Fin de cortegit statusgit status

This commit is contained in:
Nika Zhenya 2019-11-09 20:13:34 -06:00
parent 2c09f3a44a
commit bf93bebb65
1 changed files with 253 additions and 373 deletions

View File

@ -1080,9 +1080,9 @@ y usuarios en pos de los +++BC+++.
El aumento de creadores y usuarios a favor de los +++BC+++ no
ha sido un fenómeno consistente ni uniforme. El único consenso
es que que las actuales legislaciones de +++PI+++ son demasiado
restringidas. Tampoco existe claridad sobre las categorías
empleadas por estos proponentes como «libertad», «apertura»,
«acceso», «información», «autoría», «propiedad», «propiedad intelectual»
restringidas. Tampoco existe claridad sobre las categorías empleadas
por estos proponentes como «libertad», «apertura», «acceso»,
«información», «autoría», «propiedad», «propiedad intelectual»
e incluso el mismo término de «bienes comunes».
Ante la falta de congruencia entre la teoría y práctica, y de
@ -1091,43 +1091,43 @@ _Manifiesto telecomunista_, cuya intención es la conducción de
los logros conseguidos por el _software_ libre hacia un socialismo
de izquierda. Para @textcite[kleiner2019a] la sociedad y la cultura
como un mercado es un imaginario capitalista que debe eliminarse.
Para ello se vale del «comunismo de riesgo»: un modelo de autoorganización
inspirado en la tipología de la red, donde el cambio social viene
a partir de un modelo de intercambio descentralizado y compuesto
por voluntarios, lo que también llama «economía de red».
Para ello se vale del «comunismo de riesgo»: un modelo de organización
inspirado en la tipología de la red, donde la transformación
social es a partir de un modelo de intercambio descentralizado
y compuesto por voluntarios, lo que también llama «economía de
red». Esta obra es un híbrido de diferentes ideas trabajadas
por colectivos europeos de izquierda y los discursos de la ola
contemporánea en pos de los +++BC+++. Por este motivo y con explícita
alusión al _Manifiesto comunista_, Kleiner redactó un manifiesto
«telecomunista».
Esta obra es un híbrido entre diferentes ideas trabajadas por
colectivos europeos de izquierda y los discursos de la ola contemporánea
en pos de los +++BC+++. Por este motivo y con explícita alusión
al _Manifiesto comunista_, Kleiner redactó un manifiesto «telecomunista».
Uno supuesto central del manifiesto es que el internet no podrá
Un supuesto central del manifiesto es que el internet no podrá
ser «libre» si continúa bajo el financiamiento capitalista. @textcite[kleiner2019a]
explica que el «trabajador en internet» no difiere del obrero:
no es propietario de los productos de su trabajo. Para resolver
está tensión existe una postura concreta: la propiedad es antagónica
de la libertad porque a distancia controla lo producido por otra
persona, subyugándolo al dueño de los medios de producción. @textcite[kleiner2019a]
propone dos estrategias para la lucha de clases: el comunismo
de riesgo y el _copyfarleft_. Este comunismo busca la generación
de una capacidad económica que provoque el conflicto de clase
y, con ello, la transformación del sistema capitalista. Las licencias
_copyfarleft_ son el dispositivo concreto para la gestación de
esta capacidad económica.
explica que el «trabajador en internet» no difiere del obrero
porque no es propietario de los productos de su trabajo. Para
resolver está tensión existe una postura concreta: la propiedad
privada es antagónica de la libertad porque a distancia controla
la producción de una persona, subyugándola al dueño de los medios
de producción. @textcite[kleiner2019a] propone dos estrategias
para la lucha de clases: el comunismo de riesgo y el _copyfarleft_.
Este comunismo busca la generación de una capacidad económica
que provoque un conflicto de clase y, con ello, la destrucción
del sistema capitalista. Las licencias _copyfarleft_ son el dispositivo
concreto para la gestación de esta capacidad económica.
Esta propuesta problematiza la posición del mercado en los +++BC+++.
Para @textcite[raymond2016a, maynard2010a] y @textcite[lessig2005a]
el mercado, como elemento central para el desarrollo de la creación
intelectual, no es puesto en duda. A través de sus escritos es
perceptible la preocupación por los monopolios del mercado, pero
de manera explícita argumentan su necesidad para el quehacer
cultural. El apego al mercado no es explícito en la +++FSF+++.
En varios escritos @textcite[stallman2004b] habla sobre el código
perceptible la preocupación por los monopolios, pero de manera
explícita argumentan la necesidad del mercado para el quehacer
cultural. El apego a este no es explícito en la +++FSF+++. En
varios escritos @textcite[stallman2004b] habla sobre el código
como una cuestión social; sin embargo las posturas políticas
de este autor y de la +++FSF+++ hacen patente el respeto a la
comercialización del _software_. El código como producto de una
comunidad «libre» no es necesariamente gratuito, debido a las
posibilidades de venta final o de cobro por soporte técnico.
de este autor y la +++FSF+++ hacen patente el estímulo a la comercialización
del _software_. El código como producto de una comunidad «libre»
no es necesariamente gratuito, debido a las posibilidades de
venta final o de cobro por soporte técnico.
Acorde a la @textcite[fsf2019a], una licencia libre no discrimina
su uso según el tipo de usuario, incluyendo a gobiernos y corporaciones.
