Adiciones de correcciones después de la lectura de avances-1.pdf

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@ -1074,7 +1074,7 @@
}
@inbook{moore2008a,
author = {Moore, Adam D.},
author = {Moore, Adam},
chapter = {Personality-Based, Rule-Utilitarian, and Lockean Justifications of Intellectual Property},
date = {2008},
editor = {Himma, Kenneth Einar},
@ -1087,7 +1087,7 @@
}
@article{moore2012a,
author = {Moore, Adam D.},
author = {Moore, Adam},
date = {2012},
file = {:recursos/moore2012a.pdf:PDF},
journaltitle = {San Diego Law Review},
@ -1352,7 +1352,7 @@
}
@book{schroeder1998a,
author = {Schroeder, Jeanne L.},
author = {Schroeder, Jeanne},
date = {1998},
file = {:recursos/schroeder1998a.pdf:PDF},
keywords = {read,prio1},

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@ -1,7 +1,7 @@
# 1. En la búsqueda de una definición de la propiedad intelectual
La propiedad intelectual (PI) se entiende de muchas maneras.
@textcite[hettinger1989a], @textcite[hughes1988a] y @textcite[stengel2004a]
@textcite[hughes1988a], @textcite[hettinger1989a] y @textcite[stengel2004a]
dicen que la PI es uno de los pilares para el progreso de las ciencias y las artes.
Para @textcite[hughes1988a], la PI puede entenderse como propiedad intangible cuyo
valor se basa en ideas con cierto grado de novedad. O bien, la PI hace referencia
@ -64,7 +64,7 @@ comprensión contemporánea que tenemos acerca del mundo. @textcite[schroeder199
ve en la PI un «montón de palos» —un conjunto de derechos— cuyo símbolo fálico
son los fasces; es decir, son derechos no siempre asimilables pero concebidos
para realizar una misma función de ocupación de los objetos: el principal modo
de apropiación en las sociedades capitalistas @textcite[schroeder2004a]. A
de apropiación en las sociedades capitalistas @parencite[schroeder2004a]. A
@textcite[palmer1990a] le parece un concepto vasto donde uno de los problemas es
que la mayoría supone que a mayor cantidad de definiciones, una mejor
justificación. @textcite[shiffrin2007a] es escéptica y declara que la PI es un
@ -84,7 +84,7 @@ material jurídico disponible @parencite[hughes1988a]. Entre juicios, veredictos
y deliniamientos constitucionales se han tomado rastros para definir a la PI.
Sin embargo, los resultados alcanzados han sido teóricamente insuficientes sino
que insostenibles. Ante este problema, varias personas han aceptado el desafío
de elaborar una teoría de la PI @parencite[barron2012a,breakey2010a,
de elaborar una teoría de la PI @parencite[breakey2010a,
epstein2009a,hettinger1989a,hughes1988a,moore2008a,palmer1990a,schroeder2004a,
shiffrin2007a,stengel2004a]. Semejante teoría tiene por objeto una
definición de la PI que trascienda la falta de claridad presente en la
@ -104,7 +104,7 @@ o comerciantes, sino como medios para controlar las nuevas industrias, como
la imprenta @parencite[stengel2004a]. @textcite[moore2014a] indica que la mención
más temprana de protección a creadores se encuentra en un documento emitido en
1421 en la República de Florencia a favor del arquitecto Filippo Brunelleschi.
Incluso puede decirse que ya hay antecedentes en la Antigua Grecia o Roma
Incluso puede decirse que ya hay antecedentes en la Antigua Grecia o la Antigua Roma
@parencite[moore2014a]. Sin embargo, en general existe un consenso que estos
primeros casos fueron atípicos debido a la carencia de instituciones que
velaran sobre estos derechos de manera exclusiva @parencite[moore2014a].
@ -123,7 +123,7 @@ legislaciones nacionales o internacionales —la Ley Federal del Derecho de Auto
señala un plazo de cien años a partir de la muerte del autor para que su obra
esté disponible públicamente; para el caso de Ramos será hasta el año 2159—.
