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@ -1,4 +1,4 @@
# 0. Morfología de la propiedad intelectual
# 0. Morfología e la propiedad intelectual
En las siguientes secciones se trata el término de «propiedad
intelectual» como es habitual entre sus teóricos y críticos.
@ -2033,11 +2033,12 @@ Hegel y Kant es la constitución de los derechos morales, los
cuales defienden la creación literaria como propiedad inalienable
del creador y cuya génesis histórica se sitúa en las discusiones
de juristas franceses y alemanes del siglo +++XIX+++ ---varios
de ellos hegelianos o conocedores de Kant o con fuertes influencias---.
A través del Convenio de Berna estás discusiones se convertirían
en estatutos a implementar al resto del mundo y que hoy en día
son perceptibles en las legislaciones nacionales como es el caso
del las leyes mexicanas al respecto.
de ellos hegelianos o conocedores de Kant o, al menos, influenciados
con fuerza---. A través del Convenio de Berna estás discusiones
se convertirían en estatutos que se implementaron en el resto
del mundo y que hoy en día son perceptibles en las legislaciones
nacionales como es el caso de la Ley Federal del Derecho de Autor
del Estado mexicano.
Como se argumentó en la sección 1, el interés de la teoría progresista
es principalmente socioeconómico: la generación de la mayor utilidad
@ -2052,18 +2053,19 @@ trasladar gran parte de la plusvalía generada del creador al
distribuidor de bienes culturales.
Si bien el uso de los discursos de Locke, Kant y Hegel pueden
considerarse fragmentarios y equívocos, estas condiciones ---la
decisión inicial sobre cuáles partes de sus teorías considerar---
y sus resultados ---teorías de la +++PI+++ que destacan más por
su caracter ecléctico y por el uso forzado de citas de estos
filósofos--- muestran un problema teórico de fondo. No es solo
que las teorías de la +++PI+++ de manera intencional hayan reducido
sus posibilidades de fundamentación filosófica a fragmentos ---por
lo general descontextualizados--- de no más de un puñado de filósofos
modernos de origen europeo, sino que los supuestos teóricos de
los teóricos de la +++PI+++ distan de los supuestos teóricos
de cada uno de los filósofos empleados. Aún están pendientes
análisis filosóficos sobre este tema.
considerarse fragmentarios y equívocos, estas condiciones ---las
decisiones iniciales sobre cuáles partes de sus teorías considerar---
y sus resultados ---varias argumentaciones para teorías de la
+++PI+++ analizadas aquí destacan más por su caracter ecléctico
y por el uso forzado de citas de estos filósofos--- muestran
un problema teórico de fondo. No es solo que las teorías de la
+++PI+++ de manera intencional hayan reducido sus posibilidades
de fundamentación filosófica a fragmentos ---por lo general descontextualizados---
de no más de un puñado de filósofos modernos de origen europeo,
sino que los supuestos teóricos de de quienes buscan fundamentar
la +++PI+++ distan de los supuestos teóricos de cada uno de los
filósofos empleados. Aún están pendientes análisis filosóficos
al respecto.
Este problema también es perceptible en los críticos a la +++PI+++
que han apostado por los +++BC+++, como se explicó en las secciones
@ -2089,57 +2091,63 @@ diversidad y fuerza al movimiento de los +++BC+++. Aunque en
el discurso varias organizaciones o individuos tengan sus oposiciones
y guarden sus distancias, el activismo de estos actores destaca
por su cohesión, aunque por lo general se trate del establecimiento
de alianzas para organizar campañas o eventos específicos, en
lugar de establecer estrategias a largo plazo.
de alianzas para organizar campañas o eventos, en lugar de establecer
estrategias a largo plazo.
Si bien esto puede considerarse un problema en cuanto el carácter
social y político de quienes defienden los +++BC+++, la ausencia
Si bien esto puede considerarse un problema en cuanto al carácter
sociopolítico de quienes defienden los +++BC+++, la ausencia
de teorías consistentes o de reflexiones que cuestionen los cimientos
de cada uno de sus discursos retraen posibilidades para los «nuevos»
modelos económicos y políticos que este espectro de la producción
cultural anhela.
modelos económicos y políticos que anhela este espectro del quehacer
cultural.
Los problemas teóricos es que los movimientos o iniciativas a
favor de los +++BC+++ están desafiando la «dictadura» de lo humano
al enfatizar lo no-humano, lo poshumano o lo posantropocéntrico;
sin embargo, sus discursos y las políticas de su producción cultural
tienden, por un lado, a apoyarse en dispositivos jurídicos que
alimentan el modelo neoliberal de «emprendurismo académico» y,
por el otro, se valen de «formas» tradicionales del «humanismo
liberal» como son la importancia a la autoría, el libro como
soporte por excelencia para esta disciplina, la originalidad
siempre fomentada en las investigaciones o la fijeza en como
se percibe el producto elaborado por el quehacer humanístico.
Según @textcite[hall2016a], los problemas teóricos en el discurso
de quienes defienden los +++BC+++ tienen sus raíces en el desafío
que se hacen a la «dictadura» de lo humano al enfatizar lo no-humano,
lo poshumano o lo posantropocéntrico; sin embargo, sus discursos
y las políticas de su producción cultural tienden, por un lado,
a apoyarse en dispositivos jurídicos que alimentan el modelo
neoliberal de «emprendurismo académico» y, por el otro, se valen
de «formas» tradicionales del «humanismo liberal» como son la
importancia a la autoría, el libro como soporte por excelencia
para esta disciplina, el anhelo de originalidad fomentado en
las investigaciones o la fijeza en como se percibe el producto
elaborado por el quehacer humanístico.