@ -1145,10 +1145,10 @@ de la relocalización del trabajo de compañías estadunidenses
o europeas hacia India o América Latina.
Para @textcite[kleiner2019a] el _copyleft_ no permite observar
el conflicto de clases. La principal innovación del _copyleft_
fue volver al _copyright_ contra sí mismo. Pero no existe una
oposición al «capitalismo de riesgo»: un modelo de apropiación
privada de plataformas digitales cuyo valor fue producido gratuitamente
el conflicto de clases. Su principal innovación fue volver al
_copyright_ contra sí mismo. Pero no existe una oposición al
«capitalismo de riesgo»: un modelo de apropiación privada de
plataformas digitales cuyo valor fue producido gratuitamente
por sus usuarios. Según @textcite[kleiner2019a] la pobreza tiene
sus orígenes en la explotación de la clase productora, no en
una falta de cultura o de acceso a la información. Por ello,
@ -1158,11 +1158,11 @@ la crítica a la ola contemporánea en pos de los +++BC+++ por
su complicidad en la acumulación capitalista.
El juicio más duro de @textcite[kleiner2019a] es hacia Lessig
y las licencias +++CC+++. Acorde al manifiesto, antes de Lessig
las comunidades a favor de los +++BC+++ luchaban en contra de
todo régimen de propiedad, catalogándose como _anticopyright_.
y las licencias +++CC+++. Acorde al manifiesto, antes de este
abogado las comunidades a favor de los +++BC+++ luchaban en contra
de todo régimen de +++PI+++, catalogándose como _anticopyright_.
Sin embargo, después de él estas comunidades se han inclinado
a reformar la +++PI+++, convirtiéndose en _copyjustright_. @textcite[kleiner2019a]
a reformarla, convirtiéndose en _copyjustright_. @textcite[kleiner2019a]
declara que las licencias +++CC+++ son una versión más elaborada
del _copyright_. Según este autor, las +++CC+++ conciben lo «libre»
como libertad de consumo de las obras bajo control del creador.
@ -1171,50 +1171,49 @@ del autor, las cuales niegan los derechos del consumidor e invisibilizan
la relación con los productores. En consecuencia, las +++CC+++
generan un anticomún que encubre la lógica capitalista. Por un
lado regresa al «mito» del pasado incorrupto del _copyright_
y a las ideas románticas sobre la originalidad y la creatividad.
y a las ideas románticas sobre la originalidad y creatividad.
Por otro, da pequeñas concesiones en un «campo de juego» determinado
por la falta de cuestionamiento a la propiedad privada y su personalización.
En conclusión, para @textcite[kleiner2019a] el trabajo de Lessig
es distante a los objetivos del _anticopyright_.
Sobre el _copyleft_ @textcite[kleiner2019a] declara que es una
regresión a los objetivos del _anticopyright_. El _copyleft_
supone la existencia de una Edad de Oro del _copyright_ que en
la actualidad ha decaído, por lo que viene a enmendar esa corrupción.
Sin embargo, según este autor, esto jamás sucedió: el _copyright_
nunca ha beneficiado a los creadores. Segundo, su origen es el
contexto _hacker_ alrededor de las primeras universidades con
acceso a internet en Estados Unidos y Europa cuyo interés es
el conocimiento por sí mismo, lo que deja de lado la lucha de
clases al limitarse a la producción «inmaterial». Tercero, no
es incompatible con la economía capitalista e incluso su uso
disminuye los costos de producción ---esto explica la adopción
de licencias por parte de Microsoft, Apple e +++IBM+++ cuando
en el pasado fueron grandes opositores--- e induce al trabajo
de subsistencia. En conclusión, el _copyleft_ no impacta la distribución
de la riqueza y el poder, así como su efectividad en el desarrollo
de _software_ hace patente su constitución como medio para la
acumulación de capital. Se trata de un retroceso del _anticopyright_
porque neutraliza la lucha entre el capitalismo y el comunismo
de riesgo a una oposición entre +++PI+++ y +++BC+++. El _copyleft_
se orienta más a la libertad de información que a la de explotación:
no ayuda a los productores culturales porque no fomenta una economía
controlada por ellos.
regresión a los objetivos del _anticopyright_. Este supone la
existencia de una Edad de Oro del _copyright_ que en la actualidad
ha decaído, por lo que viene a enmendar dicha corrupción. Sin
embargo, según él, esto jamás sucedió: el _copyright_ nunca ha
beneficiado a los creadores. Segundo, su origen es el contexto
_hacker_ alrededor de las primeras universidades con acceso a
internet en Estados Unidos y Europa cuyo interés es el conocimiento
por sí mismo, lo que deja de lado la lucha de clases al limitarse
a la producción «inmaterial». Tercero, no es incompatible con
la economía capitalista e incluso su uso disminuye los costos
de producción ---esto explica la adopción de licencias por parte
de Microsoft, Apple e +++IBM+++ cuando en el pasado fueron grandes
opositores--- e induce al trabajo de subsistencia. En conclusión,
el _copyleft_ no impacta la distribución de la riqueza y el poder,
así como su efectividad en el desarrollo de _software_ hace patente
su constitución como medio para la acumulación de capital. Se
trata de un retroceso del _anticopyright_ porque neutraliza la
lucha entre el capitalismo y el comunismo de riesgo a una oposición
entre +++PI+++ y +++BC+++. El _copyleft_ se orienta más a la
libertad de información que a la de explotación: no ayuda a los
productores culturales porque no fomenta una economía controlada
por ellos.
