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TeX
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TeX
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\title{El creador y \\ lo creado}
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\author{Ramiro Santa Ana Anguiano}
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\begin{document}
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% the title page
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\titleM
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\frontmatter
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\chapter*{Advertencia}
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|
\noindent Las secciones 1--12 ya fueron revisadas por Ernesto
|
|
Priani. Estos avances son para la revisión de la sección 0.
|
|
Por último, ignórense los errores tipográficos o de formación,
|
|
esto es solo una muestra.
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|
\begin{center}
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|
La investigación se encuentra en un repositorio público, por lo que
|
|
es posible consultar el archivo histórico de cambios en:
|
|
\url{https://maestria.perrotuerto.blog}.
|
|
\end{center}
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\newpage\tableofcontents*
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\pagestyle{mystyle}
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\mainmatter
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|
\chapter{Morfología de la propiedad intelectual}
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|
\noindent En las siguientes secciones se trata el término de «propiedad
|
|
intelectual» como es habitual entre sus teóricos y críticos. Para
|
|
ciertos lectores podría ser motivo de confusión ya que en ciertos casos
|
|
se habla de «propiedad intelectual» pero en otros de «patente», «derecho
|
|
de autor» o «\emph{copyright}». En esta sección se explica la estructura
|
|
de los elementos comprendidos dentro del concepto de «propiedad
|
|
intelectual». Si ya se tiene un contexto previo al respecto, es posible
|
|
saltar a la siguiente sección\ldots{}
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|
|
La «propiedad intelectual» hace referencia a diferentes tipos de
|
|
legislaciones sobre el uso y el control de «las creaciones de la mente»
|
|
\parencite{ompi2019a}. Un primer tipo son las \emph{patentes}, las
|
|
cuales son un derecho exclusivo sobre una invención. De manera general
|
|
por «invención» se entiende a una solución técnica a un problema
|
|
\parencite{ompi2019a}. Para acatar un poco más el ámbito de
|
|
protección de las patentes, los inventos deben obedecer ciertas
|
|
condiciones: 1) tienen que ser una invención novedosa, 2) no han de ser
|
|
una solución obvia y 3) habrán de ser posibles y funcionales \parencite{ompi2019a}.
|
|
Esto evita que, por ejemplo, las invenciones de la
|
|
rueda, del riego por gravedad o de generadores de «energía infinita»
|
|
sean patentables. La rueda no es una inveción novedosa, el riego por
|
|
gravedad es una solución considerada obvia, así como es imposible la
|
|
generación infinita de energía. Estas condiciones no impiden que ciertas
|
|
invenciones importantes para nuestra especie sean sujetas a patentes.
|
|
Por este motivo en diversos países tampoco es posible patentar
|
|
invenciones consideradas de relevancia pública como son las teorías
|
|
científicas, los algoritmos, las variedades vegetales o animales, el
|
|
descubrimiento de sustancias naturales, etcétera \parencite{ompi2019a}.
|
|
No existe consenso respecto a estas limitaciones, por
|
|
lo que la categoría de «relevancia pública» es flexible sino que
|
|
ambigua. El plazo regular para este tipo de protección es de veinte años
|
|
sin posibilidad de renovación \parencite{ompi2019a}.
|
|
|
|
Otro tipo de propiedad intelectual son las \emph{marcas}, que consisten
|
|
en ser un signo distintivo de productos o servicios asociados a una
|
|
persona o compañía \parencite{ompi2019a}. La importancia de las
|
|
marcas en el mercado es que funcionan para que el consumidor pueda
|
|
identificar productos y servicios, así como evita la competencia
|
|
desleal. Su plazo de protección es variable y con renovación indefinida,
|
|
así que de manera potencial pueden nunca caducar \parencite{ompi2019a}.
|
|
|
|
El \emph{diseño industrial} es otro tipo de propiedad intelectual que
|
|
trata «los aspectos ornamentales o estéticos de un objeto» \parencite{ompi2019a}.
|
|
Como las patentes, un diseño industrial tiene que ser
|
|
novedoso y original --las condiciones (1) y (2)---; sin embargo, se
|
|
distingue de estas porque un diseño industrial no debería de ser funcional
|
|
---en contra de la condición (3) de las patentes--- \parencite{ompi2019a}.
|
|
Con esta clase de diseño un producto se hace atractivo,
|
|
llamativo y particular, por lo que su relevancia reside en que puede
|
|
servir para atraer al consumidor. En ciertos casos unos rasgos del
|
|
diseño industrial pueden estar protegidos como patente e incluso como
|
|
derecho de autor, por lo que tampoco es una categoría fija, sino sujeta
|
|
a interpretación jurídica. Su plazo de protección tiende a ser de cinco
|
|
años y renovable hasta quince años.
|
|
|
|
Un tipo más de propiedad intelectual son las \emph{indicaciones
|
|
geográficas} que, semejante a las marcas, son signos para identificar
|
|
productos. La diferencia radica en que el proceso de identificación se
|
|
da a través del origen geográfico. Con «origen» se hace mención a las
|
|
propiedades específicas del suelo o del medioambiente, o a las técnicas
|
|
o los métodos de producción tradicionales de una región \parencite{ompi2019a}.
|
|
Las indicaciones geográficas se emplean como un medio
|
|
para asegurarle al consumidor la procedencia del producto. Los plazos de
|
|
protección son indefinidos porque sus objetivos son evitar la
|
|
competencia desleal, proteger al consumidor y, en ciertas ocasiones,
|
|
incentivar el desarrollo económico de una región \parencite{ompi2019a}.
|
|
|
|
Los tipos más populares en el debate sobre la propiedad intelectual son el
|
|
\emph{derecho de autor} y el \emph{copyright}. Estas legislaciones
|
|
suponen que protegen las «creaciones literarias y artísticas» \parencite{ompi2019a}.
|
|
Cabe mencionar que existen al menos dos confusiones en
|
|
este tipo de propiedad. La primera es sobre qué tipo de objeto protege.
|
|
En varios casos se piensa que el derecho de autor o el \emph{copyright}
|
|
protegen las «ideas»; no obstante, estas legislaciones velan por las
|
|
«expresiones concretas» de dichas «ideas» \parencite{moore2008a}.
|
|
Esto aún genera un campo amplio de discusión, pero la intuición detrás
|
|
es que cierta «idea» carece de protección si no ha sido fijada en algún
|
|
soporte como, por ejemplo, medios impresos, digitales u algún tipo de
|
|
material.
|
|
|
|
La segunda confusión se debe a las diferencias entre las doctrinas del
|
|
derecho de autor y del \emph{copyright}. Ambas legislaciones surgen para
|
|
proteger los productos literarios. Sin embargo, sus orígenes históricos
|
|
y ámbitos de protección son distintos. El \emph{copyright} surge de la
|
|
tradición jurídica anglosajona cuya referencia es al derecho de copia
|
|
\parencite{baldwin2014a}, uno de los derechos que forman parte de
|
|
los derechos patrimoniales. Mientras tanto, el derecho de autor fue
|
|
elaborado por juristas franceses y alemanes, que en nuestros días se
|
|
conoce como «tradición continental» \parencite{baldwin2014a}. El
|
|
derecho de autor, además de los derechos patrimoniales, implica los
|
|
derechos morales.
|
|
|
|
Los derechos patrimoniales hacen referencia a la explotación exclusiva
|
|
de la obra por parte de su titular. La «explotación» hace referencia a la
|
|
posibilidad de «reproducción, publicación, edición o fijación material
|
|
de una obra», además de los permisos de divulgación pública o de
|
|
distribución \parencite{indautor1996a}. Esta clase de derechos son
|
|
alienables para que un tercero lleve a cabo la explotación de la obra al
|
|
mismo tiempo que da una compensación económica a su autor \parencite{indautor1996a}.
|
|
Por otro lado, los derechos morales consideran que
|
|
una obra es inalienable e irrenunciable de su autor. Esto implica que en
|
|
cualquier momento el autor tiene los derechos de determinar cómo
|
|
divulgar su trabajo, de exigir reconocimiento, de oponerse a la
|
|
modificación o a la destrucción de la obra, de modificar o retirar del
|
|
comercio su producto, así como de oponerse a una errónea atribución
|
|
\parencite{indautor1996a}.
|
|
|
|
Pese a estas diferencias, debido a convenios internacionales en la
|
|
actualidad ambas tradiciones jurídicas han empezado a homologarse
|
|
\parencite{baldwin2014a}. Sin embargo, es relevante recordar sus
|
|
diferencias para denotar a qué se le concede un mayor peso. En la
|
|
doctrina del \emph{copyright} el carácter
|
|
explotable de la obra es más importante, mientras que en el derecho de autor se destaca
|
|
más el supuesto control que el autor tiene sobre su producción. En la
|
|
actualidad el plazo mínimo y no renovable de estas legislaciones es la
|
|
vida del autor más cincuenta años después de su muerte, aunque cada vez
|
|
es más común que el plazo \emph{post mortem} sea de setenta hasta cien
|
|
años.
|
|
|
|
Por último, los \emph{derechos conexos} son otro tipo de propiedad
|
|
intelectual que dependen del derecho de autor o del \emph{copyright}.
|
|
Este tipo de derechos permite a intérpretes, ejecutantes o productores
|
|
la utilización y la presentación de las obras en un soporte distinto al
|
|
que fueron producidas \parencite{ompi2019a}. Las adaptaciones a la
|
|
pantalla, la radiodifusión, la ejecución de notas musicales o la
|
|
presentación de obras de teatro son formas en como una obra con derecho
|
|
de autor o \emph{copyright} pasan a un soporte distinto al que fueron
|
|
producidas y, por ende, bajo la legislación de los derechos conexos. El
|
|
plazo común y único de este tipo de propiedad es de cincuenta años una
|
|
vez realizada la interpretación de la obra \parencite{ompi2019a}.
|
|
|
|
De esta manera la propiedad intelectual abarca desde las patentes y las
|
|
marcas, pasando por el diseño industrial y las indicaciones geográficas,
|
|
hasta el \emph{copyright}, el derecho de autor y los derechos conexos.
|
|
Esto no cierra las puertas a que en el futuro otro tipo de legislaciones
|
|
puedan considerarse propiedad intelectual. Sin embargo, en nuestros días
|
|
son estas legislaciones las que forman parte de este tipo de propiedad y
|
|
las cuales se han de tratar a continuación.