Semejante uso englobante de la PI no ha pasado desapercibido. Por un lado este
Semejante uso englobante de la PI no ha pasado desapercibido. Por un lado, este
trato de la PI podría ser un atropello al tratar de aglutinar una diversidad de
objetos bajo un mismo concepto. Por el otro, esta sistematización genera
la pregunta sobre el lugar de la PI dentro de la propiedad en general. En
@ -256,10 +256,10 @@ efectos progresistas que pretende. Autoras como @textcite[barron2012a] hacen not
que esta teoría supone que el progreso las ciencias y las artes es más eficiente
si la actividad creativa se privatiza. Además, por su énfasis en lo económico
se hace explícito un desconocimiento profundo de lo que es la cultura, su
dinámica social y cómo el «expansionismo» de la PI afecta este ecosistema
dinámica social y cómo el «expansionismo» de la PI afecta a este ecosistema
@parencite[barron2012a].
Sin importar sus efectos, la teoría progresista está en el fondo en la
Sin importar sus consecuencias, la teoría progresista está en el fondo de la
jurisdicción estadunidense. @textcite[stengel2004a] indica que para este tema se
tiene que ir más allá de las palabras y concentrarse en los efectos de los
monopolios en nuestra cultura. Desde Hollywood o Silicon Valley, pasando por las
@ -267,11 +267,11 @@ industrias petrolera o agrícola, hasta los tratados y guerras comerciales,
EE. UU. es el país con mayor influencia en materia de PI. A través de derechos
de autor, patentes, marcas, diseños industriales o secretos comerciales las
industrias estadunidenses regulan las distintas «manifestaciones» no solo de PI,
sino del quehacer cultural.
sino del quehacer cultural en general.
Al parecer no es fortuito este extenso lazo que controla a los mercados.
La teoría progresista presenta dos particularidades que permiten la
prolongación de la hegemonía de la PI estadunidense. Por un lado ofrece un
prolongación de la hegemonía de la PI estadunidense. Por un lado, ofrece un
discurso que a la par de dar certidumbre a creadores y emprendedores, les
fomenta la idea que el acto creativo es una cuestión privada: el autor y su
obra, el inventor y su invención, etcétera. Por otro, ofrece un mecanismo para
@ -366,8 +366,8 @@ reconocimiento: es un principio abstracto de individuación
@parencite[schroeder2004a]. ¿Por qué la propiedad es abstracta y no un objeto
concreto como una cosa, un derecho o un sistema? @textcite[schroeder2004a] es muy
enfática en señalar que un error común entre sus compañeros es pensar que Hegel
concibe a la propiedad como ellos —y la tradición liberal anglosajona de la que
forman parte— la perciben. Acorde a esta autora, Hegel ve a la propiedad como un
concibe a la propiedad como ellos la perciben —y la tradición liberal anglosajona de la que
forman parte—. Acorde a esta autora, Hegel ve a la propiedad como un
momento inicial entre lo que ella denomina «sujeto legal» y la ciuidadanía
@parencite[schroeder2004a]. De ahí a la constitución de la personalidad existen
otros mecanismos que absorben a la propiedad privada, como son la familia, la
@ -455,7 +455,7 @@ como propiedad. @textcite[barron2012a] identifica las fuentes kantianas en un
ensayo titulado «On the Wrongfulness of Unauthorized Publication of Books» y en
la sección «¿Qué es un libro?» de _La metafísica de las costumbres_
@parencite[kant2005a]. Ahí Kant expone los motivos para proteger los derechos de
los autores por tratarse de un discurso @parencite[barron2012a].
autor por tratarse de un discurso @parencite[barron2012a].
Según @textcite[barron2012a] este filósofo entiende al libro en dos dimensiones. La
primera sería como un objeto material alienable @parencite[barron2012a]. La
@ -479,7 +479,7 @@ consecusión de una cultura ilustrada y cosmopolita @parencite[barron2012a].
Tal cual, Kant en poco o nada sirve para apoyar una teoría personalista que
justifique un sistema de PI. Sin embargo, su énfasis en el peligro del uso
no autorizado de un discurso no pasó desapercibido. Josef Kohler, jurista
no autorizado del discurso no pasó desapercibido. Josef Kohler, jurista
alemán, vio un nexo entre los derechos de autor kantianos y la teoría de la
propiedad hegeliana @parencite[cotter1997a]. Como Hegel, para Kohler el autor
posee el derecho de alienar su obra @parencite[cotter1997a]. Sin embargo, como
@ -541,10 +541,10 @@ torna problemática @parencite[hughes1988a].