A este respecto, también se pueden añadir otras dos «formas»
comunes en el quehacer humanístico. Una de estas es el uso del
nombre del autor como eje rector de la obra. En el ámbito de
las humanidades se ha valorado al libro ---y en la actualidad
en como el trabajo intelectual desafiante de lo humano recurre
a la tradición del quehacer humanístico. Una de estas es el uso
del nombre del autor como eje rector de la obra. En el ámbito
de las humanidades se ha valorado al libro ---y en la actualidad
al _paper_--- como los soportes por excelencia para los productos
de estas disciplinas @parencite[hall2016a]. Sin embargo, el valor
dado a estos soportes por lo general se ocurre a través de la
valoración a sus autores. Por ello, es un ejercicio humanístico
habitual el llegar a una obra a través de su autor. Este fenómeno
también se da cuando existe la expectativa o la posibilidad de
que el lector llegue a una obra sin los modos tradicionales de
distribución ---que protegen y fomentan a los derechos de autor
y a las lógicas de acumulación capitalista, así como el libro
o el _paper_ como el soporte _de facto_--- pero cuyo eje rector
es el nombre del autor y el uso de otras fuentes no tradicionales
para la adquisicón de la obra ---como los _blogs_, la piratería
o las _shadow libraries_; por ejemplo, LibGen, Aaaaarg, Memory
of the World, EpubLibre o Sci-Hub---. Estos tipos de procedimientos
para la accesibilidad del bien cultural, pese a estar en los
márgenes de los comunes modos de distribución y en zonas jurídicas
grises, continúan reproduciendo el ideal humanista de situar
al autor como antecedente a la obra. El posicionamiento quizá
no se dé como autoridad, pero sí a través de un nexo que atribuye
una obra a un autor. Este fenómeno de raigambre humanista también
está presente cuando, para poder acceder a la obra escrita por
Hall sin los mecanismos tradicionales de distribución y sin uso
de los soportes por defecto, se tiene que realizar una búsqueda
a partir de su nombre y una verificación de la fuenta y de la
obra a través del cotejo de otras obras atribuidas al mismo autor.
dado a estos soportes por lo general ocurre a través de la valoración
de sus autores. Por ello, es un ejercicio humanístico habitual
la llegada a una obra a través de su autor o de autores relacionados.
Este fenómeno también se da cuando existe la expectativa o la
posibilidad de que el lector llegue a una obra sin los modos
tradicionales de distribución ---que protegen y fomentan a los
derechos de autor y a las lógicas de acumulación capitalista,
así como el libro o el _paper_ como el soporte _de facto_---
pero cuyo eje rector son los nombres de autor y el uso de otras
fuentes no tradicionales para la adquisicón de la obra ---como
los _blogs_, la piratería o las _shadow libraries_; por ejemplo,
LibGen, Aaaaarg, Memory of the World, Monoskop, EpubLibre o Sci-Hub---.
Estos tipos de procedimientos para la accesibilidad del bien
cultural, pese a estar en los márgenes de los modos de distribución
comunes y en zonas jurídicas grises, continúan reproduciendo
el ideal humanista de situar al autor como antecedente a la obra.
El posicionamiento quizá no se dé como autoridad o como relación
de paternidad, pero sí a través de un nexo específico que atribuye
una obra a un autor a través de un recorrido del autor a la obra.
Este fenómeno de raigambre humanista también está presente cuando,
para poder acceder a la obra escrita por Hall sin los mecanismos
tradicionales de distribución y sin uso de los soportes por defecto,
se tiene que realizar una búsqueda a partir de su nombre ---o
el nombre de sus colaboradores más estrechos--- y una verificación
de la fuenta y de la obra a través del cotejo de otras obras
atribuidas al mismo autor.
Otra «forma» común en el quehacer humanístico es el uso de etimologías
grecolatinas para dar nuevos significados o, al menos, para acotar
@ -2150,81 +2158,108 @@ de una teoría de la producción cultural sin remanentes humanistas,
es importante considerar que el uso de etimologías grecolatinas
dentro del discurso ha servido para dar fundamento a nuevos conceptos
o resignificaciones a partir de la historia y la tradición del
quehacer humanístico. La definición de «_Pirate Philosophy_»
llevada a cabo por Hall recurre a esta estrategia discursiva
para definir lo pirata según el sentido etimológico griego: _alguien_
quehacer humanístico.
Este fenómeno puede observarse en la definición de «_Pirate Philosophy_»
que Hall lleva a cabo cuando recurre a la estrategia discursiva
de definir lo pirata según el sentido etimológico griego: _alguien_
que «intenta», «prueba», «interpela», «problematiza» o «se mete
en problemas» @parencite[hall2009b, hall2012a]. ¿Qué tanto el
uso de ciertas reglas de formación del discurso humanístico ---como
la construcción o la delimitación etimológica de conceptos---
permiten teorías y reflexiones no-humanistas sobre la producción
cultural? Es una dificultad que también requiere de una mayor
atención para la reflexión filosófica.
en problemas» @parencite[hall2009b, hall2012a]. Tal vez puede
darse el caso que esta estrategia tenga la intención de atraer
a humanistas y filósofos a las problemáticas y críticas que se
condensan con el término «_Pirate Philosophy_». No obstante,
¿qué tanto el uso de ciertas reglas de formación del discurso
humanístico ---como la construcción o la delimitación etimológica
de conceptos--- permiten teorías y reflexiones no-humanistas
sobre la producción cultural? Es una dificultad que también requiere
de una mayor atención para la reflexión filosófica.
