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TeX
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TeX
% universal settings
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\documentclass[smalldemyvopaper,11pt,oneside,onecolumn,openright,extrafontsizes]{memoir}
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\usepackage[utf8x]{inputenc}
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% PACKAGE DEFINITION
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\usepackage{microtype} % for micro-typographical adjustments
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\usepackage{lettrine} % for drop caps and awesome chapter beginnings
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\usepackage{titlesec} % for manipulation of chapter titles
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% for placeholder text
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\usepackage{lipsum} % to generate Lorem Ipsum
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% other
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% Bibliography
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\usepackage[style=apa,backend=biber]{biblatex} % for bibliography
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\bibliography{../../bibliografia/bibliografia.bib}
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% defining the title and the author
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%\title{\LaTeX{} ePub Template}
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%\title{\textsc{how i started to love {\fontfamily{cmr}\selectfont\LaTeX{}}}}
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\title{El creador y \\ lo creado}
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\author{Ramiro Santa Ana Anguiano}
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\newcommand{\ISBN}{0-000-00000-2}
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\newcommand{\press}{\textsc{unam-ff}y\textsc{l}}
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\makeatletter
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\newcommand*\halftitlepage{\begingroup % Misericords, T&H p 153
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\begin{center}
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\vfill
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\end{center}
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\newcommand*\titleM{\begingroup % Misericords, T&H p 153
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\begin{center}
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\vspace*{\drop}
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{\HUGE\textsc\thetitle \\\Large \vskip 1em (avances)\par}
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\vfill
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{\Large\press}
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\end{center}
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\endgroup}
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% chapter title display
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\titleformat
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[display]
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\createmark{chapter}{left}{nonumber}{\@chapapp\ }{.\ }}
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|
% for pages where chapters begin
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% BEGIN THE DOCUMENT
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\begin{document}
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\pagestyle{empty}
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% the title page
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\titleM
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|
\chapter*{Advertencia}
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|
\noindent Todas las secciones ya fueron revisadas de manera general por Priani.
|
|
Sin embargo, Priani está revisando de nuevo las secciones 1--6
|
|
para pequeñas correcciones y ajustes. Las secciones 7 y 8 se
|
|
acordó con Priani que tienen que volverse a redactar, por lo cual
|
|
solo están en el documento para evidencia de que se sigue trabajado.
|
|
Por último, ignórense los errores tipográficos o de formación,
|
|
esto es solo una muestra.
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|
\begin{center}
|
|
La investigación se encuentra en un repositorio público, por lo que
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|
es posible consultar el archivo histórico de cambios en:
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\url{http://alturl.com/nqyjz}.
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\end{center}
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\pagestyle{mystyle}
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\chapter{En la búsqueda de una definición de la propiedad intelectual}
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|
\noindent La propiedad intelectual (\textsc{pi}) se entiende de muchas maneras.
|
|
\textcite{hettinger1989a}, \textcite{hughes1988a} y \textcite{stengel2004a} dicen que la \textsc{pi} es uno
|
|
de los pilares para el progreso de las ciencias y las artes. Para
|
|
\textcite{hughes1988a}, la \textsc{pi} puede entenderse como propiedad intangible
|
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cuyo valor se basa en ideas con cierto grado de novedad. O bien, la \textsc{pi}
|
|
hace referencia a un modo popular de apropiación en las sociedades
|
|
posindustriales donde la manufactura y manipulación de bienes físicos
|
|
abrió el camino para la producción y uso de la información
|
|
\parencite{hettinger1989a}. La \textsc{pi} también se define como escasez
|
|
artificial cuya expectativa es la generación de ingresos para sus
|
|
creadores \parencite{palmer1990a}. De esta manera, la \textsc{pi} sería una
|
|
simulación de los procesos que gobiernan el libre mercado de los bienes
|
|
tangibles \parencite{palmer1990a}. Por otro lado, la \textsc{pi} se delimita como
|
|
un objeto abstracto que no tiene límites claros pero que sirve para el
|
|
control de los bienes por un tiempo definido \parencite{stengel2004a}. O
|
|
como toda propiedad, la \textsc{pi} es un principio abstracto de individuación
|
|
que permite establecer relaciones intersubjetivas mediadas por objetos
|
|
\parencite{schroeder2004a}. Con esto se evita usar a otros sujetos como
|
|
medios al mismo tiempo que posibilita una constitución recíproca de la
|
|
subjetividad mediante el reconocimiento: el primer paso para la
|
|
actualización de la libertad \parencite{schroeder2004a}. Asimismo, la \textsc{pi}
|
|
se comprende como un «tipo» con muchos «\emph{tokens}» en los cuales hay
|
|
alguna clase de trabajo involucrado durante su producción
|
|
\parencite{shiffrin2007a}. Para \textcite{moore2008a}, la \textsc{pi} es desde
|
|
propiedad no física producto de un proceso cognitivo cuyo valor reside
|
|
en ideas, pasando por un derecho para controlar su expresión, hasta el
|
|
surgimiento de un sistema que protege sus medios de producción.
|
|
|
|
Las definiciones son diversas y en ocasiones incompatibles. Sin embargo,
|
|
pueden organizarse en tres dimensiones. La \textsc{pi} puede ser \emph{una cosa},
|
|
sea una obra como \emph{Cien años de soledad}, un invento como los
|
|
iPhone, un logotipo como el de Nike, un dibujo técnico como un patrón
|
|
textil de Louis Vuitton, un ingrediente secreto como el de Coca-Cola, o
|
|
una bebida producida con ingredientes, procesos y en lugares específicos
|
|
como el tequila José Cuervo. La \textsc{pi} puede referirse a \emph{los derechos
|
|
entorno a esas cosas} como los derechos de autor, las patentes, las
|
|
marcas, los diseños industriales, los secretos comerciales o las
|
|
denominaciones de origen, respectivamente. La \textsc{pi} también puede
|
|
entenderse como \emph{un sistema que aglomera estos derechos}.
|
|
|
|
Debido a los distintos grados de abstracción la \textsc{pi} significa ya una
|
|
cosa, ya un derecho, ya un sistema. Pero entre estas numerosas
|
|
acepciones de la \textsc{pi}, hay una acepción primera: la \textsc{pi} es \emph{un
|
|
objeto}. No existe consenso en cuanto a su delimitación. A pesar de
|
|
ello, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (\textsc{ompi}) ha
|
|
optado por definir la \textsc{pi} como «creaciones de la mente» sujetos a
|
|
derechos embebidos dentro de un sistema \parencite{ompi2019a} y, de
|
|
manera específica, a los derechos de autor como «expresión concreta de
|
|
ideas» \parencite{ompi2016a}. \textcite{moore2012a} se vale de la dicotomía
|
|
entre ideas y sus expresiones para sustentar esta última acepción para
|
|
cualquier tipo de \textsc{pi}.
|
|
|
|
A la definición dada por la \textsc{ompi} le llamaremos «definición estándar». La
|
|
\textsc{ompi} es un organismo especializado de la \textsc{onu} que vela por la
|
|
estandarización de la \textsc{pi} entre los países miembro. Esta pretensión
|
|
abarca desde legislaciones nacionales hasta acuerdos o tratados
|
|
internacionales. Sin excepción, al ser miembro de la \textsc{onu} en materia de
|
|
\textsc{pi} se han de seguir las directrices delineadas por la \textsc{ompi}.
|
|
|
|
La definición estándar ha causado más de una objeción. Pero no es la
|
|
única definición que ha sido sometida a crítica. Prácticamente todos los
|
|
intentos por definir la \textsc{pi} ---incluyendo los mencionados al principio---
|
|
han fracasado. Varias razones existen para explicarlo. Sin un dejo de
|
|
pesimismo, \textcite{hettinger1989a} concluye que no es fácil de
|
|
justificar. \textcite{stengel2004a} señala que se trata de un concepto
|
|
enraizado en la comprensión contemporánea que tenemos acerca del mundo.
|
|
\textcite{schroeder1998a} ve en la \textsc{pi} un «montón de palos» ---un conjunto
|
|
de derechos--- cuyo símbolo fálico son los fasces; es decir, son
|
|
derechos no siempre asimilables pero concebidos para realizar una misma
|
|
función de ocupación de los objetos: el principal modo de apropiación en
|
|
las sociedades capitalistas \textcite{schroeder2004a}. A
|
|
\textcite{palmer1990a} le parece un concepto vasto donde uno de los
|
|
problemas es que la mayoría supone que a mayor cantidad de definiciones,
|
|
una mejor justificación. \textcite{shiffrin2007a} es escéptica y declara
|
|
que la \textsc{pi} es un concepto ambiguo. \textcite{barron2012a} meciona que da
|
|
énfasis a lo económico al mismo tiempo que privilegia posturas liberales
|
|
o utilitaristas. La crítica se intensifica al señalar cómo la \textsc{pi} supone
|
|
que la privatización del conocimiento es el mejor modelo para su
|
|
producción, como si el trato más óptimo para las creaciones
|
|
intelectuales fuera a modo de propiedades \parencite{barron2012a}.
|
|
\textcite{epstein2009a} indica que Grey y Radin se inclinan a desintegrar a
|
|
la \textsc{pi} ---sino es que a todo tipo de propiedad--- por incoherente o por
|
|
ya no ser guía fiable para el capitalismo contemporáneo.
|
|
|
|
A pesar de la falta de consenso hay una opinión compartida. Al parecer
|
|
estas disparidades y ambigüedades tienen un mismo origen. \emph{Durante
|
|
décadas}, legisladores, jueces y empresarios han pretendido definir la
|
|
\textsc{pi} a partir del material jurídico disponible \parencite{hughes1988a}.
|
|
Entre juicios, veredictos y deliniamientos constitucionales se han
|
|
tomado rastros para definir a la \textsc{pi}. Sin embargo, los resultados
|
|
alcanzados han sido teóricamente insuficientes sino que insostenibles.
