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Título

Filosofía pirata: la propiedad intelectual como supuesto en la creación cultural y filosófica

Planteamiento

Ante la tecnificación del quehacer cultural, en el que también se incluye el filosófico, la filosofía pirata busca cuestionar sobre los elementos que parecen permanecer inmóviles ante la expansión de la cultura impresa a lo digital. Dichos temas involucran las cuestiones de la autoría, los nombres propios, la firma, la atribución, la publicación, la cita, la acreditación, el uso justo y, en general, la creación y práctica intelectualººcite[]ºº dentro de centros de conocimiento así como en las propuestas periféricas o desescolarizadas.

Dentro de este movimiento y propuesta filosófica, cuyo principal canal de difusión es la revista arbitrada y abierta Culture Machine, el término «piratería» no tiene un valor intrínseco, sea positivo o negativo.ººcite[]ºº La filosofía pirata no asiente que la información debería de ser libre a toda costa, como está presente en varios colectivos de piratería digital, que la compartición de información es un deseo «natural» humano, según argumenta diversas alas del Open Access (movimiento que busca el acceso abierto del trabajo académico),ººcite[]ºº o que es un deber no cerrar el acceso a la información, perceptible en la formulación del imperativo categórico presente en el «Manifiesto GNU» de la Free Software Foundation (movimiento enfocado en la creación de software para que pueda ser usado, estudiado, distribuido y mejorado libremente).ººcite[]ºº

Por otro lado, la «piratería» no se trata como una consecuencia de la era digital y el internet en detrimento del pilar económico que sostiene la mayoría de la producción cultural, académica y filosófica. Tampoco enfoca su análisis al impacto de la piratería digital, principalmente en y a través de los medios de comunicación. Es decir, el sentido y valor de la piratería permanece en cuestión.ººcite[]ºº

En su lugar, a través de los debates que ha abierto la piratería digital, el Open Access y el software libre o de código abierto, la filosofía pirata cuestiona diversos modelos que fueron erigidos en la era del papel como la autoría, la autoridad académica, la legitimación profesional, la propiedad intelectual y la revisión por pares.ººcite[]ºº El modo de preguntarse es principalmente ético fundado por el aparato crítico presente en la tradición filosófica, como Derrida, Foucault, Barthes o Heidegger. El intento de respuesta pasa a través de cuestiones metodológicas hasta el impacto que esto tiene en el modo en como se crea y reproduce nuestra cultura. El principal enfoque dentro del quehacer cultural es en la práctica académica, principalmente en las humanidades y la filosofía, ya que son estas ramas las que más han basado su gestación y difusión a través del discurso en soporte impreso, en donde el texto no solo es un medio de transmisión de información, sino también una expresión vinculada íntimamente con su locutor.ººcite[]ºº

Con estos elementos se puede indicar que la filosofía pirata es ética filosófica,ººcite[]ºº pero también teoría metodológica y práctica cultural que pone a prueba los modelos culturales predigitales y propone otros que desafían el binomio tecnocracia-capitalismo. Cabe decir que en este movimiento el término «pirata» se aproxima a su acepción etimológica, del latín «pirata» y del griego «πειρατής», que significa «poner a prueba», «intentar», «arriesgar», o «aventurar».ººcite[]ºº

Ahora bien, que la filosofía pirata parta del debate abierto por la piratería digital, el Open Access y el software libre o de código abierto no implica que estos movimientos sean uniformes en cuanto a sus objetivos y asunciones morales. Al contrario, en varias ocasiones la relación entre estos se ha traducido en debate, roces e incluso confrontaciones y rompimientos. ¿Qué hace posible tratarlos como un conjunto?

La piratería digital es el movimiento menos unificado y uniforme, debido a que su actuar en la mayoría de los casos es anárquico o de vertientes anarcoindividualistas por lo que la existencia de aparatos institucionales queda limitada a organizaciones en forma de colectivos o en una agrupaciones entorno a plataformas de compartición de archivos como The Pirate Bay, LibGen o Aaaaarg. Se denomina «anárquica» ya que en diversas ocasiones la subida de información carece de una reflexión política o filosófica al respecto, por lo que estas acciones se vinculan más al deseo de compartir algo que se considera relevante, desde películas o música, pasando por software y pornografía, hasta videotutoriales, audiolibros y libros, sin la necesidad de intermediarios más que las computadoras.