La poca rigurosidad con la que se emplean fragmentos escritos
por Locke, Hegel y Kant es un problema. Sin embargo, su crítica
corre el peligro de desviar la atención entre cuál es el uso
legítimo de lo dicho por estos filósofos y bajo cuáles reglas
hermenéuticas o discursivas, en lugar de cuestionar por qué el
tipo de discurso articulado por los teóricos de la +++PI+++ se
ha centrado en fundar esta propiedad bajo los ideales de una
corre el peligro de desviar la atención hacia cuáles son los
usos legítimos de lo dicho por estos filósofos según determinadas
reglas hermenéuticas o del discurso, en lugar de cuestionar por
qué el tipo de discurso articulado por los teóricos de la +++PI+++
se ha centrado en fundar esta propiedad bajo los ideales de una
modernidad occidental ---con especial énfasis en los ideales
de la Ilustración o el Romanticismo alemán---. En la práctica,
los mayores beneficiarios no han sido los sujetos creadores,
ni su «liberación». Al mismo tiempo, existen categorías que no
están en el centro de la disputa y en cuya omisión hay estrechas
semejanzas a los problemas teóricos en los discursos que defienden
los +++BC+++.
ni su «liberación». ¿Será que, a lo que la teoría compete, no
es posible fundar la +++PI+++ afuera de la modernidad occidental?
Al mismo tiempo, existen categorías que no están en el centro
de la disputa y en cuya omisión hay estrechas semejanzas a los
problemas teóricos de los discursos que defienden los +++BC+++.
En su tensión entre lo no-humano y lo humano ---que en este caso
es si la «creación» es o no propiedad de _alguien_, sea un individuo
o una comunidad--- los argumentos de los +++BC+++ sugieren que
tal vez el problema teórico de fondo es el que indica @textcite[hall2016a]:
se están tentando teorías no-humanas del quehacer cultural. ¿Cómo
sería eso posible? Es uno de los problemas teóricos que se despliegan
al tener, por un lado, las autodenominadas teorías de la +++PI+++
que no trascienden los ideales de la modernidad reducida a unos
cuantos filósofos y, por el otro, discursos en pos de los +++BC+++
que de manera paradójica juegan o recurren a las «formas humanísticas»
que pretenden negar.
# 14. El pacto para una alianza ¿tripartita?
Entre los teóricos de la +++PI+++ y los defensores de los +++BC+++
se han constituido ciertos acuerdos de manera velada. Uno de
estos pactos o «coincidencias» es la crítica en cuanto a la extensión
estos pactos o coincidencias es la crítica en cuanto a la extensión
y las implicaciones de categorías como la autoría y la atribución,
pero con una renuencia a cuestionar si estas categorías son relevantes
junto con la renuencia a cuestionar si estas categorías son relevantes
según las modalidades actuales de gestión de derechos de +++PI+++
y de las capacidades técnicas de producción, reproducción, distribución
y conservación de bienes culturales.
y conservación de bienes culturales, así como su pertinencia
para la construcción de una teoría que diversifique sus fuentes
o decida recurrir a ideales distintos de la modernidad occidental
y la tradición humanística.
Otro acuerdo es el reduccionismo jurídico en donde el debate
sobre cómo hacer cultura se ha delimitado a un campo donde el
derecho a producir y reproducir ha pasado a ser un derecho de
uso según las legislaciones vigentes o las licencias de uso avaladas
por alguna entidad estatal u organizaciones con capacidad operativa
a nivel global ---como la +++FSF+++ o la +++OSI+++---. En otros
términos, es ver el producto cultural, como un libro, a modo
de contrato: un objeto de naturaleza jurídica dentro de un campo
de acción cuyos productores suponen que son de índole cultural
o política y, después, de carácter jurídico-legislativo.
por alguna entidad estatal o por organizaciones con capacidad
operativa a nivel global ---como la +++FSF+++ o la +++OSI+++---.
En otros términos, es ver al producto cultural, como un libro,
a modo de contrato: un objeto de naturaleza jurídica dentro de
un campo de acción cuyos productores y reproductores suponen
que es de raigambre cultural o política y, después, de carácter
jurídico-legislativo.
Una similitud adicional es lo que podría considerarse un fetichismo
de la mercancía. En las teorías de la +++PI+++ analizadas es
perceptible el interés por el producto, su distribución y la
conservación de la productividad cultural. El centro de disputa
es sobre quién conserva los derechos ---y la plusvalía--- de
la producción y hasta qué punto estos deben ser a perpetuidad
o restringidos por las garantías de protección por parte del
Estado a través de un contrato entre las partes y su consecuente
traslado al dominio público. Todo esto bajo el supuesto de que
las economías posibles en la cultura dependen de la constante
producción de bienes culturales, donde es necesario afinar los
mecanismos para incentivar, recompensar o compensar el trabajo
hecho por los productores. Entre los movimientos e iniciativas
a favor de los +++BC+++ el producto cultural por lo general se
presenta para hacer patente posturas políticas e ideales de cómo
deberían de ser las economías y los tipos de convivencias de
la producción cultural. Esto genera una «economía del regalo»
que en varios casos invisibilizan la precariedad económica y
la necesidad de dobles jornadas laborales que muchos integrantes
de estos movimientos o iniciativas se ven sujetos ---además del
estrés, las decaídas anímicas y el desgaste físico que esto conlleva---.
