Algunas correcciones la 16

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@ -2764,41 +2764,42 @@ Una de las consecuencias más interesantes de la _pequeña_ modificación
hecha por la Cámara de los Comunes es la fundación de unos de
los pilares para la comprensión contemporánea de la autoría:
su individuación a partir de la transferencia de la apropiación.
Como se mencionó en la sección anterior, la autoría no nace de
manera exclusiva a través de la apropiación penal, sino también
a partir de las relaciones comerciales entre autores, libreros
Como se mencionó en la sección anterior, la autoría no surge
de manera exclusiva a través de la apropiación penal, sino también
a partir de las relaciones comerciales entre escritores, libreros
e impresores mediadas por instituciones gubernamentales. @textcite[foucault1999a]
indica que la autoría surge a partir de la capacidad transgresiva
indica que la autoría nace a partir de la capacidad transgresiva
---y castigada--- del discurso. Sin embargo, estas relaciones
explicitan que la apropiación en varias ocasiones no corresponde
a esta descripción. Esto implica diversas consecuencias.
Además de la apropiación penal o legal de las que habla @textcite[foucault1999a],
existe la apropiación comercial. El carácter diferencial de este
tipo de apropiación consiste en que la autoría o la atribución
han sido posibles entorno al cumplimiento de los marcos jurídicos
previos a las legislaciones del _copyright_ o del derecho de
autor sin que estos conviertan al autor en propietario. El «régimen
de propiedad para los textos» del que habla @textcite[foucault1999a]
tipo de apropiación consiste en que la atribución ha sido posible
entorno al cumplimiento de los marcos jurídicos previos a las
legislaciones del _copyright_ o del derecho de autor sin que
estos conviertan al productor en propietario. El «régimen de
propiedad para los textos» del que habla @textcite[foucault1999a]
no se da a finales del siglo +++XVIII+++, como bien indica @textcite[chartier1999a].
Sin embargo, el trato del discurso como «un producto, una cosa,
un bien» ha estado presente en la industria del libro incluso
antes de la invención de la imprenta. Autores como @textcite[kant2005a]
verán del discurso un acto del habla similar a la descripción
que hace @textcite[foucault1999a], pero este tratamiento del
discurso no ha sido el habitual entre quienes lo han materializado
con las técnicas existentes para su publicación y distribución.
antes de la invención de la imprenta, como el caso fenicio de
Biblos @parencite[mark2009a]. Autores como @textcite[kant2005a]
verán del discurso un acto similar a la descripción que hace
@textcite[foucault1999a], pero este tratamiento del discurso
no ha sido el habitual entre quienes lo han materializado con
las técnicas existentes para su publicación y distribución.
Es decir, el estudio del discurso del que @textcite[foucault1999a]
habla al final de _¿Qué es un autor?_ también debe tomar en cuenta
las técnicas de producción y reproducción, así como los mecanismos
de distribución y conservación, que lo hace posible en su materialidad.
Con la apropiación comercial se tiene un ecosistema donde la
atribución al escritor era posible pero sin que esto implicara
una apropiación por parte del mismo sujeto productor y, con ello,
_tal vez_ un modo distinto de recibir y analizar el discurso.
Esta investigación no pretende analizar estos otros modos de
recepción del discurso; sin embargo, es necesario puntualizar
Es decir, el estudio del discurso, del que @textcite[foucault1999a]
habla al final de _¿Qué es un autor?_, también debe tomar en
cuenta las técnicas de producción y reproducción, así como los
mecanismos de distribución y conservación, que lo hace posible
en su materialidad. Con la apropiación comercial se tiene un
ecosistema donde la atribución al escritor era posible pero sin
que implicara una apropiación por parte del mismo sujeto productor
y, con ello, _tal vez_ un modo distinto de recibir y analizar
el discurso. Esta investigación no pretende analizar estos otros
modos de recepción del discurso; sin embargo, es necesario puntualizar
que faltan más investigaciones al respecto. Otra tarea pendiente
para la reflexión filosófica es: _¿qué importa cómo se reproduce
el habla?_, _¿qué importa el soporte con el que se recibe?_,
@ -2817,7 +2818,7 @@ de la función-autor»:
según determinados contextos. Es decir, la variabilidad en el
ejercicio de la atribución.