Sin embargo, en algunas ocasiones, particularmente debido a coyunturas políticas, surgen movilizaciones en defensa de la piratería digital, incluso hasta alcanzar un alto grado de organización que expande sus exigencias más allá del marco técnico, como el movimiento civil que revirtió el acta de cese a la piratería (SOPA, por sus siglas en inglés) en EE. UU.,ººcite[]ºº la casi meta alcanzada de The Pirate Bay de comprarse una isla en aguas internacionales para alojar sus servidores,ººcite[]ºº el surgimiento de los partidos pirata,ººcite[]ºº etcétera. El engrosamiento de las leyes de propiedad intelectual que buscan restringir el acceso de la información son la principal causa del surgimiento de esta conciencia grupal que, debido a su rechazo de las acciones cometidas por las instituciones estatales o privadas, fundan su quehacer en un anarquismo individualista escéptico ante cualquier forma de institución, sea conservadora o liberal. Las principales fuentes para su discurso son clásicos del anarquismo, como Kropotkin, así como la «radicalización» de fundamentos morales presentes en la ética hacker, como el principio de que la información quiere ser libre.ººcite[]ºº

El Open Access tiene su origen en la preocupación por la paulatina corporatización de instituciones universitarias, tradicionalmente consideradas como neutrales ante la presión del liberalismo económico. Por ello, este se enfoca en que la producción académica esté disponible de manera gratuita para todo aquellos que cuenten con internet.ººcite[]ºº Este movimiento tampoco es uniforme, por lo que pueden distinguirse dos caminos para poner la información a disposición y dos posturas sobre el alcance que debería de tener la eliminación de barreras.ººcite[]ºº No obstante, como movimiento existe el acuerdo de oponerse a las restricciones asociadas a los derechos de autor y las políticas de privacidad de base de datos de editoriales académicas como Elsevier o JSTOR. Para ello se plantean una serie de lineamientos para la apertura de la información como son la creación de repositorios, archivos, editoriales y software que ayuda a cubrir estas necesidades de la manera más transparente y democrática posible.ººcite[]ºº

Si bien el Open Access se ha centrado principalmente en el quehacer académico de las ciencias, paulatinamente ha surgido el interés de enfocarse también en las humanidades y la filosofía, pero bajo otras formas debido a las características de sus discursos.ººcite[]ºº Esto también ha provocado que el carácter ético del movimiento tome mayor relevancia, ya que al parecer en las humanidades la obtención de regalías por la venta de publicaciones es un medio por el que varios investigadores pueden absorber los gastos que implica su labor.ººcite[]ºº Es decir, el principio es que existe una ventaja en abrir la información, pero la discusión es sobre cuál ha de ser el límite de esta apertura.

Desde un contexto histórico, el software libre o de código abierto antecede a los demás. Este movimiento surgió ante la preocupación de la privatización del software en los principios de la apertura digital de las universidades. Aunque se trate como un conjunto, en realidad consiste en dos vertientes que en la práctica coinciden en que el código fuente (el trabajo realizado por el programador) ha de estar disponible para cualquiera. Pero el trasfondo de esta necesidad es lo que ocasionó la temprana bifurcación de este movimiento, cuyo parteaguas fue el «Manifiesto GNU».

En este manifiesto se establece una ética deontológica, explícitamente vinculada a Kant,ººcite[]ºº en el que la información ha de ser y permanecer libre como principio moral. Varios programadores que consentían en el acceso del código fuente se perturbaron por la intención moral del manifiesto o por las consecuencias económicas que puede implicar la necesidad de que el código siempre esté disponible. Esto implicó la bifurcación del movimiento en software libre y software de código abierto. El primero tiene un fuerte carácter ético y social donde es deber del programador liberar su código en miras de que este de alguna forma conlleve a dinámicas sociopolíticas o económicas distintas.ººcite[]ºº El segundo se rehúsa a darle connotaciones éticas a la apertura del código, por lo que se centran más en una perspectiva individualista y afín al liberalismo económico por el cual se permite lucrar directamente con el código, por lo que la apertura permanente no es necesaria.ººcite[]ºº El punto de coincidencia es en que la información debe de estar disponible, pero divergen en si es una condición permeable al interés lucrativo mediante la privatización del código.

Con esto puede observarse que la piratería digital, el Open Access y el movimiento del software libre o de código abierto comparten una postura hacia la información: que esta quiere o debe de ser libre, y las ventajas que esto conlleva para el desarrollo cultural dentro del contexto digital. Es en esta coincidencia que la filosofía pirata se centra para partir su análisis. Sin embargo, como es perceptible, esto muchas veces acarrea el problema de una falta de consenso sobre cómo habrá de tratarse a la información.