|
|
Ante este problema, varias personas han aceptado el desafío de elaborar
|
|
una teoría de la \textsc{pi} \parencite{barron2012a,breakey2010a,
|
|
epstein2009a,hettinger1989a,hughes1988a,moore2008a,palmer1990a,schroeder2004a,
|
|
shiffrin2007a,stengel2004a}. Semejante teoría tiene por objeto una
|
|
definición de la \textsc{pi} que trascienda la falta de claridad presente en la
|
|
pretensión por explicarla desde el ámbito legislativo.
|
|
|
|
\chapter{En la búsqueda de una \\ «teoría de la propiedad intelectual»}
|
|
|
|
\noindent El empleo del término «propiedad intelectual» ha sido rastreado desde el
|
|
siglo \textsc{xviii} \parencite{wikipedia2019a} aunque su uso sistemático actual
|
|
proviene del siglo \textsc{xx} \parencite{stengel2004a}. Antes de ello, rara vez
|
|
se empleaba el vocablo y en su lugar se prefería hacer referencia
|
|
directa a alguna de sus «manifestaciones». No existe consenso sobre las
|
|
primeras menciones a estas manifestaciones. \textcite{stengel2004a} las
|
|
rastrea desde el siglo \textsc{xvi} ---en Inglaterra y en torno al
|
|
\emph{copyright}--- y \textsc{xvii} ---en Venecia y sobre las patentes---. Estos
|
|
primeros usos no fueron para el beneficio de creadores o comerciantes,
|
|
sino como medios para controlar las nuevas industrias, como la imprenta
|
|
\parencite{stengel2004a}. \textcite{moore2014a} indica que la mención más
|
|
temprana de protección a creadores se encuentra en un documento emitido
|
|
en 1421 en la República de Florencia a favor del arquitecto Filippo
|
|
Brunelleschi. Incluso puede decirse que ya hay antecedentes en la
|
|
Antigua Grecia o Roma \parencite{moore2014a}. Sin embargo, en general
|
|
existe un consenso que estos primeros casos fueron atípicos debido a la
|
|
carencia de instituciones que velaran sobre estos derechos de manera
|
|
exclusiva \parencite{moore2014a}.
|
|
|
|
De manera paulatina la discusión teórica pasó en hacer referencia a cada
|
|
derecho en particular a una búsqueda por sintetizarlos bajo un mismo
|
|
concepto. La \textsc{pi} en su sentido actual se trata como \emph{un objeto que
|
|
engloba una cantidad diversa de objetos} ---cosas, derechos y
|
|
sistemas---, los cuales pasarían a ser sus manifestaciones. Estas tres
|
|
dimensiones de la \textsc{pi} no son aisladas, sino elementos en intersección por
|
|
el cual una dimensión no es comprensible sin la otra. Al hablar de una
|
|
cosa ---alguna edición de \emph{El perfil del hombre y la cultura en
|
|
México}, p.~ej.--- \emph{como propiedad}, también implica quién tiene
|
|
sus derechos ---la obra de Samuel Ramos aún no está en dominio
|
|
público--- y cómo todo esto encaja dentro de un sistema cuya concreción
|
|
se encuentra en legislaciones nacionales o internacionales ---la Ley
|
|
Federal del Derecho de Autor señala un plazo de cien años a partir de la
|
|
muerte del autor para que su obra esté disponible públicamente; para el
|
|
caso de Ramos será hasta el año 2159---.
|
|
|
|
Semejante uso englobante de la \textsc{pi} no ha pasado desapercibido. Por un
|
|
lado este trato de la \textsc{pi} podría ser un atropello al tratar de aglutinar
|
|
una diversidad de objetos bajo un mismo concepto. Por el otro, esta
|
|
sistematización genera la pregunta sobre el lugar de la \textsc{pi} dentro de la
|
|
propiedad en general. En esta falta de consenso pueden identificarse al
|
|
menos cuatro posturas. La primera acepta la existencia de la \textsc{pi} como un
|
|
subconjunto dentro de la teoría de la propiedad en general ---la postura
|
|
más común entre los teóricos de la \textsc{pi}---
|
|
\parencite{breakey2010a,epstein2009a,hettinger1989a,hughes1988a,moore2008a,
|
|
palmer1990a,schroeder2004a,shiffrin2007a,stengel2004a,lessig2005a}. La
|
|
segunda también asiente con la \textsc{pi} aunque como un objeto y una teoría
|
|
ajena a lo que se había entendido por propiedad ---antes de la \textsc{pi} las
|
|
teorías de la «propiedad en general» daban por supuesto que la propiedad
|
|
era un objeto tangible--- \parencite{barron2012a}. Una tercera postura
|
|
no acepta la existencia de la \textsc{pi}, aunque sí de la propiedad en general
|
|
---bajo el supuesto que la propiedad es sinónimo de cosa física, la \textsc{pi}
|
|
no tiene ningún sustento; o bien, uno de los fundamentos de la propiedad
|
|
es su regulación bajo el principio de escasez; la \textsc{pi} solo escasea de
|
|
manera artificial por lo que no es moralmente legítima---
|
|
\parencite{stallman2004b}. Por último, entre anarquistas y varios
|
|
espectros políticos de izquierda se niega por completo cualquier tipo de
|
|
propiedad ---en muchos de los casos también reducen el término
|
|
«propiedad» a «propiedad privada», por lo que la «propiedad pública» se
|
|
deja sin cuestión--- \parencite{proudhon2010a}.
|
|
|
|
Sin importar su filiación o qué tan caóticas o diversas puedan tornarse
|
|
las definiciones de la \textsc{pi}, la gran mayoría de los autores recurren a
|
|
tres teorías. Con estas se pretenden reforzar, criticar o negar la
|
|
teoría de la \textsc{pi}, la misma noción de \textsc{pi} e incluso de cualquier tipo de
|
|
propiedad. Las teorías son la progresista ---de raigambre
|
|
utilitarista---, la personalista ---de corte «continental»--- y la
|
|
laborista ---de raíces anglosajonas---.
|
|
|
|
Aunque estas teorías surgen en contextos distintos, comparten ciertas
|
|
particularidades. Muchas de estas son un ejercicio intelectual a partir
|
|
de diversos fragmentos de filósofos modernos. En la mayoría de los casos
|
|
se refieren de manera predominante a dos: Locke y Hegel. Además, por lo
|
|
general estas teorías son una búsqueda para crear nexos entre lo dicho
|
|
por estos filósofos con lo que actualmente se entiende por creación
|
|
intelectual dentro de las sociedades liberales o utilitaristas. En
|
|
muchos casos esto ocasiona más de una accidentada adaptación o un pleno
|
|
desvío en la manera en como estos filósofos concibieron a la propiedad o
|
|
sus «manifestaciones». Estos traslados semánticos, interpolaciones y
|
|
extrapolaciones se han catalogado como «fundamentos filosóficos» de la
|
|
\textsc{pi}.
|
|
|
|
Desde un horizonte plural de posturas, en las que se hace posible
|
|
proponer una gran diversidad de definiciones o teorías sobre la \textsc{pi},
|
|
muchos de sus teóricos de manera deliberada han optado por reducir su
|
|
bagaje cultural a un pastiche del canón filosófico de la modernidad
|
|
occidental. No hay mención expresa que explique este acontecimiento,
|
|
como tampoco hay una que justifique por qué la \emph{creación
|
|
intelectual} a contrapelo se ha tratado como \emph{propiedad}. Sin
|
|
embargo, es a través de estas tres vertientes teóricas por las que se
|
|
pretende fundamentar o destruir a la \textsc{pi}.
|
|
|
|
\chapter{La teoría progresista: \\ el utilitarismo de base en la legislación estadunidense}
|
|
|
|
\noindent Para la teoría progresista ---mejor conocida como teoría utilitarista,
|
|
incentivista o consecuencialista \parencite{hettinger1989a,palmer1990a,
|
|
stengel2004a,shiffrin2007a,moore2008a,barron2012a}--- la \textsc{pi} es sinónimo
|
|
de progreso de las ciencias y las artes
|
|
\parencite{hettinger1989a,stengel2004a}. No es la teoría más elaborada
|
|
pero sí la más popular \parencite{hettinger1989a}. \textcite{stengel2004a}
|
|
traza su origen en Joseph Alois Schumpeter, economista que asoció la
|
|
importancia de la innovación con el progreso social.
|
|
|
|
La idea general de la teoría es que la protección de la \textsc{pi} fomenta la
|
|
creación de más \textsc{pi} \parencite{shiffrin2007a}. El supuesto básico es que
|
|
la generación de \textsc{pi} aumenta la utilidad social \parencite{moore2008a} al
|
|
crear objetos benéficos o valiosos para las comunidades. La \textsc{pi} en este
|
|
caso se constituiría como un compromiso por parte del Estado con la
|
|
actividad innovadora privada \parencite{moore2008a,barron2012a}.
|
|
|
|
Aunque desde un punto de vista empírico esta suposición es difícil de
|
|
determinar \parencite{moore2008a} e incluso conflictiva
|
|
\parencite{hettinger1989a}, al menos sirve para dar mayor incertidumbre
|
|
a la inversión. En varios casos la creación de \textsc{pi} requiere de una fuerte
|
|
financiación; una vez encontrados los medios para su producción, la
|
|
reproducibilidad puede hacerse a muy bajo costo
|
|
\parencite{shiffrin2007a}. El monopolio \emph{artificial} concedido por
|
|
los derechos de \textsc{pi} permiten compensar esta caída en los precios
|
|
\parencite{shiffrin2007a}.
|
|
|
|
El monopolio artificial permite al creador tener derechos exclusivos
|
|
sobre su creación pero por una cantidad limitada de tiempo. Para esta
|
|
teoría este mecanismo funciona como contrapeso entre la monopolización y
|
|
la libre difusión \parencite{shiffrin2007a}. La protección dada por los
|
|
derechos de \textsc{pi} también supone que una difusión sin protección de los
|
|
intereses económicos del creador equivale a un menor fomento para la
|
|
creación de más \textsc{pi} y, en consecuencia, la disminución de la utilidad
|
|
social.
