Fin de redacción del 16

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@ -2763,11 +2763,11 @@ acarrea la crítica a determinadas formas jurídicas.
Una de las consecuencias más interesantes de la _pequeña_ modificación Una de las consecuencias más interesantes de la _pequeña_ modificación
hecha por la Cámara de los Comunes es la fundación de unos de hecha por la Cámara de los Comunes es la fundación de unos de
los pilares para la comprensión contemporánea de la autoría: los pilares para la comprensión contemporánea de la autoría:
la transferencia de la apropiación y su individuación. Como se su individuación a partir de la transferencia de la apropiación.
mencionó en la sección anterior, la autoría no nace de manera Como se mencionó en la sección anterior, la autoría no nace de
exclusiva a través de la apropiación penal, sino también a partir manera exclusiva a través de la apropiación penal, sino también
de las relaciones comerciales entre autores, libreros e impresores a partir de las relaciones comerciales entre autores, libreros
mediadas por instituciones estatales. @textcite[foucault1999a] e impresores mediadas por instituciones gubernamentales. @textcite[foucault1999a]
indica que la autoría surge a partir de la capacidad transgresiva indica que la autoría surge a partir de la capacidad transgresiva
---y castigada--- del discurso. Sin embargo, estas relaciones ---y castigada--- del discurso. Sin embargo, estas relaciones
explicitan que la apropiación en varias ocasiones no corresponde explicitan que la apropiación en varias ocasiones no corresponde
@ -2776,10 +2776,10 @@ a esta descripción. Esto implica diversas consecuencias.
Además de la apropiación penal o legal de las que habla @textcite[foucault1999a], Además de la apropiación penal o legal de las que habla @textcite[foucault1999a],
existe la apropiación comercial. El carácter diferencial de este existe la apropiación comercial. El carácter diferencial de este
tipo de apropiación consiste en que la autoría o la atribución tipo de apropiación consiste en que la autoría o la atribución
ha sido posible entorno al cumplimiento de los marcos jurídicos han sido posibles entorno al cumplimiento de los marcos jurídicos
previos a las legislaciones del _copyright_ o el derecho de autor, previos a las legislaciones del _copyright_ o del derecho de
sin que esta convierta al autor en propietario. El «régimen de autor sin que estos conviertan al autor en propietario. El «régimen
propiedad para los textos» del que habla @textcite[foucault1999a] de propiedad para los textos» del que habla @textcite[foucault1999a]
no se da a finales del siglo +++XVIII+++, como bien indica @textcite[chartier1999a]. no se da a finales del siglo +++XVIII+++, como bien indica @textcite[chartier1999a].
Sin embargo, el trato del discurso como «un producto, una cosa, Sin embargo, el trato del discurso como «un producto, una cosa,
un bien» ha estado presente en la industria del libro incluso un bien» ha estado presente en la industria del libro incluso
@ -2787,7 +2787,7 @@ antes de la invención de la imprenta. Autores como @textcite[kant2005a]
verán del discurso un acto del habla similar a la descripción verán del discurso un acto del habla similar a la descripción
que hace @textcite[foucault1999a], pero este tratamiento del que hace @textcite[foucault1999a], pero este tratamiento del
discurso no ha sido el habitual entre quienes lo han materializado discurso no ha sido el habitual entre quienes lo han materializado
con las técnicas existentes para su publicación y su distribución. con las técnicas existentes para su publicación y distribución.
Es decir, el estudio del discurso del que @textcite[foucault1999a] Es decir, el estudio del discurso del que @textcite[foucault1999a]
habla al final de _¿Qué es un autor?_ también debe tomar en cuenta habla al final de _¿Qué es un autor?_ también debe tomar en cuenta
@ -2799,29 +2799,29 @@ una apropiación por parte del mismo sujeto productor y, con ello,
_tal vez_ un modo distinto de recibir y analizar el discurso. _tal vez_ un modo distinto de recibir y analizar el discurso.
Esta investigación no pretende analizar estos otros modos de Esta investigación no pretende analizar estos otros modos de
recepción del discurso; sin embargo, es necesario puntualizar recepción del discurso; sin embargo, es necesario puntualizar
que faltan más indagaciones al respecto. Otra tarea pendiente que faltan más investigaciones al respecto. Otra tarea pendiente
para la reflexión filosófica es: _¿qué importa cómo se reproduce para la reflexión filosófica es: _¿qué importa cómo se reproduce
el habla y los soportes con los cuales se recibe?_, y de manera el habla?_, _¿qué importa el soporte con el que se recibe?_,
más puntual, _¿cuál es la relevancia de la materialidad del discurso y de manera más puntual, _¿cuál es la relevancia de la materialidad
filosófico para su recepción?_ del discurso filosófico para su recepción?_
@textcite[foucault1999a] menciona cuatro características ---que @textcite[foucault1999a] menciona cuatro características ---que
él mismo cataloga como insuficientes--- del «discurso portador él mismo cataloga como insuficientes--- del «discurso portador
de la función-autor»: de la función-autor»:
1. La apropiación penal que se legaliza a través del régimen de la propiedad 1. La apropiación penal que se legaliza a través del régimen de
y, en consecuencia, la manera en como el discurso empieza a tener autores. la propiedad y, en consecuencia, el discurso que empieza a tener
Es decir, la determinación por parte de las formas jurídicas hacia el autores. Es decir, la determinación del discurso por parte de
discurso. las formas jurídicas vigentes.