Todo por la importancia dada al producto, sea este un soporte
concreto como un libro, una pintura o un programa de cómputo,
sea este la constitución de espacios como _hackerspaces_ o cooperativas,
o sea este la organización de eventos y talleres, que por lo
regular invisibilizan el trabajo voluntario, principalmente el
llevado a cabo por mujeres.
perceptible el interés por el producto, la economía que fomenta
y la conservación de la productividad cultural. El centro de
disputa es sobre quién conserva los derechos ---y la plusvalía---
de la producción y hasta qué punto estos deben ser a perpetuidad
o restringidos por el Estado a través de las garantías ofrecidas
en el contrato entre las partes o por medio de su consecuente
resguardo y traslado al dominio público. Esto supone que las
economías posibles en el quehacer cultural dependen de la constante
producción de bienes y solo es necesario afinar los mecanismos
para incentivar, recompensar o compensar el trabajo hecho por
los productores y los reproductores.
Entre los movimientos e iniciativas a favor de los +++BC+++ el
producto cultural por lo general se presenta para hacer patente
posturas políticas e ideales de cómo deberían de ser las economías
y los tipos de convivencias dentro del quehacer cultural. Esto
genera una «economía del regalo» que en varios casos invisibiliza
la precariedad económica, el exceso de trabajo voluntario ---en
la mayoría de los casos llevado a cabo por mujeres--- y la necesidad
de dobles jornadas laborales que muchos integrantes de estos
movimientos o iniciativas se ven sujetos ---además del estrés,
las decaídas anímicas y el desgaste físico que esto conlleva---.
En este sentido la organización y la atención del quehacer cultural
se dedica cuidado del producto, no tanto en su materialidad,
sino en su significación política y pedagógica ---las enseñanzas
que esto pueda tener para otros tipos de organización política
o económica---, sea este un soporte concreto como un libro, una
pieza artística o un programa de cómputo, o se trate de espacios
como _hackerspaces_ o cooperativas, o bien, el tiempo empleado
para eventos o talleres.
Una afinidad emparentada a la anterior es la percepción que la
producción cultural es propiedad. Para los teóricos de la +++PI+++
@ -2234,32 +2269,34 @@ Mientras que para las personas que apoyan los +++BC+++ se trataría
de algún tipo de propiedad pública o en común desde su concepción.
Aquí cabe prestar atención a una postura reciente que ve en los
+++BC+++ una ausencia de lo que podría considerarse «propio»,
siendo los +++BC+++ no lo que es todos, sino lo que no le pertenece
a nadie @parencite[hall2016a].
siendo los +++BC+++ no lo que es de todos, sino lo que no le
pertenece a nadie @parencite[hall2016a].
Estas similitudes requieren un analísis filosófico a fondo que
van más allá de los objetivos de esta investigación. Sin embargo,
de estos pactos velados es posible indicar que, pese a una autoconcepción
de un estado de «guerra», ninguno de los dos «bandos» parecen
cuestionar con profundidad la relevancia del autor, del contrato
y del producto. Una manera de tratar de comprender este fenómeno
es que en la bibliografía consultada se encontró ciertas pautas
de un «marco teórico» en común respecto a la producción cultural.
Estas similitudes requieren un analísis filosófico de fondo y
que van más allá de los objetivos de esta investigación. Sin
embargo, de estos pactos velados es posible indicar que, pese
a una autoconcepción de un estado de «guerra», ninguno de los
dos «bandos» parecen cuestionar con profundidad la relevancia
del autor, del contrato y del producto. Una manera de tratar
de comprender este fenómeno es que en la bibliografía consultada
se encontraron ciertas pautas de un «marco teórico» en común
respecto a la producción cultural.
La producción, reproducción, distribución y conservación de los
bienes culturales se han configurado en tres grandes esferas.
Una esfera es la del creador que, mediante cierta relación de
parentesco se considera a su creación como parte de su propiedad.
En ciertas ocasiones este parentesco se da a partir de la erotización
de la apropiación creativa @parencite[schroeder1998a] o su romantización
@parencite[baldwin2014a]. En ambos casos quedan mediados por
concepciones metafísicas respecto a la producción creativa ---el
creador y su relación erótica para dar a luz a su creación o
el creador cuya creación se da _ex nihilo_---. En relación con
las prácticas jurídicas y discursivas, estos extraños acontecimientos
tienen a normalizarse y a considerarse como la manera en como
se gesta la cultura, aunque en realidad sea una imagen simplificada
o distorsionada de la producción cultural @parencite[benjamin2016a,foucault1999a].
parentesco, considera a su actividad como creación que es de
su propiedad. En ciertas ocasiones este parentesco se da a partir
de la erotización de la apropiación creativa @parencite[schroeder1998a]
o su romantización @parencite[baldwin2014a]. En ambos casos quedan
mediados por concepciones metafísicas respecto a la producción
creativa ---el creador y su relación erótica para «dar a luz»
a su creación o el creador cuya creación se da _ex nihilo_---.
En relación con las prácticas jurídicas y discursivas, estos
extraños acontecimientos tienden a normalizarse y a considerarse
como las maneras en las que se gesta el quehacer cultural, aunque
en realidad sea una imagen simplificada o distorsionada de la
producción cultural @parencite[benjamin2016a,foucault1999a].
Esta supuesta capacidad creativa única e irrepetible, así como
las horas empleadas para concretizar estas capacidades en un
producto son las principales defensas para la protección de esta
@ -2269,177 +2306,260 @@ ejercicio de la escritura, con el tiempo se incluyeron en la
categoría de «creadores» a quienes hacen arte o invenciones @parencite[baldwin2014a].
Así como la categoría de creador se amplió para otro tipo de
actividades, también hubo profesiones que en un primer momento
se consideraron como trabajo creativo pero que después fueron
considerados como ejercicios secundarios al quehacer creativo
se consideraron como trabajo creativo pero que después pasaron
a juzgarse como ejercicios secundarios del quehacer creativo
como los traductores y los intérpretes @parencite[baldwin2014a].