@textcite[hughes1988a] además manifiesta que los derechos morales también generan
problemas en la alienación de la PI. Al mantener un lazo inalienable, la
alienación nunca es completa, por lo que el sujeto que la adquiere no es del
todo libre de hacer valer su voluntad. En respuesta, para muchos teóricos —como
@textcite[palmer1990a] o @textcite[schroeder2004a] los derechos morales son una
deformación que falsamente cumple con los objetivos sistemáticos de la teoría de
la PI que se pretende fundar.
todo libre de hacer valer su voluntad. En respuesta, para @textcite[palmer1990a]
o @textcite[schroeder2004a] los derechos morales son una deformación que
falsamente cumple con los objetivos sistemáticos de la teoría de la PI que se
pretende fundar.
# 5. La teoría laborista: la defensa de la propiedad de Locke
@ -554,7 +554,7 @@ filósofo soluciona el problema de derivar el derecho positivo a partir del
derecho natural al combinar la creatividad divina con la humana
@parencite[stengel2004a]. Dios dio la tierra a los hombres para su comodidad y
existencia @parencite[locke2006a]. Aunque esta pertenece a todos, existe una
propiedad que solo le pertenece a cada uno: su cuerpo @parencite[moore2012a].
propiedad que solo le pertenece a cada uno: su cuerpo @parencite[locke2006a].
Mediante este y sus manos el hombre produce los frutos que «podemos decir que
son suyos» @parencite[locke2006a]. Con su labor es como el hombre saca elementos
de su estado de naturaleza y le agrega algo distinto que, por consiguiente,
@ -580,7 +580,7 @@ a la sociedad, el progreso social o a cualquier otra propuesta basada en el
fomento para la generación de PI @parencite[moore2012a]. Con Locke está patente
el supuesto liberal anglosajón donde el individuo precede a la sociedad
@parencite[schroeder2004a] o al menos no la requiere para el surgimiento del
derecho positivo.
derecho positivo sobre la propiedad.
Como este constante aumento de la esfera «privada» puede ser conflictivo en
un contexto comunitario, Locke arroja dos condiciones para legitimar estas
@ -622,15 +622,15 @@ agota ni pueden ser propiedad exclusiva de una persona. La primera ocupación
siempre sería posible porque no hay nadie que agote el campo infinito de ideas.
Además esto haría que la condición (1) sea relevante en cuanto a la distribución
de la PI, mas no en su creación. La producción de PI no tiene límite en
cuanto creación de ideas, pero sí sobre la distribución de las expresiones
concretas de esas ideas. Sin embargo, en el empleo de la definición estándar
cuanto creación de ideas, pero sí sobre la distribución de las «expresiones
concretas» de esas ideas. Sin embargo, en el empleo de la definición estándar
de la PI se olvida que la entrada al «mundo de las ideas» por lo general se da
a través de expresiones concretas; rara vez son fruto exclusivo del
productor, su cuerpo o su talento. Para tener conocimiento de la idea de
_cogito ergo sum_ de Descartes es necesario tener disponible alguna edición del
_Discurso del método_ o alguna otra fuente que hable al respecto. Sin este
acceso, un sujeto _a_ nunca se le vendrá a la cabeza que, para la filosofía
occidental, el «pienso y luego existo» sería un punto sin retorno para la
occidental, el «pienso y luego existo» fue un punto sin retorno para la
filosofía moderna; tal como sucedió con aquellos pensadores fuera de la
esfera de influencia europea. Lo que se quiere decir es que las ideas requieren
contexto y un soporte físico para su acceso. Son raros los casos como el de
@ -639,12 +639,13 @@ conocería como cálculo —nótese que a pesar de no saber que ambos trabajaban
lo mismo, compartían un mismo contexto histórico del desarrollo de las
matemáticas—. Para la condición (2) existe casi un consenso en que no afecta a
la PI debido a que las ideas nunca se desperdician @parencite[hughes1988a,
moore2012a]. No obstante, si la «vida» de una idea depende tanto de su contexto
como de su soporte, se vuelve relevante el desperdicio de una idea en un
contexto de derechos de PI. Estos limitan de manera artificial las posibilidades
de «vida» de una idea y, por ende, del beneficio que puede obtenerse para otros
o en sociedad. Es decir, para varias ideas sería un desperdicio dejarlas
resguardadas dentro del «castillo» de la PI.
moore2012a]. No obstante, si el acceso de una idea depende tanto de su contexto
como de su soporte tangible, se vuelve relevante su desperdicio en los casos
donde los derechos de PI controlan sus «expresiones concretas». Estos limitan de
manera artificial las posibilidades de acceso de las ideas y, por ende, de los
beneficios que pueden obtenerse para otros o para la sociedad. Es decir, para
varias ideas sería un desperdicio dejarlas resguardadas dentro del «castillo» de
la PI.