|
|
|
|
El fomento al creador puede darse desde tres vertientes. Antes del acto
|
|
creativo \emph{los incentivos} funcionan para motivar al creador a
|
|
llevar a cabo su trabajo \parencite{stengel2004a}. \emph{Las
|
|
recompenzas} entran en juego una vez que se ha concluido el proceso
|
|
creativo \parencite{stengel2004a}. Posterior a esta acción se da la
|
|
difusión pública de la creación; en este caso \emph{la compensación} es
|
|
el medio con el que públicamente se reconoce el trabajo ejecutado por el
|
|
creador \parencite{stengel2004a}.
|
|
|
|
Un problema recurrente en las teorías de tinte utilitarista es la
|
|
ambigüedad con la que se emplean los términos «utilidad», «progreso» o
|
|
«beneficio» sociales. Esto no es una excepción para esta teoría. Para
|
|
sobrepasar esta dificultad, \textcite{palmer1990a} propone dos tipos de
|
|
argumentos: \emph{justice-as-order} y \emph{X-maximization}.
|
|
|
|
En el \emph{justice-as-order} se pretende crear un ecosistema que
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permite a todos los hombres realizar sus propios fines sin estar a la
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incertidumbre de la escasez de recursos, el conflicto social o lo
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depredación violenta \parencite{palmer1990a}. Para este argumento la
|
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escasez es central, ya que a partir de ahí se fijan políticas para
|
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evitar conflictos \parencite{palmer1990a}. Como en la \textsc{pi} la escasez no
|
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es «estática», esta clase de utilitarismo no procede
|
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\parencite{palmer1990a}.
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Lo que sí aplica en la \textsc{pi} es el argumento de \emph{X-maximization}
|
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\parencite{palmer1990a}. En este solo se pretende maximizar una cierta
|
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cantidad de \emph{x} al menos costo posible \parencite{palmer1990a}. La
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\emph{x} sería igual a la utlidad, la riqueza o cualquier otro elemento
|
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relativo al «progreso» de las ciencias y las artes, así como de la
|
|
sociedad en general \parencite{palmer1990a}. Para esta perspectiva la
|
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escasez adquiere una función estratégica ya que ayuda a decidir el orden
|
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que tomará la \textsc{pi} para obtener un máximo beneficio al menor costo
|
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\parencite{palmer1990a}. Es decir, la \emph{X-maximization} permite la
|
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creación de una escasez artificial que quizá fomente la creación de \textsc{pi}
|
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en donde tanto creadores como usuarios sean igualmente beneficiados.
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Esta teoría no solo ha sido criticada por su imposibilidad de
|
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comprobación empírica \parencite{moore2008a}, sino también por su
|
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carácter paradójico: en muchos casos parece que la \textsc{pi} frena la
|
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generación de \textsc{pi} \parencite{hettinger1989a}. Esta teoría supone que las
|
|
personas producen más si tienen mayores incentivos, recompenzas o
|
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compensaciones \parencite{palmer1990a}. Pero esto implica un
|
|
«fortalecimiento» de los derechos de \textsc{pi} por el cual futuros creadores
|
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podrían verse afectados.
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La teoría progresista se enfoca en las concecuencias a las que puede
|
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inducir la protección de la \textsc{pi}. Sin embargo, no justifica adecuadamente
|
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a la \textsc{pi} ni los efectos progresistas que pretende. Autoras como
|
|
\textcite{barron2012a} hacen notar que esta teoría supone que el progreso
|
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las ciencias y las artes es más eficiente si la actividad creativa se
|
|
privatiza. Además, por su énfasis en lo económico se hace explícito un
|
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desconocimiento profundo de lo que es la cultura, su dinámica social y
|
|
cómo el «expansionismo» de la \textsc{pi} afecta este ecosistema
|
|
\parencite{barron2012a}.
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|
Sin importar sus efectos, la teoría progresista está en el fondo en la
|
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jurisdicción estadunidense. \textcite{stengel2004a} indica que para este
|
|
tema se tiene que ir más allá de las palabras y concentrarse en los
|
|
efectos de los monopolios en nuestra cultura. Desde Hollywood o Silicon
|
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Valley, pasando por las industrias petrolera o agrícola, hasta los
|
|
tratados y guerras comerciales, \textsc{ee}. \textsc{uu}. es el país con mayor influencia
|
|
en materia de \textsc{pi}. A través de derechos de autor, patentes, marcas,
|
|
diseños industriales o secretos comerciales las industrias
|
|
estadunidenses regulan las distintas «manifestaciones» no solo de \textsc{pi},
|
|
sino del quehacer cultural.
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|
Al parecer no es fortuito este extenso lazo que controla a los mercados.
|
|
La teoría progresista presenta dos particularidades que permiten la
|
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prolongación de la hegemonía de la \textsc{pi} estadunidense. Por un lado ofrece
|
|
un discurso que a la par de dar certidumbre a creadores y emprendedores,
|
|
les fomenta la idea que el acto creativo es una cuestión privada: el
|
|
autor y su obra, el inventor y su invención, etcétera. Por otro, ofrece
|
|
un mecanismo para la privatización del quehacer cultural. Si el progreso
|
|
social en parte se realiza a través de la \textsc{pi}; si la \textsc{pi} es una actividad
|
|
realizada en privado; entonces el progreso social se da a través del
|
|
trabajo creativo llevado a cabo en privado.
|
|
|
|
Sin embargo esto implica por lo menos dos problemas. No existe un nexo
|
|
lógico que explique la relación entre una actividad realizada en privado
|
|
por un individuo ---como se supone en la creación de \textsc{pi}--- y el
|
|
beneficio público y social que esta conlleva. ¿Cómo se pasa de un acto
|
|
íntimo de creación a un acontecimiento público que acarrea beneficios
|
|
sociales?
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|
|
Pero acéptese que sí es posible hacer este traslado. Ningún autor ha
|
|
denominado esta teoría con la coletilla de «progresista». Sin embargo,
|
|
se usa aquí para resaltar que la supuesta intencionalidad de esta teoría
|
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es el «progreso» de las ciencias y las artes. Para este fin, la teoría
|
|
argumenta la necesidad de la privatización de la \textsc{pi}, sea de un creador
|
|
independiente o de alguna compañía. Pero no hay datos que comprueben que
|
|
la privatización sea una condición necesaria para el progreso social. En
|
|
este sentido, cabe la posibilidad de que este progreso sea alcanzando
|
|
mediante una teoría que no requiere de la iniciativa privada.
|
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|
|
Si el objetivo es el progreso, puede establecerse un sistema de gestión
|
|
pública de la \textsc{pi}. El fomento se daría a través de recursos públicos; el
|
|
creador mantendría la atribución; los sistemas de \textsc{pi} no serían para
|
|
velar por los derechos privados de explotación de las creaciones sino
|
|
para su adecuada gestión y difusión pública. Por supuesto esto
|
|
implicaría que los Estados absorberían varias de las funciones sobre la
|
|
\textsc{pi} que en la actualidad corren a cargo de diversas empresas. Esto puede
|
|
ser un argumento en contra de una teoría progresista con tinte público.
|
|
En más de una ocasión se ha señalado la deficencia de la administración
|
|
pública. Un par de respuestas serían que no existen datos contundentes
|
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que demuestren una menor eficiencia de la administración pública en todo
|
|
tipo de quehacer cultural. Además, la gestión pública podría llevarse a
|
|
cabo a través de organismos autónomos o descentralizados; la
|
|
intervención directa de los Estados no es necesaria, podría optarse por
|
|
organizaciones no gubernamentales o por sociedades de gestión colectiva.
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\chapter{La teoría personalista: \\ Hegel, un poco de Humbolt y Kant, y ¿más Hegel?}
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\noindent \textcite{hughes1988a}, \textcite{schroeder2004a} y \textcite{stengel2004a}
|
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asienten en que la teoría personalista es la aproximación más completa.
|
|
Esta teoría también se conoce por las coletillas de «hegeliana»
|
|
\parencite{shiffrin2007a,
|
|
schroeder2004a,stengel2004a,palmer1990a,hughes1988a} o «continental»
|
|
\parencite{moore2008a,schroeder2004a}. Esta teoría bebe de los
|
|
\emph{Principios de la filosofía del derecho} de Hegel, con especial
|
|
énfasis en la primera parte ---«El derecho abstracto»---, primera
|
|
sección ---«La propiedad»--- \parencite{hegel2005a}. En esta obra Hegel
|
|
delinea lo que en el campo de la \textsc{pi} se conoce como teoría de la
|
|
propiedad. Aunque la siguiente descripción se basa en Hegel, y como bien
|
|
lo ha notado \textcite{schroeder1998a}, muchos de los teóricos lo han usado
|
|
de manera heterodoxa ---de ahí por qué esta teoría es «hegeliana» y no
|
|
«de Hegel»---.
|
|
|
|
Según \textcite{palmer1990a}, la personalidad de cada individuo tiene que
|
|
pasar de la potencia ---«Concepto» en términos hegelianos--- a la
|
|
actualidad ---«Idea»---. Para ello se requieren de recursos externos: la
|
|
propiedad \parencite{palmer1990a}. Lo que en un primer momento parece
|
|
una teoría de adquisición de objetos pronto se convierte en una teoría
|
|
sobre la externalización de la voluntad a través de la objetificación
|
|
\parencite{palmer1990a}.
