Adiciones de correcciones después de la lectura de avances-1.pdf
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6d8a8817b9
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@ -1074,7 +1074,7 @@
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@inbook{moore2008a,
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author = {Moore, Adam D.},
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author = {Moore, Adam},
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chapter = {Personality-Based, Rule-Utilitarian, and Lockean Justifications of Intellectual Property},
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date = {2008},
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editor = {Himma, Kenneth Einar},
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@ -1087,7 +1087,7 @@
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}
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@article{moore2012a,
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author = {Moore, Adam D.},
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author = {Moore, Adam},
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date = {2012},
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file = {:recursos/moore2012a.pdf:PDF},
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journaltitle = {San Diego Law Review},
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@ -1352,7 +1352,7 @@
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}
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@book{schroeder1998a,
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author = {Schroeder, Jeanne L.},
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author = {Schroeder, Jeanne},
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date = {1998},
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file = {:recursos/schroeder1998a.pdf:PDF},
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keywords = {read,prio1},
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@ -1,7 +1,7 @@
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# 1. En la búsqueda de una definición de la propiedad intelectual
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La propiedad intelectual (PI) se entiende de muchas maneras.
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@textcite[hettinger1989a], @textcite[hughes1988a] y @textcite[stengel2004a]
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@textcite[hughes1988a], @textcite[hettinger1989a] y @textcite[stengel2004a]
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dicen que la PI es uno de los pilares para el progreso de las ciencias y las artes.
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Para @textcite[hughes1988a], la PI puede entenderse como propiedad intangible cuyo
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valor se basa en ideas con cierto grado de novedad. O bien, la PI hace referencia
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@ -64,7 +64,7 @@ comprensión contemporánea que tenemos acerca del mundo. @textcite[schroeder199
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ve en la PI un «montón de palos» —un conjunto de derechos— cuyo símbolo fálico
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son los fasces; es decir, son derechos no siempre asimilables pero concebidos
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para realizar una misma función de ocupación de los objetos: el principal modo
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de apropiación en las sociedades capitalistas @textcite[schroeder2004a]. A
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de apropiación en las sociedades capitalistas @parencite[schroeder2004a]. A
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@textcite[palmer1990a] le parece un concepto vasto donde uno de los problemas es
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que la mayoría supone que a mayor cantidad de definiciones, una mejor
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justificación. @textcite[shiffrin2007a] es escéptica y declara que la PI es un
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@ -84,7 +84,7 @@ material jurídico disponible @parencite[hughes1988a]. Entre juicios, veredictos
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y deliniamientos constitucionales se han tomado rastros para definir a la PI.
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Sin embargo, los resultados alcanzados han sido teóricamente insuficientes sino
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que insostenibles. Ante este problema, varias personas han aceptado el desafío
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de elaborar una teoría de la PI @parencite[barron2012a,breakey2010a,
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de elaborar una teoría de la PI @parencite[breakey2010a,
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epstein2009a,hettinger1989a,hughes1988a,moore2008a,palmer1990a,schroeder2004a,
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shiffrin2007a,stengel2004a]. Semejante teoría tiene por objeto una
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definición de la PI que trascienda la falta de claridad presente en la
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@ -104,7 +104,7 @@ o comerciantes, sino como medios para controlar las nuevas industrias, como
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la imprenta @parencite[stengel2004a]. @textcite[moore2014a] indica que la mención
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más temprana de protección a creadores se encuentra en un documento emitido en
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1421 en la República de Florencia a favor del arquitecto Filippo Brunelleschi.
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Incluso puede decirse que ya hay antecedentes en la Antigua Grecia o Roma
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Incluso puede decirse que ya hay antecedentes en la Antigua Grecia o la Antigua Roma
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@parencite[moore2014a]. Sin embargo, en general existe un consenso que estos
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primeros casos fueron atípicos debido a la carencia de instituciones que
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velaran sobre estos derechos de manera exclusiva @parencite[moore2014a].
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@ -123,7 +123,7 @@ legislaciones nacionales o internacionales —la Ley Federal del Derecho de Auto
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señala un plazo de cien años a partir de la muerte del autor para que su obra
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esté disponible públicamente; para el caso de Ramos será hasta el año 2159—.
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Semejante uso englobante de la PI no ha pasado desapercibido. Por un lado este
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Semejante uso englobante de la PI no ha pasado desapercibido. Por un lado, este
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trato de la PI podría ser un atropello al tratar de aglutinar una diversidad de
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objetos bajo un mismo concepto. Por el otro, esta sistematización genera
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la pregunta sobre el lugar de la PI dentro de la propiedad en general. En
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@ -256,10 +256,10 @@ efectos progresistas que pretende. Autoras como @textcite[barron2012a] hacen not
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que esta teoría supone que el progreso las ciencias y las artes es más eficiente
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si la actividad creativa se privatiza. Además, por su énfasis en lo económico
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se hace explícito un desconocimiento profundo de lo que es la cultura, su
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dinámica social y cómo el «expansionismo» de la PI afecta este ecosistema
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dinámica social y cómo el «expansionismo» de la PI afecta a este ecosistema
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@parencite[barron2012a].