3. El carácter no espontáneo de la atribución, en donde la constitución
varía «según las épocas y los tipos de discurso». Es decir, la
cambia «según las épocas y los tipos de discurso». Es decir, la
incapacidad del productor de atribuirse por sí mismo un discurso.
4. La remisión egoica del texto en donde este lleva «signos que remiten
al autor» en una pluralidad de egos. Es decir, la ausencia de un
@ -2828,7 +2829,7 @@ pone en evidencia la imposibilidad de un nexo inherente por el
cual se hace posible que la atribución sea sinónimo de apropiación.
Existe una serie de saltos cualitativos por los cuales la atribución
de un discurso pasa a considerarse una cuestión referente a su
apropiación y, de ahí, que dicha operación es relativa al productor.
apropiación y, de ahí, que dicha operación sea relativa al productor.
Antes del Estatuto de la Reina Ana el argumento que sustenta
un mecanismo inmanente para la constitución del autor como un
propietario de su producción tenía poco peso en la discusión
@ -2855,32 +2856,33 @@ Respecto a la apropiación legal que describe @textcite[foucault1999a],
esta se sitúa «dentro del sistema de propiedad que caracteriza
a nuestra sociedad»; es decir, a principios del siglo +++XVIII+++
y de nueva cuenta en Europa. La atribución, por el contrario,
parece estar presente en un rango temporal y espacial más amplio,
como en la Grecia Antigua, la Edad Media y en otras civilizaciones.
Sin embargo, @textcite[foucault1999a] no describe el nexo entre
una y otra categoría, al contrario, parece suponerla.
parece que Foucault la sitúa en un rango temporal y espacial
más amplio, como en la Grecia Antigua, la Edad Media y en otras
civilizaciones. Sin embargo, @textcite[foucault1999a] no describe
el nexo entre una y otra categoría, al contrario, parece suponerlo.
La historia de la producción y reproducción de textos puede dar
pie a pensar la apropiación ---como un tipo de derivación jurídica
de la atribución de un discurso--- acontece durante la modernidad
europea. La atribución está presente, por ejemplo, entre filósofos
presocráticos, en China con Sun Tzu o en América con Nezahualcóyotl.
Un punto de disputa ha sido qué tanto esta atribución implica
hablar de un individuo y no, tal vez, del uso de un «nombre de
autor» para condensar los esfuerzos y las transformaciones del
discurso a partir de distintos actores. La apropiación comercial
del texto como mecanismo permitido o protegido por entidades
gubernamentales data al menos desde el siglo +++XVI+++ cuando
distintas monarquías europeas permitieron la industria del libro
a determinados gremios @parencite[lafaye2002a,loewenstein2002a,baldwin2014a].
pie a pensar que, durante la modernidad europea, la apropiación
acontece como un tipo de derivación jurídica de la atribución
de un discurso. La atribución está presente, por ejemplo, en
la Antigua Grecia entre filósofos presocráticos, en China con
Sun Tzu o en Mesoamérica con Nezahualcóyotl. Un punto de disputa
es qué tanto esta atribución implica hablar de un individuo y
no, tal vez, del uso de un «nombre de autor» para condensar los
esfuerzos y las transformaciones del discurso a partir de distintos
actores. La apropiación comercial del texto como mecanismo permitido
o protegido por entidades gubernamentales data al menos desde
el siglo +++XVI+++ cuando distintas monarquías europeas permitieron
la industria del libro a determinados gremios @parencite[lafaye2002a,loewenstein2002a,baldwin2014a].
Pero la apropiación comercial del discurso tiene antecedentes
previos a esta clase de aval, como el caso de Biblos, la ciudad
fenicia sede del principal comercio de papiros en la Antigüedad
@parencite[mark2009a]. En este contexto, la atribución y la apropiación
eran funciones remitidas a distintos individuos, por un lado
al escritor, por el otro al librero o impresor. Sin embargo,
con el Estatuto estas dos características empiezan a concentrarse
en un sujeto emergente: el autor moderno.
al escritor, por el otro al comerciante o al librero ---y milenios
después, al impresor---. Sin embargo, con el Estatuto estas dos
características empiezan a concentrarse en un sujeto emergente:
el autor moderno.