@textcite[kleiner2019a] propone un retorno crítico al _anticopyright_
basándose en la enseñanza dejada por el _copyleft_. El _copyfarleft_
es un regreso a la «libertad» absoluta y la abolición de todo
tipo de +++PI+++. Las licencias _copyfarleft_ pretenden que los
trabajadores retengan el valor de su actividad en un contexto
de uso y sustracción en común. El comercio es posible pero entre
agentes en contra de la explotación y en pos de una economía
de trabajadores como punto intermedio para la consecución de
una sociedad sin clases. La propiedad se entiende en términos
comunales, la cual funciona como medio para llegar a la fracturación
y transformación de la economía capitalista. Algunos ejemplos
de licencias _copyfarleft_ son la Licencia de Producción de Pares
@parencite[lpp2012a] o la Licencia Editorial Abierta y Libre
@parencite[zhenya2019a].
es un regreso a la «libertad» absoluta y la abolición de toda
+++PI+++. Las licencias _copyfarleft_ pretenden que los trabajadores
retengan el valor de su actividad en un contexto de uso y sustracción
en común. El comercio es posible pero entre agentes en contra
de la explotación y en pos de una economía de trabajadores como
punto intermedio para la consecución de una sociedad sin clases.
La propiedad se entiende en términos comunales, la cual funciona
para la llegada de la fracturación y transformación de la economía
capitalista. Algunos ejemplos de licencias _copyfarleft_ son
la Licencia de Producción de Pares @parencite[lpp2012a] o la
Licencia Editorial Abierta y Libre @parencite[zhenya2019a].
Debido a la amplia utilización de categorías trabajadas por organizaciones
europeas de izquierda o marxistas, un análisis sobre su coherencia
@ -1228,18 +1227,17 @@ de la producción a partir de las tecnologías «digitales». Si
bien las creaciones intelectuales se han comprendido como +++PI+++
o +++BC+++, es posible un punto de encuentro. De uno u otro extremo
existe un consenso general de que la creación es propiedad, sea
privada, pública o «en común». Esto disminuye la tensión entre
las teorías de la +++PI+++ y las críticas a favor de los +++BC+++.
Ambas posturas están en la búsqueda de una teoría y práctica
del control de la producción «intelectual»: ¿quién o qué tiene
la autoridad de determinar cómo se desarrolla _software_, cómo
se compone música, cómo se filman películas, cómo se publican
textos, cómo se genera conocimiento y, en general, cómo se hace
cultura? Las teorías de la +++PI+++ y la ola contemporánea en
pos de los +++BC+++ permiten interpretarse como dos tendencias
dentro de la producción cultural, como ya señalaba @textcite[barron2012a].
Pero ¿qué tal si son «síntomas» de un fenómeno más complejo al
desfase entre la legislación y las nuevas técnicas de producción?
privada, pública o «en común», lo que disminuye su tensión. Ambas
posturas están en la búsqueda de una teoría y práctica del control
de la producción «intelectual»: ¿quién o qué tiene la autoridad
de determinar cómo se desarrolla _software_, cómo se compone
música, cómo se filman películas, cómo se publican textos, cómo
se genera conocimiento y, en general, cómo se hace cultura? Las
teorías de la +++PI+++ y la ola contemporánea en pos de los +++BC+++
permiten interpretarse como dos tendencias dentro de la producción
cultural, como ya señalaba @textcite[barron2012a]. Pero ¿qué
tal si son «síntomas» de un fenómeno más complejo al desfase
entre la legislación y las nuevas técnicas de producción?
Por otro lado, la producción es el aspecto que más relevancia
ha tenido en esta «guerra». La infraestructura cultural actual
@ -1249,7 +1247,7 @@ faltan más estudios sobre la dependencia de la +++PI+++ y los
de sus respectivos valores. Los costos humanos y económicos para
la manuntención de esta infraestructura es equiparable al precio
que se paga para la generación de nuevos objetos, incluyendo
textos. Por ejemplo, el salario del cuerpo académico. Por un
textos. Un ejemplo es el salario del cuerpo académico. Por un
lado el docente es responsable de la reproducción del conocimiento
y la universidad a través de la enseñanza, el apoyo a la conclusión
de estudios del alumnado o la realización de diversas actividades
@ -1259,309 +1257,191 @@ capítulos de libros, ponencias o libros a tal ritmo que incluso
se conoce con la frase «publica o muere». Causa sospecha la relevancia
que ambos «bandos» han prestado a la productividad intelectual,
cuando su ritmo ha sobrepasado su capacidad y sus intereses han
sido subordinados a fines políticos o económicos ajenos al ámbito
académico.
sido subordinados a fines políticos o económicos ajenos al quehacer
cultural.
## 12. En la búsqueda de una definición
Una crítica común al concepto de «propiedad intelectual» por
parte de quienes apoyan a los +++BC+++ es que abarca demasiadas
legislaciones no equiparables entre sí. Esto hace de la +++PI+++
un término ambiguo y, por ende, poco apto para su uso como elemento
central en la gestión de la creación intelectual. Sin embargo,
lo expuesto hasta ahora exhibe que los significados de los «bienes
comunes» y la «libertad» promulgadas por el _copyleft_ y el _copyfarleft_
se suponen en el discurso. Estos conceptos por lo general se
aprehenden de manera intuitiva a través de la argumentación.