|
|
|
|
\textcite{schroeder1998a} es la autora que de la manera más rigurosa ha
|
|
desarrollado esta teoría, por lo que puede ayudarnos a explicarla. Antes
|
|
de comenzar, esta teórica indica un error común al momento de abordar a
|
|
Hegel: varios de sus compañeros le adjudican supuestos liberales que no
|
|
se sustentan en su obra \parencite{schroeder2004a}. Si bien Hegel parte
|
|
y comparte muchos presupuestos liberales, este los lleva a sus últimas
|
|
consecuencias lógicas \parencite{schroeder2004a}. Un punto de partida
|
|
para entender su teoría de la propiedad es considerar que para él no hay
|
|
derechos naturales \parencite{schroeder2004a}. La «naturaleza» no es
|
|
libre y el derecho permite un medio para actualizar la libertad
|
|
\parencite{schroeder2004a}. Es decir, su teoría surgió cuando ya no fue
|
|
satisfactoria la explicación de la propiedad mediante el derecho natural
|
|
\parencite{schroeder2004a}. Esto implica que desde un comienzo para
|
|
Hegel la libertad y la voluntad se dan en un contexto social
|
|
\parencite{schroeder2004a}.
|
|
|
|
En una concepción hegeliana del mundo, el individuo \emph{está obligado}
|
|
a ser libre. Esta libertad se alcanza a partir de su actualización por
|
|
medio de su voluntad \parencite{moore2008a}. La libertad no está dada,
|
|
tiene que hacerse. ¿Cómo, pues, cabe la posibilidad de elaborarla? A
|
|
través de la propiedad \parencite{moore2008a}. La teoría hegeliana no se
|
|
limita a cosas físicas, ya que su concepción de «objeto» implica todo
|
|
aquello que no es sujeto; a saber, lo que no puede tener autoconciencia
|
|
\parencite{schroeder2004a}. Para los teóricos de la \textsc{pi} ahí se encuentra
|
|
un nexo orgánico ---ninguno de ellos ha tenido que desarrollarlo--- para
|
|
hablar de la \textsc{pi} como parte de la propiedad en general.
|
|
|
|
En este sentido la propiedad no antecede a la sociedad
|
|
\parencite{schroeder2004a}. En su lugar, esta es el primer paso para la
|
|
actualización de la libertad a partir de relaciones intersubjetivas
|
|
\parencite{schroeder2004a}. La propiedad requiere de otros,
|
|
principalmente de su reconocimiento: es un principio abstracto de
|
|
individuación \parencite{schroeder2004a}. ¿Por qué la propiedad es
|
|
abstracta y no un objeto concreto como una cosa, un derecho o un
|
|
sistema? \textcite{schroeder2004a} es muy enfática en señalar que un error
|
|
común entre sus compañeros es pensar que Hegel concibe a la propiedad
|
|
como ellos ---y la tradición liberal anglosajona de la que forman
|
|
parte--- la perciben. Acorde a esta autora, Hegel ve a la propiedad como
|
|
un momento inicial entre lo que ella denomina «sujeto legal» y la
|
|
ciuidadanía \parencite{schroeder2004a}. De ahí a la constitución de la
|
|
personalidad existen otros mecanismos que absorben a la propiedad
|
|
privada, como son la familia, la sociedad civil, el Estado o el Espíritu
|
|
\parencite{schroeder2004a}. Con esto \textcite{schroeder2004a} quiere
|
|
puntualizar que para Hegel la adquisición de la propiedad es solo un
|
|
momento dentro de una dialéctica que va más allá del individuo ---un
|
|
elemento que \textcite{hughes1988a} también tiene presente al tratar a la
|
|
\textsc{pi} como mera negatividad---.
|
|
|
|
El sujeto legal es la capacidad del individuo de obedecer las leyes
|
|
\parencite{schroeder2004a}. Su constitución es formal y abstracta: es
|
|
solo la base para la gestación de la personalidad
|
|
\parencite{schroeder2004a}. Su dialéctica y concreción avanzan a través
|
|
de las relaciones de propiedad \parencite{schroeder2004a}. De manera
|
|
general la propiedad ayuda a establecer relaciones intersubjetivas que
|
|
permiten la constitución concreta de los sujetos a partir del
|
|
reconocimiento de otros, así como evita que sean empleados como medios
|
|
\parencite{schroeder2004a}.
|
|
|
|
El asentimiento de que un sujeto \emph{a} es propietario de \emph{x}
|
|
objeto no solo explicita una relación de propiedad, sino que también
|
|
existe un reconocimiento de que \emph{a} es un sujeto. Esta
|
|
identificación no es unilateral, sino llevada a cabo por un sujeto
|
|
\emph{b}. Al establecer relaciones de propiedad, como la venta, el
|
|
regalo o incluso el robo, ambos de manera recíproca se reconocen como
|
|
sujetos. La propiedad sirve de intermediario para esta función de
|
|
constitución de los sujetos ya que es a partir de ella que se hace
|
|
posible su relación y mutuo reconocimiento como un igual
|
|
\parencite{schroeder2004a}. La propiedad en este sentido también sirve
|
|
como un medio para los fines de los sujetos; es decir, impide que el
|
|
sujeto \emph{a} use a sujeto \emph{b} como un medio y visceversa
|
|
\parencite{schroeder2004a}.
|
|
|
|
La propiedad entonces tendría tres elementos funcionales. Como
|
|
\emph{posesión} ayuda a identificar a un objeto con un sujeto
|
|
\parencite{schroeder2004a}. Como \emph{goce} se evita la sinonimia al
|
|
diferenciar al objeto como un medio y al sujeto como un fin dispuestos
|
|
en una relación \parencite{schroeder2004a}. Como \emph{alienación} el
|
|
sujeto evita depender del objeto \parencite{schroeder2004a}. A través de
|
|
esta última función es como otro sujeto tiene contacto con el sujeto a
|
|
partir del objeto que una vez gozó y poseyó. Uno de los aspectos
|
|
interesantes de estas funciones es que solo se constatan una vez que la
|
|
alienación se ha llevado a cabo. Es decir, se trata de una lógica
|
|
retroactiva, no prospectiva \parencite{schroeder2004a}. Una vez
|
|
acontecida la relación de propiedad es como se hace posible evidenciar
|
|
la función que esta tiene para la constitución de la subjetividad; no es
|
|
posible mostrarla \emph{avant la lettre}.
|
|
|
|
Esta característica lógica no es aislada sino que forma parte del
|
|
sistema hegeliano. \textcite{schroeder2004a} es muy enfática en este punto
|
|
ya que tiene unas consecuencias indesadas para sus compañeros. Para
|
|
Hegel cada ciudadano precisa de un mínimo de propiedad para actualizar
|
|
su libertad \parencite{schroeder2004a}. Es decir, el desarrollo de la
|
|
personalidad implica una esfera de propiedad \parencite{schroeder2004a}.
|
|
Por la manera en como Hegel define al «objeto», la propiedad no requiere
|
|
ser una cosa física, por lo que es posible usarla para fundamentar a la
|
|
\textsc{pi} \parencite{schroeder2004a}. Con esta garantía la \textsc{pi} sin dificultades
|
|
puede localizarse dentro de la propiedad en general
|
|
\parencite{schroeder2004a}. Sin embargo, como la dialéctica hegeliana no
|
|
va para adelante, sino para atrás, desde Hegel no existe la posibilidad
|
|
de concluir las subsecuentes pretensiones de varios teóricos de la \textsc{pi}.
|
|
Con Hegel no se sigue la necesidad de un «engrosamiento» de la \textsc{pi}
|
|
\parencite{schroeder2004a}. Incluso cabe la posibilidad de argumentar lo
|
|
contrario. Si la \textsc{pi} es una expresión de la voluntad, a la muerte del
|
|
creador no hay más voluntad por proteger, lo que conlleva a una apertura
|
|
inmediata al dominio público \parencite{stengel2004a}. Por último, desde
|
|
Hegel no es posible extraer la conclusión de que las sociedades
|
|
requieren sistemas de \textsc{pi} \parencite{schroeder2004a}. Este filósofo no
|
|
dio lineamientos porque su interés no era defender a la propiedad, sino
|
|
en justificarla como derecho positivo y acorde a su sistema
|
|
\parencite{schroeder2004a}.
|
|
|
|
Estas características limitan las pretensiones de concebir una teoría de
|
|
la \textsc{pi} \emph{ad hoc} al modo en como se hace cultura en la
|
|
contemporaneidad. Para ajustarla se han recurrido a otros autores
|
|
también interesados en la persona. Para \textcite{palmer1990a} existen
|
|
otros dos. Uno sería Humboldt ya que hace énfasis al desarrollo del
|
|
potencial humano \parencite{palmer1990a}. Pese a ello, entre los
|
|
teóricos de la \textsc{pi} revisados solo Palmer hace mención de este personaje y
|
|
sin elaborar el camino en como este puede asistir a la teoría
|
|
personalista. El otro autor que menciona es Kant
|
|
\parencite{palmer1990a}.
|
|
|
|
Dentro de la teoría de la \textsc{pi} el caso de Kant es muy particular. Por un
|
|
lado, entre los filósofos modernos canónicos ---a los que muchos
|
|
teóricos de la \textsc{pi} reducen su campo de estudio--- es de los únicos que
|
|
explícitamente habló sobre una de las «manifestaciones» de la \textsc{pi}: los
|
|
derechos de autor. Por otro lado, la defensa que realiza de estos
|
|
derechos poco o nada ayuda a las pretensiones de sistematicidad de los
|
|
teóricos de la \textsc{pi}.
|
|
|
|
En términos contemporáneos, el discurso de Kant va en contra de la
|
|
piratería; pero también hace de los derechos de autor un asunto muy
|
|
distante a su trato como propiedad. \textcite{barron2012a} identifica las
|
|
fuentes kantianas en un ensayo titulado «On the Wrongfulness of
|
|
Unauthorized Publication of Books» y en la sección «¿Qué es un libro?»
|
|
de \emph{La metafísica de las costumbres} \parencite{kant2005a}. Ahí
|
|
Kant expone los motivos para proteger los derechos de los autores por
|
|
tratarse de un discurso \parencite{barron2012a}.