Durante la modernidad occidental y a través del Estatuo de la
Reina Ana es como la transferencia de la apropiación se hace
@ -2890,23 +2892,24 @@ entre el escritor y el resto de las profesionales dedicados a
la producción y comercialización del libro. La bifurcación se
dio a través de los derechos concedidos al autor, los cuales
permitieron su independencia económica y el distanciamiento de
otro tipo de actividades productivas que se llevaban a cabo en
la imprenta. Antes de la entrada en vigor de esta legislación
su quehacer de otro tipo de actividades productivas que se llevaban
a cabo en la imprenta. Antes de la entrada en vigor de esta legislación
el escritor era un integrante de la esfera de intereses de los
reproductores. Este era un actor más dentro de los procesos editoriales
y no una esfera distinta que comprendía otros procesos.
y no una esfera distinta que comprende otros procesos.
La atribución como apropiación se posibilita a partir de esta
nueva legislación que haría del productor un propietario. La
apropiación legal no fue el primer «régimen de propiedad para
La atribución como apropiación se posibilita a partir de estas
nuevas legislaciones que hicieron del productor un propietario.
La apropiación legal no fue el primer «régimen de propiedad para
los textos», como señala @textcite[foucault1999a], pero sí el
primer régimen donde el remitente de la apropiación y de la atribución
confluyen en el mismo individuo. Con ello, se pone en ejercicio
la individualización de la propiedad y, en consecuencia, la individualización
del productor. No es una apropiación inmanente del productor,
sino una transacción que se da a partir de una reconfiguración
de las formas jurídicas relativas a la producción, reproducción
y distribución de los textos.
la administración de la producción literaria como un bien de
quien la ejecuta y, en consecuencia, la individualización del
productor. No es una apropiación inmanente, sino una transacción
que se da a partir de una reconfiguración de las formas jurídicas
relativas a la producción, reproducción y distribución de los
textos.
Sin embargo, en el ámbito del discurso se defendió está división
del trabajo y el surgimiento de una nueva esfera a través de
@ -2915,47 +2918,51 @@ régimen de propiedad fue exaltada y respaldada por diversos escritores,
artistas y científicos de la Ilustración y el Romanticismo alemán
@parencite[baldwin2014a]. La autoría empezó a basarse en la constitución
de un sujeto creador e individual, en un objeto creado e instituido
como propiedad gracias a las relaciones contractuales respaldadas
como propiedad gracias a los vínculos contractuales respaldados
por el Estado y en una relación entre ambos a partir de un proceso
de creación intrínseca al sujeto. Es decir, la producción de
textos de un integrante del gremio libresco mutó en la creación
de ideas de un individuo recluido en su habitación ---como es
perceptible en el imaginario popular en torno a la autoría---.
Y a partir de esa metamorfosis fue posible fundar la independencia
de la esfera del creador. El término «creador» tiene, al menos,
un origen metafísico o teológico. El acto creativo, como se mencionó
en la sección 14, es un «dar a luz», la engendración _ex nihilo_.
Antes de la modernidad europea este tipo de actividad hubiera
sido considerada una herejía. No obstante, a partir de la transferencia
de la apropiación y la individualización del productor se posibilitó
percibir a la redacción de textos, la ejecución artística y la
generación de conocimiento como creación. El Estatuto facultó
la mutación de la apropiación penal a una legal, como describe
@textcite[foucault1999a]; es decir, permitió una nueva esfera
en la historia de la industria del libro basada en una independencia
de sus propios procesos a partir de la noción metafísica de la
actividad productiva de escritores, artistas y científicos. Se
trata de un fenómeno «extraño» que requiere más indagación: cómo
las instituciones jurídicas con ideales modernos posibilitaron
una metafísica de la creación.
de la esfera del creador a partir de la reconfiguración del discurso
a formas jurídicas, que se llevó a cabo en el siglo +++XIX+++
por juristas franceses y alemanes @parencite[baldwin2014a].