Una crítica común a la +++PI+++ por parte de quienes apoyan a
los +++BC+++ es su acaparación de legislaciones no equiparables
entre sí, lo que provoca ambigüedad y, por ende, una dificultad
en la gestión de la creación intelectual. Sin embargo, las últimas
cinco secciones exhibieron que los «bienes comunes» y la «libertad»
promulgadas por el _anticopyright_, _copyjustright_, _copyleft_
y _copyfarleft_ están supuestos en el discurso. Otro impedimento
es la carencia de una delimitación clara sobre la crítica a la
propiedad. En varios de los casos existe una sinonimia entre
«propiedad», «propiedad privada» y «propiedad intelectual». Si
bien las teorías de la +++PI+++ actuales la suponen como «propiedad
privada», esto no cierra la posibilidad de una teoría que se
refiera a «propiedad pública» o a «propiedad en común». Además,
el término «bienes comunes» en muchos casos se usa como sinónimo
de alguna clase de propiedad.
Otra dificultad que se desprende de la crítica elaborada por
los defensores de los +++BC+++ es que no hay una delimitación
clara sobre la crítica hacia la propiedad. En varios de los casos
existe una sinonimia entre los términos «propiedad», «propiedad
privada» y «propiedad intelectual». Si bien es cierto que las
teorías de la +++PI+++ hasta ahora elaboradas la suponen como
«propiedad privada», esto no cierra la posibilidad de una teoría
que se refiera más bien a algún tipo de «propiedad pública» o
de «propiedad en común». Además, es perceptible que el término
«bienes comunes» se usa como sinónimo de alguna clase de propiedad.
Lo que ambas tendencias parecen señalar es que la creación es
propiedad, pero ¿qué clase de «propiedad»?
Según @textcite[hughes1988a] la +++PI+++ en relación con los
+++BC+++ puede entenderse como «bien común potencial». Para @textcite[epstein2009a]
la +++PI+++ robusta es un «anticomún». Esto parece implicar que
los +++BC+++ se delimitan y se comprenden a partir de su nexo
con la +++PI+++ y viceversa. Los +++BC+++ se entienden como consecuencia
Según @textcite[hughes1988a] la +++PI+++ puede entenderse como
«bien común potencial». Para @textcite[epstein2009a] la +++PI+++
robusta es un «anticomún». Los +++BC+++ se entienden como consecuencia
de la expiración de la +++PI+++ @parencite[hughes1988a] o como
el punto de partida «en común» desde el cual de manera positiva
se garantiza la existencia de la +++PI+++, según los argumentos
de la teoría laborista @parencite[moore2012a].
el punto de partida «en común» que permite el surgimiento positivo
de la propiedad, según la teoría laborista @parencite[moore2012a],
lo que sugiere que estos se comprenden a partir de su nexo con
la +++PI+++ y viceversa. A continuación se expone un marco que
permite observar sus relaciones a partir de los «anticomunes»,
«bienes no-comunes», y «bienes comunes».
Una tentativa para contemplar lo que implica la definición de
los +++BC+++ es la elaboración de un marco que los sitúe en su
vínculo con la +++PI+++. El siguiente esquema supone que existen
dos tendencias, los «anticomunes» y los «bienes comunes», y un
punto medio, los «bienes no-comunes».
Los «anticomunes» son creaciones intelectuales cuyo costo o configuración
jurídica restringe su acceso. Aquí se encuentra la «+++PI+++
robustecida». El crecimiento cuantitativo y cualitativo de la
protección a la +++PI+++ genera un aumento en los costos de transacción
para su acceso hasta ser inaccesibles para la mayoría de la población.
Los teóricos de la +++PI+++ y los autores a favor de los +++BC+++
revisados aquí asienten en que este engrosamiento agrava el problema
sobre el control que deberían tener los creadores y distribuidores
sobre los bienes culturales. Un ejemplo son las patentes o los
derechos de autor cuyo precio impiden su reproducción, como la
implementación de una tecnología o la cesión de derechos para
la traducción o reedición de obras. Otro ejemplo son los eventos
culturales que por sus costos es imposible la asistencia de la
mayoría de la población. También yacen aquí las «+++PI+++ secreta»
y «+++PI+++ indefinida». Un ejemplo del primero son los secretos
comerciales que por contrato se impide su difusión pública. El
último caso son las legislaciones que no establecen un plazo
de vencimiento o que permiten su renovación ilimitada como son
los derechos morales, las denominaciones de origen y las marcas.
El «anticomún» no es una categoría estática, sino relativa al
poder adquisitivo o las formas jurídicas. En América Latina el
pago mensual por _software_ propietario no es tan viable a diferencia
de Estados Unidos o Europa, lo que incentiva la piratería. En
México los derechos morales son inalienables mientras que en
Canadá son renunciables.
Los «anticomunes» son creaciones intelectuales cuyo acceso los
vuelve prohibitivos debido a su costo @parencite[epstein2009a].
En esta parte del esquema se encuentra la «+++PI+++ robustecida».