|
|
|
|
Según \textcite{barron2012a} este filósofo entiende al libro en dos
|
|
dimensiones. La primera sería como un objeto material alienable
|
|
\parencite{barron2012a}. La segunda ve al libro como un acto del habla
|
|
inalienable \parencite{barron2012a}. Para Kant la discusión pública es
|
|
un elemento necesario para una cultura ilustrada
|
|
\parencite{barron2012a}. Por este motivo la libertad de expresión es muy
|
|
importante, por lo que se vuelve necesario incluirla en su propia teoría
|
|
del derecho \parencite{barron2012a}. Entonces, la manera en como Kant
|
|
incluye a los derechos de autor en su teoría no es como una propiedad,
|
|
sino como parte de la libertad de expresión \parencite{barron2012a}. Sin
|
|
derechos de autor cabe la posibilidad que alguien use el discurso de
|
|
otro y le dé un uso no autorizado o incluso perjudicial para su autor
|
|
\parencite{barron2012a}. La manera en como Kant-Barron entienden estos
|
|
derechos implica una mayor apertura a los actuales derechos de \textsc{pi}. Como
|
|
el discurso público es un elemento primordial para la cultura ilustrada,
|
|
cualquier elemento que lo obstaculice tiene que ser eliminado
|
|
\parencite{barron2012a}. Las actuales formas de derecho de autor se
|
|
comportan más como un impedimento que como un mecanismo para desplegar
|
|
esta clase de cultura \parencite{barron2012a}. Por lo tanto, tienen que
|
|
ser descartados en pos de unos derechos de autor más adecuados a la
|
|
consecusión de una cultura ilustrada y cosmopolita
|
|
\parencite{barron2012a}.
|
|
|
|
Tal cual, Kant en poco o nada sirve para apoyar una teoría personalista
|
|
que justifique un sistema de \textsc{pi}. Sin embargo, su énfasis en el peligro
|
|
del uso no autorizado de un discurso no pasó desapercibido. Josef
|
|
Kohler, jurista alemán, vio un nexo entre los derechos de autor
|
|
kantianos y la teoría de la propiedad hegeliana \parencite{cotter1997a}.
|
|
Como Hegel, para Kohler el autor posee el derecho de alienar su obra
|
|
\parencite{cotter1997a}. Sin embargo, como esta tiene embebida la
|
|
personalidad del autor ---es \emph{su} discurso---, este retiene el
|
|
derecho a evitar que otra persona presente la obra como si fuera suya
|
|
\parencite{cotter1997a}.
|
|
|
|
Esto desemboca en dos clases de derechos para los derechos de autor. Por
|
|
un lado con los derechos patrimoniales es posible explotar las obras por
|
|
el autor o un tercero \parencite{indautor1996a}. Por explotación se
|
|
entienden los derechos de reproducción, adaptación, distribución, así
|
|
como de comunicación, representación o ejecución pública
|
|
\parencite{indautor1996a}. Estos derechos tienen una duración limitada
|
|
que una vez concluida regresan al autor o al dominio público
|
|
\parencite{indautor1996a}. Para una mayor flexibilidad, durante ese
|
|
tiempo es posible el uso justo ---por el cual se puede emplear la obra
|
|
con fines privados o de investigación--- o la regla de la primera venta
|
|
---por el que es posible la reventa sin interferencia del autor o del
|
|
editor--- \parencite{epstein2009a}. Por el otro, con los derechos
|
|
morales se hace patente que de manera inalienable el autor está unido a
|
|
su obra \parencite{cotter1997a}. Con esto se permite que, sin importar
|
|
la expropiación de la obra, el autor siempre puede determinar cómo
|
|
divulgarla, reclamar autoría, prevenir desinformación o mutilación, e
|
|
incluso prohibir la crítica severa o perjudical \parencite{cotter1997a}.
|
|
|
|
Esta doctrina de derechos de autor se considera parte de la tradición
|
|
jurídica «continental» \parencite{cotter1997a}. Se trata de una doctrina
|
|
anclada en Alemania y Francia, pero también en México. Por su parte, la
|
|
doctrina del \emph{copyright} solo contempla lo que en los derechos de
|
|
autor serían los derechos patrimoniales. Esto no la hace incompleta,
|
|
sino distinta, ya que su contexto jurídico es anglosajón
|
|
\parencite{cotter1997a}. Este es el motivo por el que la teoría
|
|
personalista a veces también se le llama «continental». Al mismo tiempo
|
|
explicita que, aunque similares, existe una diferencia entre la doctrina
|
|
del \emph{copyright} y de los derechos de autor que en ciertos casos se
|
|
ha de tener en cuenta.
|
|
|
|
De manera extendida se consideraba que Hegel o al menos desde este se
|
|
encontraban los fundamentos para defender una doctrina de los derechos
|
|
morales. Sin embargo, estos yacen en otros autores, principalmente en
|
|
juristas franceses y alemanes del siglo \textsc{xix}, como Kohler
|
|
\parencite{cotter1997a}.
|
|
|
|
A primera vista podría interpretarse que esta doctrina ayuda a los
|
|
objetivos de una teoría de la \textsc{pi}. Desde los derechos morales se hace
|
|
posible prolongar el control sobre los derechos más allá de la vida del
|
|
autor. Al heredar los derechos, los familiares o amigos podrían
|
|
encargarse de velar por la integridad de su persona. Esto al mismo
|
|
tiempo no solo implicaría una «extensión» de la \textsc{pi}, sino también la
|
|
necesidad de erigir un sistema que lo sustente. Sin embargo, abre más de
|
|
una dificultad.
|
|
|
|
Como \textcite{hughes1988a} ha señalado, esta derivación de la teoría
|
|
personalista hace que el grado de protección de la \textsc{pi} dependa de su
|
|
grado de expresión personal. Existen \textsc{pi} muy personales como una obra en
|
|
los que sin duda se pueden garantizar una serie de derechos. Sin
|
|
embargo, existen otras «manifestaciones» en las que no es sencillo
|
|
---sino que imposible--- determinar un grado de expresibilidad personal;
|
|
por ejemplo, la patente de los envases Tetra Pack o la denominación de
|
|
origen del queso Manchego. Esta característica se amolda muy bien a los
|
|
derechos de autor, pero su generalización a la \textsc{pi} en cuanto tal se torna
|
|
problemática \parencite{hughes1988a}.
|
|
|
|
\textcite{hughes1988a} además manifiesta que los derechos morales también
|
|
generan problemas en la alienación de la \textsc{pi}. Al mantener un lazo
|
|
inalienable, la alienación nunca es completa, por lo que el sujeto que
|
|
la adquiere no es del todo libre de hacer valer su voluntad. En
|
|
respuesta, para muchos teóricos ---como \textcite{palmer1990a} o
|
|
\textcite{schroeder2004a}--- los derechos morales son una deformación que
|
|
falsamente cumple con los objetivos sistemáticos de la teoría de la \textsc{pi}
|
|
que se pretende fundar.
|
|
|
|
\chapter{La teoría laborista: \\ la defensa de la propiedad de Locke}
|
|
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\noindent En el \emph{Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil}, capítulo 5 ---«De
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la propiedad»---, John Locke desarrolla su teoría de la propiedad
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\parencite{locke2006a}. Ahí este filósofo soluciona el problema de
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derivar el derecho positivo a partir del derecho natural al combinar la
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creatividad divina con la humana \parencite{stengel2004a}. Dios dio la
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tierra a los hombres para su comodidad y existencia
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\parencite{locke2006a}. Aunque esta pertenece a todos, existe una
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propiedad que solo le pertenece a cada uno: su cuerpo
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\parencite{moore2012a}. Mediante este y sus manos el hombre produce los
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frutos que «podemos decir que son suyos» \parencite{locke2006a}. Con su
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labor es como el hombre saca elementos de su estado de naturaleza y le
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agrega algo distinto que, por consiguiente, «hace que no tengan ya
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derecho a ella los demás hombres» \parencite{locke2006a}. La propiedad
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queda así justificada mediante la labor \parencite{shiffrin2007a}.
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Aunque Locke habló de propiedad física, principalmente en un contexto
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agrícola, su modo de razonar permite una extrapolación. Así como el
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hombre es dueño de las manzanas que cultiva, también puede ser
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propietario de las ideas que genera. Lo que tenemos en la argumentación
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lockeana es una expansión de los derechos que van de la propiedad del
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cuerpo a los frutos producidos por el cuerpo \parencite{moore2012a}. Su
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medio de enlace entre uno y otro extremo es la actividad física y poco
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placentera que se lleva a cabo en la labor \parencite{hughes1988a}. El
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cuerpo sería el punto de partida mínimo para la esfera que comprende lo
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que es suyo. La propiedad correspondería a esos objetos que expanden
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esta esfera. La labor es la actividad que convierte lo que es bien común
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en un objeto entremezclado con la corporeidad del ahora propietario.
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Se trata, sin dudas, de una visión individualista de la creación de \textsc{pi}
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\parencite{palmer1990a,moore2012a}. En un \emph{micronivel} permite
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identificar una génesis de exigencia moral sobre la creación intelectual
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de manera independiente a la sociedad, el progreso social o a cualquier
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otra propuesta basada en el fomento para la generación de \textsc{pi}
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\parencite{moore2012a}. Con Locke está patente el supuesto liberal
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anglosajón donde el individuo precede a la sociedad
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\parencite{schroeder2004a} o al menos no la requiere para el surgimiento
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del derecho positivo.
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Como este constante aumento de la esfera «privada» puede ser conflictivo
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en un contexto comunitario, Locke arroja dos condiciones para legitimar
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estas apropiaciones \parencite{hettinger1989a,stengel2004a}. Para evitar
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los monopolios, (1) siempre se tiene que dejar lo suficiente para los
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demás \parencite{hettinger1989a,stengel2004a}. Con el fin de que nadie
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produzca más de lo que necesita, (2) el desperdicio queda prohibido
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\parencite{hettinger1989a,stengel2004a}.