El término «creador» tiene, al menos, un origen metafísico o
teológico. El acto creativo, como se mencionó en la sección 14,
es un «dar a luz», la engendración _ex nihilo_. Antes de la modernidad
europea este tipo de actividad hubiera sido considerada una herejía.
No obstante, a partir de la transferencia de la apropiación y
la individualización del productor se posibilitó percibir a la
redacción de textos, la ejecución artística y la generación de
conocimiento como la creación de un individuo. El Estatuto facultó
la mutación o el desplazamiento de la apropiación comercial o
penal a una legal, como describe @textcite[foucault1999a]; es
decir, permitió una nueva esfera en la historia de la industria
del libro basada en una independencia de sus propios procesos
a partir de nociones metafísicas en torno a la actividad productiva
de escritores, artistas y científicos. Se trata de un fenómeno
«extraño» que requiere más indagación: cómo las instituciones
jurídicas con ideales modernos posibilitaron metafísicas de la
creación.
La _pequeña_ modificación hecha al Estatuto desató un nuevo horizonte
de comprensión de la autoría. Sin embargo, ¿es apartir de este
traslado de la apropiación penal a la legal como se da el surgimiento
del autor? Como se describió en párrafos anteriores, este paso
ocurre de manera específica durante el surgimiento de la modernidad
europea. No porque autores de otras latitudes no hubieran perecido
o sido protegidos por sus actvidades, sino debido a que el desplazamiento
tiene efecto bajo el supuesto de que la obra es propiedad del
autor. Esta serie de saltos cualitativos son posibles a través
de un discurso que hace del productor no solo un propietario,
sino también un creador, un fenómeno que acontece durante la
Ilustración y el Romanticismo alemán. Es decir, si acorde a @textcite[foucault1999a]
este traslado hace que los discursos empiecen «realmente a tener
autores», entonces la autoría tiene sus orígenes en la Europa
de principios del siglo +++XVIII+++, o bien, al hablar de la
función-autor Foucault en realidad lleva a cabo una descripción
en su forma europea.
traslado o desplazamiento de la apropiación comercial o penal
a la legal como florece el autor? Como se describió en párrafos
anteriores, este paso ocurre de manera específica durante el
surgimiento de la modernidad europea. No porque autores de otras
latitudes no hubieran perecido o sido protegidos por sus actvidades,
sino debido a que el cambio tiene efecto bajo el supuesto de
que la obra es propiedad del autor. Esta serie de saltos cualitativos
son posibles a través de un discurso que hace del productor no
solo un propietario, sino también un creador. Es decir, si acorde
a @textcite[foucault1999a] este traslado hace que los discursos
empiecen «realmente a tener autores», entonces la autoría tiene
sus orígenes en la Europa de principios del siglo +++XVIII+++,
o bien, la función-autor que describe Foucault en realidad es
a partir de su forma europea.
Esto pone bajo disputa el alcance de la primera característica
de la función-autor; a saber, la apropiación penal y su legalización.
@ -2965,15 +2972,15 @@ a las posibilidades de expansión de la modernidad europea. Es
decir, la autoría es sinónimo de la noción moderna del autor
que se desata por el Estatuo, se generaliza en Europa a través
de la implementación de leyes de _copyright_ o de derecho de
autor, respaldada por el discurso de la metafísica de la creación,
y se expande a través del globo por medio del Convenio de Berna
y la asimilación del discurso que señala al autor como creador
y propietario. Lo que tenemos como resultado es que, cuando se
habla de autor, se afirma y reafirma la influencia de los ideales
de la modernidad sobre la industria y el comercio del libro.
