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# Del estado de las cosas al cuestionamiento filosófico
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# El aura: del estado de las cosas a su puesta en cuestión
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## En búsqueda de una definición de la propiedad intelectual
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## 1. En la búsqueda de una definición de la propiedad intelectual
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La propiedad intelectual (PI) se entiende de muchas maneras aunque estos
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diferentes sentidos hacen referencia al mismo objeto. Se dice que la PI es uno
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de los pilares para el progreso de las ciencias y de las artes @. Para unos,
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la PI puede entenderse como propiedad intangible cuyo valor se basa en ideas con
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cierto grado de novedad @. O bien, la PI hace referencia a un modo popular de
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apropiación en las sociedades posindustriales donde la manufactura y
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manipulación de bienes físicos abrió el camino para la producción y uso de la
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información @. La PI también se define como escasez artificial cuya expectativa
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es la generación de ingresos para sus creadores @. De esta manera, la PI sería
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una simulación de los procesos que gobiernan el libre mercado de los bienes
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tangibles @. Por otro lado, la PI se delimita como un objeto abstracto
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que no tiene límites claros pero que sirve para el control de bienes por un
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tiempo definido @. O como toda propiedad, la PI es un principio abstracto de
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individuación que permite establecer relaciones intersubjetivas mediadas por
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objetos; con esto se evita usar a otros como medios al mismo tiempo que
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posibilita una constitución recíproca de la subjetividad mediante el
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reconocimiento: el primer paso para la actualización de la libertad @. Asimismo,
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la PI se comprende como un «tipo» con muchos «_tokens_» en los cuales hay
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alguna clase de trabajo involucrado durante su producción @. Para otros, la PI
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es desde propiedad no física producto de un proceso cognitivo cuyo valor
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reside en una idea, pasando por un derecho para controlar su expresión, hasta
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el surgimiento de un sistema que protege los medios de producción @.
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Las definiciones son diversas y en ocasiones incompatibles. Sin embargo,
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pueden organizarse en tres dimensiones. La PI puede ser _una cosa_, sea una
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obra como _Cien años de soledad_, un invento como los iPhone, un logotipo
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como el de Nike, un dibujo técnico como la botella de Coca-Cola, o una bebida
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producida con ingredientes o procesos o en lugares específicos como el tequila
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José Cuervo. La PI puede referirse a _los derechos entorno a esas cosas_ como
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los derechos de autor, las patentes, las marcas, los diseños industriales o
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las denominaciones de origen, respectivamente. La PI también puede entenderse
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como _un sistema que aglomera estos derechos_.
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Debido a los distintos grados de abstracción la PI significa ya una cosa, ya
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un derecho, ya un sistema. Pero entre estas numerosas acepciones de la PI, hay
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una acepción primera: la PI es _un objeto_. No existe consenso en cuanto a su
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delimitación. A pesar de ello, la Organización Mundial de la Propiedad
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Intelectual (OMPI) ha optado por definir la PI como «expresión concreta de
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una idea» sujeta a derechos embebidos dentro de un sistema @.
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A la definición dada por la OMPI le llamaremos «definición estándar». La OMPI
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es un organismo especializado de la ONU que vela por la estandarización de la
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PI entre los países miembro. Esta pretensión abarca desde legislaciones
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nacionales hasta acuerdos o tratados internacionales. Sin excepción, al ser
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miembro de la ONU en materia de PI se han de seguir las directrices delineadas
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por la OMPI.
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La definición estándar ha causado más de una objeción. Pero no es la única que
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ha sido sometida a crítica. Prácticamente todos los intentos por definir la PI
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—incluyendo los mencionados al principio— han fracasado. Varias razones existen
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para explicarlo. Sin un dejo de pesimismo, algunos concluyen que no es fácil de
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justificar @, aunque se trata de un concepto enraizado en la comprensión
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contemporánea que tenemos del mundo @. Otros ven en la PI un «montón de palos»
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—un conjunto de derechos— cuyo símbolo fálico son los fasces @; es decir, son
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derechos no siempre asimilables pero concebidos para realizar una misma función
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de ocupación de los objetos: el principal modo de apropiación en las sociedades
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capitalistas @. Hay quienes les parece un concepto vasto donde uno de los
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problemas es que la mayoría supone que a mayor cantidad de definiciones, una
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mejor justificación @. Unos más son escépticos y declaran que la PI es un
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concepto ambiguo @ que da énfasis a lo económico al mismo tiempo que privilegia
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posturas liberales o utilitaristas @. La crítica se intensifica al señalar cómo
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la PI supone que la privatización del conocimiento es el mejor modelo para su
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producción, como si el trato más óptimo para las creaciones intelectuales fuera
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a modo de propiedades @. Unos pocos incluso se inclinan a desintegrar a la PI
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—sino es que a todo tipo de propiedad— por incoherente o por ya no ser guía
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fiable para el capitalismo contemporáneo @.
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A pesar de la falta de consenso hay una opinión compartida. Al parecer, estas
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disparidades y ambigüedades tienen un mismo origen. _Durante décadas_,
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legisladores, jueces y empresarios han pretendido definir la PI a partir del
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material jurídico disponible @. Entre juicios, veredictos y deliniamientos
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constitucionales se han tomado rastros para definir a la PI. Sin embargo, los
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resultados alcanzados han sido teóricamente insuficientes sino que
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insostenibles. Ante este problema, varias personas han aceptado el desafío
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de elaborar una teoría de la PI. Semejante teoría tiene por objeto una
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definición de la PI que trascienda la falta de claridad presente en la
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pretensión por explicarla desde el ámbito legislativo.
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## 2. En la búsqueda de una «teoría de la propiedad intelectual»
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Definición como objeto.
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## 3. La teoría progresista: el utilitarismo de base en la legislación
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estadunidense
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## 4. La teoría personalista: Hegel, un poco de Humbolt y Kant, y ¿más Hegel?
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## 5. La teoría laborista: la defensa de la propiedad de Locke
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## 6. ¿Es posible una teoría de la propiedad intelectual?
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## 7. Las cuatro posturas hacia la propiedad intelectual
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## 8. El familiar incómodo: los bienes comunes
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## 9. La pelea por la herencia
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## 10. Del parentesco al aura
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## 11. Hacia una micropolítica del aura
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