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La teoría laborista es fácil de comprender; no obstante, por su simpleza
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existen una serie de dificultades al intentar trazar legislaciones
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pertinentes. En realidad Locke no prentendió establecer una completa
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base jurídica, sino justificar la propiedad y el traslado del derecho
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natural al derecho positivo \parencite{stengel2004a}.
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Una de los problemas proviene en lo que se conoce como «primera
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ocupación» \parencite{schroeder2004a}. En la teoría de la propiedad de
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Locke se supone un punto de partida virgen por el cual siempre es
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posible una primera ocupación unilateral de los bienes comunes. Como en
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principio hay suficientes recursos para todos, no es necesario el
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consentimiento para estas primeras «ocupaciones». En un sentido
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histórico esto crea una oligarquía de los que llegan primero
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\parencite{breakey2010a}. Con el paso de los años poco a poco queda
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menos para todos los demás por lo cual se tienen algunas consecuencias.
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El modo de acceso primigenio deja de ser la «primera ocupación» para
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darle paso a un mercado en donde se vuelve necesario el pago para la
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transferencia de las propiedades. Así se crea una situación de
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desventaja entre los primeros y consecutivos propietarios. Para mantener
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el orden acontece un aumento del aparato burocrático y un
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«robustecimiento» de la legislación hasta llegar a ser ridículos
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\parencite{breakey2010a}. Una respuesta es modificar las condiciones
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dadas por Locke para que tengan un sentido histórico. Otra es el
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establecimiento de la «primera ocupación» siempre y cuando exista un
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«desierto moral». Con este se funda el derecho a poseer sin
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consentimiento siempre y cuando no exista un previo contexto de
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reclamos; una vez que esto no es posible, se modificaría la legislación
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para responder \emph{ad hoc} a su situación \parencite{moore2012a}.
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\textcite{hughes1988a} y \textcite{moore2012a} argumentan que este problema no
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afecta a la \textsc{pi} ya que la base común de la que parten ---a saber, las
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ideas--- nunca se agota ni pueden ser propiedad exclusiva de una
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persona. La primera ocupación siempre sería posible porque no hay nadie
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que agote el campo infinito de ideas. Además esto haría que la condición
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(1) sea relevante en cuanto a la distribución de la \textsc{pi}, mas no en su
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creación. La producción de \textsc{pi} no tiene límite en cuanto creación de
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ideas, pero sí sobre la distribución de las expresiones concretas de
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esas ideas. Sin embargo, en el empleo de la definición estándar de la \textsc{pi}
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se olvida que la entrada al «mundo de las ideas» por lo general se da a
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través de expresiones concretas; rara vez son fruto exclusivo del
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productor, su cuerpo o su talento. Para tener conocimiento de la idea de
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\emph{cogito ergo sum} de Descartes es necesario tener disponible alguna
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edición del \emph{Discurso del método} o alguna otra fuente que hable al
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respecto. Sin este acceso, un sujeto \emph{a} nunca se le vendrá a la
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cabeza que, para la filosofía occidental, el «pienso y luego existo»
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sería un punto sin retorno para la filosofía moderna; tal como sucedió
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con aquellos pensadores fuera de la esfera de influencia europea. Lo que
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se quiere decir es que las ideas requieren contexto y un soporte físico
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para su acceso. Son raros los casos como el de Leibniz y Newton que de
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manera autónoma elaboraron lo que posteriormente se conocería como
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cálculo ---nótese que a pesar de no saber que ambos trabajaban en lo
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mismo, compartían un mismo contexto histórico del desarrollo de las
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matemáticas---. Para la condición (2) existe casi un consenso en que no
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afecta a la \textsc{pi} debido a que las ideas nunca se desperdician
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\parencite{hughes1988a,
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moore2012a}. No obstante, si la «vida» de una idea depende tanto de su
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contexto como de su soporte, se vuelve relevante el desperdicio de una
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idea en un contexto de derechos de \textsc{pi}. Estos limitan de manera
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artificial las posibilidades de «vida» de una idea y, por ende, del
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beneficio que puede obtenerse para otros o en sociedad. Es decir, para
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varias ideas sería un desperdicio dejarlas resguardadas dentro del
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«castillo» de la \textsc{pi}.
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Otra dificultad es el condicionamiento de la propiedad a la labor
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desagradable. Locke supone que no hay labor placentera y por ello su
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ejecución ha de recompensarse a través de los frutos cosechados. No solo
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la propiedad es una fuente de riqueza o un medio necesario para fines
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humanos \parencite{palmer1990a}, sino que tiene como consecuencia que a
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mayor goce, menor custodia \parencite{stengel2004a}. El grado de
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protección de una propiedad sería relativo al desagrado que implica su
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creación. Si bien es posible dar con mecanismos para evitar que esto
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suceda \parencite{moore2012a}, estos suponen un valor intrínseco a la
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labor realizada por un sujeto \parencite{hettinger1989a}. Esta manera de
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valorar a la propiedad pierde de vista que existen muchos factores
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externos que afectan a el valor de los frutos
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\parencite{hettinger1989a}, empezando por las diposiciones
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circuntanciales del mercado.
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Una objeción más puede indicarse en la misma presentación de la teoría.
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El argumento va de manera progresiva de un comienzo mítico, religioso y
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natural a uno real, histórico y positivo. Sin embargo, las condiciones
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lógicas para la satisfacción de este corrido suponen su punto de partida
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desde un inicio. \textcite{schroeder2004a} ha señalado ---aunque no para
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criticar esta teoría--- que el dichoso «estado de naturaleza» es una
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hipótesis lógicamente necesaria que concede explicaciones en
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restrospectiva. Es decir, semejante estado es una creación del hombre
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\parencite{schroeder2004a} para poder dar significado y sentido a su
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situación actual a partir de una génesis que podría remontarse hasta
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Adán y Eva.
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Existen otros problemas con esta teoría pero para terminar me enfocaré a
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una que no se la ha prestado atención suficiente. La teoría laborista de
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Locke permite no solo fundamentar a la propiedad o a la \textsc{pi}, sino también
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ir en contra de ella. \textcite{moore2008a} menciona que desde
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Pierre-Joseph Proudhon se ha criticado a la teoría lockeana por suponer
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una expansión de derechos de propiedad a partir del cuerpo. Si bien
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\textcite{proudhon2010a} en \emph{¿Qué es la propiedad?} no hace referencia
|
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a Locke, sí dedica cuantiosas páginas para criticar el fundamento de la
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propiedad a partir del «trabajo». Su crítica va dirigida a cómo esta
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concepción atenta a la libertad de otros o de la sociedad, aunque
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también puede funcionar para establecer la abolición de la propiedad
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---el objetivo que Proudhon persigue a lo largo de su obra---.
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Supóngase que de manera efectiva el trabajo es el fundamento de la
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propiedad. De ser así, el valor de la propiedad no residiría en esta
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misma, sino en el trabajo empleado para su producción. Es decir, el
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capital yacería en el trabajo del sujeto, no en el objeto producido. Si
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esto es así, una primera consecuencia es que los objetos no le
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pertenecerían a quien es dueño de los medios de producción, sino a quien
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con su trabajo los usa de manera efectiva. El capataz no sería el
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propietario de la milpa, sino el peón, porque con su trabajo la siembra
|
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y la cultiva. Pero ¿para qué detenernos ahí? Si el trabajo es la fuente
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de apropiación de los objetos. Si este se ejerce a través de las
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herramientas que permiten la producción de objetos. Si este al mismo
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tiempo requiere de un espacio definido para su ejecución que para Locke
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también está sujeto a dominio. Entonces, por medio del trabajo se es
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propietario no solo de sus frutos, sino de todo lo necesario para su
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producción. Al menos sería así durante el tiempo que se lleva a cabo la
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actividad productiva. El peón sería dueño de la milpa, pero también del
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tractor y de la tierra que trabaja. Como consecuencia se tiene una
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teoría laborista que volatiza, absorbe o vuelve irrelevante a la
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propiedad privada. O por lo menos le da mucho mayor peso a la propiedad
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pública o a los bienes comunes.
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Por su simplicidad y potencia, esta teoría es la que ofrece mayor
|
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flexibilidad. Esto provoca las pasadas y demás dificultades. En cuanto
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su nomenclatura, esta puede encontrarse con distintos nombres según cuál
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sea el aspecto preferido a resaltar. Aquí se prefiere el uso de «teoría
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laborista» por un doble cometido. En su tratado, Locke habla de
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\emph{labor} y no de \emph{work}. Además, atendiendo a la distinción que
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hace Hannah Arendt entre labor, trabajo y acción, la primera se dedica a
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la satisfacción de las necesidades vitales \parencite{arendt2003a}. Como
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puede interpretarse del texto de Locke, este defiende los derechos de
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propiedad a partir de un principio básico de sustento de la vida humana,
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por lo que la idea de «labor» arendtiana podría ser aplicable.
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\chapter{¿Es posible una teoría de la propiedad intelectual?}
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\noindent Pese al ánimo generalizado de elaborar una teoría de la \textsc{pi}, para sus
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teóricos los resultados aún no son satisfactorios. \textcite{hughes1988a}
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menciona que todas las teorías tienen sus detalles aunque para
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sobrepasarlos bien podrían complementarse. \textcite{hettinger1989a} acepta
|
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que todavía no hay una justificación adecuada a la \textsc{pi}.
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\textcite{palmer1990a} resalta que la mayoría de los argumentos ofrecidos
|
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en estas teorías vienen de defensores de la propiedad privada y del
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libre mercado. Para \textcite{stengel2004a} existen nexos entre las
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teorías, lo que refleja la necesidad de poner parches.