Pero al mismo tiempo indica la imposibilidad de la autoría a
cualquier escritor, artista o científico «premoderno» o fuera
de la esfera de influencia occidental.
autor, y respaldada por el discurso de la metafísica de la creación,
así como se expande a través del globo por medio del Convenio
de Berna y la asimilación del discurso que señala al autor como
creador y propietario. Lo que tenemos como resultado es que,
cuando se habla de autor, se afirma y reafirma la influencia
de los ideales de la modernidad sobre la industria y el comercio
del libro. Pero al mismo tiempo indica la imposibilidad de la
autoría a cualquier escritor, artista o científico «premoderno»
o fuera de la esfera de influencia occidental.
De manera independiente al posible eurocentrismo presente en
esta obra de @textcite[foucault1999a], en esta disputa existe
@ -2991,12 +2998,12 @@ el contexto y la tradición cultural de la que Foucault forma
parte. Mientras tanto, la apropiación comercial, la cual se ejerce
desde la Antigüedad, no tenía relación cercana con la atribución
del texto hasta que esta, junto con la apropiación penal, fue
condensada en la apropiación legal del individuo productor. En
el primer caso tenemos una explicación posible sobre la eclosión
del autor moderno. En el segundo caso se expone la irrelevancia
de la autoría hasta que esta se constituyó como categoría central
para la propiedad de un texto. En ninguno de los casos se explica
la «génesis» del autor.
condensada o desplazada por la apropiación legal del individuo
productor. En el primer caso tenemos una explicación posible
sobre la eclosión del autor moderno. En el segundo caso se expone
la irrelevancia de la autoría hasta que esta se constituyó como
categoría central para la propiedad del texto. En ninguno de
los casos se explica la «génesis» del autor.
@textcite[barthes1987a] ha señalado esta ausencia de fundamento
del autor. Para este intelectual el autor no nutre el texto ni
@ -3015,7 +3022,7 @@ Segundo, la reducción que hace @textcite[barthes1987a] del autor
como el individuo que escribe pone en riesgo de ver en la escritura
un _a priori_ que «traspone en un anonimato trascendental los
caracteres empíricos del autor» @parencite[foucault1999a]. @textcite[barthes1987a]
responderá ante estas puntualización al detallar que la comprensión
responderá ante estas indicaciones al detallar que la comprensión
de la obra queda delimitada por el proceso de filiación hacia
su autor. Es decir, en efecto el autor está en una posición privilegiada
en el discurso, pero no como una forma trascendental que lo configura
@ -3024,19 +3031,19 @@ socialmente legitima las intenciones del autor y, por ende, que
la obra siempre se lea bajo la «inscripción del Padre».
Este diálogo entre Barthes y Foucault ha sido un tanto desatendido.
_¿Qué es un autor?_ es una obra que surge a partir de las críticas
_¿Qué es un autor?_ es una obra que brota a partir de las críticas
hechas a Foucault sobre su empleo de autores en _Las palabras
y las cosas_ pero también para responder al carácter explosivo
de _La muerte del autor_ de Barthes. Por su parte, en _De la
obra al texto_ Barthes matizará su crítica a partir de las puntualización
de Foucault. El resultado es que el autor no tiene «génesis»
obra al texto_ Barthes matizará su crítica a partir de las puntualizaciones
hechas por Foucault. El resultado es que el autor no tiene «génesis»
en cuanto tal. Pero ¿cómo es que esta categoría se vuelve fundamental
para la crítica literaria, la teoría del discurso y las teorías
de la +++PI+++? Quizá esto pueda explicarse a través de la mención
velada que @textcite[barthes1987a] hace a la teoría de los actos
del habla de @textcite[austin1955a]. Según Barthes, el autor
moderno no excede ni precede a la escritura, sino que su constitución
se da desde ese mismo acto de enunciación.
para la crítica literaria, la teoría del discurso, las teorías
de la +++PI+++ y las críticas en pos de los +++BC+++? Quizá esto
pueda explicarse a través de la mención velada que @textcite[barthes1987a]
hace a la teoría de los actos del habla de @textcite[austin1955a].
Según Barthes, el autor moderno no excede ni precede a la escritura,
sino que su constitución se da desde ese mismo acto de enunciación.