2. La atribución cuyos mecanismos han variado o han estado ausentes según 2. La atribución cuyos mecanismos han variado o han estado ausentes
determinados contextos. Es decir, la variabilidad en el ejercicio de la según determinados contextos. Es decir, la variabilidad en el
atribución. ejercicio de la atribución.
3. El carácter no espontáneo de la atribución, en donde la constitución varía 3. El carácter no espontáneo de la atribución, en donde la constitución
«según las épocas y los tipos de discurso». Es decir, la incapacidad del varía «según las épocas y los tipos de discurso». Es decir, la
productor de atribuirse por sí mismo un discurso. incapacidad del productor de atribuirse por sí mismo un discurso.
4. La remisión egoica del texto en donde este lleva «signos que remiten 4. La remisión egoica del texto en donde este lleva «signos que remiten
al autor» en una pluralidad de egos. Es decir, la ausencia de un nexo al autor» en una pluralidad de egos. Es decir, la ausencia de un
entre el discurso y un individuo real. nexo entre el discurso y un individuo real.
Otra de las consecuencias de la apropiación comercial es que Otra de las consecuencias de la apropiación comercial es que
pone en evidencia la imposibilidad de un nexo inherente por el pone en evidencia la imposibilidad de un nexo inherente por el
@ -2829,52 +2829,58 @@ cual se hace posible que la atribución sea sinónimo de apropiación.
Existe una serie de saltos cualitativos por los cuales la atribución Existe una serie de saltos cualitativos por los cuales la atribución
de un discurso pasa a considerarse una cuestión referente a su de un discurso pasa a considerarse una cuestión referente a su
apropiación y, de ahí, que dicha operación es relativa al productor. apropiación y, de ahí, que dicha operación es relativa al productor.
Antes del Estatuto de la Reina Ana no hay ninguna clase de argumento Antes del Estatuto de la Reina Ana el argumento que sustenta
que sustente un mecanismo inmanente para la constitución del un mecanismo inmanente para la constitución del autor como un
autor como un propietario de su producción. Las cuatro características propietario de su producción tenía poco peso en la discusión
en torno a la apropiación del texto. Las cuatro características
de la función-autor permiten ver que el supuesto nexo intrínseco de la función-autor permiten ver que el supuesto nexo intrínseco
entre el creador y la creación es un proceso muy emparentado con entre el creador y la creación es un proceso muy emparentado
los sistemas e instituciones que rodean al productor. No obstante, con los sistemas e instituciones que rodean al productor. No
debido a la posibilidad de un régimen de la propiedad en ausencia obstante, debido a la posibilidad de un régimen de propiedad
de la apropiación penal o legal que explica @textcite[foucault1999a], en ausencia de la apropiación penal o legal que explica @textcite[foucault1999a],
estas características de la función-autor no permiten explicar estas características de la función-autor no permiten explicar
el traslado de la atribución a la apropiación e, incluso, el el traslado de la atribución a la apropiación e, incluso, el
«nacimiento» de la autoría. «nacimiento» de la autoría.
En _¿Qué es un autor?_ textcite[foucault1999a] no explica con
detenimiento cómo es posible hablar de atribución y de apropiación,
¿son acaso características independientes o de una se deriva
la otra? Por sus mecanismos variables y el carácter no espontáneo
de la atribución se establece que esta característica históricamente
se encuentra situada antes de la apropación penal o legal. La
apropiación penal se da en un contexto específico de regulación
de la industria del libro, una serie de procedimientos un tanto
inusuales antes del siglo +++XVI+++ en Europa @parencite[lafaye2002a].
Respecto a la apropiación legal que describe @textcite[foucault1999a],
esta se sitúa «dentro del sistema de propiedad que caracteriza
a nuestra sociedad»; es decir, a principios del siglo +++XVIII+++
y de nueva cuenta en Europa. La atribución, por el contrario,
parece estar presente en un rango temporal y espacial más amplio,
como en la Grecia Antigua, la Edad Media y en otras civilizaciones.