|
|
|
|
Cabe resaltar que en esta investigación se le da prioridad al derecho de
|
|
autor y al \emph{copyright}. Esto se debe a dos motivos. Como se
|
|
mencionó con anterioridad, son estas legislaciones las que más
|
|
relevancia tienen al momento de defender, criticar o teorizar la
|
|
propiedad intelectual. Segundo, son la clase de protección por
|
|
excelencia para los productos literarios, los cuales incluyen los textos
|
|
filosóficos. El aumento de los años y del tipo de obras que abarcan el
|
|
derecho de autor y el \emph{copyright} de una u otra manera determinan
|
|
las posibilidades y las limitaciones en la difusión de la filosofía,
|
|
sino es que de su propia producción, conservación e intelección, como ya
|
|
se indicó en la introducción.
|
|
|
|
\chapter{En la búsqueda de una definición de la propiedad intelectual}
|
|
|
|
\noindent La propiedad intelectual (\textsc{pi}) se entiende de muchas maneras.
|
|
\textcite{hughes1988a, hettinger1989a} y \textcite{stengel2004a}
|
|
dicen que la \textsc{pi} es uno de los pilares para el
|
|
progreso de las ciencias y las artes. Para \textcite{hughes1988a},
|
|
la \textsc{pi} puede entenderse como propiedad intangible cuyo valor se
|
|
basa en ideas con cierto grado de novedad. O bien, la \textsc{pi} hace
|
|
referencia a un modo popular de apropiación en las sociedades
|
|
posindustriales donde la manufactura y manipulación de bienes físicos
|
|
abrió el camino para la producción y uso de la información \parencite{hettinger1989a}.
|
|
La \textsc{pi} también se define como escasez
|
|
artificial cuya expectativa es la generación de ingresos para sus
|
|
creadores \parencite{palmer1990a}. De esta manera, la \textsc{pi}
|
|
sería una simulación de los procesos que gobiernan el libre mercado de
|
|
los bienes tangibles \parencite{palmer1990a}. Por otro lado, la
|
|
\textsc{pi} se delimita como un objeto abstracto que no tiene límites
|
|
claros pero que sirve para el control de los bienes por un tiempo
|
|
definido \parencite{stengel2004a}. O como toda propiedad, la
|
|
\textsc{pi} es un principio abstracto de individuación que permite
|
|
establecer relaciones intersubjetivas mediadas por objetos \parencite{schroeder2004a}.
|
|
Con esto se evita usar a otros sujetos como medios
|
|
al mismo tiempo que posibilita una constitución recíproca de la
|
|
subjetividad mediante el reconocimiento: el primer paso para la
|
|
actualización de la libertad \parencite{schroeder2004a}. Asimismo,
|
|
la \textsc{pi} se comprende como un «tipo» con muchos «\emph{tokens}» en
|
|
los cuales hay alguna clase de trabajo involucrado durante su producción
|
|
\parencite{shiffrin2007a}. Para \textcite{moore2008a}, la
|
|
\textsc{pi} es desde propiedad no física producto de un proceso cognitivo
|
|
cuyo valor reside en ideas, pasando por un derecho para controlar su
|
|
expresión, hasta el surgimiento de un sistema que protege sus medios de
|
|
producción.
|
|
|
|
Las definiciones son diversas y en ocasiones incompatibles. Sin embargo,
|
|
pueden organizarse en tres dimensiones. La \textsc{pi} puede ser \emph{una
|
|
cosa}, sea una obra como \emph{Cien años de soledad}, un invento como
|
|
los iPhone, un logotipo como el de Nike, un dibujo técnico como un
|
|
patrón textil de Louis Vuitton, un ingrediente secreto como el de
|
|
Coca-Cola, o una bebida producida con ingredientes, procesos y en
|
|
lugares específicos como el tequila José Cuervo. La \textsc{pi} puede
|
|
referirse a \emph{los derechos entorno a esas cosas} como los derechos
|
|
de autor, las patentes, las marcas, los diseños industriales, los
|
|
secretos comerciales o las denominaciones de origen, respectivamente. La
|
|
\textsc{pi} también puede entenderse como \emph{un sistema que aglomera
|
|
estos derechos}.
|
|
|
|
Debido a los distintos grados de abstracción la \textsc{pi} significa ya
|
|
una cosa, ya un derecho, ya un sistema. Pero entre estas numerosas
|
|
acepciones de la \textsc{pi}, hay una acepción primera: la \textsc{pi} es
|
|
\emph{un objeto}. No existe consenso en cuanto a su delimitación. A
|
|
pesar de ello, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
|
|
(\textsc{ompi}) ha optado por definir la \textsc{pi} como «creaciones de la
|
|
mente» sujetos a derechos embebidos dentro de un sistema \parencite{ompi2019a}
|
|
y, de manera específica, a los derechos de autor como
|
|
«expresión concreta de ideas» \parencite{ompi2016a}. \textcite{moore2012a}
|
|
se vale de la dicotomía entre ideas y sus expresiones
|
|
para sustentar esta última acepción para cualquier tipo de \textsc{pi}.
|
|
|
|
A la definición dada por la \textsc{ompi} la llamaremos «definición
|
|
estándar». La \textsc{ompi} es un organismo especializado de la \textsc{onu}
|
|
que vela por la estandarización de la \textsc{pi} entre los países miembro.
|
|
Esta pretensión abarca desde legislaciones nacionales hasta acuerdos o
|
|
tratados internacionales como el «Convenio de Berna para la Protección
|
|
de las Obras Literarias y Artísticas» \parencite{ompi1971a}. Sin
|
|
excepción, al ser miembro de la \textsc{onu} en materia de \textsc{pi} se han
|
|
de seguir las directrices delineadas por la \textsc{ompi}.
|
|
|
|
La definición estándar ha causado más de una objeción. Pero no es la
|
|
única definición que ha sido sometida a crítica. Prácticamente todos los
|
|
intentos por definir la \textsc{pi} ---incluyendo los mencionados al
|
|
principio--- han fracasado. Varias razones existen para explicarlo. Sin
|
|
un dejo de pesimismo, \textcite{hettinger1989a} concluye que no es
|
|
fácil de justificar. \textcite{stengel2004a} señala que se trata de
|
|
un concepto enraizado en la comprensión contemporánea que tenemos acerca
|
|
del mundo. \textcite{schroeder1998a} ve en la \textsc{pi} un «montón
|
|
de palos» ---un conjunto de derechos--- cuyo símbolo fálico son los
|
|
fasces; es decir, son derechos no siempre asimilables pero concebidos
|
|
para realizar una misma función de ocupación de los objetos: el
|
|
principal modo de apropiación en las sociedades capitalistas \parencite{schroeder2004a}.
|
|
A \textcite{palmer1990a} le parece un
|
|
concepto vasto donde uno de los problemas es que la mayoría supone que a
|
|
mayor cantidad de definiciones, una mejor justificación. \textcite{shiffrin2007a}
|
|
es escéptica y declara que la \textsc{pi} es un
|
|
concepto ambiguo. \textcite{barron2012a} menciona que da énfasis a
|
|
lo económico al mismo tiempo que privilegia posturas liberales o
|
|
utilitaristas. La crítica se intensifica al señalar cómo la \textsc{pi}
|
|
supone que la privatización del conocimiento es el mejor modelo para su
|
|
producción, como si el trato más óptimo para las creaciones
|
|
intelectuales fuera a modo de propiedades \parencite{barron2012a}.
|
|
\textcite{epstein2009a} indica que Grey y Radin se inclinan a
|
|
desintegrar la \textsc{pi} ---sino es que a todo tipo de propiedad--- por
|
|
incoherente o por ya no ser guía fiable para el capitalismo
|
|
contemporáneo.
|
|
|
|
A pesar de la falta de consenso hay una opinión compartida. Al parecer
|
|
estas disparidades y ambigüedades tienen un mismo origen. \emph{Durante
|
|
décadas}, legisladores, jueces y empresarios han pretendido definir la
|
|
\textsc{pi} a partir del material jurídico disponible \parencite{hughes1988a}.
|
|
Entre juicios, veredictos y deliniamientos
|
|
constitucionales se han tomado rastros para definir a la \textsc{pi}. Sin
|
|
embargo, los resultados alcanzados han sido teóricamente insuficientes
|
|
sino que insostenibles. Ante este problema, varias personas han aceptado
|
|
el desafío de elaborar una teoría de la \textsc{pi} \parencite{breakey2010a, epstein2009a, hettinger1989a, hughes1988a, moore2008a,
|
|
palmer1990a, schroeder2004a, shiffrin2007a, stengel2004a}. Semejante
|
|
teoría tiene por objeto una definición de la \textsc{pi} que trascienda la
|
|
falta de claridad presente en la pretensión por explicarla desde el
|
|
ámbito legislativo.
|
|
|
|
\chapter{En la búsqueda de una teoría de la propiedad intelectual}
|
|
|
|
\noindent El empleo del término «propiedad intelectual» ha sido rastreado desde el
|
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siglo \textsc{xviii} \parencite{wikipedia2019a} aunque su uso
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sistemático actual proviene del siglo \textsc{xx} \parencite{stengel2004a}.
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Antes de ello, rara vez se empleaba el vocablo y en
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su lugar se prefería hacer referencia directa a alguna de sus
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«manifestaciones». No existe consenso sobre las primeras menciones a
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estas manifestaciones. \textcite{stengel2004a} las rastrea desde
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los siglos \textsc{xvi} ---en Inglaterra y en torno al \emph{copyright}---
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y \textsc{xvii} ---en Venecia y sobre las patentes---. Estos primeros usos
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no fueron para el beneficio de creadores o comerciantes, sino como
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medios para controlar las nuevas industrias, como la imprenta \parencite{stengel2004a}.
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\textcite{moore2014a} indica que la mención más
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temprana de protección a creadores se encuentra en un documento emitido
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en 1421 en la República de Florencia a favor del arquitecto Filippo
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Brunelleschi. Incluso puede decirse que ya hay antecedentes en la
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Antigua Grecia o la Antigua Roma \parencite{moore2014a}. Sin
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embargo, en general existe un consenso que estos primeros casos fueron
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atípicos debido a la carencia de instituciones que velaran sobre estos
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derechos de manera exclusiva \parencite{moore2014a}.