El crecimiento cuantitativo y cualitativo de la protección de
la +++PI+++ genera el efecto de aumentar los costos de transacción
para su acceso hasta el punto de ser inaccesibles para la mayoría
de la población. Si bien varios juristas, economistas o legisladores
pretenden engrosar su protección, los teóricos de la +++PI+++
y los autores a favor de los +++BC+++ revisados aquí asienten
en que esta no es la solución, sino una agravación del problema
sobre qué tanto control deberían de tener los creadores y los
distribuidores sobre las obras y qué tanto tendría que inclinarse
la balanza a favor de los usuarios. Algunos ejemplos de +++PI+++
robustecida son las patentes o los derechos de autor cuyo precio
impiden su adquisición para su reproducción, como la cesión de
derechos para la traducción o la reedición de obras. Otro ejemplo
son los eventos culturales cuyo costo es imposible pagar para
la mayoría de la población. La categoría de «anticomún» no es
estática, sino relativa al poder adquisitivo de cada comunidad,
región, etcétera. En América Latina el pago mensual por _software_
propietario en muchos casos no es viable ---incentivando la piratería---
a diferencia de otros lugares como Estados Unidos o Europa.
Los «bienes no-comunes» suponen la posibilidad de acceso con
una transacción asequible o sin un intercambio económico o petición
de uso, pero su control está en dominio del creador, el distribuidor
o un propietario. Aquí se coloca la «+++PI+++ no prohibitiva»,
cuyo costo es asequible para una buena porción de la población.
Ejemplos son los eventos culturales de bajo costo como la muestra
de la Cineteca Nacional, los espectáculos callejeros de cooperación
voluntaria, las campañas de fomento a la lectura que regalan
libros y cualquier evento o producto intelectual subsidiado.
La «propiedad pública» es otra forma de bien no-común. Su gestión
corre a cargo del Estado en supuesto beneficio para sus comunidades.
No es un bien común porque requiere la autorización o el pago
al Estado, a modo de cuotas o impuestos, para su acceso. La disponibilidad
del acervo de museos, archivos o universidades, así como el acceso
a eventos culturales gubernamentales, son unos ejemplos. Por
último, la «+++PI+++ descatalogada» es un bien cultural que no
se encuentra disponible en ningún comercio ni archivo o biblioteca
públicas, lo que imposibilita su acceso, al menos que un propietario
lo permita. La digitalización de obras localizadas en bibliotecas
privadas es un caso.
El posicionamiento de la +++PI+++ no prohibitiva es debatible.
En efecto no puede colocarse como +++BC+++ ya que esta noción
supone la posibilidad de acceso a la creación sin un intercambio
económico de por medio y sin la necesidad de pedir permiso al
creador. Por ello se coloca dentro de un espacio intermedio que
catalogaremos como «bienes no-comunes». Esto deja en evidencia
que el esquema podría ser más exacto si en lugar de posicionar
conceptos sirviera como marco de referencia para cada creación
intelectual. Ejemplos de este tipo de +++PI+++ serían los eventos
culturales de «bajo» costo como el cine o los espectáculos en
la calle donde su acceso se da en forma de cooperación voluntaria,
las campañas de fomento a la lectura en la que se regalan libros
y en general cualquier campaña o creación intelectual que sea
accesible por medio de subsidios.
Del otro extremo están los «bienes comunes», la «propiedad (en)
común» es un sinónimo si se comparte el supuesto de que la creación
es propiedad. El acceso a estos bienes no está determinado por
costos de transacción o por el control exclusivo de sus creadores.
Esto no excluye que su acceso esté limitado a la infraestructura
cultural o a cuestiones geopolíticas. Este espectro abarca varios
tipos de propiedad que no son _tratados_ como propiedad privada
ni pública.
Las características de las creaciones intelectuales «no-comunes»
es que requieren un bajo costo de transacción o su acceso es
permisible gracias a una clase de subsidio. Esto no esclarece
mucho esta dimensión del esquema ya que es debatible lo que se
da a entender por «bajo costo» o «permisividad», porque es relativo
a la capacidad económica de cada contexto. Pero se trata de dar
pautas para poder tener un panorama más general sobre la diversidad
de creaciones intelectuales que son tratadas como propiedad.
Así como abre la puerta a otros debates. Por ejemplo, ¿puede
considerarse un bien común la educación pública y gratuita gracias
al subsidio del Estado?
En los bienes no-comunes también se localizan las creaciones
intelectuales de «propiedad pública». Su gestión corre a cargo
del Esto y en supuesto beneficio para sus comunidades. No es
un bien común porque requiere la autorización o el pago al Estado
---a modo de cuotas o impuestos--- para su acceso. Ejemplo de
ello son los museos, los archivos, las universidades o en general
cualquier institución cultural que recibe fondos públicos.
Del otro extremo se tienen los «bienes comunes». Sus sinónimos
son «propiedad en común» o «propiedad común» si se comparte el
supuesto de que la creación es propiedad. El acceso público de
este tipo de bienes no está determinado por costos de transacción
o por el permiso de sus creadores. Aunque esto no excluye que
su acceso esté limitado a la infraestructura cultural o a cuestiones
geopolíticas. Este espectro del esquema abarca varios tipos de
propiedad ya que de suyo implica que los bienes no son tratados
como propiedad privada ni como propiedad pública.
Una de las formas más habituales de bienes comunes es el «dominio
público». El dominio público no es una propiedad pública porque
no se trata de bienes cuyo uso está bajo control del Estado.