En este punto, es la propiedad intelectual la condición «negativa» de estos movimientos. Si bien existe disparidades ante lo que positivamente ha de ser la eliminación de barreras a la información, hay una «alianza» de facto en contra de las consecuencias que puede acarrear la propiedad intelectual. Las iniciativas de limitar la piratería, la corporatización de las universidades y la privatización del código tienen su fundamento en la modificación y ampliación de los derechos de propiedad intelectual, cuyo impacto no solo es de índole técnica, jurídica o sociopolítica, sino también cultural, debido a que delimita los modos de creación intelectual.

Esto ha llevado a que la justificación de la propiedad intelectual (PI) busque no solo basarse en otras teorías jurídicas, como las concernientes a la propiedad física, libertad de expresión, privacidad o protección ante la difamación,ººcite[]ºº sino también en fundamentos filosóficos que le den un mayor margen de legitimación. Por ello este ámbito parte de la distinción de tres dimensiones de la propiedad intelectual:

  1. La PI como expresión concreta de una idea.
  2. La PI como mecanismo de control, también llamada derecho de propiedad intelectual (DPI).
  3. La PI como sistema que aglutina los diversos DPI, también conocido como sistema de propiedad intelectual (SPI).

La primera dimensión se enfoca principalmente en dos problemas: 1) ¿es posible diferenciar entre la expresión y la idea?, 2) ¿toda creación intelectual puede tratarse como PI? La primera pregunta es otra expresión del problema filosófico que implica el Mundo de las Ideas de Platón, ya que se argumenta que semejante diferenciación solo es posible si se supone que la idea preexiste a su concreción material o al menos en su expresión como pensamiento.ººcite[]ºº Dentro de la literatura sobre este tema no existe consenso sobre esta cuestión, además de que diversos autores no la consideran esencial ya que el fundamento de los DPI no depende directamente de esta respuesta.ººcite[]ºº

El segundo problema tiene un nexo directo con la segunda dimensión de la PI, ya que la justificación de los DPI depende de cómo una creación intelectual puede tratarse como propiedad. Al respecto, existen tres corrientes filosóficas:

  1. La creación como mérito.
  2. La creación como incentivo.
  3. La creación como expresión.

La creación como mérito surge a partir de las ideas de Locke sobre la propiedad.ººcite[]ºº Esta indica un carácter normativo por el cual, al ser la creación fruto de un esfuerzo mediante el trabajo, este ha de ser recompensado y regulado para evitar que otros se beneficien a expensas del creador.ººcite[]ºº Esto deriva en la constitución de derechos económicos, los cuales son los fundamentos para la justificación jurídica de los DPI en el mundo anglosajón.ººcite[]ºº

La creación como incentivo tiene sus orígenes en el utilitarismo.ººcite[]ºº Aquí se busca que mediante el DPI los individuos se motiven a crear, labor que se traducirá en progreso, beneficio o bienestar social.ººcite[]ºº Esta vertiente también desemboca en la constitución de derechos económicos,ººcite[]ºº los cuales sirven de base para políticas internacionales como el Convenio de Berna o el Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica.

La creación como expresión parte de las reflexiones de Hegel y Kant.ººcite[]ºº Para esta corriente, la creación es la expresión de la voluntad o del discurso del sujeto creador cuyo vínculo inalienable precisa de protección ante quienes puedan deformar dicha expresión.ººcite[]ºº Esto funda una serie de derechos políticos para el sujeto, los cuales se aglutinan en la doctrina de los derechos morales, común en las tradiciones jurídicas «continentales» como la de Alemania, Francia o México.ººcite[]ºº

La disparidad entre corrientes en no muy pocas ocasiones acarrea la consecuencia de legislaciones poco articuladas que precisan de muchos ajustes situacionales.ººcite[]ºº Esto implica que los DPI no solo deban basarse en las decisiones tomadas en cortes, sino que tengan un fundamento filosófico por el cual sea posible erigir una teoría de la PI que sirva de guía para instituciones estatales e internacionales.ººcite[]ºº

Esto lleva a la tercera dimensión, donde el SPI es la expresión jurídica de una teoría general de la PI, la cual aún está lejos de concretarse.ººcite[]ºº A pesar de esta limitación y la falta de consenso entre corrientes, principalmente en lo que concierne a los límites en el control de la PI, estas comparten no solo el optimismo de que esta teoría es posible, sino que la PI y sus consecuentes derechos es una condición «positiva» para la adecuada reproducción de la cultura, debido a que los mecanismos de control evitan el colapso de diversas instituciones estatales, internacionales o privadas.