Sin embargo, @textcite[foucault1999a] no describe el nexo entre
una y otra categoría, al contrario, parece suponerla.
La historia de la producción y reproducción de textos puede dar
// Luego sí hay un mecanismo «inmanente» pie a pensar la apropiación ---como un tipo de derivación jurídica
_ de la atribución de un discurso--- acontece durante la modernidad
--------- europea. La atribución está presente, por ejemplo, entre filósofos
presocráticos, en China con Sun Tzu o en América con Nezahualcóyotl.
Un punto de disputa ha sido qué tanto esta atribución implica
Esto implica diversas consecuencias: la apropiación penal no hablar de un individuo y no, tal vez, del uso de un «nombre de
es la génesis del autor ---aunque sí, quizá, del autor «moderno»---; autor» para condensar los esfuerzos y las transformaciones del
la posterior apropiación legal no se da a través de una relación discurso a partir de distintos actores. La apropiación comercial
exclusiva entre autores y editores, esta transferencia es por del texto como mecanismo permitido o protegido por entidades
medio de las facultades del Estado, por último, las características gubernamentales data al menos desde el siglo +++XVI+++ cuando
de la «función-autor» que @textcite[foucault1999a] describe hacen distintas monarquías europeas permitieron la industria del libro
referencia al autor dentro de la modernidad occidental. Entonces, a determinados gremios @parencite[lafaye2002a,loewenstein2002a,baldwin2014a].
por un lado, la apropiación de textos también ocurre con actividades Pero la apropiación comercial del discurso tiene antecedentes
comerciales y, por el otro, históricamente la autoría no siempre previos a esta clase de aval, como el caso de Biblos, la ciudad
ha funcionado a partir de la apropiación penal o legal; a saber, fenicia sede del principal comercio de papiros en la Antigüedad
el autor como propietario del discurso. @parencite[mark2009a]. En este contexto, la atribución y la apropiación
eran funciones remitidas a distintos individuos, por un lado
Con esto también se evidencia que la apropiación no obedece a al escritor, por el otro al librero o impresor. Sin embargo,
un vínculo intrínseco con el fabricante de un discurso; a saber, con el Estatuto estas dos características empiezan a concentrarse
el escritor, el artista o el científico. Hay, por supuesto, un en un sujeto emergente: el autor moderno.
nexo entre el texto producido y su productor. Pero este, en lugar
de tratarse de una relación de parentesco, radica en cómo determinado
contexto cultural, socioeconómico, político y jurídico atribuye
y legitima la apropiación de un discurso. El reduccionismo jurídico
acontece cuando las diversas características de la autoría y
las diversas formas de apropiación de un discurso son constreñidas
a elementos que pasan de ser categorías ligadas a «cada cultura»
y articuladas «sobre relaciones sociales» @parencite[foucault1999a]
a normas jurídicas. Ver de la autoría solo su característica
de apropiación penal o legal y, con ello, al autor como un propietario,
obvia la complejidad con la que en sus diversas intersecciones
la autoría se ha ido constituyendo a través del tiempo.
Durante la modernidad occidental y a través del Estatuo de la Durante la modernidad occidental y a través del Estatuo de la
Reina Ana es como la transferencia de la apropiación se hace Reina Ana es como la transferencia de la apropiación se hace
@ -2886,178 +2892,256 @@ dio a través de los derechos concedidos al autor, los cuales
permitieron su independencia económica y el distanciamiento de permitieron su independencia económica y el distanciamiento de
otro tipo de actividades productivas que se llevaban a cabo en otro tipo de actividades productivas que se llevaban a cabo en
la imprenta. Antes de la entrada en vigor de esta legislación la imprenta. Antes de la entrada en vigor de esta legislación
el autor era un integrante de la esfera de intereses de los reproductores. el escritor era un integrante de la esfera de intereses de los
Este era un actor más dentro de los procesos editoriales y no reproductores. Este era un actor más dentro de los procesos editoriales
una esfera distinta que comprendía otros procesos. y no una esfera distinta que comprendía otros procesos.
El ejercicio de la escritura empezó a tener un nuevo significado: La atribución como apropiación se posibilita a partir de esta
el paso de una práctica y un ejercicio encadenado a otros procesos nueva legislación que haría del productor un propietario. La
relativos a la industria y el comercio del libro, así como a apropiación legal no fue el primer «régimen de propiedad para
la producción de conocimiento en común o según una doctrina, los textos», como señala @textcite[foucault1999a], pero sí el
a una categoría subordinadora del discurso a su productor. La primer régimen donde el remitente de la apropiación y de la atribución
condición posibilitada por las leyes de _copyright_ fue hacer confluyen en el mismo individuo. Con ello, se pone en ejercicio
los frutos de la escritura un bien propiedad del escritor. Esta la individualización de la propiedad y, en consecuencia, la individualización
nueva percepción de la escritura fue exaltada y respaldada por del productor. No es una apropiación inmanente del productor,
diversos escritores, artistas y científicos de la Ilustración sino una transacción que se da a partir de una reconfiguración
y el Romanticismo alemán @parencite[baldwin2014a]. La autoría de las formas jurídicas relativas a la producción, reproducción
empezó a basarse en la constitución de un sujeto creador e individual, y distribución de los textos.