El Estado vela para su efectivo cumplimiento, aunque de manera
particular no gestione el uso de cada creación intelectual puesta
en este dominio. El papel del Estado en este contexto es sobre
la gestión en la transacción de la creación intelectual como
+++PI+++ a +++BC+++. Se trata de un control sobre la conversión
en el tipo de propiedad, pero no sobre su modo de empleo. Aunque
si los derechos morales no caducan al darse esta permutación,
el Estado tiene la función de restringir ciertos usos de los
bienes puestos en dominio público ---esto puede indicar que el
dominio público está en una zona intermedia entre los bienes
no-comunes y los +++BC+++---. Ejemplos en México tenemos toda
obra literaria o artística de creadores que fallecieron _al menos_
hace cien años, como los poemas de Sor Juana Inés de la Cruz
o, en el caso _más contemporáneo_, los textos de Amado Nervo.
En este sentido puede entenderse porque @textcite[hughes1988a]
habla de los +++BC+++ como consecuencia de la expiración de la
+++PI+++. La reducción de los +++BC+++ al dominio público implica
que solo se obtienen a partir de la dilución de la +++PI+++ a
través de la pérdida del derecho positivo a su posesión exclusiva.
Esto evidencia el correlato entre la función del Estado y las
garantías ofrecidas a quienes desean usar los bienes bajo dominio
público y a quienes ostentan derechos de +++PI+++. Este dominio,
al igual que la +++PI+++, debe su existencia al Estado. Las legislaciones
actuales protegen la +++PI+++ como derecho positivo: la propiedad
no tiene su justificación en algún estado natural, sino en las
instituciones y la capacidad del Estado en hacer valer estos
derechos. Gracias al Estado los creadores tienen la autorización
La forma más común es el «dominio público», el cual no es propiedad
pública porque no son bienes en manos del Estado, sino que este
vela para su efectivo traslado de la +++PI+++ a los +++BC+++.
Ejemplos en México tenemos toda obra literaria o artística de
creadores que fallecieron _al menos_ hace cien años, como los
poemas de Sor Juana Inés de la Cruz o, en el caso _más contemporáneo_,
los textos de Amado Nervo. Esto evidencia que este dominio, al
igual que la +++PI+++, debe su existencia al Estado. Por las
instituciones gubernamentales los creadores tienen la autorización
de ejercer un monopolio temporal sobre su creación. A su término,
el Estado tiene la obligación de que estas creaciones puedan
ser usadas sin pago o petición de permiso. Así es como el dominio
público se expande, por lo que tiene sentido que, en la reducción
de los +++BC+++ al dominio público, @textcite[hughes1988a] indique
que la +++PI+++ es un «bien común potencial». Una consecuencia
interesante es que el crecimiento del dominio público implica
la consolidación de las instituciones que constituyen al Estado
y cuyas funciones son el cuidado de los derechos la +++PI+++
y del acceso a los +++BC+++.
estas tienen la obligación de migrarlas al dominio público para
su expansión, al mismo tiempo que consolida la presencia del
Estado. En este sentido se entiende porque @textcite[hughes1988a]
ve los +++BC+++ como consecuencia de la expiración de la +++PI+++,
ya que los reduce al dominio público hasta el punto de catalogar
la +++PI+++ como «bien común potencial».
En otro sentido, @textcite[kleiner2019a] ha hecho evidente que
la disputa entre la +++PI+++ y los +++BC+++ no siempre se dio
en los terrenos del _copyjustright_ sino también en el _anticopyright_.
La lucha en contra del _copyright_ llama a la violación de las
restricciones impuestas a las creaciones intelectuales por parte
de creadores y distribuidores, y cuyo control está garantizado
por el Estado. Asi que otras propiedades insertas en los +++BC+++
es lo que en conjunto llamaremos «+++PI+++ en disputa». Su característica
más relevante es que su ubicación en este espectro queda definido
por el uso y no a partir de lo que permite la legislación vigente.
Hay al menos tres tipos de +++PI+++: la huérfana, la descatalogada
y la abandonada.
La lucha del _anticopyright_ llama a la violación de las restricciones
impuestas a las creaciones intelectuales. Asi que otras propiedades
insertas en los +++BC+++ es el conjunto de la «+++PI+++ en disputa».
Su ubicación en este espectro está definida por el uso y no por
la autorización de la legislación vigente, donde al menos existen
dos tipos: la huérfana y la donada.
La «+++PI+++ huérfana» es aquella donde la creación intelectual
aún no se encuentra en dominio público pero de la cual no se
puede localizar al titular de sus derechos. Este fenómeno es
reccurrente en el caso de los derechos de autor, ya que la extensión
de su protección abarca por lo menos cincuenta años para todos
los países firmantes del Convenio de Berna @parencite[ompi1971a],
aunque en la práctica la mayoría de los Estados signatarios han
establecido una duración mínima de setenta años o en los casos
más extremos, como el mexicano, de cien años. El aumento cuantitativo
en la protección de los derechos tiene consecuencias cualitativas
ya que una diferencia de veinte o veinticinco años implica la
herencia de la titularidad a la generación siguiente. La protección
por cincuenta años hace que la titularidad sea transmitida del
autor a sus posibles nietos; una protección de setenta años,
a los bisnietos y una de cien años a sus tataranietos. La analogía
no es fortuita, con el fin de dejar un legado y medio de sustento
se justificó la extensión _post mortem_ de los derechos de autor
@parencite[baldwin2014a]. Al momento de buscar el permiso para
la reproducción de la obra es cada vez más común que se desconozca
al titular de los derechos. Ante esta limitante, ciertas personas
o instituciones proceden a utilizar la obra como si estuviese
en dominio público, aunque legalmente sigue siendo un tipo de
+++PI+++. Hasta hace poco diversos Estados han empezado a solventar
este problema al emitir legislaciones que facilitan el uso de
obras huérfanas, como es el caso de la Unión Europea, Inglaterra
y Australia @parencite[dd2017a]. Sobre este tipo de obras la
@textcite[euipo2019a] cuenta con una base de datos disponible
para su consulta pública.