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\textcite{schroeder2004a} hace énfasis en que, con tal de defender la \textsc{pi}
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mediante Hegel, se termina por citarlo de manera incorrecta, hasta el
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punto de generar una visión romántica que no le corresponde y que en su
|
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lugar crea un fetiche. \textcite{shiffrin2007a} denota que sin importar la
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postura ante la \textsc{pi}, la mayoría acepta que el creador ha de recibir una
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justa compensación; el detalle estriba en cuál es la forma más adecuada.
|
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\textcite{epstein2009a} es de los más enfáticos en ver a la teoría de la \textsc{pi}
|
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como un sistema sujeto a los derechos liberales de libre empresa y de
|
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propiedad privada. \textcite{moore2012a} lanza una advertencia: privilegiar
|
|
el aspecto económico de la \textsc{pi} genera el peligro de minar a las
|
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instituciones que la resguardan e incluso a la misma noción de \textsc{pi}. Por
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último, \textcite{barron2012a} propone un giro ---al menos para la doctrina
|
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de los derechos de autor---: que la teoría ya no hable en términos de
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propiedad, sino de libertad de expresión.
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Detrás de esta insatisfacción yace un conflicto de intereses. La teoría
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no se considera apropiada si no sirve al menos de guía para el quehacer
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político, económico y jurídico involucrado en la gestación y gestión de
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la \textsc{pi}. En otros términos, si la teoría no da respuesta a las necesidades
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del quehacer cultural contemporáneo, esta ha de ser puesta entre
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paréntesis o simplemente desechada.
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Se habla de «contemporaneidad» cuando en realidad se alude al quehacer
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cultural que se da en el capitalismo global. Se indica «insatisfacción»
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en la teoría aunque más bien se trata de inconsistencias entre las
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antiguas formas de gestión de la \textsc{pi} y las recientes maneras en como esta
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puede gestarse y administrarse gracias a las nuevas tecnologías de la
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información y la comunicación. Se acusa de «incompletud» cuando por lo
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general ninguno de estos teóricos ven la relevancia que tiene el
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familiar incómodo de la \textsc{pi} para su fundamentación.
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\chapter{El familiar incómodo: \\ los bienes comunes}
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\noindent Los teóricos que buscan constituir una teoría de la \textsc{pi} simpatizan en que
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esta tiene fundamento, solo es de encontrarlo. Los matices van desde la
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conformidad de la \textsc{pi} con la propiedad en general a la divergencia entre
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una y otra. Esta dinámica no es del todo comprensible si se deja de lado
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a aquellos, que como ellos, indagan sobre la pertinencia de la \textsc{pi} para
|
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el quehacer cultural. A diferencia de estos teóricos, esta otra
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vertiente percibe a la \textsc{pi} en un sentido negativo. Aquí el fundamento de
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la \textsc{pi} e incluso de la propiedad en general está en disputa.
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Esta ala apuesta por los «bienes comunes» (\textsc{bc}). Pero ¿qué son? Una
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respuesta tentativa es que se trata de un ecosistema donde las
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creaciones intelectuales están disponibles públicamente @. Este no está
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dado ni es evidente, sino que brota a través del reconocimiento entre
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creadores o a partir de entidades públicas de gestión de derechos. A
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diferencia de la \textsc{pi}, en los \textsc{bc} se supone que existe la libertad de uso,
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modificación, difusión y adaptación de las creaciones culturales sin
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necesidad de solicitar la autorización del autor o de realizar un pago.
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La definición es vaga. Tal como la \textsc{pi}, los \textsc{bc} sirven de término
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aglutinante de diversas clases de creaciones intelectuales a las que
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\emph{no se aplican} los mecanismos tradicionales de la \textsc{pi}. Una primera
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clase es el dominio público. Las creaciones disponibles en este dominio
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son aquellas que, una vez vencido el lapso de apropiación de alguna \textsc{pi},
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pasan a este otro espacio donde «pueden ser libremente utilizadas por
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cualquier persona» @. La gran mayoría de las obras dentro de los \textsc{bc}
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forman parte de esta clase, hasta el punto en el que «dominio público»
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se emplea como sinónimo de «bienes comunes». Los mecanismos de la \textsc{pi} no
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aplican a estas creaciones por el simple motivo de que su periodo de
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monopolio artificial ha caducado. Cabe resaltar que el dominio público
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no es una cuestión «natural» o solo social sino que se constituye a
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partir de los derechos y sistemas de la \textsc{pi}, como diversas leyes,
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tratados o convenios pueden avalarlo @. Por este motivo, el dominio
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público no es solo una cuestión de voluntad personal o colectiva: su
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misma base fundacional y funcional requiere de un estado de derecho. De
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lo contrario, no existe mecanismo jurídico o judicial que vele por su
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conservación y aplicación. El nexo entre el dominio público y la \textsc{pi}
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reside en que, al expirarse los derechos, la \textsc{pi} se traslada al «banco de
|
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ideas» @ que representa el dominio público. Es decir, en este enfoque la
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\textsc{pi} es «bien común potencial» cuya actualidad se realiza cuando el
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monopolio caduca @.
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Otra de las grandes clases dentro de los \textsc{bc} es la propiedad pública. En
|
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este sentido se trata de creaciones transmutadas en propiedad que no le
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pertenecen a ninguna entidad privada. La propiedad pública tiende a
|
|
estar bajo el resguardo gubernamental aunque en varias ocasiones su
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gestión es mantenida por organismos autónomos o comunidades. En otras
|
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ocasiones su divulgación es tan frecuente y de amplio uso que se vuelve
|
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innecesario erigir instituiciones u organizaciones. Este tipo de
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propiedad está a disposición de todo el público. Se puede utilizar
|
|
libremente, como el dominio público. Sin embargo, por su interés
|
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público, tienen un estado de excepción de los mecanismos tradicionales
|
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de la \textsc{pi} @. De manera general hay dos tipos de «ideas» que no pueden ser
|
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\textsc{pi} ---y que por ello no pueden formar parte del dominio público, aunque
|
|
sí de los \textsc{bc}---. Unas son las ideas comunes, tan generales que su
|
|
monopolio es poco útil @. Las ideas de una historia ambientada en el
|
|
medievo, de un vehículo eléctrico, de un logotipo que tenga los colores
|
|
de la bandera, de una botella con terminado mate o de la receta para
|
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hacer tortillas son tan frecuentes que por pragmatismo es menos
|
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problemático que nadie sea su dueño. Esto no impide que puedan ser
|
|
sujetas a \textsc{pi}; no obstante, para ello requieren cierto grado de
|
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innovación @. El otro tipo son las ideas extraordinarias, aquellas tan
|
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relevantes para el funcionamiento del mundo que su monopolio implica una
|
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amenaza directa al ecosistema cultural @. Estas ideas pueden consistir
|
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en descubrimientos acerca del mundo o en mecanismos que permiten su
|
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sustento @. El teorema de Pitágoras o la teoría electromanética son
|
|
ejemplos de creaciones que muestran más sobre el mundo. Las columnas o
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la rueda, por su parte, han sido pilares fundamentales para lo que
|
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conocemos como «civilización» @. Además del estado de excepción de la
|
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propiedad pública hay otras dos maneras de intentar distinguirla del
|
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dominio público. En la primera rara vez se requiere la atribución a un
|
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creador; en el último existe la restricción de rendir cierto respeto a
|
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la autoría ---como el caso de los derechos morales---. O bien, se puede
|
|
decir que en la propiedad pública es de todos, mientras que el dominio
|
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público ya no le pertenece a nadie.
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Existe una última clase en la que se conglomeran varias vertientes pero
|
|
con un mismo sentido. Se trata de la «\textsc{pi} renegada», esa clase de
|
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creaciones intelectuales que, aunque en un ámbito legislativo son
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consideradas \textsc{pi}, sus creadores o contexto impiden el funcionamiento de
|
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los mecanismos tradicionales de la \textsc{pi}. Existen tres grandes grupos. Por
|
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un lado está la «\textsc{pi} huérfana», aquella que se conoce su fecha de
|
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creación pero se desconoce su creador. Luego se encuentra la «\textsc{pi}
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|
descatalogada», la cual tiene identificados su fecha de concepción y su
|
|
creador, pero ---a diferencia de la primera--- no se encuentra
|
|
disponible. El último grupo comprende la «\textsc{pi} abandonada» mediante la
|
|
cual su creador de manera voluntaria permite su libre uso, por lo
|
|
general para hacer explícita su postura política ante la concepción
|
|
estándar de la \textsc{pi}. Estos grupos pueden relacionarse; por ejemplo, es
|
|
posible una \textsc{pi} que sea huérfana al mismo tiempo que descatalogada; o
|
|
bien, otra que esté descatalogada y abandonada. Cabe resaltar que esta
|
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clase es de creación reciente, inducida principalmente por el
|
|
«robustecimiento» de las actuales leyes de \textsc{pi}. El incremento en los
|
|
periodos de monopolio artificial ha provocado que cada vez sea más
|
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difícil localizar creaciones o creadores @. Además, para frenar el
|
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«expansionismo» de la \textsc{pi} varias personas han lanzado iniciativas en pos
|
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de una producción comunal cuya gestación y gestión se vuelve una
|
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cuestión de política comunitaria en lugar del individualismo legalista
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que supone la realidad actual de la \textsc{pi}.