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De manera paulatina la discusión teórica pasó en hacer referencia a cada
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derecho en particular a una búsqueda por sintetizarlos bajo un mismo
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concepto. La \textsc{pi} en su sentido actual se trata como \emph{un objeto
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que engloba una cantidad diversa de objetos} ---cosas, derechos y
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sistemas---, los cuales pasarían a ser sus manifestaciones. Estas tres
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dimensiones de la \textsc{pi} no son aisladas, sino elementos en
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intersección por el cual una dimensión no es comprensible sin la otra.
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Al hablar de una cosa ---alguna edición de \emph{El perfil del hombre y
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la cultura en México}, p. ej.--- \emph{como propiedad}, también implica
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quién tiene sus derechos ---la obra de Samuel Ramos aún no está en
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dominio público--- y cómo todo esto encaja dentro de un sistema cuya
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concreción se encuentra en legislaciones nacionales o internacionales
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---la Ley Federal del Derecho de Autor señala un plazo de cien años a
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partir de la muerte del autor para que su obra esté disponible
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públicamente; para el caso de Ramos será hasta el año 2160---.
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Semejante uso englobante de la \textsc{pi} no ha pasado desapercibido. Por
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un lado, este trato de la \textsc{pi} podría ser un atropello al tratar de
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aglutinar una diversidad de objetos bajo un mismo concepto. Por el otro,
|
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esta sistematización genera la pregunta sobre el lugar de la \textsc{pi}
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dentro de la propiedad en general. En esta falta de consenso pueden
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identificarse al menos cuatro posturas. La primera acepta la existencia
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de la \textsc{pi} como un subconjunto dentro de la teoría de la propiedad
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en general ---la postura más común entre los teóricos de la \textsc{pi}---
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\parencite{breakey2010a, epstein2009a, hettinger1989a, hughes1988a,
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moore2008a, palmer1990a, schroeder2004a, shiffrin2007a, stengel2004a,
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lessig2005a}. La segunda también asiente con la \textsc{pi} aunque como
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un objeto y una teoría ajena a lo que se había entendido por propiedad
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---antes de la \textsc{pi} las teorías de la «propiedad en general» daban
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por supuesto que la propiedad era un objeto tangible--- \parencite{barron2012a}.
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Una tercera postura no acepta la existencia de la
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\textsc{pi}, aunque sí de la propiedad en general ---bajo el supuesto que
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la propiedad es sinónimo de cosa física, la \textsc{pi} no tiene ningún
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sustento; o bien, uno de los fundamentos de la propiedad es su
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regulación bajo el principio de escasez; la \textsc{pi} solo escasea de
|
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manera artificial por lo que no es moralmente legítima--- \parencite{stallman2004b}.
|
|
Por último, entre anarquistas y varios espectros
|
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políticos de izquierda se niega por completo cualquier tipo de propiedad
|
|
---en muchos de los casos también reducen el término «propiedad» a
|
|
«propiedad privada», por lo que la «propiedad pública» se deja sin
|
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cuestión--- \parencite{proudhon2010a}.
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|
Sin importar su filiación o qué tan caóticas o diversas puedan tornarse
|
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las definiciones de la \textsc{pi}, la gran mayoría de los autores recurren
|
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a tres teorías. Con estas se pretenden reforzar, criticar o negar la
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teoría de la \textsc{pi}, la misma noción de \textsc{pi} e incluso de
|
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cualquier tipo de propiedad. Las teorías son la progresista ---de
|
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raigambre utilitarista---, la personalista ---de corte «continental»---
|
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y la laborista ---de raíces anglosajonas---.
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Aunque estas teorías surgen en contextos distintos, comparten ciertas
|
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particularidades. Muchas de estas son un ejercicio intelectual a partir
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de diversos fragmentos de filósofos modernos. En la mayoría de los casos
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se refieren de manera predominante a dos: Locke y Hegel. Además, por lo
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general estas teorías son una búsqueda para crear nexos entre lo dicho
|
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por estos filósofos con lo que actualmente se entiende por creación
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intelectual dentro de las sociedades liberales o utilitaristas. En
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muchos casos esto ocasiona más de una accidentada adaptación o un pleno
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desvío en la manera en como estos filósofos concibieron a la propiedad o
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sus «manifestaciones». Estos traslados semánticos, interpolaciones y
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extrapolaciones se han catalogado como «fundamentos filosóficos» de la
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\textsc{pi}.
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Desde un horizonte plural de posturas, en las que se hace posible
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proponer una gran diversidad de definiciones o teorías sobre la
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|
\textsc{pi}, muchos de sus teóricos de manera deliberada han optado por
|
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reducir su bagaje cultural a un pastiche del canón filosófico de la
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|
modernidad occidental. No hay mención expresa que explique este
|
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acontecimiento, como tampoco hay una que justifique por qué la
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|
\emph{creación intelectual} a contrapelo se ha tratado como
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\emph{propiedad}. Sin embargo, es a través de estas tres vertientes
|
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teóricas por las que se pretende fundamentar o destruir a la \textsc{pi}.
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\chapter{La teoría progresista: el utilitarismo de la legislación estadunidense}
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\noindent Para la teoría progresista ---mejor conocida como teoría utilitarista,
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incentivista o consecuencialista \parencite{hettinger1989a,
|
|
palmer1990a, stengel2004a, shiffrin2007a, moore2008a, barron2012a}---
|
|
la \textsc{pi} es sinónimo de progreso de las ciencias y las artes
|
|
\parencite{hettinger1989a, stengel2004a}. No es la teoría más
|
|
elaborada pero sí la más popular \parencite{hettinger1989a}.
|
|
\textcite{stengel2004a} traza su origen en Joseph Alois Schumpeter,
|
|
economista que asoció la importancia de la innovación con el progreso
|
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social.
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La idea general de la teoría es que la protección de la \textsc{pi} fomenta
|
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la creación de más \textsc{pi} \parencite{shiffrin2007a}. El supuesto
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básico es que la generación de \textsc{pi} aumenta la utilidad social
|
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\parencite{moore2008a} al crear objetos benéficos o valiosos para
|
|
las comunidades. La \textsc{pi} en este caso se constituiría como un
|
|
compromiso por parte del Estado con la actividad innovadora privada
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|
\parencite{moore2008a, barron2012a}.
|
|
|
|
Aunque desde un punto de vista empírico esta suposición es difícil de
|
|
determinar \parencite{moore2008a} e incluso conflictiva \parencite{hettinger1989a},
|
|
al menos sirve para dar mayor incertidumbre a la
|
|
inversión. En varios casos la creación de \textsc{pi} requiere de una
|
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fuerte financiación; una vez encontrados los medios para su producción,
|
|
la reproducibilidad puede hacerse a muy bajo costo \parencite{shiffrin2007a}.
|
|
El monopolio \emph{artificial} concedido por los
|
|
derechos de \textsc{pi} permiten compensar esta caída en los precios
|
|
\parencite{shiffrin2007a}.
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|
|
El monopolio artificial permite al creador tener derechos exclusivos
|
|
sobre su creación pero por una cantidad limitada de tiempo. Para esta
|
|
teoría este mecanismo funciona como contrapeso entre la monopolización y
|
|
la libre difusión \parencite{shiffrin2007a}. La protección dada por
|
|
los derechos de \textsc{pi} también supone que una difusión sin protección
|
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de los intereses económicos del creador equivale a un menor fomento para
|
|
la creación de más \textsc{pi} y, en consecuencia, la disminución de la
|
|
utilidad social.
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El fomento al creador puede darse desde tres vertientes. Antes del acto
|
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creativo \emph{los incentivos} funcionan para motivar al creador a
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|
llevar a cabo su trabajo \parencite{stengel2004a}. \emph{Las
|
|
recompensas} entran en juego una vez que se ha concluido el proceso
|
|
creativo \parencite{stengel2004a}. Posterior a esta acción se da la
|
|
difusión pública de la creación; en este caso \emph{la compensación} es
|
|
el medio con el que públicamente se reconoce el trabajo ejecutado por el
|
|
creador \parencite{stengel2004a}.
|
|
|
|
Un problema recurrente en las teorías de tinte utilitarista es la
|
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ambigüedad con la que se emplean los términos «utilidad», «progreso» o
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|
«beneficio» sociales. Esto no es una excepción para esta teoría. Para
|
|
sobrepasar esta dificultad, \textcite{palmer1990a} propone dos
|
|
tipos de argumentos: \emph{justice-as-order} y \emph{X-maximization}.
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|
En el \emph{justice-as-order} se pretende fomentar un ecosistema que
|
|
permita a todas las personas realizar sus propios fines sin estar a la
|
|
incertidumbre de la escasez de recursos, el conflicto social o lo
|
|
depredación violenta \parencite{palmer1990a}. Para este argumento
|
|
la escasez es central, ya que a partir de ahí se fijan políticas para
|
|
evitar conflictos \parencite{palmer1990a}. Como en la \textsc{pi} la
|
|
escasez no es «estática», esta clase de utilitarismo no procede
|
|
\parencite{palmer1990a}.
|
|
|
|
Lo que sí aplica en la \textsc{pi} es el argumento de \emph{X-maximization}
|
|
\parencite{palmer1990a}. En este solo se pretende maximizar una
|
|
cierta cantidad de \emph{x} al menos costo posible \parencite{palmer1990a}.
|
|
La \emph{x} sería igual a la utilidad, la riqueza o
|
|
cualquier otro elemento relativo al «progreso» de las ciencias y las
|
|
artes, así como de la sociedad en general \parencite{palmer1990a}.
|
|
Para esta perspectiva la escasez adquiere una función estratégica ya que
|
|
ayuda a decidir el orden que tomará la \textsc{pi} para obtener un máximo
|
|
beneficio al menor costo \parencite{palmer1990a}. Es decir, la
|
|
\emph{X-maximization} permite la creación de una escasez artificial que
|
|
quizá fomente la creación de \textsc{pi} en donde tanto creadores como
|
|
usuarios sean igualmente beneficiados.