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Sin importar sus efectos, la teoría progresista está en el fondo en la
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Sin importar sus consecuencias, la teoría progresista está en el fondo de la
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jurisdicción estadunidense. @textcite[stengel2004a] indica que para este tema se
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tiene que ir más allá de las palabras y concentrarse en los efectos de los
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monopolios en nuestra cultura. Desde Hollywood o Silicon Valley, pasando por las
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@ -267,11 +267,11 @@ industrias petrolera o agrícola, hasta los tratados y guerras comerciales,
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EE. UU. es el país con mayor influencia en materia de PI. A través de derechos
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de autor, patentes, marcas, diseños industriales o secretos comerciales las
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industrias estadunidenses regulan las distintas «manifestaciones» no solo de PI,
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sino del quehacer cultural.
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sino del quehacer cultural en general.
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Al parecer no es fortuito este extenso lazo que controla a los mercados.
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La teoría progresista presenta dos particularidades que permiten la
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prolongación de la hegemonía de la PI estadunidense. Por un lado ofrece un
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prolongación de la hegemonía de la PI estadunidense. Por un lado, ofrece un
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discurso que a la par de dar certidumbre a creadores y emprendedores, les
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fomenta la idea que el acto creativo es una cuestión privada: el autor y su
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obra, el inventor y su invención, etcétera. Por otro, ofrece un mecanismo para
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@ -366,8 +366,8 @@ reconocimiento: es un principio abstracto de individuación
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@parencite[schroeder2004a]. ¿Por qué la propiedad es abstracta y no un objeto
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concreto como una cosa, un derecho o un sistema? @textcite[schroeder2004a] es muy
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enfática en señalar que un error común entre sus compañeros es pensar que Hegel
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concibe a la propiedad como ellos —y la tradición liberal anglosajona de la que
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forman parte— la perciben. Acorde a esta autora, Hegel ve a la propiedad como un
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concibe a la propiedad como ellos la perciben —y la tradición liberal anglosajona de la que
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forman parte—. Acorde a esta autora, Hegel ve a la propiedad como un
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momento inicial entre lo que ella denomina «sujeto legal» y la ciuidadanía
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@parencite[schroeder2004a]. De ahí a la constitución de la personalidad existen
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otros mecanismos que absorben a la propiedad privada, como son la familia, la
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@ -455,7 +455,7 @@ como propiedad. @textcite[barron2012a] identifica las fuentes kantianas en un
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ensayo titulado «On the Wrongfulness of Unauthorized Publication of Books» y en
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la sección «¿Qué es un libro?» de _La metafísica de las costumbres_
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@parencite[kant2005a]. Ahí Kant expone los motivos para proteger los derechos de
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los autores por tratarse de un discurso @parencite[barron2012a].
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autor por tratarse de un discurso @parencite[barron2012a].
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Según @textcite[barron2012a] este filósofo entiende al libro en dos dimensiones. La
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primera sería como un objeto material alienable @parencite[barron2012a]. La
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@ -479,7 +479,7 @@ consecusión de una cultura ilustrada y cosmopolita @parencite[barron2012a].
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Tal cual, Kant en poco o nada sirve para apoyar una teoría personalista que
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justifique un sistema de PI. Sin embargo, su énfasis en el peligro del uso
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no autorizado de un discurso no pasó desapercibido. Josef Kohler, jurista
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no autorizado del discurso no pasó desapercibido. Josef Kohler, jurista
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alemán, vio un nexo entre los derechos de autor kantianos y la teoría de la
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propiedad hegeliana @parencite[cotter1997a]. Como Hegel, para Kohler el autor
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posee el derecho de alienar su obra @parencite[cotter1997a]. Sin embargo, como
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@ -541,10 +541,10 @@ torna problemática @parencite[hughes1988a].
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@textcite[hughes1988a] además manifiesta que los derechos morales también generan
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problemas en la alienación de la PI. Al mantener un lazo inalienable, la
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alienación nunca es completa, por lo que el sujeto que la adquiere no es del
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todo libre de hacer valer su voluntad. En respuesta, para muchos teóricos —como
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@textcite[palmer1990a] o @textcite[schroeder2004a]— los derechos morales son una
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deformación que falsamente cumple con los objetivos sistemáticos de la teoría de
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la PI que se pretende fundar.
