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@ -1,3 +1,5 @@
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# Lado A
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# El aura: del estado de las cosas a su puesta en cuestión
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## 1. En la búsqueda de una definición de la propiedad intelectual
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@ -161,8 +163,7 @@ por qué la _creación intelectual_ a contrapelo se ha tratado como _propiedad_.
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Sin embargo, es a través de estas tres vertientes teóricas por las que se
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pretende fundamentar o destruir a la PI.
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## 3. La teoría progresista: el utilitarismo de base en la legislación
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estadunidense
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## 3. La teoría progresista: el utilitarismo de base en la legislación estadunidense
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Para la teoría progresista —mejor conocida como teoría utilitarista,
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incentivista o consecuencialista @— la PI es sinónimo de progreso de las
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@ -705,10 +706,32 @@ fundamentación.
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## 7. El familiar incómodo: los bienes comunes
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importancia de los bc para la fundamentación de PI.
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Los teóricos que buscan constituir una teoría de la PI simpatizan en que la PI
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tiene fundamento, es solo de encontrarlo. Su espectro tiende a ir de la
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conformidad de la PI con la propiedad en general a la divergencia entre una y
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otra. Esta dinámica no es del todo comprensible si se deja de lado a aquellos,
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que como ellos, indagan sobre la pertinencia de la PI para el quehacer cultural.
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Sin embargo, a diferencia de estos, perciben a la PI en un sentido negativo.
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Para este otro especto el fundamento de la PI e incluso de la propiedad en
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general está en disputa.
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Una teoría de la PI será incompleta si en esta no se integra y se relaciona
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con los bienes comunes.
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En cambio, esta ala apuesta por los «bienes comunes». Pero ¿qué son los
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bienes comunes? Una primera respuesta es que se trata de un ecosistema donde
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las creaciones intelectuales están disponibles públicamente @. Estos no son
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dados ni evidentes, sino que se dan a través del reconocimiento entre creadores
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o a partir de entidades públicas de gestión de derechos. A diferencia de la PI,
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en los bienes comunes se supone que existe la libertad de uso, modificación,
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difusión y adaptación de las creaciones culturales sin necesidad de solicitar
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la autorización del autor o de realizar un pago.
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La definición es vaga. Tal como la PI, los bienes comunes sirven de término
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aglutinante de diversas clases de creaciones intelectuales a los que _no se
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aplican_ los mecanismos tradicionales de la PI. Una primera clase son el
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dominio público.
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Por estas características los bienen comunes tienden a percibirse como parte
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de un linaje distinto al de la PI.
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## 8. La pelea por la herencia
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