en un objeto creado e instituido como propiedad gracias al respaldo
del Estado y en una relación entre ambos a partir de un proceso Sin embargo, en el ámbito del discurso se defendió está división
del trabajo y el surgimiento de una nueva esfera a través de
la metafísica de la creación. Esta nueva percepción sobre el
régimen de propiedad fue exaltada y respaldada por diversos escritores,
artistas y científicos de la Ilustración y el Romanticismo alemán
@parencite[baldwin2014a]. La autoría empezó a basarse en la constitución
de un sujeto creador e individual, en un objeto creado e instituido
como propiedad gracias a las relaciones contractuales respaldadas
por el Estado y en una relación entre ambos a partir de un proceso
de creación intrínseca al sujeto. Es decir, la producción de de creación intrínseca al sujeto. Es decir, la producción de
textos de un integrante del gremio libresco mutó en la creación textos de un integrante del gremio libresco mutó en la creación
de ideas de un individuo recluido en su habitación. Y a partir de ideas de un individuo recluido en su habitación ---como es
de esa metamorfosis fue posible fundar la independencia de la perceptible en el imaginario popular en torno a la autoría---.
esfera del creador. Y a partir de esa metamorfosis fue posible fundar la independencia
de la esfera del creador. El término «creador» tiene, al menos,
un origen metafísico o teológico. El acto creativo, como se mencionó
en la sección 14, es un «dar a luz», la engendración _ex nihilo_.
Antes de la modernidad europea este tipo de actividad hubiera
sido considerada una herejía. No obstante, a partir de la transferencia
de la apropiación y la individualización del productor se posibilitó
percibir a la redacción de textos, la ejecución artística y la
generación de conocimiento como creación. El Estatuto facultó
la mutación de la apropiación penal a una legal, como describe
@textcite[foucault1999a]; es decir, permitió una nueva esfera
en la historia de la industria del libro basada en una independencia
de sus propios procesos a partir de la noción metafísica de la
actividad productiva de escritores, artistas y científicos. Se
trata de un fenómeno «extraño» que requiere más indagación: cómo
las instituciones jurídicas con ideales modernos posibilitaron
una metafísica de la creación.
Esta intimidad es perceptible en las imágenes ilustradas o románticas La _pequeña_ modificación hecha al Estatuto desató un nuevo horizonte
que muestran al autor o al inventor como un personaje aislado. de comprensión de la autoría. Sin embargo, ¿es apartir de este
Sin embargo, esta representación cronológicamente es paradójica. traslado de la apropiación penal a la legal como se da el surgimiento
Por un lado se tiene una figura autoral posible por un régimen del autor? Como se describió en párrafos anteriores, este paso
previo de propiedad privada, la cual faculta la producción aislada ocurre de manera específica durante el surgimiento de la modernidad
en una habitación. Por el otro, este tipo de independencia económica europea. No porque autores de otras latitudes no hubieran perecido
que faculta el goce de un lugar específico para la creación solo o sido protegidos por sus actvidades, sino debido a que el desplazamiento
es posible tiene efecto bajo el supuesto de que la obra es propiedad del
autor. Esta serie de saltos cualitativos son posibles a través
de un discurso que hace del productor no solo un propietario,
sino también un creador, un fenómeno que acontece durante la
Ilustración y el Romanticismo alemán. Es decir, si acorde a @textcite[foucault1999a]
este traslado hace que los discursos empiecen «realmente a tener
autores», entonces la autoría tiene sus orígenes en la Europa
de principios del siglo +++XVIII+++, o bien, al hablar de la
función-autor Foucault en realidad lleva a cabo una descripción
en su forma europea.
Aunque de manera paradójica esta imagen sea posible por un régimen Esto pone bajo disputa el alcance de la primera característica
previo de propiedad privada, misma que es facultada de la función-autor; a saber, la apropiación penal y su legalización.
Si esta característica forma parte de cualquier tipo de «discurso
portador de la función-autor», entonces esta amplitud queda restringida
a las posibilidades de expansión de la modernidad europea. Es
decir, la autoría es sinónimo de la noción moderna del autor
que se desata por el Estatuo, se generaliza en Europa a través
de la implementación de leyes de _copyright_ o de derecho de
autor, respaldada por el discurso de la metafísica de la creación,
y se expande a través del globo por medio del Convenio de Berna
y la asimilación del discurso que señala al autor como creador
y propietario. Lo que tenemos como resultado es que, cuando se
habla de autor, se afirma y reafirma la influencia de los ideales
de la modernidad sobre la industria y el comercio del libro.