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todo libre de hacer valer su voluntad. En respuesta, para @textcite[palmer1990a]
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o @textcite[schroeder2004a] los derechos morales son una deformación que
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falsamente cumple con los objetivos sistemáticos de la teoría de la PI que se
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pretende fundar.
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# 5. La teoría laborista: la defensa de la propiedad de Locke
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@ -554,7 +554,7 @@ filósofo soluciona el problema de derivar el derecho positivo a partir del
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derecho natural al combinar la creatividad divina con la humana
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@parencite[stengel2004a]. Dios dio la tierra a los hombres para su comodidad y
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existencia @parencite[locke2006a]. Aunque esta pertenece a todos, existe una
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propiedad que solo le pertenece a cada uno: su cuerpo @parencite[moore2012a].
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propiedad que solo le pertenece a cada uno: su cuerpo @parencite[locke2006a].
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Mediante este y sus manos el hombre produce los frutos que «podemos decir que
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son suyos» @parencite[locke2006a]. Con su labor es como el hombre saca elementos
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de su estado de naturaleza y le agrega algo distinto que, por consiguiente,
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@ -580,7 +580,7 @@ a la sociedad, el progreso social o a cualquier otra propuesta basada en el
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fomento para la generación de PI @parencite[moore2012a]. Con Locke está patente
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el supuesto liberal anglosajón donde el individuo precede a la sociedad
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@parencite[schroeder2004a] o al menos no la requiere para el surgimiento del
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derecho positivo.
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derecho positivo sobre la propiedad.
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Como este constante aumento de la esfera «privada» puede ser conflictivo en
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un contexto comunitario, Locke arroja dos condiciones para legitimar estas
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@ -622,15 +622,15 @@ agota ni pueden ser propiedad exclusiva de una persona. La primera ocupación
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siempre sería posible porque no hay nadie que agote el campo infinito de ideas.
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Además esto haría que la condición (1) sea relevante en cuanto a la distribución
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de la PI, mas no en su creación. La producción de PI no tiene límite en
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cuanto creación de ideas, pero sí sobre la distribución de las expresiones
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concretas de esas ideas. Sin embargo, en el empleo de la definición estándar
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cuanto creación de ideas, pero sí sobre la distribución de las «expresiones
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concretas» de esas ideas. Sin embargo, en el empleo de la definición estándar
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de la PI se olvida que la entrada al «mundo de las ideas» por lo general se da
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a través de expresiones concretas; rara vez son fruto exclusivo del
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productor, su cuerpo o su talento. Para tener conocimiento de la idea de
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_cogito ergo sum_ de Descartes es necesario tener disponible alguna edición del
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_Discurso del método_ o alguna otra fuente que hable al respecto. Sin este
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acceso, un sujeto _a_ nunca se le vendrá a la cabeza que, para la filosofía
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occidental, el «pienso y luego existo» sería un punto sin retorno para la
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occidental, el «pienso y luego existo» fue un punto sin retorno para la
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filosofía moderna; tal como sucedió con aquellos pensadores fuera de la
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esfera de influencia europea. Lo que se quiere decir es que las ideas requieren
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contexto y un soporte físico para su acceso. Son raros los casos como el de
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@ -639,12 +639,13 @@ conocería como cálculo —nótese que a pesar de no saber que ambos trabajaban
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lo mismo, compartían un mismo contexto histórico del desarrollo de las
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matemáticas—. Para la condición (2) existe casi un consenso en que no afecta a
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la PI debido a que las ideas nunca se desperdician @parencite[hughes1988a,
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moore2012a]. No obstante, si la «vida» de una idea depende tanto de su contexto
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como de su soporte, se vuelve relevante el desperdicio de una idea en un
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contexto de derechos de PI. Estos limitan de manera artificial las posibilidades
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de «vida» de una idea y, por ende, del beneficio que puede obtenerse para otros
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o en sociedad. Es decir, para varias ideas sería un desperdicio dejarlas
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resguardadas dentro del «castillo» de la PI.
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moore2012a]. No obstante, si el acceso de una idea depende tanto de su contexto
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como de su soporte tangible, se vuelve relevante su desperdicio en los casos
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donde los derechos de PI controlan sus «expresiones concretas». Estos limitan de
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manera artificial las posibilidades de acceso de las ideas y, por ende, de los
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beneficios que pueden obtenerse para otros o para la sociedad. Es decir, para
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varias ideas sería un desperdicio dejarlas resguardadas dentro del «castillo» de
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la PI.
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Otra dificultad es el condicionamiento de la propiedad a la labor desagradable.