Cabe advertir que, como en @textcite[foucault1999a], @textcite[barthes1987a]
se enfoca en el autor moderno. Sin embargo, su referencia a textcite[austin1955a]
@ -3044,8 +3051,9 @@ permite proponer cómo la autoría al menos se consolida como figura
central para diversas vertientes críticas o teóricas a partir
de su tratamiento como «realizativo». textcite[austin1955a] indica
que existen expresiones que no describen ni registran nada, sino
que en su acto expresivo se realiza una acción. Para ello, @textcite[austin1955a]
estipula seis condiciones por las cuales esta tiene efecto:
que en su acto expresivo se realiza una acción allende a lo lingüístico.
Para ello, @textcite[austin1955a] estipula seis condiciones por
las cuales estas tienen efecto:
1. La existencia de un procedimiento _convencional_ y aceptado.
2. La existencia de las personas y de las circunstancias _apropiadas_.
@ -3055,54 +3063,54 @@ estipula seis condiciones por las cuales esta tiene efecto:
6. El comportamiento _efectivo_ de los participantes.
Con esto tenemos establecidas unas reglas de operación que implican
el desempeño de roles específicos entre individuos. En los tres
tipos de apropiación que se han estado trabajando en esta investigación
existen reglas de operación muy específicas entre los distintos
actores dentro de los procesos de producción, reproducción y
distribución de libros. En la apropiación comercial se tiene
el desempeño de roles específicos entre individuos e instituciones.
En los tres tipos de apropiación que se han estado trabajando
en esta investigación existen reglas muy específicas entre los
distintos actores dentro de los procesos de producción, reproducción
y distribución de libros. En la apropiación comercial se tiene
un procedimiento donde la atribución, antes del Estatuto, no
afecta su cumplimiento efectivo de explotación de capital. Es
decir, si hay cabida para hablar de autor en ese contexto ---un
autor «premoderno» o «no-moderno»---, esta categoría se constituía
autor «premoderno» o «no-moderno»---, esta categoría se constituye
a partir de los mecanismos variables y no espontáneos de la atribución
presentes en los signos que en el mismo texto remiten a su productor
@parencite[foucault1999a]. No obstante, esto no tenía peso dentro
de las relaciones comerciales en torno a los textos. A partir
de la mediación del Estado, por lo menos desde el siglo +++XVI+++,
el procedimiento para esta apropiación comercial toma forma o
es desplazada por la apropiación legal que describe @textcite[foucault1999a].
es desplazado por la apropiación legal que describe @textcite[foucault1999a].
Por aquella época la apropiación penal surge como una serie de
procedimientos por los cuales el autor se «realiza» entre los
procesos inquisitoriales o de censura. A través de una serie
de acciones legales, como la declaración y el veredicto, del
escritor, el librero, el impresor y el censor se constituye el
autor herético. La herejía sería el resultado efectivo de este
procedimiento burocrático y, con ello, el autor transgresivo
de acciones legales ---como la declaración y el veredicto---
del escritor, el librero, el impresor y el censor se constituye
al autor herético. La herejía sería el resultado efectivo de
este procedimiento burocrático y, con ello, el autor transgresivo
que tanto interesa a @textcite[foucault1999a]. La apropiación
legal vendrá a constituirse a partir de los otros dos tipos de
apropiación o, por lo menos, a desplazarlos. La «realización»
apropiación o, por lo menos, los desplazará. La «realización»
de la autoría no es por la remisión atributiva del texto ni por
el papeleo de un procedimiento judicial, sino a partir del establecimiento
de relaciones comerciales contractuales. En otros términos, el
realizativo acontece cuando en el contrato se establece quién
es el autor y el editor, junto con sus obligaciones y derechos.
El autor no tendría una «génesis» histórica, sino que se realiza
El autor no tiene una «génesis» histórica, sino que se realiza
a través de tres actos del habla: la mención de la atribución
de un texto, la sentencia de un juicio por herejía o el dictamen
de censura, o la formulación de un contrato. En este sentido,
la figura autoral sería siempre una anacronía. La autoría sería
una invención moderna, no por algún estatuto o por su relación
a una cultura en específico, sino debido a que su «realización»
implica la aceptación de que el uso del lenguaje tiene la posibilidad
de constituir dimensiones ontológicas. Por ello parte de la insistencia
sobre la relación de las técnicas y las tecnologías existentes
para la materialización del discurso y sus modalidades de recepción.
