
<a href="/hi/spanish/latin_america/newsid_6730000/6730603.stm" class="bodl">Análisis: <b>Los medios y lo gobiernos</b></a>
</div>
<!-- E ILIN -->
<p>
<b>Contra subastas </b>
<p>
El cabildeo realizado por ambas televisoras, que controlan más del 90% de la industria televisiva mexicana, llevó a que la ley adquiriera el mote de "Ley Televisa". Los detractores aludieron constantemente al fantasma del duopolio.
<p>
<!-- S IBOX -->
<table cellspacing="0" cellpadding="0" width="208" align="right" border="0">
<tr>
<td width="5"><img height="1" hspace="0" vspace="0" border="0" width="5" alt="" src="http://newsimg.bbc.co.uk/shared/img/o.gif" /></td>
<td class="sibf">
<div class="sih">
ARTÍCULOS CLAVE
</div>
<div class="mva"><div class="bull"><b>28 y 28A</b> - Servicios adicionales gratis y sin licitación</div>
<div class="bull"><b>17G</b> - Concesiones a subasta</div>
<div class="bull"><b>16</b> - Plazo fijo de concesiones</div>
</div>
</td>
</tr>
</table>
<!-- E IBOX -->
El máximo tribunal lleva cuatro semanas deliberando sobre la ley y, prácticamente, casi todas sus resoluciones han sido contra las empresas de televisión.
<p>
También fue declarada "inconstitucional" una parte del artículo 17-G y el artículo 16 que establecían la subasta pública como medio para otorgar nuevas concesiones de radiodifusión y les fijaba vigencia de 20 años.
<p>
Según el tribunal, la figura de subasta sólo favorecía a los grupos con gran poder económico, marginando al resto.
<p>
Los ministros consideraron, por otro lado, que garantizar un plazo fijo a las concesiones restaba facultades al Estado sobre el espacio electromagnético.
<p>
Quedan algunos puntos pendientes de revisión en el máximo tribunal, aunque el corazón de la ley fue ya dictaminado.
<p>
<!-- E BO -->
</font>
<br /><br clear="all" />
<div class="mvtb"><table cellspacing="0" width="416" border="0" cellpadding="0"><tr>
<td width="213"><a onClick="popUpPage('http://newsvote.bbc.co.uk/mpapps/pagetools/email/news.bbc.co.uk/hi/spanish/latin_america/newsid_6726000/6726335.stm','status=no,scrollbars=yes,resizable=yes,width=370,height=445','Mailer')" href="http://newsvote.bbc.co.uk/mpapps/pagetools/email/news.bbc.co.uk/hi/spanish/latin_america/newsid_6726000/6726335.stm" class="epl" target="Mailer">
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Envíe esta nota por e-mail
</a></td>
<td width="203"><a onClick="popUpPage('http://newsvote.bbc.co.uk/mpapps/pagetools/print/news.bbc.co.uk/hi/spanish/latin_america/newsid_6726000/6726335.stm','status=no,scrollbars=yes,toolbar=yes,resizable=yes,menubar=yes,width=600,height=445','Printer')" href="http://newsvote.bbc.co.uk/mpapps/pagetools/print/news.bbc.co.uk/hi/spanish/latin_america/newsid_6726000/6726335.stm" class="epl" target="Printer">
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Imprima esta nota
</a></td>
</tr></table></div>
</td>
<td width="10" valign="top"><img height="1" hspace="0" vspace="0" border="0" width="10" alt="" src="http://newsimg.bbc.co.uk/shared/img/o.gif" /></td>
<td width="203" valign="top">
<div class="seeAlsoH">
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25 11 04&nbsp;|&nbsp;
América Latina
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</div>
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<div class="nlp">
VÍNCULOS
</div>
<div class="arr">
<a href="http://200.38.86.53/PortalSCJN/">
Suprema Corte de Justicia de la Nación
</a>
</div>
<div class="arr">
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Gobierno de México
</a>
</div>
<div class="arr">
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Televisa
</a>
</div>
<div class="di">
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</div>
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<img height="10" width="1" alt="" src="http://newsimg.bbc.co.uk/shared/img/o.gif" /><br />
</td>
</tr>
<tr><td colspan="3">
<div class="o">
<img src="http://newsimg.bbc.co.uk/shared/img/ffffff.gif" width="629" height="10" alt="" border="0"><br />
<table cellspacing="0" border="0" cellpadding="0" width="629">
<tr>
<td valign="top" width="203">
</td><td valign="top" class="gffffff" width="10"><img src="http://newsimg.bbc.co.uk/shared/img/o.gif" width="10" height="1" alt="" border="0" vspace="0" hspace="0"></td><td valign="top" width="203">
</td><td valign="top" class="gffffff" width="10"><img src="http://newsimg.bbc.co.uk/shared/img/o.gif" width="10" height="1" alt="" border="0" vspace="0" hspace="0"></td><td valign="top" width="203">
</td>
</tr>
</table>
<img src="http://newsimg.bbc.co.uk/shared/img/ffffff.gif" width="629" height="10" alt="" border="0"><br />
<table cellspacing="0" border="0" cellpadding="0" width="629">
<tr>
<td valign="top" class="gffffff" width="10"><img src="http://newsimg.bbc.co.uk/shared/img/o.gif" width="10" height="1" alt="" border="0" vspace="0" hspace="0"></td><td valign="top" class="gffffff" width="10"><img src="http://newsimg.bbc.co.uk/shared/img/o.gif" width="10" height="1" alt="" border="0" vspace="0" hspace="0"></td>
</tr>
</table>
</div>
</td></tr>
</table>
</td>
</tr>
</table>
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