En otra esfera se encuentra el distribuidor que en general tiene
un triple objetivo. Primero, mediante un consentimiento contractual
da forma al trabajo del creador para ajustarlo a las capacidades
técnicas de reproducción y para adecuarlo a las normas estructurales
y de presentación según las expectivas de la tradición de cada
disciplina. Segundo, mediante la constitución de contratos y
las capacidades del distribuidor se determinan las cuestiones
legales sobre las posibilidades y las limitaciones de la reproducción
de la obra que pretende llevar a cabo. Por último, también mediante
un contrato se determinan los mecanismos y los alcances de los
tipos de distribución o de comercialización adoptados. La cantidad
de recursos humanos, económicos y políticos para poder cumplir
estos tres objetivos son los elementos más relevantes que se
emplean para conservar esta esfera. Cabe la pena indicar una
importante matización. Ciertos actores presentes aquí tienen
a hacer una división del trabajo para poder cumplir con este
triple objetivo. Por un lado están los reproductores ---como
los productores de música o películas, las compañías de videojuegos
o las editoriales--- cuyos objetivos es transformar y reproducir
lo creado por el autor o el inventor. Por el otro lado se encuentran
los agentes que se encargar de distribuir el producto final ---como
los distribuidores de libro, música o películas o las plataformas
de venta como Google Play, Amazon, App Store o Steam---. Según
el aspecto a resaltar, se hablará en su momento de reproductores
o de distribuidores, pero siempre denotando que forman parte
de esta esfera del quehacer cultural.
produce un soporte al trabajo del creador según las capacidades
técnicas de reproducción y las normas estructurales y de presentación
_ad hoc_ a las expectivas de la tradición de cada disciplina.
Segundo, mediante la constitución de contratos y las capacidades
del distribuidor se determinan las cuestiones legales sobre las
posibilidades y las limitaciones de la reproducción de la obra.
Por último, también mediante el contrato se determinan los mecanismos
y los alcances de los tipos de distribución o de comercialización
adoptados. La cantidad de recursos humanos, económicos y políticos
para poder cumplir estos tres objetivos son los elementos más
relevantes que se emplean para conservar esta esfera. Cabe la
pena indicar una importante matización. Ciertos actores presentes
aquí tienden a hacer una división del trabajo para poder cumplir
con este triple objetivo. Por un lado están los reproductores
---como los productores de música o películas, las compañías
de videojuegos o las editoriales--- cuyos objetivos es transformar
y reproducir lo creado por el autor o el inventor en un soporte
usable para el público ---aquí hay incluso una subespecilización:
los que diseñan y los que fabrican a partir de estas pautas---.
Por el otro lado se encuentran los agentes que se encargan de
distribuir el producto final ---como los distribuidores de libro,
de música o de películas o las plataformas de venta como Google
Play, Amazon, App Store o Steam---. Según el aspecto a resaltar,
se hablará en su momento de reproductores o de distribuidores,
pero siempre denotando que forman parte de esta esfera del quehacer
cultural.
Por último, pero no menos importante, está la esfera del público.
Por último, pero no menos importante, está la esfera del «público».
En el marco actual de la producción cultural el público tiene
por lo menos dos funciones en este ecosistema. Por un lado es
quien mediante el consumo o la donación permite este tipo de
economía cultural. Pero su accesibilidad por lo general queda
restringida a los usos que puede dar de las obras adquiridas.
Por otro lado, es quien puede visibilizar o enterrar proyectos
culturales mediante el ejercicio de la crítica. Las redes sociales,
en este sentido, han permito que el público dé mucha visibilización
a producciones culturales, pero en ciertos casos también han
minado carreras artísticas.
restringida a los usos que los productores y los reproductores
permiten dar a las obras adquiridas. Por otro lado, es quien
puede visibilizar o enterrar proyectos culturales mediante el
ejercicio de la crítica. Las redes sociales, en este sentido,
han permito que el público dé mucha visibilización a producciones
culturales, incluso hasta el punto de minar carreras literarias
o artísticas.
Cada una de estas esferas consisten en tres actores con diferentes
funciones que hacen de la producción cultural una economía basada
funciones que hacen del quehacer cultural una economía basada
en la oferta y la demanda del mercado. En este contexto, existen
una diversidad de propuestas, tanto de teóricos de la +++PI+++
como de quienes apoyan los +++BC+++, que se han estado discutiendo
hasta la seccion 12 de esta investigación. Algunas de estas propuestas
es la limitación del poder de los distribuidores para generar
leyes más justas, como las reformas pretendidas por el _copyjustright_;
su contraparte sería la influencia política que los distribuidores
ejercen mediante el cabildeo para implementar cambios que favorecen
a sus intereses, como es el robustecimiento de la +++PI+++.
hasta la seccion 12 de esta investigación.
Algunas de estas propuestas es la limitación del poder de los
distribuidores para generar leyes más justas, como las reformas
pretendidas por el _copyjustright_. Su contraparte sería la influencia
política que los distribuidores ejercen mediante el cabildeo
para implementar cambios a favor de sus intereses, como es el
robustecimiento de la +++PI+++.