Otra dificultad es el condicionamiento de la propiedad a la labor desagradable.
Locke supone que no hay labor placentera y por ello su ejecución ha de
@ -656,7 +657,7 @@ sería relativo al desagrado que implica su creación. Si bien es posible dar co
mecanismos para evitar que esto suceda @parencite[moore2012a], estos suponen
un valor intrínseco a la labor realizada por un sujeto
@parencite[hettinger1989a]. Esta manera de valorar a la propiedad pierde de
vista que existen muchos factores externos que afectan a el valor de los frutos
vista que existen muchos factores externos que afectan al valor de los frutos
@parencite[hettinger1989a], empezando por las diposiciones circuntanciales del
mercado.
@ -677,8 +678,8 @@ permite no solo fundamentar a la propiedad o a la PI, sino también ir en contra
de ella. @textcite[moore2008a] menciona que desde Pierre-Joseph Proudhon se ha
criticado a la teoría lockeana por suponer una expansión de derechos de
propiedad a partir del cuerpo. Si bien @textcite[proudhon2010a] en _¿Qué es la
propiedad?_ no hace referencia a Locke, sí dedica cuantiosas páginas para
criticar el fundamento de la propiedad a partir del «trabajo». Su crítica va
propiedad?_ no hace referencia a Locke, sí dedica cuantiosas páginas a la
crítica del fundamento de la propiedad a partir del «trabajo». Su crítica va
dirigida a cómo esta concepción atenta a la libertad de otros o de la sociedad,
aunque también puede funcionar para establecer la abolición de la propiedad —el
objetivo que Proudhon persigue a lo largo de su obra—.
@ -699,8 +700,9 @@ sus frutos, sino de todo lo necesario para su producción. Al menos sería así
durante el tiempo que se lleva a cabo la actividad productiva. El peón sería
dueño de la milpa, pero también del tractor y de la tierra que trabaja. Como
consecuencia se tiene una teoría laborista que volatiza, absorbe o vuelve
irrelevante a la propiedad privada. O por lo menos le da mucho mayor peso a la
propiedad pública o a los bienes comunes.
irrelevante a la propiedad privada: solo es menester reelaborar los derechos
laborales. O por lo menos le da mucho mayor peso a la propiedad pública o a los
bienes comunes porque la propiedad privada sería efímera.
Por su simplicidad y potencia, esta teoría es la que ofrece mayor flexibilidad.
Esto provoca las pasadas y demás dificultades. En cuanto su nomenclatura, esta
@ -726,7 +728,7 @@ entre las teorías, lo que refleja la necesidad de poner parches.
@textcite[schroeder2004a] hace énfasis en que, con tal de defender la PI mediante
Hegel, se termina por citarlo de manera incorrecta, hasta el punto de generar
una visión romántica que no le corresponde y que en su lugar crea un
fetiche. @textcite[shiffrin2007a] denota que sin importar la postura ante la PI, la
fetiche en torno a la creación intelectual. @textcite[shiffrin2007a] denota que sin importar la postura ante la PI, la
mayoría acepta que el creador ha de recibir una justa compensación; el detalle
estriba en cuál es la forma más adecuada. @textcite[epstein2009a] es de los más
enfáticos en ver a la teoría de la PI como un sistema sujeto a los derechos
@ -749,8 +751,8 @@ la teoría aunque más bien se trata de inconsistencias entre las antiguas
formas de gestión de la PI y las recientes maneras en como esta puede gestarse
y administrarse gracias a las nuevas tecnologías de la información y la
comunicación. Se acusa de «incompletud» cuando por lo general ninguno de estos
teóricos ven la relevancia que tiene el familiar incómodo de la PI para su
fundamentación.
teóricos ven la relevancia fundamental del familiar incómodo de la PI: los
bienes comunes.
# 7. El familiar incómodo: los bienes comunes
@ -828,7 +830,7 @@ Existe una última clase en la que se conglomeran varias vertientes pero con
un mismo sentido. Se trata de la «PI renegada», esa clase de creaciones
intelectuales que, aunque en un ámbito legislativo son consideradas PI, sus
creadores o contexto impiden el funcionamiento de los mecanismos
tradicionales de la PI. Existen tres grandes grupos. Por un lado está la
tradicionales de la PI. Existen tres grandes grupos. Por un lado, está la
«PI huérfana», aquella que se conoce su fecha de creación pero se desconoce
su creador. Luego se encuentra la «PI descatalogada», la cual tiene
identificados su fecha de concepción y su creador, pero —a diferencia de la