En la «+++PI+++ huérfana» la creación intelectual aún no está
en dominio público pero no es posible la localización del titular
de sus derechos. Este fenómeno es reccurrente en los derechos
de autor, ya que la extensión de su protección abarca por lo
menos cincuenta años para los países firmantes del Convenio de
Berna @parencite[ompi1971a], aunque la mayoría de los Estados
signatarios han establecido una duración mínima de setenta años
o en los casos más extremos, como el mexicano, de cien. Una diferencia
de veinte o veinticinco años implica la herencia de la titularidad
a la generación siguiente. La protección por cincuenta años hace
que los derechos sean transmitidos del autor a sus nietos; una
de setenta años, a los bisnietos y una de cien, a sus tataranietos.
Con el fin de dejar un medio de sustento se justificó la extensión
_post mortem_ de los derechos de autor @parencite[baldwin2014a].
Al buscar el permiso para la reproducción de la obra cada vez
es más común el desconocimiento del titular de los derechos.
Ante esta limitante, ciertas personas o instituciones la utilizan
como si estuviese en dominio público, aunque legalmente sigue
bajo protección. Diversos gobiernos han empezado a solventar
este problema al emitir legislaciones que facilitan su uso, como
la Unión Europea, Inglaterra y Australia @parencite[dd2017a].
La @textcite[euipo2019a] cuenta con una base de datos al respecto
disponible para su consulta pública.
La «+++PI+++ descatalogada» consiste en un bien cultural que
no está en dominio público y el titular de sus derechos es identificable,
pero la obra no se encuentra disponible. En ciertas ocasiones
se cuenta con el registro de una obra, pero no hay archivo, biblioteca
o comercio que la tenga disponible. Su pertenencia a los +++BC+++
es de índole negativa: su accesibilidad no está restringida por
su costo o ausencia de permiso, sino porque no existe ningún
ejemplar a disposición. Este tipo de propiedad está en una zona
gris debido a que es imputable si en efecto puede catalogarse
como «bien común». Sin embargo, la particularidad de este tipo
de creaciones pone en manifiesto que tal vez para los simpatizantes
de los +++BC+++ o de la +++PI+++ la relevancia de las creaciones
intelectuales residen en su valor de uso y no en su valor de
cambio. Una de las consecuencias que caben desprenderse es la
debilitación del argumento según el cual la +++PI+++ se justifica
para equilibrar el costo de su obtención inicial ---como las
horas de trabajo o los recursos necesarios--- del costo de su
reproducción ---como el costo marginal para su producción en
serie---.
La «+++PI+++ donada» es una creación intelectual disponible que
no está en dominio público pero cuyo titular ha consentido en
su uso gratuito. Las obras con licencias libres o abiertas son
un ejemplo, estas tienen derechos de +++PI+++, aunque permiten
su utilización no exclusiva. Un área gris de estas licencias
es la ausencia de legislación que determine su perpetuidad o
caducidad. Esto permite que con el tiempo el titular de los derechos
opte por una gestión tradicional, como suele suceder entre los
herederos que no siguen la voluntad del autor de poner su obra
en disposición pública. Otro ejemplo serían las obras sin mención
explícita de derechos reservados o licencias. Debido a esta falta
de legislación o la ambigüedad en cuanto a las posibilidades
de uso, la +++PI+++ donada carece de certeza jurídica en vida
y _post mortem_ @parencite[zhenya2017a].
Por último, la «+++PI+++ abandonada» es una creación intelectual
disponible que todavía no forma parte del dominio público pero
cuyo titular ha consentido en su uso gratuito, aunque sin ser
del todo irrestricto. Esto no implica que el bien no tenga derechos
reservados, sino que su creador previamente ha dado permiso para
uso no exclusivo. El usuario no pide autorización, sino que el
autor emplea algún tipo de mecanismo para que la creación esté
bajo disposición pública según ciertos términos. Las licencias
de uso son un ejemplo de este tipo de bien común. En un sentido
legislativo las obras conservan sus derechos de autor, de patentes,
etcétera; no obstante, en la práctica estos derechos casi no
son ejercidos. Un área gris de este tipo de +++PI+++ es la ausencia
de legislación que determine si las licencias de uso son a perpetuidad.
Esto abre la posibilidad a que con el tiempo el titular de los
derechos decida dejar de otorgar licencias de uso y opte por
gestionar los derechos de su obra según las reglas de la cesión
habitual o por desantenderse de su mantenimiento. Un ejemplo
podría ser un autor que decidió hacer su obra pública y gratuita
pero al momento de su muerte el heredero de los derechos cesa
de ofrecer esta disponibilidad. Debido a la falta de legislación
al respecto, la +++PI+++ abandonada carece de certeza jurídica
en vida del autor y _post mortem_ @parencite[zhenya2017a].
El caso de LibreOffice, una bifurcación de OpenOffice, ejemplifica
las restricciones que pueden presentarse en el acceso gratuito
a este tipo de +++PI+++. OpenOffice es un programa ahora descontinuado
que se perfiló como la altenativa abierta a Microsoft Office.