|
|
|
|
Esta teoría no solo ha sido criticada por su imposibilidad de
|
|
comprobación empírica \parencite{moore2008a}, sino también por su
|
|
carácter paradójico: en muchos casos parece que la \textsc{pi} frena la
|
|
generación de \textsc{pi} \parencite{hettinger1989a}. Esta teoría
|
|
supone que las personas producen más si tienen mayores incentivos,
|
|
recompenzas o compensaciones \parencite{palmer1990a}. Pero esto
|
|
implica un «fortalecimiento» de los derechos de \textsc{pi} por el cual
|
|
futuros creadores podrían verse afectados.
|
|
|
|
La teoría progresista se enfoca en las consecuencias a las que puede
|
|
inducir la protección de la \textsc{pi}. Sin embargo, no justifica
|
|
adecuadamente a la \textsc{pi} ni los efectos progresistas que pretende.
|
|
Autoras como \textcite{barron2012a} hacen notar que esta teoría
|
|
supone que el progreso las ciencias y las artes es más eficiente si la
|
|
actividad creativa se privatiza. Además, por su énfasis en lo económico
|
|
se hace explícito un desconocimiento profundo de lo que es la cultura,
|
|
su dinámica social y cómo el «expansionismo» de la \textsc{pi} afecta a
|
|
este ecosistema \parencite{barron2012a}.
|
|
|
|
Sin importar sus consecuencias, la teoría progresista está en el fondo
|
|
de la jurisdicción estadunidense. \textcite{stengel2004a} indica
|
|
que para este tema se tiene que ir más allá de las palabras y
|
|
concentrarse en los efectos de los monopolios en nuestra cultura. Desde
|
|
Hollywood o Silicon Valley, pasando por las industrias petrolera o
|
|
agrícola, hasta los tratados y guerras comerciales, \textsc{ee. uu.} es el
|
|
país con mayor influencia en materia de \textsc{pi}. A través de derechos
|
|
de autor, patentes, marcas, diseños industriales o secretos comerciales
|
|
las industrias estadunidenses regulan las distintas «manifestaciones» no
|
|
solo de \textsc{pi}, sino del quehacer cultural en general.
|
|
|
|
Al parecer no es fortuito este extenso lazo que controla a los mercados.
|
|
La teoría progresista presenta dos particularidades que permiten la
|
|
prolongación de la hegemonía de la \textsc{pi} estadunidense. Por un lado,
|
|
ofrece un discurso que a la par de dar certidumbre a creadores y
|
|
emprendedores, les fomenta la idea que el acto creativo es una cuestión
|
|
privada: el autor y su obra; el inventor y su invención. Por otro,
|
|
ofrece un mecanismo para la privatización del quehacer cultural. Si el
|
|
progreso social en parte se realiza a través de la \textsc{pi}; si la
|
|
\textsc{pi} es una actividad realizada en privado; entonces el progreso
|
|
social se da a través del trabajo creativo llevado a cabo en privado.
|
|
|
|
Sin embargo esto implica por lo menos dos problemas. No existe un nexo
|
|
lógico que explique la relación entre una actividad realizada en privado
|
|
por un individuo ---como se supone en la creación de \textsc{pi}--- y el
|
|
beneficio público y social que esta conlleva. ¿Cómo se pasa de un acto
|
|
íntimo de creación a un acontecimiento público que acarrea beneficios
|
|
sociales?
|
|
|
|
Pero acéptese que sí es posible hacer este traslado. Ningún autor ha
|
|
denominado esta teoría con la coletilla de «progresista». Sin embargo,
|
|
se usa aquí para resaltar que la supuesta intencionalidad de esta teoría
|
|
es el «progreso» de las ciencias y las artes. Para este fin, la teoría
|
|
argumenta la necesidad de la privatización de la \textsc{pi}, sea de un
|
|
creador independiente o de alguna compañía. Pero no hay datos que
|
|
comprueben que la privatización sea una condición necesaria para el
|
|
progreso social. En este sentido, cabe la posibilidad de que este
|
|
progreso sea alcanzando mediante una teoría que no requiere de la
|
|
iniciativa privada.
|
|
|
|
Si el objetivo es el progreso, puede establecerse un sistema de gestión
|
|
pública de la \textsc{pi}. El fomento se daría a través de recursos
|
|
públicos; el creador mantendría la atribución; los sistemas de \textsc{pi}
|
|
no serían para velar por los derechos privados de explotación de las
|
|
creaciones sino para su adecuada gestión y difusión pública. Por
|
|
supuesto esto implicaría que los Estados absorberían varias de las
|
|
funciones sobre la \textsc{pi} que en la actualidad corren a cargo de
|
|
diversas empresas. Esto puede ser un argumento en contra de una teoría
|
|
progresista con tinte público. En más de una ocasión se ha señalado la
|
|
deficiencia de la administración pública. Un par de respuestas serían
|
|
que no existen datos contundentes que demuestren una menor eficiencia de
|
|
la administración pública en todo tipo de quehacer cultural. Además, la
|
|
gestión pública podría llevarse a cabo a través de organismos autónomos
|
|
o descentralizados; la intervención directa de los Estados no es
|
|
necesaria, podría optarse por organizaciones no gubernamentales o por
|
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sociedades de gestión colectiva.
|
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\chapter{La teoría personalista: Hegel, Kant y ¿más Hegel?}
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\noindent\textcite{hughes1988a, schroeder2004a} y \textcite{stengel2004a}
|
|
asienten en que la teoría personalista es la
|
|
aproximación más completa. Esta teoría también se conoce por las
|
|
coletillas de «hegeliana» \parencite{shiffrin2007a, schroeder2004a,
|
|
stengel2004a, palmer1990a, hughes1988a} o «continental» \parencite{moore2008a, schroeder2004a}. Esta teoría bebe de los
|
|
\emph{Principios de la filosofía del derecho} de Hegel, con especial
|
|
énfasis en la primera parte ---«El derecho abstracto»---, primera
|
|
sección ---«La propiedad»--- \parencite{hegel2005a}. En esta obra
|
|
Hegel delinea lo que en el campo de la \textsc{pi} se conoce como teoría de
|
|
la propiedad. Aunque la siguiente descripción se basa en Hegel, y como
|
|
bien lo resalta \textcite{schroeder1998a}, muchos de los teóricos
|
|
lo han usado de manera heterodoxa ---de ahí por qué esta teoría es
|
|
«hegeliana» y no «de Hegel»---.
|
|
|
|
Según \textcite{palmer1990a}, la personalidad de cada individuo
|
|
tiene que pasar de la potencia ---«Concepto» en términos hegelianos--- a
|
|
la actualidad ---«Idea»---. Para ello se requieren de recursos externos:
|
|
la propiedad \parencite{palmer1990a}. Lo que en un primer momento
|
|
parece una teoría de adquisición de objetos pronto se convierte en una
|
|
teoría sobre la externalización de la voluntad a través de la
|
|
objetificación \parencite{palmer1990a}.
|
|
|
|
\textcite{schroeder1998a} es la autora que de la manera más
|
|
rigurosa ha desarrollado esta teoría, por lo que puede ayudarnos a
|
|
explicarla. Antes de comenzar, esta teórica indica un error común al
|
|
momento de abordar a Hegel: varios de sus compañeros le adjudican
|
|
supuestos liberales que no se sustentan en su obra \parencite{schroeder2004a}.
|
|
Si bien Hegel parte y comparte muchos presupuestos
|
|
liberales, este los lleva a sus últimas consecuencias lógicas \parencite{schroeder2004a}.
|
|
Un punto de partida para entender su teoría de la
|
|
propiedad es considerar que para él no hay derechos naturales \parencite{schroeder2004a}.
|
|
La «naturaleza» no es libre y el derecho permite
|
|
un medio para actualizar la libertad \parencite{schroeder2004a}. Es
|
|
decir, su teoría surgió cuando ya no fue satisfactoria la explicación de
|
|
la propiedad mediante el derecho natural \parencite{schroeder2004a}.
|
|
Esto implica que desde un comienzo para Hegel la
|
|
libertad y la voluntad se dan en un contexto social \parencite{schroeder2004a}.
|
|
|
|
En una concepción hegeliana del mundo, el individuo \emph{está obligado}
|
|
a ser libre. Esta libertad se alcanza a partir de su actualización por
|
|
medio de su voluntad \parencite{moore2008a}. La libertad no está
|
|
dada, tiene que hacerse. ¿Cómo, pues, cabe la posibilidad de elaborarla?
|
|
A través de la propiedad \parencite{moore2008a}. La teoría
|
|
hegeliana no se limita a cosas físicas, ya que su concepción de «objeto»
|
|
implica todo aquello que no es sujeto; a saber, lo que no puede tener
|
|
autoconciencia \parencite{schroeder2004a}. Para los teóricos de la
|
|
\textsc{pi} ahí se encuentra un nexo orgánico ---ninguno de ellos ha tenido
|
|
que desarrollarlo--- para hablar de la \textsc{pi} como parte de la
|
|
propiedad en general.
|
|
|
|
En este sentido la propiedad no antecede a la sociedad \parencite{schroeder2004a}.
|
|
En su lugar, esta es el primer paso para la
|
|
actualización de la libertad a partir de relaciones intersubjetivas
|
|
\parencite{schroeder2004a}. La propiedad requiere de otros,
|
|
principalmente de su reconocimiento: es un principio abstracto de
|
|
individuación \parencite{schroeder2004a}. ¿Por qué la propiedad es
|
|
abstracta y no un objeto concreto como una cosa, un derecho o un
|
|
sistema? \textcite{schroeder2004a} es muy enfática en señalar que
|
|
un error común entre sus compañeros es pensar que Hegel concibe a la
|
|
propiedad como ellos la perciben ---y la tradición liberal anglosajona
|
|
de la que forman parte---. Acorde a esta autora, Hegel ve a la propiedad
|
|
como un momento inicial entre lo que ella denomina «sujeto legal» y la
|
|
ciudadanía \parencite{schroeder2004a}. De ahí a la constitución de
|
|
la personalidad existen otros mecanismos que absorben a la propiedad
|
|
privada, como son la familia, la sociedad civil, el Estado o el Espíritu
|
|
\parencite{schroeder2004a}. Con esto \textcite{schroeder2004a}
|
|
quiere puntualizar que para Hegel la adquisición de la propiedad es solo
|
|
un momento dentro de una dialéctica que va más allá del individuo ---un
|
|
elemento que \textcite{hughes1988a} también tiene presente al
|
|
tratar a la \textsc{pi} como mera negatividad---.