Pero al mismo tiempo indica la imposibilidad de la autoría a
cualquier escritor, artista o científico «premoderno» o fuera
de la esfera de influencia occidental.
De manera independiente al posible eurocentrismo presente en
esta obra de @textcite[foucault1999a], en esta disputa existe
otra consecuencia a tomar en cuenta: no solo falta claridad sobre
la «génesis» del autor, sino que la autoría al final no es una
categoría más relevante a la de propietario o creador dentro
del «marco teórico» que busca explicar y regular la producción
de bienes culturales. El surgimiento de la figura autoral no
se encuentra bien establecida en @textcite[foucault1999a] porque
este describe su génesis a través de las instituciones jurídicas
de la Europa del siglo +++XVIII+++. Esto tiene como resultado
que la primera característica de la función-autor sea únicamente
una particularidad en torno a cómo esta función se ejecuta en
el contexto y la tradición cultural de la que Foucault forma
parte. Mientras tanto, la apropiación comercial, la cual se ejerce
desde la Antigüedad, no tenía relación cercana con la atribución
del texto hasta que esta, junto con la apropiación penal, fue
condensada en la apropiación legal del individuo productor. En
el primer caso tenemos una explicación posible sobre la eclosión
del autor moderno. En el segundo caso se expone la irrelevancia
de la autoría hasta que esta se constituyó como categoría central
para la propiedad de un texto. En ninguno de los casos se explica
la «génesis» del autor.
// vs creación @textcite[barthes1987a] ha señalado esta ausencia de fundamento
del autor. Para este intelectual el autor no nutre el texto ni
mucho menos es su padre, sino que es nutrido y surge a partir
del texto. Por su parte, @textcite[foucault1999a] retoma esta
crítica de Barthes para puntualizar dos cuestiones. El autor
no es cualquier nombre propio reducible a un instrumento analítico
para la lingüística, como indica @textcite[barthes1987a]. En
cambio, el «nombre de autor» tiene una posición privilegiada
en el discurso porque este, a diferencia del nombre propio, opera
de manera muy distintiva al permitir una función clasificatoria
que determina cómo tratar al discurso entre los límites del «estado
civil de los hombres» y la «ficción de la obra», hasta el punto
de caracterizar el «modo de existencia» de dicho discurso @parencite[foucault1999a].
Segundo, la reducción que hace @textcite[barthes1987a] del autor
como el individuo que escribe pone en riesgo de ver en la escritura
un _a priori_ que «traspone en un anonimato trascendental los
caracteres empíricos del autor» @parencite[foucault1999a]. @textcite[barthes1987a]
responderá ante estas puntualización al detallar que la comprensión
de la obra queda delimitada por el proceso de filiación hacia
su autor. Es decir, en efecto el autor está en una posición privilegiada
en el discurso, pero no como una forma trascendental que lo configura
a través de la escritura, sino como un mecanismo donde la escritura
socialmente legitima las intenciones del autor y, por ende, que
la obra siempre se lea bajo la «inscripción del Padre».
Al margen del surgimiento de esta figura autoral se encuentra Este diálogo entre Barthes y Foucault ha sido un tanto desatendido.
un autor «premoderno» que no crea sino que se funda a través _¿Qué es un autor?_ es una obra que surge a partir de las críticas
del privilegio real, el mecenazgo o la financiación de obras hechas a Foucault sobre su empleo de autores en _Las palabras
por encargo. Esta autoría consiste en un sujeto favorecedor de y las cosas_ pero también para responder al carácter explosivo
la producción ---no siempre individualizado ya que puede ser de _La muerte del autor_ de Barthes. Por su parte, en _De la
tanto una institución como una corporación---, en un objeto como obra al texto_ Barthes matizará su crítica a partir de las puntualización
propiedad a través de una cesión voluntaria o contractual y en de Foucault. El resultado es que el autor no tiene «génesis»
un nexo entre ambos a partir de alguna función comercial, política en cuanto tal. Pero ¿cómo es que esta categoría se vuelve fundamental
o legislativa. En la actualidad el autor benefactor es perceptible para la crítica literaria, la teoría del discurso y las teorías
en las obras escritas por escritores fantasma o en producciones de la +++PI+++? Quizá esto pueda explicarse a través de la mención
culturales donde la autoría es atribuída al director o al productor velada que @textcite[barthes1987a] hace a la teoría de los actos
---que en varias ocasiones no se trata de un individuo---. Este del habla de @textcite[austin1955a]. Según Barthes, el autor
tipo de autor otorga cierto grado de complejidad. Por un lado, moderno no excede ni precede a la escritura, sino que su constitución
denota que la producción cultural no es reducible a una actividad se da desde ese mismo acto de enunciación.
en específico, como la escritura. Por el otro, abre la posibilidad
a indagar sobre otras características de la «función-autor»,
carencia ya señalada por @textcite[foucault1999a], cuya tarea
continúa pendiente.