Sun Microsystem comenzó su desarrolló pero después esta empresa
fue absorbida por Oracle Corporation. Con el paso de los años
OpenOffice fue relegado y luego abandonado. La comunidad de programadores
que en su tiempo libre ayudaba al proyecto criticó esta negligencia
de Oracle hasta que por fin decidió bifurcar el proyecto y crear
The Document Foundation ---su objetivo es velar por los estándares
abiertos en los programas de ofimática---. Oracle fue invitado
a formar parte de la fundación y a donar el nombre «OpenOffice».
Esta empresa rechazó la oferta e incluso pretendió imponer sus
intereses por lo que la comunidad decidió prescindir de su ayuda
y, según los términos de licencia, se vio obligada a poner un
nuevo nombre a la continuación de este proyecto. Esto dio nacimiento
a LibreOffice, la alternativa abierta más estable para _software_
de oficina @parencite[tdf2010a].
Como puede observarse, estos tipos de propiedades no son homogéneos
y su categorización es conflictiva. Los +++BC+++ como consecuencia
Estos tipos de propiedad no son homogéneos y su categorización
es conflictiva. Los +++BC+++ como punto de partida o consecuencia
legal de la dilución de la +++PI+++ simplifica la flexibilidad
y la complejidad del «campo de guerra» en el que «combaten» los
simpatizantes de la +++PI+++ y los +++BC+++. Por otro lado, la
insistencia en que los +++BC+++ son la solución a las dificultades
generadas por las legislaciones en pos de la +++PI+++, o el punto
de partida en común que ha de defenderse del constante engrosamiento
de los derechos reservados, no se opone a varios de los consensos
entre ambos «bandos».
simpatizantes de la +++PI+++ y los +++BC+++. Además, la insistencia
en que los +++BC+++ son la solución a las dificultades generadas
por las legislaciones de la +++PI+++, o el ecosistema ha defender
de su constreñimiento, invisibiliza los múltiples encuentros
entre estos «bandos». La constitución de la creación intelectual
como propiedad no es un traslado sencillo ni directo. Este esquema
intenta mostrar que la falta de delimitación de conceptos es
común en las teorías de la +++PI+++ y las críticas de los +++BC+++,
lo que demuestra la necesidad de un ejercicio teórico que busque
una comprensión más amplia de este problema.
La constitución de la creación intelectual como propiedad no
es un traslado sencillo ni directo. Los problemas desprendidos
en la elaboración de este esquema intenta hacer patente que la
falta de delimitación de conceptos es un elemento en común para
quienes defienden la +++PI+++ o los +++BC+++. La crítica que
desvalora la relevancia de la +++PI+++ por su ambigüedad no ayuda
a la resolución del problema sobre quién o qué tiene la autoridad
para controlar los modos de producción intelectual. En su lugar,
demuestra la necesidad de un ejercicio teórico que busque la
comprensión de este problema desde un panorama más amplio.
Los consensos entre ambos «bandos» son en (1) la creación intelectual
a modo de propiedad, (2) el uso, disponibilidad y reproductibilidad
como las características más relevantes de la creación y (3)
un terreno en disputa que comprende dos polos: la +++PI+++ y
los +++BC+++. Además, sin mención expresa y en detrimento de
las intenciones del _copyfarleft_, esta configuración permite
la acumulación de capital y sostiene la relevancia de la autoría,
sea para su custodia, reniego o donación al «bien común».
Los consensos entre ambos «bandos» son en que (1) la creación
intelectual es propiedad, que (2) el uso, la disponibilidad y
la reproductibilidad son las características más relevantes de
este tipo de creaciones y que (3) el terreno en disputa se despliega
a través de dos polos: la +++PI+++ y los +++BC+++. Además, sin
mención expresa y en detrimento de las intenciones del _copyfarleft_,
esta configuración deja el campo abierto para la acumulación
de capital al mismo tiempo que sostiene la relevancia de la autoría
dentro de la legislación sobre la creación intelectual ---sea
para su custodia, abandono o donación al «bien común»---.
¿Por qué de una u otra forma la «lógica capitalista» siempre
parece beneficiarse de mejor manera ---como la prolongación de
la explotación laboral perceptible en el movimiento anti-996,
la defensa del libre mercado por parte de varias personalidades
de la iniciativa del código abierto o del movimiento a favor
de la cultura libre, o la precariedad de las comunidades de _hackers_
y activistas en resistencia---? ¿Acaso la transformación o la
disolución de la +++PI+++ es posible a través de una redefinición
de lo que implica la autoría? ¿Por qué la autoría y la atribución
no está en disputa para ninguno de los «bandos»? ¿Cabe la posibilidad
de plantear alternativas que no impliquen o que critiquen los
consensos entre ambos «bandos»?
¿Por qué la «lógica capitalista» siempre parece beneficiarse
del robustecimiento o mantenimiento de las legislaciones, la
defensa al libre mercado del código abierto o la cultura libre,
el apoyo al acceso abierto del conocimiento, la precariedad de
las comunidades _hackers_ y de activistas en resistencia o la
prolongación de la explotación laboral denunciada por el movimiento
anti-996? ¿Por qué la autoría, la atribución y otras categorías
no están bajo disputa entre ambos «bandos»? ¿Cabe la posibilidad
de plantear alternativas por medio de una crítica a sus puntos
de encuentro?
# Puntos de encuentro