Otra sugerencia ha sido darle más poder al público. Aunque los
teóricos de la +++PI+++ han expuesto intereses en este tipo de
transferencia, son los movimientos del _copyleft_ y del _copyfarleft_
los que han apostado en un incremento en las libertades _de uso_
para el público, donde el resto de los actores podrán encontrar
modos de adaptación; para el caso del _copyleft_ existe el supuesto
que la industria podrá adecuarse a este nuevo poder del público;
para el caso del _copyfarleft_ se tiene la pretensión de que
esto genere un nuevo tipo de economía no capitalista que se centre
en los _productores_ y sus necesidades de _subsistencia_. El
contraste de esta sugerencia ha sido la preocupación de los peligros
de dar poder al público en un contexto donde, desde el caso de
Cambridge Analytica se ha demostrado la facilidad de persuadir
al público para optar por políticas que minan el ejercicio democrático
y de la libre expresión.
teóricos de la +++PI+++ y el _copyjustright_ han expuesto intereses
en este tipo de transferencia, son los movimientos del _copyleft_
y del _copyfarleft_ los que han apostado en un incremento de
las libertades _de uso_ para el público, donde el resto de los
actores podrán encontrar modos de adaptación. Para el caso del
_copyleft_ existe el supuesto de que la industria encontrará
la manera de adecuarse a este nuevo poder del público. Para el
caso del _copyfarleft_ se tiene la pretensión de que esto genere
un nuevo tipo de economía no capitalista que se centre en los
_productores_ y en sus necesidades de _subsistencia_ y de organización.
El contraste de esta sugerencia ha sido la preocupación de dar
poder al público en un contexto donde se ha evidenciado la facilidad
de persuadir al público para optar por políticas que minan el
ejercicio democrático y de la libre expresión, como el caso de
Cambridge Analytica.
Por último, los creadores de manera independiente o a traves
Por último, los creadores de manera independiente o a través
de gremios o sociedades de gestión han impulsado políticas que
favorezcan sus intereses. El caso aquí es paradójico. Los creadores,
favorezcan sus intereses. Este fenómeno es paradójico. Los creadores,
los teóricos de la +++PI+++ y los defensores de los +++BC+++
han resaltado el estado precario en el que viven la mayoría de
los creadores ---y que en este sentido son el sustrato para la
posterior generación de plusvalía---. Se ha concluido que estos
los creadores ---y que en este sentido son la fuerza de trabajo
para la generación de plusvalía; en términos de @textcite[berardi2003a]
estos serían el «cognitariado»---. Se ha concluido que estos
deberían tener un mayor control sobre cómo se utiliza su obra
y sobre cómo la plusvalía debería de ser repartida de manera
más justa. Sin embargo, bajo diversas iniciativas y según la
manera en como se ha organizado el quehacer cultural, este impulso
por lo general termina por beneficiar a las instituciones responsables
de esta precariedad laboral: las sociedades de gestión, las productoras,
las editoriales y, en general, a los distribuidores. Mientras
que los creadores no tengan la capacidad de prescindir de los
distribuidores o encontrar mejores condiciones para la negocación,
sus exigencias en teoría van a criticar al distribuidor pero
en la práctica van a afectar al público.
más equitativa. Sin embargo, bajo diversas iniciativas y según
la manera en como se ha organizado el quehacer cultural, este
impulso por lo general termina por beneficiar a las instituciones
responsables de esta precariedad laboral: las sociedades de gestión,
las productoras, las editoriales y, en general, a los distribuidores.
Mientras que los creadores no tengan la capacidad de prescindir
de los distribuidores o de encontrar mejores condiciones para
la negociación, sus exigencias generarán tensión hacia el distribuidor
o incluso hacia el público.
Existen por lo menos dos casos en lo que esta afectación es perceptible.
En el primero se tiene que la exigencia de mejores condiciones
laborales repercute en el costo de producción y reproducción
de los bienes culturales, cuyo aumento será absorbido por el
público, encareciendo el precio para el acceso a estos bienes,
al mismo tiempo de incentivar la piratería ---que muchos creadores
y distribuidores combaten---. En el segundo caso es común que
estas exigencias por parte de los creadores se utilicen para
impulsar protecciones más largas para las legislaciones de la
+++PI+++, dificultando el acceso público de los bienes culturaes
a través de vías jurídicas.
Existen por lo menos dos casos en los que la tensión hacia el
público es perceptible. En el primero se tiene que la exigencia
de mejores condiciones laborales repercute en el costo de producción
y reproducción de los bienes culturales, cuyo aumento será absorbido
por el público. Esto encarece el precio para el acceso a estos
bienes e incentiva la piratería ---que muchos creadores y distribuidores
combaten---. El segundo caso son las exigencias de impulsar protecciones
más largas de los derechos de +++PI+++. Esto constriñe el acceso
público de los bienes culturales a través de vías jurídicas.
En la bibliografía consultado no se localizó un esfuero explícito
por explicar el porqué la producción, la distribucción, la distribucción
y la conservación de los bienes culturales se teoriza a partir
En la bibliografía consultada no se localizó un esfuerzo explícito
por explicar por qué la producción, la reproducción, la distribucción
o la conservación de los bienes culturales se teoriza a partir
de un marco que involucra tres grandes actores: el creador, el
distribuidor y el público. En las próximas secciones se buscará
evidenciar la dificultad teórica y la neceisdad de reflexión
filosófica respecto a cada uno de estos tres actores. No obstante,
bajo esta descripción es necesario preguntar por el papel del
Estado en este marco empleado por ambos espectros que se autoconciben
en una «guerra» de dos «bandos».
distribuidor y el público. En las próximas secciones se estará
indagando más a fondo sobre este tema. Otra cuestión son los
motivos por los cuales ninguno de los dos «bandos» de esta «guerra»
hablan del Estado como un actor adicional de este marco.