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Los referentes más recientes de esta ola de defensores de los bienes
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comunes son Richard Stallman y Lawrence Lessig. A mediados de los
|
|
ochenta, un joven programador llamado Stallman observó junto con otros
|
|
compañeros cómo las empresas tecnológicas estaban acaparando el código
|
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que escribían @. Esto suponía un peligro al ambiente «libre» en el que
|
|
llevaban a cabo su trabajo @. Por este motivo, a mediados de esa década
|
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publicó \emph{El manifiesto \textsc{gnu}} con lo cual se fundaba el movimiento
|
|
del \emph{software} libre. La «libertad» se establece a partir de una
|
|
«Regla de Oro» o «ética kantiana» la cual «me exige que si me gusta un
|
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programa, lo debo compartir con otras personas a quienes también les
|
|
guste» @. Se trata de una reelaboración del imperativo categórico que en
|
|
este contexto se concretaba en cuatro libertades: de ejecución, de
|
|
estudio, de distribución y de modificación. Para que estas sean
|
|
satisfechas el usuario debe contar con el producto final ---los archivos
|
|
ejecutables también conocidos como código máquina--- junto con todo lo
|
|
que sirvió para su elaboración ---el código fuente---. Con el fin de que
|
|
esta iniciativa social y política también tuviera un respaldo jurídico,
|
|
se creó la licencia \textsc{gpl}. De esta manera se constituyen las licencias de
|
|
uso las cuales \emph{no se oponen} a la \textsc{pi}; en su lugar, la flexibilizan
|
|
al permitir un modo de gestión poco convencional.
|
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|
El énfasis en la «libertad» y a una «ética kantiana» provocó más de un
|
|
roce. Algunos integrantes del movimiento sostenían que su empleo era
|
|
irrelevante o arriesgado. Si al final lo que se buscaba era una
|
|
comunidad en donde el código fuese accesible, ¿para qué endosar este
|
|
objetivo a cuestiones éticas? Estas preocupaciones fueron discutidas y
|
|
no se pudo llegar a un acuerdo. En 1997 Eric S. Raymond publicaría el
|
|
ensayo «La catedral y el bazar». Este texto haría patente una ruptura
|
|
que se había estado cuajando durante unos años. Del movimiento del
|
|
\emph{software} libre se bifurcaría la iniciativa del código abierto.
|
|
Sin más lastre ético, esta iniciativa empezaba a operar de manera
|
|
autónoma. Desde sus comienzos y en la actualidad ambas vertientes
|
|
tienden a trabajar sin dificultades; son contados los casos en los que
|
|
la práctica se torne incompatible.
|
|
|
|
Esta efervescencia dentro del desarrollo tecnológico no pasaría por
|
|
alto. A principios del nuevo milenio un abogado y académico de la
|
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Universidad de Standford propondría un desplazamiento a la cultura más
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«abierta». A partir de las influencias del movimiento del
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\emph{software} libre, Lessig extrapolaría y generalizaría su estructura
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para constituir lo que ahora se conoce por «cultura libre». Este tipo de
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gestación cultural también pretende la creación de comunidades donde el
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material esté disponible. Los creadores permitirían el uso de sus obras
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sin recurrir a los mecanismos tradicionales de la \textsc{pi}. Los usuarios
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tendrían derechos a modificarlas, distribuirlas, estudiarlas o
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ejecutarlas sin un permiso explícito del creador. Para garantizar su
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gestión, Lessig y otros elaborarían las licencias de uso Creative
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Commons, para que los creadores tengan certidumbre jurídica ante esta
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voluntaria flexibilización de los derechos de uso de sus creaciones. A
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la par, dentro de la creación académica surgiría la iniciativa del
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acceso abierto. En principio esta iniciativa pretende que la
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investigación esté disponibles gratuitamente en internet, como puede
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leerse en el «Budapest Open Access Initiative» @.
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Como se observa, para esta ala estas últimas décadas han sido de
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agitación. Aquí solo hay una breve narración. Un estudio histórico
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tendido todavía es necesario. No obstante, es posible observar que
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varios proponentes de los \textsc{bc} tienden a percibirse desde un linaje
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distinto al de la \textsc{pi}. Este imaginario ha creado la acuñación de términos
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como el de «\emph{copyleft}», que supone una postura contrapuesta al
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\emph{copyright}. Los \textsc{bc} distan mucho de ser homogéneos. Se hace
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evidente en neologismos como «\emph{copyfarleft}» ---una vertiente
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radical y crítica del \emph{copyleft}--- o «\emph{copyfight}» ---una
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conflagración abierta en contra del \emph{copyright}, por lo general a
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través de la piratería---, o con la popularización de la coletilla de
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«radical». Esto refleja una polarización entre dos vertientes: los \textsc{bc} y
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la \textsc{pi}.
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\chapter{¿Pelea por la herencia?}
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\noindent Teóricas como Barron han manifestado que la \textsc{pi} y los \textsc{bc} son dos momentos
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en una misma estructura orientada a garantizar la libertad de autoría
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para todos @. Otros como Moore han prestado más atención al traslado
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entre una y otros al manifestar que los \textsc{bc} ---así como el «estado de
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naturaleza»--- son estadios morales ha ser cambiados formalmente
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mediante relaciones de propiedad @. Hughes prefiere denotar sus
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similitudes ver a la \textsc{pi} como un bien común potencial @. Unos más como
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Epstein concluyen que no hay manera de ir en contra del dominio público
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@.
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Sin embargo, del parentesco no se deriva la fraternidad. Incluso de
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manera jocosa podría declararse que en varios de los casos las riñas más
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intestinas se dan entre familiares. Durante la velada entre
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consanguíneos arriba ese pariente dispuesto a la trifulca. Para los \textsc{bc},
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la \textsc{pi} ha puesto en peligro el ecosistema cultural al haber concebido a
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los «anticomunes». Cuando los derechos exclusivos son tantos y
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pertenecen a un sin fin de entidades, los costos para la alienación de
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la \textsc{pi} se elevan hasta hacerla prohibitiva @. Los anticomunes se
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engendrarían a partir de las actuales legislaciones de la \textsc{pi} y su
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constante tendencia a la «expansión», «robustecimiento» o
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«engrosamiento». No es que la \textsc{pi} mute en un perpetuo monopolio, sino que
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el precio para su acceso, uso y disfrute está fuera del alcance para la
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mayoría de la población. El acceso a la cultura sufre de una fisura en
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las que el poder adquisitivo condiciona al libre tránsito. En este
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sentido, pese a su legalidad, la \textsc{pi} se opone a los \textsc{bc}.
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La riña posee dos tendencias. En un sentido débil, algunos simpatizantes
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de los \textsc{bc} critican las actuales legislaciones de la \textsc{pi} y su inclinación
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«imperialista», pero no la niegan @. Al contario, proponen otros
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mecanismos similares pero más flexibles para la gestión de derechos @.
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Esta vertiente puede identificarse en personajes como Raymond o Lessig
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@, o en políticas públicas en pos del acceso abierto, como la llevada a
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cabo por Sci\textsc{elo} @. En un sentido fuerte hay quienes critican y rechazan
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cualquier tipo de \textsc{pi}. Esta tendencia es común entre colectivos de
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izquierda ---anarquistas, socialistas, comunistas, etcétera---.
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La \textsc{pi} surge de los \textsc{bc} para luego retornar. La necesidad de instituciones
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jurídicas y judiciales para velar por la \textsc{pi} hace patente su
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artificialidad, cuyo sustrato se deriva de los \textsc{bc}. Pese a esta
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interdependencia, se declara una guerra de desgaste. Ambos bandos
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dilapidan sus recursos sin poder visualizar un desenlace. Una hecatombe
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donde, sin importar el resultado, los sistemas hegemónicos en la
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economía y la política obtendrán una balanza positiva. Si los monopolios
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se terminan por imponer, la acumulación de capital se llevará a cabo
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desde redes nítidas de trasferencia de la riqueza. Si la correctud
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política apoya la flexibilización, se abrirá la puerta para nuevas
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bonanzas económicas cuyo fundamento yace en la apertura de la
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información. Estos sistemas quedan sin cuestión e incluso terminan por
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reforzarse.
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En la crítica a la \textsc{pi} o a la propiedad privada existe la predisposición
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a pasar por alto la crítica a los \textsc{bc}. En el caso más extremo incluso se
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considera que la apuesta por este tipo de bienes es la panacea ante el
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embate cada vez mayor y más complejo de los sistemas de \textsc{pi}. Como
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consecuencia se pierde de vista que esta cruzada tiene objetivos
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paradójicos.
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Los defensores de los \textsc{bc} apuestan por la apertura de la información. Sin
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embargo, no existe consenso sobre el grado o las medidas para llevarla a
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cabo. Si la apertura es parcial se explicitaría una relación y
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dependencia recíproca entre la \textsc{pi} y los \textsc{bc}. El conflicto sería una
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tensión entre dos polos mediado por un espectro de posiciones que se
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inclinan hacia uno u otro extremo. Si en su lugar se busca una completa
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apertura de la información, existe la exigencia de hacer público los
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registros médicos o bancarios y demás información privada
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---fotografías, documentos, mensajería, etcétera---. De manera general
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implica la dilución de la esfera privada. De modo particular se traduce
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en la posibilidad de que otras entidades usen la información personal
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sin necesidad de autorización. En el estado actual de las cosas esto
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genera el peligro de un uso indebido o perjudicial, ya que se puede
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emplear para un sin fin de intereses económicos, políticos o militares.
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Los simpatizantes de la apertura de la información tienden a apoyar los
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derechos de privacidad @. Esto hace pensar que el supuesto conflicto no
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descansa sobre el interés de una total apertura, sino solo de aquellos
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elementos que se consideran de interés público. Una llana negación de la
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propiedad se vuelve incompatible con el objetivo de establecer un reino
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de los \textsc{bc}. Desde una postura débil la propiedad está implicada. En un
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sentido fuerte los \textsc{bc} están obligados a proponer un nuevo ecosistema
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cultural que con probabilidad será incompatible con los sistemas
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económicos y políticos que privilegian a la propiedad. De no darse
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ningún caso, el triunfo de los \textsc{bc} sería una victoria pírrica.
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Hasta este punto, el supuesto conflicto parece sugerir que la \textsc{pi} ha sido
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un chivo expiatorio. Se reconocen los síntomas de un malestar en la
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cultura. En la indagación por una respuesta la \textsc{pi} encaja con cierta
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evidencia que la hace culpable. Sin embargo, la prueba de mayor peso es
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la tensión que genera su «expansionismo» y no a esta por sí sola. Si
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entre simpatizantes de ambos bandos se reconoce la importancia del
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ecosistema generado en la dinámica de la \textsc{pi} y los \textsc{bc}, ¿por qué se
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concibe un conflicto entre ellos? ¿No será una disputa de componentes
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que influyen en su formación y que terminan por afectar a nuestra
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herencia cultural?
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\printbibliography
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\end{document}
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% END THE DOCUMENT
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