|
|
|
|
El sujeto legal es la capacidad del individuo de obedecer las leyes
|
|
\parencite{schroeder2004a}. Su constitución es formal y abstracta:
|
|
es solo la base para la gestación de la personalidad \parencite{schroeder2004a}.
|
|
Su dialéctica y concreción avanzan a través de las
|
|
relaciones de propiedad \parencite{schroeder2004a}. De manera
|
|
general la propiedad ayuda a establecer relaciones intersubjetivas que
|
|
permiten la constitución concreta de los sujetos a partir del
|
|
reconocimiento de otros, así como evita que sean empleados como medios
|
|
\parencite{schroeder2004a}.
|
|
|
|
El asentimiento de que un sujeto \emph{a} es propietario de \emph{x}
|
|
objeto no solo explicita una relación de propiedad, sino que también
|
|
existe un reconocimiento de que \emph{a} es un sujeto. Esta
|
|
identificación no es unilateral, sino llevada a cabo por un sujeto
|
|
\emph{b}. Al establecer relaciones de propiedad, como la venta, el
|
|
regalo o incluso el robo, ambos de manera recíproca se reconocen como
|
|
sujetos. La propiedad sirve de intermediario para esta función de
|
|
constitución de los sujetos ya que es a partir de ella que se hace
|
|
posible su relación y mutuo reconocimiento como un igual \parencite{schroeder2004a}.
|
|
La propiedad en este sentido también sirve como un
|
|
medio para los fines de los sujetos; es decir, impide que el sujeto
|
|
\emph{a} use a sujeto \emph{b} como un medio y viceversa \parencite{schroeder2004a}.
|
|
|
|
La propiedad entonces tendría tres elementos funcionales. Como
|
|
\emph{posesión} ayuda a identificar a un objeto con un sujeto \parencite{schroeder2004a}.
|
|
Como \emph{goce} se evita la sinonimia al
|
|
diferenciar al objeto como un medio y al sujeto como un fin dispuestos
|
|
en una relación \parencite{schroeder2004a}. Como \emph{alienación}
|
|
el sujeto evita depender del objeto \parencite{schroeder2004a}. A
|
|
través de esta última función es como otro sujeto tiene contacto con el
|
|
sujeto a partir del objeto que una vez gozó y poseyó. Uno de los
|
|
aspectos interesantes de estas funciones es que solo se constatan una
|
|
vez que la alienación se ha llevado a cabo. Es decir, se trata de una
|
|
lógica retroactiva, no prospectiva \parencite{schroeder2004a}. Una
|
|
vez acontecida la relación de propiedad es como se hace posible
|
|
evidenciar la función que esta tiene para la constitución de la
|
|
subjetividad; no es posible mostrarla \emph{avant la lettre}.
|
|
|
|
Esta lógica no es aislada sino que forma parte del
|
|
sistema hegeliano. \textcite{schroeder2004a} es muy enfática en
|
|
este punto ya que tiene unas consecuencias indeseadas para sus
|
|
compañeros. Para Hegel cada ciudadano precisa de un mínimo de propiedad
|
|
para actualizar su libertad \parencite{schroeder2004a}. Es decir,
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|
el desarrollo de la personalidad implica una esfera de propiedad
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\parencite{schroeder2004a}. Por la manera en como Hegel define al
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«objeto», la propiedad no requiere ser una cosa física, por lo que es
|
|
posible usarla para fundamentar a la \textsc{pi} \parencite{schroeder2004a}.
|
|
Con esta garantía la \textsc{pi} sin dificultades
|
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puede localizarse dentro de la propiedad en general \parencite{schroeder2004a}.
|
|
Sin embargo, como la dialéctica hegeliana no va
|
|
para adelante, sino para atrás, desde Hegel no existe la posibilidad de
|
|
concluir las subsecuentes pretensiones de varios teóricos de la
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\textsc{pi}. Con Hegel no se sigue la necesidad de un «engrosamiento» de la
|
|
\textsc{pi} \parencite{schroeder2004a}. Incluso cabe la posibilidad de
|
|
argumentar lo contrario. Si la \textsc{pi} es una expresión de la voluntad,
|
|
a la muerte del creador no hay más voluntad por proteger, lo que
|
|
conlleva a una apertura inmediata al dominio público \parencite{stengel2004a}.
|
|
Por último, desde Hegel no es posible extraer la
|
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conclusión de que las sociedades requieren sistemas de \textsc{pi}
|
|
\parencite{schroeder2004a}. Este filósofo no dio lineamientos
|
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porque su interés no era defender a la propiedad, sino en justificarla
|
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como derecho positivo y acorde a su sistema \parencite{schroeder2004a}.
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Estas características limitan las pretensiones de concebir una teoría de
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la \textsc{pi} \emph{ad hoc} al modo en como se hace cultura en la
|
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contemporaneidad. Para ajustarla se han recurrido a otros autores
|
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también interesados en la persona. Uno sería Humboldt ya que hace
|
|
énfasis al desarrollo del potencial humano \parencite{palmer1990a}.
|
|
Otro sería Fichte \parencite{fichte1793a} el cual dio las bases
|
|
para distinguir entre la idea y la expresión de la obra literaria. Pese
|
|
a ello, entre los teóricos de la \textsc{pi} revisados no hay quien
|
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desarrolle una teoría de la \textsc{pi} a partir de estos autores.
|
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Dentro de la teoría de la \textsc{pi} el caso de Kant es muy particular.
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Por un lado, entre los filósofos modernos canónicos ---a los que muchos
|
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teóricos de la \textsc{pi} reducen su campo de estudio--- es de los únicos
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que explícitamente habló sobre una de las «manifestaciones» de la
|
|
\textsc{pi}: los derechos de autor. Por otro lado, la defensa que realiza
|
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de estos derechos en poco o nada ayuda a las pretensiones de
|
|
sistematicidad de los teóricos de la \textsc{pi}.
|
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En términos contemporáneos, el discurso de Kant va en contra de la
|
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piratería; pero también hace de los derechos de autor un asunto muy
|
|
distante a su trato como propiedad. \textcite{barron2012a}
|
|
identifica las fuentes kantianas en un ensayo titulado «Von der
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|
Unrechtmäßigkeit des Büchernachdrucks» \parencite{kant1785a} y en
|
|
la sección «¿Qué es un libro?» de \emph{La metafísica de las costumbres}
|
|
\parencite{kant2005a}. Ahí Kant expone los motivos para proteger
|
|
los derechos de autor por tratarse de un discurso \parencite{barron2012a}.
|
|
|
|
Según \textcite{barron2012a} este filósofo entiende al libro en dos
|
|
dimensiones. La primera sería como un objeto material alienable
|
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\parencite{barron2012a}. La segunda ve al libro como un acto del
|
|
habla inalienable \parencite{barron2012a}. Para Kant la discusión
|
|
pública es un elemento necesario para una cultura ilustrada \parencite{barron2012a}.
|
|
Por este motivo la libertad de expresión es muy
|
|
importante, por lo que se vuelve necesario incluirla en su propia teoría
|
|
del derecho \parencite{barron2012a}. Entonces, la manera en como
|
|
Kant incluye a los derechos de autor en su teoría del derecho no es como
|
|
una propiedad, sino como parte de la libertad de expresión \parencite{barron2012a}.
|
|
Sin derechos de autor cabe la posibilidad que alguien
|
|
use el discurso de otro y le dé un uso no autorizado o incluso
|
|
perjudicial para su autor \parencite{barron2012a}. La manera en
|
|
como Kant-Barron entienden estos derechos implica una mayor apertura a
|
|
los actuales derechos de \textsc{pi}. Como el discurso público es un
|
|
elemento primordial para la cultura ilustrada, cualquier elemento que lo
|
|
obstaculice tiene que ser eliminado \parencite{barron2012a}. Las
|
|
actuales formas de derecho de autor se comportan más como un impedimento
|
|
que como un mecanismo para desplegar esta clase de cultura \parencite{barron2012a}.
|
|
Por lo tanto, tienen que ser descartados en pos de
|
|
unos derechos de autor más adecuados a la consecusión de una cultura
|
|
ilustrada y cosmopolita \parencite{barron2012a}.
|
|
|
|
Tal cual, Kant en poco o nada sirve para apoyar una teoría personalista
|
|
que justifique un sistema de \textsc{pi}. Sin embargo, su énfasis en el
|
|
peligro del uso no autorizado del discurso no pasó desapercibido. Josef
|
|
Kohler, jurista alemán, vio un nexo entre los derechos de autor
|
|
kantianos y la teoría de la propiedad hegeliana \parencite{cotter1997a,baldwin2014a}. Como Hegel, para Kohler el autor posee
|
|
el derecho de alienar su obra \parencite{cotter1997a}. Sin embargo,
|
|
como esta tiene embebida la personalidad del autor ---es \emph{su}
|
|
discurso---, este retiene el derecho a evitar que otra persona presente
|
|
la obra como si fuera suya \parencite{cotter1997a}.
|
|
|
|
Esto desemboca en dos clases de derechos para los derechos de autor. Por
|
|
un lado con los derechos patrimoniales es posible explotar las obras por
|
|
el autor o un tercero \parencite{indautor1996a}. Por explotación se
|
|
entienden los derechos de reproducción, adaptación, distribución, así
|
|
como de comunicación, representación o ejecución pública \parencite{indautor1996a}.
|
|
Estos derechos tienen una duración limitada que una
|
|
vez concluida regresan al autor o al dominio público \parencite{indautor1996a}.
|
|
Para una mayor flexibilidad, durante ese tiempo es
|
|
posible el uso justo ---por el cual se puede emplear la obra con fines
|
|
privados o de investigación--- o la regla de la primera venta ---por el
|
|
que es posible la reventa sin interferencia del autor o del editor---
|
|
\parencite{epstein2009a}. Por el otro, con los derechos morales se
|
|
hace patente que de manera inalienable el autor está unido a su obra
|
|
\parencite{cotter1997a,baldwin2014a}. Con esto se permite que, sin
|
|
importar la expropiación de la obra, el autor siempre puede determinar
|
|
cómo divulgarla, reclamar autoría, prevenir desinformación o mutilación,
|
|
e incluso prohibir la crítica severa o perjudical \parencite{cotter1997a}.