¿No es acaso las instituciones del Estado una cuarta esfera y
un actor relevante para el quehacer cultural contemporáneo? El
Estado, mediante las legislaciones del derecho de autor garantiza
el trabajo del creador como un tipo de actividad creativa que
mediante los derechos morales y los patrimoniales brinda protección
ante las otras dos esferas. Las instituciones jurídicas y legislativas
del Estado da garantías para que los creadores y los distribuidores
puedan establecer relaciones comerciales mediante un contrato
para que la creación pueda ser pública. Por último, este actor
también es garante de las posibilidades de uso justo de la +++PI+++,
desde el establecimiento de reglas comerciales ---como el precio
único en los libros---, pasando por doctrinas jurídicas que brindan
¿No son las instituciones del Estado una cuarta esfera y un actor
relevante para el quehacer cultural contemporáneo? El Estado,
mediante las legislaciones de la +++PI+++ garantiza el trabajo
del creador como un tipo de actividad creativa que mediante los
derechos morales y patrimoniales brinda protección ante las otras
dos esferas. Diversas instituciones del Estado dan garantías
para que los creadores y los distribuidores puedan establecer
relaciones comerciales mediante un contrato que permite la «apertura»
pública de la creación. Por último, este actor también es garante
de las posibilidades de uso justo de la +++PI+++, desde el establecimiento
de reglas comerciales ---como el precio único en los libros o
leyes antimonopolio---, pasando por doctrinas jurídicas que brindan
excepciones ---como el uso de creaciones culturales sin autorización
para fines de investigación o educativos, o para ampliar su distribución
a poblaciones consideradas vulnerables---, hasta el compromiso
de velar por el uso correcto del dominio público.
explícita para fines de investigación o de educación, o para
ampliar su distribución a poblaciones consideradas vulnerables---,
hasta el compromiso de velar por el correcto uso legal del dominio
público.
Una de las funciones de este actor es ser el mediador entre el
resto de los actores. Pero en su camino también fortalece su
presencia en la producción cultural. El uso de subsidios para
la producción cultural es uno de los mecanismos más evidentes
y antiguos para incrementar su influencia en la esfera cultural.
Acorde a @textcite[loewenstein2002a], las leyes de _copyright_
en un principio fueron propulsadas por los editores ---en aquel
tiempo conocidos como impresores--- para poder tener derecho
de copia a perpetuidad, de manera semejante a los monopolios
comerciales que tiempo después constituyeron las patentes. Al
analizar estas pretensiones, la corona inglesa optó por constituir
leyes de _copyright_ pero sin ser un derecho a perpetuidad, sino
uno válido por catorce años ---que además implicaba la necesidad
de un registro y, posteriormente, permitió una extensión de otros
catorce años, siempre y cuando se hiciera el papeleo correspondiente---.
Este actor es el mediador entre el creador, el distribuidor y
el público. Pero en su camino fortalece su presencia en el quehacer
cultural, por lo que no se trata de un mero nexo entre los tres
actores, los cuales los teóricos de la +++PI+++ o los críticos
de los +++BC+++ suelen centrar sus reflexiones. El uso de subsidios
para la producción cultural o el cobro de impuestos son los mecanismos
más evidentes y antiguos para incrementar su influencia en la
esfera cultural. Sin embargo, la génesis del _copyright_ permite
ver otras formas en como las instituciones del Estado se fortalecen
mediante los derechos de +++PI+++, por lo que es lícito describirlo
con brevedad, ya que en ello reside en gran medida el marco teórico
tripartita que está bajo cuestionamiento.
# 15. El surgimiento de la autoría como positividad
Acorde a @textcite[loewenstein2002a], a principios del siglo
+++XVIII+++ los estatutos del _copyright_ en un principio fueron
propulsados por la Honorable Compañía de Impresores y Periódicos
---una organización que concentraba gran parte de los gremios
dedicados a la producción de libros en Londres--- para poder
tener derecho sobre las obras a perpetuidad. Según estos impresores
---la manera en como en aquel tiempo se conocían a los editores---,
el pago a los escritores por la producción de obras implicaba
que estas pasaban a formar parte de su propiedad. El cabildeo
llevado a cabo por la Honorable Compañía se debió a que sus ediciones
se reproducían sin su consentimiento por parte de impresores
escoceses ---lo que hoy se cataloga como piratería--- @parencite[baldwin2014a].
Acorde a los impresores ingleses, este tipo de empresa era ilegal,
desleal y contraproducente a la industria debido a la «mala»
calidad y a la falta de regulación de estas reproducciones @parencite[loewenstein2002a].
Con esto se observa que en los orígenes del _copyright_ los
escritores están ausentes en la discusión ---aunque desde el siglo +++XVI+++
sí hay antecedentes de escritores inconformes con su situación @parencite[lafaye2002a,loewenstein2002a,
baldwin2014a]---. El _copyright_ surge de una disputa entre impresores.
El monopolio en el comercio de los libros en el mundo anglosajón
era permitido para la Honorable Compañía por la Corona inglesa desde
el siglo +++XVI+++ como medida para controlar el tipo de libros
impresos @parencite[loewenstein2002a]. Sin embargo, en el siglo
+++XVII+++ este tipo de control ---y de censura--- por parte
de la Corona fue cayendo en desuso hasta que a principios del
siglo +++XVIII+++ la Cámara de los Comunes, con un fuerte caracter
antimonopólico e independentista, lo rechazó @parencite[loewenstein2002a].
Negar este monopolio no solo siginificó la disminución del poder de los
impresores londinenses, sino que también restringió algunas facultades
de la Corona respecto al comercio. La flexibilidad y los bajos
precios de los impresos escoseses les permitió no solo competir
contra la Honorable Compañía sino que los facultó la toma de control
sobre un nuevo mercado: Estados Unidos. La infraestructura local
de este nuevo Estado no podía dar abasto a sus lectores, por
lo que la alfabetización de los ciudadanos estadunidenses se
dio a partir de impresores escoceses hasta que existieron las
condiciones necesarias para el abastecimiento local @parencite[baldwin2014a].