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Locke supone que no hay labor placentera y por ello su ejecución ha de
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@ -656,7 +657,7 @@ sería relativo al desagrado que implica su creación. Si bien es posible dar co
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mecanismos para evitar que esto suceda @parencite[moore2012a], estos suponen
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un valor intrínseco a la labor realizada por un sujeto
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@parencite[hettinger1989a]. Esta manera de valorar a la propiedad pierde de
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vista que existen muchos factores externos que afectan a el valor de los frutos
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vista que existen muchos factores externos que afectan al valor de los frutos
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@parencite[hettinger1989a], empezando por las diposiciones circuntanciales del
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mercado.
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@ -677,8 +678,8 @@ permite no solo fundamentar a la propiedad o a la PI, sino también ir en contra
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de ella. @textcite[moore2008a] menciona que desde Pierre-Joseph Proudhon se ha
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criticado a la teoría lockeana por suponer una expansión de derechos de
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propiedad a partir del cuerpo. Si bien @textcite[proudhon2010a] en _¿Qué es la
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||||
propiedad?_ no hace referencia a Locke, sí dedica cuantiosas páginas para
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criticar el fundamento de la propiedad a partir del «trabajo». Su crítica va
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||||
propiedad?_ no hace referencia a Locke, sí dedica cuantiosas páginas a la
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||||
crítica del fundamento de la propiedad a partir del «trabajo». Su crítica va
|
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dirigida a cómo esta concepción atenta a la libertad de otros o de la sociedad,
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aunque también puede funcionar para establecer la abolición de la propiedad —el
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objetivo que Proudhon persigue a lo largo de su obra—.
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@ -699,8 +700,9 @@ sus frutos, sino de todo lo necesario para su producción. Al menos sería así
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durante el tiempo que se lleva a cabo la actividad productiva. El peón sería
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dueño de la milpa, pero también del tractor y de la tierra que trabaja. Como
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consecuencia se tiene una teoría laborista que volatiza, absorbe o vuelve
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irrelevante a la propiedad privada. O por lo menos le da mucho mayor peso a la
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propiedad pública o a los bienes comunes.
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irrelevante a la propiedad privada: solo es menester reelaborar los derechos
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laborales. O por lo menos le da mucho mayor peso a la propiedad pública o a los
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||||
bienes comunes porque la propiedad privada sería efímera.
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Por su simplicidad y potencia, esta teoría es la que ofrece mayor flexibilidad.
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||||
Esto provoca las pasadas y demás dificultades. En cuanto su nomenclatura, esta
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@ -726,7 +728,7 @@ entre las teorías, lo que refleja la necesidad de poner parches.
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@textcite[schroeder2004a] hace énfasis en que, con tal de defender la PI mediante
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||||
Hegel, se termina por citarlo de manera incorrecta, hasta el punto de generar
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||||
una visión romántica que no le corresponde y que en su lugar crea un
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fetiche. @textcite[shiffrin2007a] denota que sin importar la postura ante la PI, la
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||||
fetiche en torno a la creación intelectual. @textcite[shiffrin2007a] denota que sin importar la postura ante la PI, la
|
||||
mayoría acepta que el creador ha de recibir una justa compensación; el detalle
|
||||
estriba en cuál es la forma más adecuada. @textcite[epstein2009a] es de los más
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enfáticos en ver a la teoría de la PI como un sistema sujeto a los derechos
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@ -749,8 +751,8 @@ la teoría aunque más bien se trata de inconsistencias entre las antiguas
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formas de gestión de la PI y las recientes maneras en como esta puede gestarse
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y administrarse gracias a las nuevas tecnologías de la información y la
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comunicación. Se acusa de «incompletud» cuando por lo general ninguno de estos
|
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teóricos ven la relevancia que tiene el familiar incómodo de la PI para su
|
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fundamentación.
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teóricos ven la relevancia fundamental del familiar incómodo de la PI: los
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bienes comunes.
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# 7. El familiar incómodo: los bienes comunes
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@ -828,7 +830,7 @@ Existe una última clase en la que se conglomeran varias vertientes pero con
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un mismo sentido. Se trata de la «PI renegada», esa clase de creaciones
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intelectuales que, aunque en un ámbito legislativo son consideradas PI, sus
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creadores o contexto impiden el funcionamiento de los mecanismos
|
||||
tradicionales de la PI. Existen tres grandes grupos. Por un lado está la
|
||||
tradicionales de la PI. Existen tres grandes grupos. Por un lado, está la
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||||
«PI huérfana», aquella que se conoce su fecha de creación pero se desconoce
|
||||
su creador. Luego se encuentra la «PI descatalogada», la cual tiene
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||||
identificados su fecha de concepción y su creador, pero —a diferencia de la
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||||
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