Aquí es donde se ve que existe una confrontación sobre el estatus ético, ontológico y cultural de la PI. Los movimientos de apertura de la información la tratan como una condición «negativa» (algo que no ha de ser); mientras que las corrientes filosófico-jurídicas la establecen como una condición «positiva» (algo que ha de ser) para la gestación e integridad de nuestra cultura. En este debate es donde la filosofía pirata no solo se rehusa a tomar partida para poder analizar las consecuencias, posibilidades y límites del debate abierto por esta confrontación, sino que también ayuda a dilucidar un fenómeno que es el problema en el que se enfoca esta investigación.

Problema y tesis

Aunque históricamente los DPI tienen su origen a partir del siglo XVII y XVIII (Ley de Monopólios inglés y Estatuto de la Reina Ana),ººcite[]ºº el término de PI nació hasta el siglo XX,ººcite[]ºº como eje rector para aglutinar una serie de doctrinas jurídicas como son los derechos de autor, patentes, marcas, secretos comerciales, atributos de personalidad, denominaciones de origen, entre otros.ººcite[]ºº Esta conjunción surgió con la intención de empezar a articular y fundar desde un plano teórico-filosófico a estas juridicciones que se han visto afectadas por el advenimiento de la cultura digital y, con ello, de los críticos ante los modelos predigitales de crear, diseminar y mantener la información.

La corriente lockeana se basa en los escritos de Locke sobre la propiedad, sin que en ningún momento este hablara de PI.ººcite[]ºº Con los utilitaristas la PI es una manifestación más de un valor económico en pos de un bien social. Por último, en los personalistas, Hegel y Kant reflexionaron sobre los derechos de autor.ººcite[]ºº En estas corrientes, sus teóricos han buscado un traslado paulatino a la justificación de la PI,ººcite[]ºº no sin ambigüedades o paradojas debido a la dispar naturaleza de las diferentes manifestaciones en las que se da.ººcite[]ºº

A pesar de estas limitantes, cuya legitimación hermenéutica también es tema de análisis, estas corrientes no solo se asimilan en la condición «positiva» dada a la PI, o en su origen como respuesta ante el debate abierto por la crítica cultural surgida desde los modelos posibles en la era digital, sino que todas comparten el supuesto donde la PI es un objeto en relación con un sujeto creador.

Se habla de un «supuesto» ya que no existe una justificación expresa del porqué la PI se trata a modo de un objeto, no solo desde las corrientes jurídico-filosóficas, sino también en gran parte de los críticos de la PI, cuando el fenómeno entorno a su estatus ético, ontológico y cultural evidencia una compleja relación entre creador/creadores, instituciones estatales, privadas, sin fines de lucro e internacionales, así como usuarios y público general donde en varias ocasiones la PI no mienta un objeto y sus derechos de uso, sino algo que está profundamente anclado en el entendimiento contemporáneo del mundo.ººcite[]ºº

Por ende, es posible preguntarse: ¿por qué la PI es tratada como un objeto vinculado a un sujeto creador, cuando el fenómeno de la creación cultural evidencia que no es posible explicar ni justificar a la PI como el fruto de ese acto creativo e individualizado donde la participación más significativa de las instituciones y la sociedad es antes, como incentivo o fuente de inspiración o de formación, o después, como protección o fuente de consumo o de apreciación, de esta acción?

Una propuesta de respuesta puede iniciar bajo la tentativa de que la PI se funda en un mito donde el binomio creador-creación es de tal «naturaleza» que precisa de una protección jurídica para salvaguardarla. La definición de la PI como «expresión concreta de una idea»ººcite[]ºº no solo es la dimensión de la PI por la cual se desprenden el resto, sino que es la promovida por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual e Indautor. Con esto se explicita que el carácter que se considera más íntimo es este acto creativo e individualizado de donde surge la PI.

No obstante, esto no solo supone que la creación intelectual puede ser sinónimo de PI según la posibilidad de un valor económico, sino también que el acto creativo es esencialmente de índole individual, cuando de hecho este carece de fundamento, como justificación para la PI, si no se considera el correlato social que le otorga su significado y sentido. Es decir, la relación objeto creado y sujeto creador de PI únicamente es significativa si este acto se realiza a partir, sobre y para un contexto social: el mérito, incentivo o expresión vincula directamente a agentes externos a la relación sujeto-objeto, a tal grado que estos modos de entender a la creación requieren de un marco de legitimación social para su fundación.