En este proceso, Estados Unidos primero se valió de los impresos escoceses
y, una vez que su infraestructura local podía dar abasto,
retomó y readaptó los estatuos del _copyright_ impulsados por la
Honorable Compañía para plasmarlos en sus leyes de _copyright_ y
así proteger su industria de los impresores escoceses ---que también
habían comenzado a piratear ediciones estadunidenses---
@parencite[loewenstein2002a,baldwin2014a].
También a partir del siglo +++XVI+++ los reinos de España y de
Portugal fomentaron el monopolio en el comercio de los libros
a partir de impresores autorizados por sus respectivas Coronas
@parencite[lafaye2002a]. A diferencia del mundo anglosajón, el
control y la censura de obras continuó en esta parte del mundo
hasta muy entrado el siglo +++XIX+++. Pero como @textcite[lafaye2002a]
hace notar, pese a su constante presencia, principalmente a través
de la Inquisición, en estos reinos y sus virreinatos también
se imprimieron obras censuradas, apócrifas o piratas. A diferencia
de Reino Unido, en España y Portugal era una práctica común que
las autoridades en cohecho con libreros e impresores no autorizados
permitieran este tipo de mercado negro @parencite[lafaye2002a].
Con los reinos de España y de Portugal, y con los nuevos Estados
que surgieron en las guerras de independencia, se tiene una ausencia
de adaptación jurídica a las nuevas posibilidades técnicas de
reproducción de textos. Esto en parte explicará por qué los derechos
de autor en el mundo hispanohablante consistan en adaptaciones de
legislaciones elaboradas por Reino Unido, Estados Unidos, Francia
y Alemania.
// Historía rápida en francia y alemania, revisa lo de abajo
de manera semejante a los monopolios comerciales que tiempo después
constituyeron las patentes. Al analizar estas pretensiones, la
corona inglesa optó por constituir las leyes de _copyright_ pero
sin ser un derecho a perpetuidad, sino uno válido por catorce
años ---que además implicaba la necesidad de un registro y, posteriormente,
permitió una extensión de otros catorce años, siempre y cuando
de nuevo se hiciera el papeleo correspondiente---.
Esto tuvo varias concecuencias. La economía del libre mecenazgo
para la producción cultural pasó a ser una economía regida por
el contrato velado y administrado por la Corona. Además, esto
dio mayor poder al creador, que antes del Estatuto de la Reina
Ana se consideraba un colaborador como cualquier otro. Esto sentó
las bases para una revaloración positiva de la autoría. Antes
de las leyes de _copyright_, la apropiación relacionada con el
autor consistía en un ejercicio de riesgo por tratarse de un
tipo de apropiación penal para censurar e incluso castigar al
autor si es que su obra se consideraba herética @parencite[foucault1999a].
Las leyes de _copyright_ tornaron la apropiación del autor en
derechos económicos de los cuales no contaba, un privilegio que
el resto de sus colaboradores no contaba. Esto trae consiguo
la individualización del autor y del impresor como efecto de
la institucionalización de la industria editorial @parencite[loewenstein2002a].
Antes de ello, la división de trabajo entre autor e impresor
no era clara, ya que ambos solían realizar sus actividades en
el mismo taller @parencite[lafaye2002a]. Como última consecuencia,
el carácter limitado de las leyes de _copyright_ dieron surgimiento
al dominio público. Antes de estas leyes, el impresor de consideraba
_de facto_ el titular perpetuo de las obras que compraba a los
autores. Después de estos estatutos, el impresor solo era titular
de las obras que adquiría por un periodo máximo de veintiocho
años. Una vez terminado ese ejercicio, el público y otros impresores
podían reproducir la obra sin ningún tipo de inconveniente jurídico.
para la producción cultural de manera paulatina pasó a ser una
economía regida por contratos velados y administrados por la
Corona.
Además, esto dio mayor poder al creador, que antes del Estatuto
de la Reina Ana se consideraba un colaborador como cualquier
otro. Esto sentó las bases para una revaloración positiva de
la autoría. Antes de las leyes de _copyright_, la apropiación
relacionada con el autor consistía en un ejercicio de riesgo
por tratarse de un tipo de apropiación penal para censurar e
incluso castigar al autor si es que su obra se consideraba herética
@parencite[foucault1999a]. Las leyes de _copyright_ tornaron
la apropiación del autor en derechos económicos de los cuales
no contaba, un privilegio que el resto de sus colaboradores no
contaba. Esto trae consiguo la individualización del autor y
del impresor como efecto de la institucionalización de la industria
editorial @parencite[loewenstein2002a]. Antes de ello, la división
de trabajo entre autor e impresor no era clara, ya que ambos
solían realizar sus actividades en el mismo taller @parencite[lafaye2002a].
Como última consecuencia, el carácter limitado de las leyes de
_copyright_ dieron surgimiento al dominio público. Antes de estas
leyes, el impresor de consideraba _de facto_ el titular perpetuo
de las obras que compraba a los autores. Después de estos estatutos,
el impresor solo era titular de las obras que adquiría por un
periodo máximo de veintiocho años. Una vez terminado ese ejercicio,
el público y otros impresores podían reproducir la obra sin ningún
tipo de inconveniente jurídico.
El Estado como mediador entre estos tres actores no ha tenido
un papel secundario en la manera en como han evolucionado los