La «premodernidad» del autor benefactor hace referencia a sus Cabe advertir que, como en @textcite[foucault1999a], @textcite[barthes1987a]
orígenes: los modos de organización y de atribución de un discurso se enfoca en el autor moderno. Sin embargo, su referencia a textcite[austin1955a]
antes del advenimiento de las legislaciones estatales en torno permite proponer cómo la autoría al menos se consolida como figura
a la industria y el comercio de los libros. En la actualidad central para diversas vertientes críticas o teóricas a partir
este tipo de atribución suena disonante y una mera formalidad. de su tratamiento como «realizativo». textcite[austin1955a] indica
Sin embargo, textcite[lafaye2002a] resalta dos particularidades que existen expresiones que no describen ni registran nada, sino
sobre este acto. La asignación de la autoría al benefactor como que en su acto expresivo se realiza una acción. Para ello, @textcite[austin1955a]
concesión del escritor era una práctica habitual en la industria estipula seis condiciones por las cuales esta tiene efecto:
del libro cuando este era controlado por alguna entidad real.
Sin embargo, una vez que las formas jurídicas reales empezaron
a debilitarse, así como los ideales de la modernidad comenzaron
a fortalecerse, esta práctica empiezó a ser más un ejercicio
satírico del escritor y del impresor en el que se hacia burla
de estos procedimientos para la publicación de libros.
Por este motivo al principio de esta sección se indicó que el 1. La existencia de un procedimiento _convencional_ y aceptado.
autor benefactor se da a partir de un realizativo. textcite[austin1955a]
estipula seis condiciones por las cuales este tiene efecto:
1. La existencia de un procedimiento _convencional_ aceptado.
2. La existencia de las personas y de las circunstancias _apropiadas_. 2. La existencia de las personas y de las circunstancias _apropiadas_.
3. La ejecución _correcta_ del procedimiento. 3. La ejecución _correcta_ del procedimiento.
4. La ejecución _completa_ del procedimiento. 4. La ejecución _completa_ del procedimiento.
5. El comportamiento _comprometido_ de los participantes. 5. El comportamiento _comprometido_ de los participantes.
6. El comportamiento _efectivo_ de los participantes. 6. El comportamiento _efectivo_ de los participantes.
El autor benefactor no se constituye sin la cesión _convencional_ Con esto tenemos establecidas unas reglas de operación que implican
de las personas _apropiadas_ para realizar el acto ---el escritor, el desempeño de roles específicos entre individuos. En los tres
el impresor y el benefactor---. Además, la circunstancia en donde tipos de apropiación que se han estado trabajando en esta investigación
se da este acto es a través del ejercicio _correcto_ y _completo_ existen reglas de operación muy específicas entre los distintos
de plasmar al inicio de la obra esta cesión de la atribución. actores dentro de los procesos de producción, reproducción y
Durante este acto, los actores se _comprometen_ para su realización distribución de libros. En la apropiación comercial se tiene
_efectiva_; el escritor asume la responsabilidad de producir un procedimiento donde la atribución, antes del Estatuto, no
la obra, el impresor se responsabiliza de que la obra cumpla afecta su cumplimiento efectivo de explotación de capital. Es
con todas las formalidades establecidas, mientras que el benefactor decir, si hay cabida para hablar de autor en ese contexto ---un
se compromete a financiar el proyecto hasta la publicación de autor «premoderno» o «no-moderno»---, esta categoría se constituía
la obra. La violación de alguna de estas condiciones tiene el a partir de los mecanismos variables y no espontáneos de la atribución
efecto de no realizar el acto @parencite[austin1955a]. Es decir, presentes en los signos que en el mismo texto remiten a su productor
la constitución del sujeto «autor benefactor» depende de una @parencite[foucault1999a]. No obstante, esto no tenía peso dentro
ejecución efectiva del acto del habla que implicaba plasmar al de las relaciones comerciales en torno a los textos. A partir
inicio de la obra la cesión de la autoría. de la mediación del Estado, por lo menos desde el siglo +++XVI+++,
el procedimiento para esta apropiación comercial toma forma o
es desplazada por la apropiación legal que describe @textcite[foucault1999a].