|
|
|
|
Esta doctrina de derechos de autor se considera parte de la tradición
|
|
jurídica «continental» \parencite{cotter1997a}. Se trata de una
|
|
doctrina anclada en Alemania y Francia, pero también en México. Por su
|
|
parte, la doctrina del \emph{copyright} solo contempla lo que en los
|
|
derechos de autor serían los derechos patrimoniales. Esto no la hace
|
|
incompleta, sino distinta, ya que su contexto jurídico es anglosajón
|
|
\parencite{cotter1997a}. Este es el motivo por el que la teoría
|
|
personalista a veces también se le llama «continental». Al mismo tiempo
|
|
explicita que, aunque similares, existe una diferencia entre la doctrina
|
|
del \emph{copyright} y de los derechos de autor que en ciertos casos se
|
|
ha de tener en cuenta.
|
|
|
|
De manera extendida se consideraba que Hegel o al menos desde este se
|
|
encontraban los fundamentos para defender una doctrina de los derechos
|
|
morales. Sin embargo, estos yacen en otros autores, principalmente en
|
|
juristas franceses y alemanes del siglo \textsc{xix}, como Kohler
|
|
\parencite{cotter1997a,baldwin2014a}.
|
|
|
|
A primera vista podría interpretarse que esta doctrina ayuda a los
|
|
objetivos de una teoría de la \textsc{pi}. Desde los derechos morales se
|
|
hace posible prolongar el control sobre los derechos más allá de la vida
|
|
del autor. Al heredar los derechos, los familiares o amigos podrían
|
|
encargarse de velar por la integridad de su persona. Esto al mismo
|
|
tiempo no solo implicaría una «extensión» de la \textsc{pi}, sino también
|
|
la necesidad de erigir un sistema que lo sustente. Sin embargo, abre más
|
|
de una dificultad.
|
|
|
|
Como \textcite{hughes1988a} ha señalado, esta derivación de la
|
|
teoría personalista hace que el grado de protección de la \textsc{pi}
|
|
dependa de su grado de expresión personal. Existen \textsc{pi} muy
|
|
personales como una obra literaria en los que sin duda se pueden
|
|
garantizar una serie de derechos. Sin embargo, existen otras
|
|
«manifestaciones» en las que no es sencillo ---sino que imposible---
|
|
determinar un grado de expresibilidad personal; por ejemplo, la patente
|
|
de los envases Tetra Pack o la denominación de origen del queso
|
|
Manchego. Esta característica se amolda muy bien a los derechos de
|
|
autor, pero su generalización a la \textsc{pi} en cuanto tal se torna
|
|
problemática \parencite{hughes1988a}.
|
|
|
|
\textcite{hughes1988a} además manifiesta que los derechos morales
|
|
también generan problemas en la alienación de la \textsc{pi}. Al mantener
|
|
un lazo inalienable, la alienación nunca es completa, por lo que el
|
|
sujeto que la adquiere no es del todo libre de hacer valer su voluntad.
|
|
En respuesta, para \textcite{palmer1990a} o \textcite{schroeder2004a}
|
|
los derechos morales son una deformación que
|
|
falsamente cumple con los objetivos sistemáticos de la teoría de la
|
|
\textsc{pi} que se pretende fundar.
|
|
|
|
\chapter{La teoría laborista: la defensa de la propiedad de Locke}
|
|
|
|
\noindent En el \emph{Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil}, capítulo 5 ---«De
|
|
la propiedad»---, John Locke desarrolla su teoría de la propiedad
|
|
\parencite{locke2006a}. Ahí este filósofo soluciona el problema de
|
|
derivar el derecho positivo a partir del derecho natural al combinar la
|
|
creatividad divina con la humana \parencite{stengel2004a}. Dios dio
|
|
la tierra a los hombres para su comodidad y existencia \parencite{locke2006a}.
|
|
Aunque esta pertenece a todos, existe una propiedad
|
|
que solo le pertenece a cada uno: su cuerpo \parencite{locke2006a}.
|
|
Mediante este y sus manos el hombre produce los frutos que «podemos
|
|
decir que son suyos» \parencite{locke2006a}. Con su labor es como
|
|
el hombre saca elementos de su estado de naturaleza y le agrega algo
|
|
distinto que, por consiguiente, «hace que no tengan ya derecho a ella
|
|
los demás hombres» \parencite{locke2006a}. La propiedad queda así
|
|
justificada mediante la labor \parencite{shiffrin2007a}.
|
|
|
|
Aunque Locke habló de propiedad física, principalmente en un contexto
|
|
agrícola, su modo de razonar permite una extrapolación. Así como el
|
|
hombre es dueño de las manzanas que cultiva, también puede ser
|
|
propietario de las ideas que genera. Lo que tenemos en la argumentación
|
|
lockeana es una expansión de los derechos que van de la propiedad del
|
|
cuerpo a los frutos producidos por el cuerpo \parencite{moore2012a}.
|
|
Su medio de enlace entre uno y otro extremo es la
|
|
actividad física y poco placentera que se lleva a cabo en la labor
|
|
\parencite{hughes1988a}. El cuerpo sería el punto de partida mínimo
|
|
para la esfera que comprende lo que es suyo. La propiedad correspondería
|
|
a esos objetos que expanden esta esfera. La labor es la actividad que
|
|
convierte lo que es bien común en un objeto entremezclado con la
|
|
corporeidad del ahora propietario.
|
|
|
|
Se trata, sin dudas, de una visión individualista de la creación de
|
|
\textsc{pi} \parencite{palmer1990a, moore2012a}. En un
|
|
\emph{micronivel} permite identificar una génesis de exigencia moral
|
|
sobre la creación intelectual de manera independiente a la sociedad, el
|
|
progreso social o a cualquier otra propuesta basada en el fomento para
|
|
la generación de \textsc{pi} \parencite{moore2012a}. Con Locke está
|
|
patente el supuesto liberal anglosajón donde el individuo precede a la
|
|
sociedad \parencite{schroeder2004a} o al menos no la requiere para
|
|
el surgimiento del derecho positivo sobre la propiedad.
|
|
|
|
Como este constante aumento de la esfera «privada» puede ser conflictivo
|
|
en un contexto comunitario, Locke arroja dos condiciones para legitimar
|
|
y delimitar estas apropiaciones \parencite{hettinger1989a,
|
|
stengel2004a}. Para evitar los monopolios, (1) siempre se tiene que
|
|
dejar lo suficiente para los demás \parencite{hettinger1989a,
|
|
stengel2004a}. Con el fin de que nadie produzca más de lo que
|
|
necesita, (2) el desperdicio queda prohibido \parencite{hettinger1989a, stengel2004a}.
|
|
|
|
La teoría laborista es fácil de comprender; no obstante, por su simpleza
|
|
existen una serie de dificultades al intentar trazar legislaciones
|
|
pertinentes. En realidad Locke no pretendió establecer una completa base
|
|
jurídica, sino justificar la propiedad en su traslado del derecho
|
|
natural al derecho positivo \parencite{stengel2004a}.
|
|
|
|
Una de los problemas proviene en lo que se conoce como «primera
|
|
ocupación» \parencite{schroeder2004a}. En la teoría de la propiedad
|
|
de Locke se supone un punto de partida virgen por el cual siempre es
|
|
posible una primera ocupación unilateral de los bienes comunes. Como en
|
|
principio hay suficientes recursos para todos, no es necesario el
|
|
consentimiento para estas primeras «ocupaciones». En un sentido
|
|
histórico esto crea una oligarquía de los que llegan primero \parencite{breakey2010a}.
|
|
Con el paso de los años poco a poco queda menos para
|
|
todos los demás por lo cual se tienen algunas consecuencias. El modo de
|
|
acceso primigenio deja de ser la «primera ocupación» para darle paso a
|
|
un mercado en donde se vuelve necesario el pago para la transferencia de
|
|
las propiedades. Así se crea una situación de desventaja entre los
|
|
primeros y consecutivos propietarios. Para mantener el orden acontece un
|
|
aumento del aparato burocrático y un «robustecimiento» de la legislación
|
|
hasta llegar a ser «ridículos» \parencite{breakey2010a}. Una
|
|
respuesta es modificar las condiciones dadas por Locke para que tengan
|
|
un sentido histórico. Otra es el establecimiento de la «primera
|
|
ocupación» siempre y cuando exista un «desierto moral». Con este se
|
|
funda el derecho a poseer sin consentimiento siempre y cuando no exista
|
|
un previo contexto de reclamos; una vez que esto no es posible, se
|
|
modificaría la legislación para responder \emph{ad hoc} a su situación
|
|
\parencite{moore2012a}.
|
|
|
|
\textcite{hughes1988a} y \textcite{moore2012a} argumentan que
|
|
este problema no afecta a la \textsc{pi} ya que la base común de la que
|
|
parten ---a saber, las ideas--- nunca se agota ni pueden ser propiedad
|
|
exclusiva de una persona. La primera ocupación siempre sería posible
|
|
porque no hay nadie que agote el campo infinito de ideas.
|
|
|
|
Esto haría que la condición (1) sea relevante en cuanto a la
|
|
distribución de la \textsc{pi}, mas no en su creación. La producción de
|
|
\textsc{pi} no tiene límite en cuanto creación de ideas, pero sí sobre la
|
|
distribución de las «expresiones concretas» de esas ideas. Sin embargo,
|
|
en el empleo de la definición estándar de la \textsc{pi} se olvida que la
|
|
entrada al «mundo de las ideas» por lo general se da a través de
|
|
expresiones concretas; rara vez son fruto exclusivo del productor, su
|
|
cuerpo o su talento. Para tener conocimiento de la idea de \emph{cogito
|
|
ergo sum} de Descartes es necesario tener disponible alguna edición del
|
|
\emph{Discurso del método} o alguna otra fuente que hable al respecto.