Estas generan una tensión para el establecimiento de nuevas reglas
de operación en un ámbito jurídico ---las leyes que ceden o restringen
posibilidades de hacer y de ser---, pero también teórico ---la
teoría que reconfigura o encuentra otras vertientes para ser
en el mundo---.
de un texto, la sentencia de un juicio por herejía o la formulación
de un contrato. En este sentido, la figura autoral es siempre
una anacronía. La autoría consiste en una invención moderna,
no por algún estatuto o por su relación a una cultura en específico,
sino debido a que su «realización» implica la aceptación de que
el uso del lenguaje tiene la posibilidad de constituir realidades
ontológicas. Por ello parte de la insistencia sobre la relación
de las técnicas y las tecnologías existentes para la materialización
del discurso y sus modalidades de recepción. Estas generan una
tensión para el establecimiento de nuevas reglas de operación
en un ámbito jurídico ---las leyes que ceden o restringen posibilidades
de hacer y de ser---, pero también teórico ---la teoría que reconfigura
o encuentra otras vertientes para lo que es o lo que es posible
hacer y ser---.
El autor no estaría presente más allá de la capacidad analítica
y crítica de ver entre estos tres actos una categoría que de
@ -3113,9 +3121,10 @@ ya está supuesto en la +++PI+++ o los +++BC+++ porque ambas posturas
han asentido en la existencia efectiva de tres esferas en cuya
dinámica se desarrolla el quehacer cultural. No hay «génesis»,
sino una intrincada constitución de la esfera autoral a partir
de las «realizaciones» posibles del mismo autor a través de legislaciones
del _copyright_ o del derecho de autor y del discurso elaborado
por las metafísicas de la creación.
de las «realizaciones» posibles del mismo autor a través de menciones
atributivas, relaciones industriales y comerciales contractuales,
juicios de herejía, legislaciones del _copyright_ o del derecho
de autor y discursos elaborados por las metafísicas de la creación.
Sin embargo, la reproducción de este anacronismo elude la posición
del autor dentro de la industria y el comercio de la producción
@ -3127,11 +3136,11 @@ La relación y el reparto del poder dentro de estos procesos ha
variado con el tiempo. No obstante, la esfera del autor ha dependido
de la esfera del distribuidor. En este sentido es posible interpretar
las nuevas posibilidades técnicas de autopublicación como un
ejercicio independentista de la mano de autores productores.
Pero mientras que la «industria cultural» continúe controlada
por la esfera de los reproductores, cualquier intento de dar
más poder al autor se traducirá en la concesión de un mayor control
a una parte del proceso de producción cultural cuya infraestructura
ejercicio independentista por parte de autores productores. Pero
mientras que la industria cultural continúe controlada por la
esfera de los reproductores, cualquier intento de dar más poder
al autor se traducirá en la concesión de un mayor control a una
parte del proceso de la producción cultural cuya infraestructura
está bajo el dominio de los reproductores. Es decir, una lucha
contra la precaridad económica de los autores productores que
ignora su dependencia técnica y tecnológica hacia los reproductores
@ -3141,6 +3150,16 @@ sección.
# 17. La implosión de las esferas
Fata un análisis más a fondo sobre los tipos de apropiación ---por
ejemplo, ¿la apropiación comercial o penal mutan o son desplazadas
por la legal?---, porque bien pueden no evidenciar las reglas
de operación que justifiquen la autoría como un realizativo.
Sin embargo, el autor, sin su enunciación, desaparece. En el
tendedero queda el creador, el productor, el escritor, el artista,
el inventor… oficios hechos profesiones y expresiones lingüísticas
tornadas en ilusiones cuyo sustrato es la atribución y la apropiación
de obras e invenciones.
--------
Un ejemplo en como se da esta transmutación de intereses lo tenemos