Por aquella época la apropiación penal surge como una serie de
procedimientos por los cuales el autor se «realiza» entre los
procesos inquisitoriales o de censura. A través de una serie
de acciones legales, como la declaración y el veredicto, del
escritor, el librero, el impresor y el censor se constituye el
autor herético. La herejía sería el resultado efectivo de este
procedimiento burocrático y, con ello, el autor transgresivo
que tanto interesa a @textcite[foucault1999a]. La apropiación
legal vendrá a constituirse a partir de los otros dos tipos de
apropiación o, por lo menos, a desplazarlos. La «realización»
de la autoría no es por la remisión atributiva del texto ni por
el papeleo de un procedimiento judicial, sino a partir del establecimiento
de relaciones comerciales contractuales. En otros términos, el
realizativo acontece cuando en el contrato se establece quién
es el autor y el editor, junto con sus obligaciones y derechos.
El carácter satírico con el que tiempo después se asumió este El autor no tendría una «génesis» histórica, sino que se realiza
procedimiento no solo demuestra la ridiculez contemporánea con a través de tres actos del habla: la mención de la atribución
la que se percibe este acto, sino que también evidencia el momento de un texto, la sentencia de un juicio por herejía o el dictamen
en el que el autor benefactor dejó de ser la figura autoral por de censura, o la formulación de un contrato. En este sentido,
excelencia. El discurso transgresivo que representa la sátira la figura autoral sería siempre una anacronía. La autoría sería
hacia este procedimiento implica un cambio de valoración del una invención moderna, no por algún estatuto o por su relación
escritor en torno a su trabajo. Esta clase de discurso dio cabida a una cultura en específico, sino debido a que su «realización»
al autor hereje, como ya señalaba @textcite[foucault1999a], pero implica la aceptación de que el uso del lenguaje tiene la posibilidad
a través de este ejercicio también se comenzó la revaloración de constituir dimensiones ontológicas. Por ello parte de la insistencia
de la posición del escritor sobre la obra. En este sentido, el sobre la relación de las técnicas y las tecnologías existentes
Estatuto no fue la condición necesaria para constituir al escritor para la materialización del discurso y sus modalidades de recepción.
como autor de manera positiva. Sin embargo, este Estatuto dio Estas generan una tensión para el establecimiento de nuevas reglas
legalidad al reclamo de diversos escritores. La transgresión de operación en un ámbito jurídico ---las leyes que ceden o restringen
a través de la sátira de los procedimientos formales para la posibilidades de hacer y de ser---, pero también teórico ---la
publicación migró a la legalidad de los derechos del autor sobre teoría que reconfigura o encuentra otras vertientes para ser
su obra. Las legislaciones en torno a la industria y el comercio en el mundo---.
del libro arrancó la pauta para pasar de la herejía a la positividad
del acto de escritura como voz y propiedad de quien lo lleva
a cabo.
Estas particularidades permiten visibilizar una clase de revisionismo El autor no estaría presente más allá de la capacidad analítica
histórico al que se ha sujeto la atribución autoral. Autores y crítica de ver entre estos tres actos una categoría que de
como Galileo o como Shakespeare no se consideraban como tales una u otra forma afecta a la crítica literaria, la teoría del
parencite[lafaye2002a]. La autoría viene a partir de su acepción discurso y, para los intereses de esta investigación, las teorías
«moderna» y de la mano de historiadores e investigadores _contemporáneos_. de la +++PI+++ y las críticas en pos de los +++BC+++. El autor
En su tiempo Galileo o Shakespeare no eran considerados autores, ya está supuesto en la +++PI+++ o los +++BC+++ porque ambas posturas
aunque sí eran conocidos por las actividades que realizaban: han asentido en la existencia efectiva de tres esferas en cuya
hacer ciencia o literatura. El paradigma «moderno» del autor dinámica se desarrolla el quehacer cultural. No hay «génesis»,
permite concebirlo como un sujeto individualizado que ejerce sino una intrincada constitución de la esfera autoral a partir
una actividad creativa. De esta manera es como las obras se revaloran de las «realizaciones» posibles del mismo autor a través de legislaciones
para constituir a Galileo o a Shakespeare como autores. EJEMPLOS del _copyright_ o del derecho de autor y del discurso elaborado
DE SHAKESPEARE EN LAFAYE. por las metafísicas de la creación.
Es decir, en un sentido histórico la noción de Galileo o de Shakespeare Sin embargo, la reproducción de este anacronismo elude la posición
o de cualquier otro escritor como autor antes de las legislaciones
estatales en torno a la industria del libro es una anacronía.