|
|
Sin este acceso, un sujeto \emph{a} nunca se le vendrá a la cabeza que,
|
|
para la filosofía occidental, el «pienso y luego existo» fue un punto
|
|
sin retorno para la filosofía moderna; tal como sucedió con aquellos
|
|
pensadores fuera de la esfera de influencia europea. Lo que se quiere
|
|
decir es que las ideas requieren contexto y un soporte físico para su
|
|
acceso. Son raros los casos como el de Leibniz y Newton que de manera
|
|
autónoma elaboraron lo que posteriormente se conocería como cálculo
|
|
---nótese que a pesar de no saber que ambos trabajaban en lo mismo,
|
|
compartían un mismo contexto histórico del desarrollo de las
|
|
matemáticas---.
|
|
|
|
Para la condición (2) existe casi un consenso en que no afecta a la
|
|
\textsc{pi} debido a que las ideas nunca se desperdician \parencite{hughes1988a, moore2012a}. No obstante, si el acceso de una idea
|
|
depende tanto de su contexto como de su soporte tangible, se vuelve
|
|
relevante su desperdicio en los casos donde los derechos de \textsc{pi}
|
|
controlan sus «expresiones concretas». Estos limitan de manera
|
|
artificial las posibilidades de acceso de las ideas y, por ende, de los
|
|
beneficios que pueden obtenerse para otros o para la sociedad. Es decir,
|
|
para varias ideas sería un desperdicio dejarlas resguardadas dentro del
|
|
«castillo» de la \textsc{pi}.
|
|
|
|
Otra dificultad es el condicionamiento de la propiedad a la labor
|
|
desagradable. Locke supone que no hay labor placentera y por ello su
|
|
ejecución ha de recompensarse a través de los frutos cosechados. No solo
|
|
la propiedad es una fuente de riqueza o un medio necesario para fines
|
|
humanos \parencite{palmer1990a}, sino que tiene como consecuencia
|
|
que a mayor goce, menor custodia \parencite{stengel2004a}. El grado
|
|
de protección de una propiedad sería relativo al desagrado que implica
|
|
su creación. Si bien es posible dar con mecanismos para evitar que esto
|
|
suceda \parencite{moore2012a}, estos suponen un valor intrínseco a
|
|
la labor realizada por un sujeto \parencite{hettinger1989a}. Esta
|
|
manera de valorar la propiedad pierde de vista que existen muchos
|
|
factores externos que afectan al valor de los frutos \parencite{hettinger1989a},
|
|
empezando por las diposiciones circunstanciales
|
|
del mercado.
|
|
|
|
Una objeción más puede indicarse en la misma presentación de la teoría.
|
|
El argumento va de manera progresiva de un comienzo mítico, religioso y
|
|
natural a uno real, histórico y positivo. Sin embargo, las condiciones
|
|
lógicas para la satisfacción de este corrido suponen su punto de partida
|
|
desde un inicio. \textcite{schroeder2004a} ha señalado ---aunque no
|
|
para criticar esta teoría--- que el dichoso «estado de naturaleza» es
|
|
una hipótesis lógicamente necesaria que concede explicaciones en
|
|
restrospectiva. Es decir, semejante estado es una producción del hombre
|
|
\parencite{schroeder2004a} para poder dar significado y sentido a
|
|
su situación actual a partir de una génesis que podría remontarse hasta
|
|
Adán y Eva.
|
|
|
|
Existen otros problemas con esta teoría pero para terminar me enfocaré a
|
|
una que no se la ha prestado atención suficiente. La teoría laborista de
|
|
Locke permite no solo fundamentar a la propiedad o a la \textsc{pi}, sino
|
|
también ir en contra de ella. \textcite{moore2008a} menciona que
|
|
desde Pierre-Joseph Proudhon se ha criticado a la teoría lockeana por
|
|
suponer una expansión de derechos de propiedad a partir del cuerpo. Si
|
|
bien \textcite{proudhon2010a} en \emph{¿Qué es la propiedad?} no
|
|
hace referencia a Locke, sí dedica cuantiosas páginas a la crítica del
|
|
fundamento de la propiedad a partir del «trabajo». Su crítica va
|
|
dirigida a cómo esta concepción atenta a la libertad de otros o de la
|
|
sociedad, a la par que pretende establecer la abolición de la propiedad
|
|
---el objetivo que Proudhon persigue a lo largo de esta obra---.
|
|
|
|
Supóngase que de manera efectiva el trabajo es el fundamento de la
|
|
propiedad. De ser así, el valor de la propiedad no residiría en esta
|
|
misma, sino en el trabajo empleado para su producción. Es decir, el
|
|
capital yacería en el trabajo del sujeto, no en el objeto producido. Si
|
|
esto es así, una primera consecuencia es que los objetos no le
|
|
pertenecerían a quien es dueño de los medios de producción, sino a quien
|
|
con su trabajo los usa de manera efectiva. El capataz no sería el
|
|
propietario de la milpa, sino el peón, porque con su trabajo la siembra
|
|
y la cultiva. Pero ¿para qué detenernos ahí? Si el trabajo es la fuente
|
|
de apropiación de los objetos. Si este se ejerce a través de las
|
|
herramientas que permiten la producción de objetos. Si este al mismo
|
|
tiempo requiere de un espacio definido para su ejecución que para Locke
|
|
también está sujeto a dominio. Entonces, por medio del trabajo se es
|
|
propietario no solo de sus frutos, sino de todo lo necesario para su
|
|
producción. Al menos sería así durante el tiempo que se lleva a cabo la
|
|
actividad productiva. El peón sería dueño de la milpa, pero también del
|
|
tractor y de la tierra que trabaja. Como consecuencia se tiene una
|
|
teoría laborista que volatiza, absorbe o vuelve irrelevante a la
|
|
propiedad privada: solo es menester reelaborar los derechos laborales. O
|
|
por lo menos le da mucho mayor peso a la propiedad pública o a los
|
|
bienes comunes porque la propiedad privada sería efímera.
|
|
|
|
Por su simplicidad y potencia, esta teoría es la que ofrece mayor
|
|
flexibilidad. Esto provoca las pasadas y demás dificultades. En cuanto
|
|
su nomenclatura, esta puede encontrarse con distintos nombres según cuál
|
|
sea el aspecto preferido a resaltar. Aquí se prefiere el uso de «teoría
|
|
laborista» por un doble cometido. En su tratado, Locke habla de
|
|
\emph{labor} y no de \emph{work}. Además, atendiendo a la distinción que
|
|
hace Hannah Arendt entre labor, trabajo y acción, la primera se dedica a
|
|
la satisfacción de las necesidades vitales \parencite{arendt2003a}.
|
|
Como puede interpretarse del texto de Locke, este defiende los derechos
|
|
de propiedad a partir de un principio básico de sustento de la vida
|
|
humana, por lo que la idea de «labor» arendtiana podría ser aplicable.
|
|
|
|
\chapter{¿Es posible una teoría de la propiedad intelectual?}
|
|
|
|
\noindent Pese al ánimo generalizado de elaborar una teoría de la \textsc{pi}, para
|
|
sus teóricos los resultados aún no son satisfactorios. \textcite{hughes1988a}
|
|
menciona que todas las teorías tienen sus detalles
|
|
aunque para sobrepasarlos bien podrían complementarse. \textcite{hettinger1989a}
|
|
acepta que todavía no hay una justificación
|
|
adecuada a la \textsc{pi}. \textcite{palmer1990a} resalta que la
|
|
mayoría de los argumentos ofrecidos en estas teorías vienen de
|
|
defensores de la propiedad privada y del libre mercado. Para \textcite{stengel2004a}
|
|
existen nexos entre las teorías, lo que refleja la
|
|
necesidad de poner parches. \textcite{schroeder2004a} hace énfasis
|
|
en que, con tal de defender la \textsc{pi} mediante Hegel, se termina por
|
|
citarlo de manera incorrecta, hasta el punto de generar una visión
|
|
romántica que no le corresponde y que en su lugar crea un fetiche en
|
|
torno a la creación intelectual. \textcite{shiffrin2007a} denota
|
|
que sin importar la postura ante la \textsc{pi}, la mayoría acepta que el
|
|
creador ha de recibir una justa compensación; el detalle estriba en cuál
|
|
es la forma más adecuada. \textcite{epstein2009a} es de los más
|
|
enfáticos en ver a la teoría de la \textsc{pi} como un sistema sujeto a los
|
|
derechos liberales de libre empresa y de propiedad privada. \textcite{moore2012a}
|
|
lanza una advertencia: privilegiar el aspecto económico
|
|
de la \textsc{pi} genera el peligro de minar a las instituciones que la
|
|
resguardan e incluso a la misma noción de \textsc{pi}. Por último,
|
|
\textcite{barron2012a} propone un giro ---al menos para la doctrina
|
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de los derechos de autor---: que la teoría ya no hable en términos de
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propiedad, sino de libertad de expresión.
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Detrás de esta insatisfacción yace un conflicto de intereses. La teoría
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no se considera apropiada si no sirve al menos de guía para el quehacer
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político, económico y jurídico involucrado en la gestación y gestión de
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la \textsc{pi}. En otros términos, si la teoría no da respuesta a las
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necesidades del quehacer cultural contemporáneo, esta ha de ser puesta
|
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entre paréntesis o simplemente desechada.
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Se habla de «contemporaneidad» cuando en realidad se alude al quehacer
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cultural que se da en el capitalismo global. Se indica «insatisfacción»
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en la teoría aunque más bien se trata de inconsistencias entre las
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antiguas formas de gestión de la \textsc{pi} y las recientes maneras en
|
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como esta puede gestarse y administrarse gracias a las nuevas
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tecnologías de la información y la comunicación. Se acusa de
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«incompletud» cuando por lo general ninguno de estos teóricos ven la
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relevancia fundamental que tienen los «bienes comunes» para la \textsc{pi}.
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\chapter{El familiar incómodo: los bienes comunes}
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\noindent El engrosamiento cuantitativo ---años aumentados para su protección--- y
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cualitativo ---tipo de obras o derivaciones bajo protección--- de la
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\textsc{pi} no ha pasado inadvertido. \textcite{baldwin2014a} hace
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énfasis en que los retractores de la \textsc{pi} han estado desde el
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surgimiento de sus diversas manifestaciones hace ya más de tres siglos.