El contexto social cede los DPIººcite[]ºº pero también es la posibilidad de PI matizada a través de las instituciones que median entre le sujeto creador y el público, por lo que cabe hablar de la PI como un mito, cuyo primer momento puede analizarse como un aparato ideológico. La PI se entendería como un instrumento rector para la reproducción de conocimiento según los modelos de la cultura predigital, mientras que sus críticos mostrarían puntos de relieve sobre las distintas formas en como la PI permite la prolongación de un sistema político y económico no solo estatal, sino también global. La PI se erigiría como uno de los mecanismos actuales por los cuales se posibilita una especie de expansión ideológica interestatal cuya concreción está presente en diversos acuerdos comerciales donde la PI es ya el principal punto de referencia para el control de la transferencia tecnológica y la economía que esto genera.

En aquí donde los modelos de producción de conocimiento de la cultura digital, como el aprendizaje autodidacta fomentado por las diversas comunidades digitales y la colaboración en línea, se presentarían como un proceso de desescolarización principalmente orientado a una ética de cuidadoººcite[]ºº de la información a partir de las personas que se encargan de ello. Esto también implicaría que estas prácticas son propuestas para limitar una ideología que, desde estos movimientos, se percibe como nociva para el quehacer cultural. Por ende, la condición «negativa» de la PI se traduciría en varias formas de organización para detener la reproducción de una ideología dominante.

Pero este análisis sería insuficiente si no se explora el origen y fundamento de semejante mito fijado como aparato ideológico. La PI como «expresión concreta de una idea» denota una particular relación sujeto-objeto, donde su personalización delimita que no se trata de cualquier vínculo sino uno donde la creación es ininteligible sin su creador y viceversa. La palabra clave podría ser «expresión», ya que esto evidencia que de las corrientes que justifican la PI, es la hegeliana-kantiana la que destaca del resto debido a que en esta el tema de la PI no es derivado a una economía monetaria que, por sí misma, podría diluir los DPI en otras doctrinas jurídicas que la anteceden.

La corriente personalista establece un vínculo inalienable donde la creación no puede separarse de su creador. Sin embargo, esto también demuestra que el creador no antecede a la creación, debido a que sin objeto creado, el sujeto es incomprensible como sujeto creador. Es decir, si la principal característica de la PI es la creación como expresión, entonces esta expresividad es en un doble sentido: manifiesta un objeto creado al mismo tiempo que funda un sujeto creador.

Por lo tanto, si bien en la justificación de la PI como expresión indica que el sujeto creador antecede a la creación, este confunde las entidades (el sujeto y el objeto) con el valor e intención discursiva de estas (el sujeto como creador y el objeto como creación). Esta confusión cabría interpretarse como un fruto de la modernidad,ººcite[]ºº el cual supone que una entidad «neutral» delimita su propio significado y sentido (el sujeto creador precedente o incluso sin tener presente un objeto creado). Ante semejante proceso de individuación,ººcite[]ºº podría analizarse al sujeto creador como una figura legitimada socialmente y protegida institucionalmente que sirve de base para comprender un objeto como creado por el sujeto al unísono que adquiere el estatus de creador, una especie de funciónººcite[]ºº que en la jerga del desarrollo de software se define como función recursiva: una que se llama a sí misma.

En este sentido, la condición «negativa» de la PI podría interpretarse como la preocupación de que tal función tenga una falla sistemática que provoque una iteración infinita. Es decir, que existe la posibilidad de que en la repetición de la función-creador paulatinamente paralice otros aspectos del quehacer cultural, como la diseminación y mantenimiento de la información. De ser así, existiría una explicación del porqué históricamente en un principio la cuestión de la autoría y su consecuente protección jurídica no representó un problema, y cómo actualmente su iteración de manera paulatina implica el aislamiento de la creación cultural cuyos canales de acceso cada vez se ven más constreñidos a una determinada lógica económica.

De esta manera es como la PI se trataría no como un objeto, sino como un supuesto cuya condición de posibilidad se discierne a través del fenómeno dilucidado en la confrontación sobre el estatus ético, ontológico y cultural de la PI, para lo cual se requiere el cumplimiento de los siguientes objetivos.

Objetivos

Generales

Particulares

Relevancia

Relevancia filosófica y no filosófica. Aportación original.

Índice tentativo

Cronograma

Bibliografía

Distinguir entre básica y complementaria.