Además de los peligros historiográficos al respecto, este anacronismo
ha ejercido una función discursiva de ver autores _en sentido
positivo_ ---no como herejes--- en literatos, poetas, artistas,
filósofos y científicos de cualquier época _y lugar_. En un primer
momento esto obvia que la génesis del autor productor ---el literato,
artista o científico que hace la obra--- se da de manera muy
estrecha al advenimiento de la época moderna en Europa y el surgimiento
de las economías capitalistas. En un segundo momento invisibiliza
que la categoría «autor productor» no ha permanecido estática,
profesiones se han incluido ---como la del pintor--- y otras
se han excluido ---como las del intérprete---. Además, como consecuencia
se tiene la perpetuación de la idea de que el productor es un
creador, su producción es una creación y la relación entre ambos
es a través de un ejercicio creativo por el cual se genera un
nexo _intrínseco_ entre el autor y su obra o el inventor y su
inveción.
La reproducción anacrónica de esta noción autoral elude la posición
del autor dentro de la industria y el comercio de la producción del autor dentro de la industria y el comercio de la producción
cultural. El autor forma parte del proceso cuyo control está cultural. El autor forma parte del proceso cuyo control está
bajo el control de la esfera del distribuidor. Sin importar qué bajo la esfera del distribuidor. Sin importar qué tan independiente
tan independiente o que tan privada sea su actividad productiva, o que tan privada sea su actividad productiva, la divulgación
la divulgación pública de la obra ha sido posible de la mano pública de la obra ha sido posible de la mano de distribuidores.
de distribuidores. La relación y el reparto del poder dentro La relación y el reparto del poder dentro de estos procesos ha
de estos procesos ha variado con el tiempo. Sin embargo, la esfera variado con el tiempo. No obstante, la esfera del autor ha dependido
del autor ha dependido de la esfera del distribuidor. En este de la esfera del distribuidor. En este sentido es posible interpretar
sentido es posible interpretar las nuevas posibilidades técnicas las nuevas posibilidades técnicas de autopublicación como un
de autopublicación como un ejercicio independentista de la mano ejercicio independentista de la mano de autores productores.
de autores productores. Pero mientras que la «industria cultural» Pero mientras que la «industria cultural» continúe controlada
continúe controlada por la esfera de los reproductores, cualquier por la esfera de los reproductores, cualquier intento de dar
intento de dar más poder al autor se traducirá en la concesión más poder al autor se traducirá en la concesión de un mayor control
de un mayor control a una parte del proceso de producción cultural a una parte del proceso de producción cultural cuya infraestructura
cuya infraestructura está bajo el dominio de los reproductores. está bajo el dominio de los reproductores. Es decir, una lucha
Es decir, una lucha contra la precaridad económica de los autores contra la precaridad económica de los autores productores que
productores que ignora su dependencia técnica y tecnológica hacia ignora su dependencia técnica y tecnológica hacia los reproductores
los reproductores corre el peligro de convertirse en una lucha corre el peligro de convertirse en una lucha a favor de los intereses
a favor de los intereses de la esfera de los distribuidores. de la esfera de los distribuidores, como se analizará en la siguiente
sección.
# 17. La implosión de las esferas
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Un ejemplo en como se da esta transmutación de intereses lo tenemos Un ejemplo en como se da esta transmutación de intereses lo tenemos
en las «economías del regalo» que se da en el desarrollo de _software_ en las «economías del regalo» que se da en el desarrollo de _software_
@ -3074,33 +3158,8 @@ para así fomentar una sociedad «libre» y democrática. Los esfuerzos
en la promoción para el uso y el desarrollo de _software_ libre en la promoción para el uso y el desarrollo de _software_ libre
El monopolio _artificial_ instaurado por la _pequeña_ modificación ----------
de la Cámara de los Comunes bifurcó la actividad del escritor
del resto de los colaboradores para la producción de una obra,
incluido al individuo o entidad benefactora. Este fue uno de
los primeros pasos que otorgó independencia económica, poder
político y protección jurídica al escritor. Con ello se abrió
la posibilidad de retomar esta reformulación legislativa a modo
de una esfera privada donde el ejercicio de la escritura pasó
de una actividad técnica realizada en un taller o en el gremio,
a un proceso creativo llevado a cabo en la soledad de una habitación.
// vs reduccionismo jurídico > propiedad privada
// el autor-mecenas también tiene una relación con el estado
// La figura premoderna hace más explícito los vínculos al quehacer
cultural como producción y no como creador.
// Autor corporativo
// Abordar de nuevo a Austin.
// La metafísica de la creación
La esfera del Estado, a través del ejercicio legislativo, limitó La esfera del Estado, a través del ejercicio legislativo, limitó
la esfera de los distribuidores, dio forma jurídica a la esfera la esfera de los distribuidores, dio forma jurídica a la esfera
del público y permitió la independencia de la esfera del creador. del público y permitió la independencia de la esfera del creador.
El surgimiento, la reducción y la revaloración de la esfera del
creador