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Por ejemplo, \textcite{condorcet1776a} abogó por un entendimiento
|
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radical de la autoría la cual no se conforma como derecho de propiedad
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exclusivo, sea de manera absoluta o limitada a cierto tiempo. Años
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después el librero alemán \textcite{kehr1799a} publicó diversas
|
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obras sin autorización con el fin de facilitar el acceso a los libros
|
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para quienes no podían adquirir las ediciones legítimas. Poco más de
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sesenta años después, \textcite{proudhon1862a} escribió \emph{Les
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Majorats littéraires} donde se muestra en contra de los escritores,
|
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artistas y juristas franceses ---encabezados por Alphonse de
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Lamartine--- que pretenden establecer los derechos de \textsc{pi}.
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\textcite{proudhon1862a} acepta que las obras literarias son un
|
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producto como cualquier otro y que los autores y los inventores merecen
|
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una compensación justa por su trabajo. Sin embargo, la producción no es
|
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propiedad: son conceptos distintos que no pueden ser tratados a modo de
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sinónimos.
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En la actualidad, los defensores de los «bienes comunes» (\textsc{bc})
|
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esgrimen argumentos similares a los que se han venido elaborando desde
|
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el siglo \textsc{xviii}. No obstante, como \textcite{baldwin2014a}
|
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bien resalta, la ola actual de críticos a la \textsc{pi} se caracteriza por
|
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su tenue conciencia histórica respecto a su mismo «bando». En parte esto
|
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puede explicarse por el contexto desde donde surgen la mayoría de los
|
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críticos actuales a la \textsc{pi}: los campos del desarrollo de
|
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\emph{software} y, en general, de las nuevas tecnologías de la
|
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información y la comunicación.
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La \textsc{pi} de manera continua se ha contrastado con los \textsc{bc}. En
|
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este sentido es como \textcite{lessig2005a} y \textcite{baldwin2014a}
|
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hablan de una «guerra» con dos bandos: quienes
|
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defienden el engrosamiento o la permanencia de las actuales
|
|
legislaciones de la \textsc{pi} y quienes argumentan la necesidad de su
|
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disminución o readaptación a las nuevas tecnologías de gestión de la
|
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información.
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Lo que se tiene aquí es un desfase entre las nuevas técnicas de
|
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producción y reproducción y sus regulaciones jurídicas. Las
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consecuencias de esta «guerra» son sociales y culturales, aunque gran
|
|
parte del debate se ha dado en los terrenos económico, político y
|
|
jurídico. Entre uno y otro bando se discute la manera adecuada de
|
|
resolver este desfase. Por un lado los defensores de la \textsc{pi} suelen
|
|
asentir en que las nuevas tecnologías de la comunicación deberían
|
|
obedecer lo dictado por las leyes. Por el otro lado, los defensores de
|
|
los \textsc{bc} argumentan que las legislaciones y la economía deberían de
|
|
adaptarse a los nuevos cambios tecnológicos.
|
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|
Los trabajos a favor de los \textsc{bc} han ocupado un lugar secundario
|
|
dentro de las teorías de la \textsc{pi}. Por ejemplo, para \textcite{hughes1988a}
|
|
los \textsc{bc} son una consecuencia de la expiración de
|
|
la \textsc{pi}. Son pocos los teóricos de la \textsc{pi}, como Epstein y
|
|
\textcite{barron2012a}, que han mostrado su preocupación sobre cómo
|
|
un ecosistema robusto de la \textsc{pi} podría dar como resultado los
|
|
«anticomunes»: el fenómeno que acontece cuando una protección tan
|
|
extensa y compleja torna los costos de transacción de los bienes
|
|
culturales en un acceso controlado y prohibitivo \parencite{epstein2009a}.
|
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|
|
Para \textcite{barron2012a} los \textsc{bc} son un ecosistema a
|
|
preservar porque se trata de \emph{uno de los dos momentos} de una misma
|
|
estructura orientada a garantizar la libertad de autoría para todos. Es
|
|
por ello que pese a la poca o nula importancia dada a estos, los
|
|
\textsc{bc} son un elemento que tal vez sea conveniente retomar para poder
|
|
comprender los motivos y las argumentaciones necesarias para una posible
|
|
teoría de la \textsc{pi}.
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|
\chapter{El resurgimiento: el movimiento del \emph{software} libre}
|
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\noindent A principios de los ochenta en el laboratorio de inteligencia artificial
|
|
del \textsc{mit} el joven programador Richard Stallman y otros
|
|
colaboradores se percataron de un nuevo fenómeno que estaba modificando
|
|
la manera de hacer \emph{software}. Acorde a \textcite{stallman2004b}
|
|
durante los setenta el código se compartía sin
|
|
ningún tipo de restricción. A partir de la siguiente década este se
|
|
convirtió en propiedad privada, ocasionando divisiones en las
|
|
comunidades tecnológicas que crecían alrededor de las primeras
|
|
universidades con acceso a computadoras conectadas a internet.
|
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|
Stallman junto con otras personas se organizaron para dar lugar a lo que
|
|
se conocería como el movimiento del \emph{software} libre. Su
|
|
declaración de principios y plan de trabajo se publicó en 1984 con el
|
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título \emph{El manifiesto \textsc{gnu}} \parencite{stallman2016a}. En
|
|
este manifiesto se declaran las cuatro libertades del \emph{software}:
|
|
las de uso, estudio, distribución y modificación de los programas
|
|
computacionales. Para llevarlo a cabo, este movimiento comenzó el
|
|
proyecto \textsc{gnu} ---se trata de un acrónimo recursivo que significa
|
|
\emph{\textsc{gnu} is Not Unix} muy \emph{ad hoc} al humor entre
|
|
programadores \parencite{stallman2016a}---, el cual busca el
|
|
desarrollo de un sistema operativo completamente «libre», y fundó la
|
|
Free Software Foundation (\textsc{fsf}), con el fin de financiar, difundir
|
|
y velar por el \emph{software} libre.
|
|
|
|
En el terreno teórico y de producción del conocimiento el movimiento del
|
|
\emph{software} libre tiene un espacio al proponer el concepto de
|
|
«\emph{copyleft}» y la licencia de uso \textsc{gpl}. El término
|
|
\emph{copyleft}, acuñado por Don Hopkins, busca hacer explícito la
|
|
oposición a las actuales legislaciones del \emph{copyright} \parencite{stallman2004b}.
|
|
Las obras bajo \emph{copyleft} permiten cualquier
|
|
uso, excepto el de añadir restricciones \parencite{stallman2004b}
|
|
---y aunque este autor no lo indique, el \emph{copyleft} también prohíbe
|
|
la ausencia de atribución en la obra creada o derivada---. En el ámbito
|
|
legislativo el \emph{copyleft} se vale de las actuales leyes del
|
|
\emph{copyright} con un fin contrario a su cometido: el acceso casi
|
|
irrestricto de las obras \parencite{stallman2004b}. Su primera
|
|
aplicación concreta la vemos en la \textsc{gpl}.
|
|
|
|
La \textsc{gpl} (Licencia Pública General, por sus siglas en inglés) es una
|
|
licencia de uso no exclusiva que se añade a las obras con
|
|
\emph{copyright}. Con la finalidad de facilitar el acceso y la gestión
|
|
de las obras protegidas, este tipo de licencia hace posible su uso sin
|
|
necesidad de celebrar una cesión de derechos tradicional \parencite{indautor1996a}.
|
|
Autores como \textcite{lessig2005a} han sido
|
|
muy enfáticos en que estas licencias no van en contra del
|
|
\emph{copyright}. En su lugar, consiste en un traslado de «todos los
|
|
derechos reservados» a «algunos derechos reservados» \parencite{lessig2005a}.
|
|
Cualquier obra bajo \textsc{gpl} puede ser usada según
|
|
sus términos y condiciones ---en general, el respeto a las cuatro
|
|
libertades del \emph{software} libre--- sin la necesidad de contactar o
|
|
de pedir permiso explícito al propietario de sus derechos.
|
|
|
|
Una de las particularidades del \emph{copyleft} y la \textsc{gpl} es la
|
|
obligación de hederar el mismo tipo de licencia a cualquiera de sus
|
|
obras derivadas. Esto se conoce como «cláusula hederitaria». Es decir,
|
|
si un usuario quiere modificar y distribuir un programa de cómputo bajo
|
|
\textsc{gpl}, esta nueva obra deberá de ser publicada bajo el mismo tipo de
|
|
licencia. Este carácter hereditario y no exclusivo es una de las
|
|
originalidades de las licencias \emph{copyleft} dentro de la legislación
|
|
de los derechos de autor. Así es como, según \textcite{stallman2004b},
|
|
se permite la preservación del \emph{software}
|
|
libre pese a las actuales leyes del \emph{copyright}: no resuelve el
|
|
problema, pero en la práctica solventa algunas dificultades en torno a
|
|
la restricción de acceso al \emph{software}.
|
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|
\chapter{La bifurcación: la iniciativa del código abierto}
|
|
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|
\noindent Uno de los supuestos básicos dentro del movimiento del \emph{software}
|
|
libre es que el código es un \textsc{bc} en lugar de alguna clase de
|
|
propiedad privada. Stallman en continuas ocasiones ha criticado la
|
|
pretensión de hacer del código una propiedad, así como una y otra vez ha
|
|
indicado la ambigüedad y pretensión omniabarcante del término «propiedad
|
|
intelectual» \parencite{stallman2016a}. Incluso ha prohibido su uso
|
|
en el discurso y a cambio exige hablar de manera concreta sobre los
|
|
derechos de autor o las patentes \parencite{stallman2004b}.
|
|
|
|
Esta inflexibilidad no ha sido obviada por muchos colaboradores que en
|
|
un principio sintieron atracción ante las intenciones del movimiento del
|
|
\emph{software} libre. Ya en \emph{El manifiesto \textsc{gnu}} se percibe
|
|
la intención de Stallman de darle fundamento teórico al movimiento a
|
|
través de la constitución de una ética deóntica \parencite{stallman2016a}.
|
|
En este y otros escritos ---aunque cada vez con
|
|
menos frecuencia--- Stallman ha hablado de una «Regla de Oro» \parencite{stallman2004b,stallman2016a}. Esta regla consiste en que si no se
|
|
desea la acaparación de la información, se debe de considerar erróneo
|
|
quien así lo lleve a cabo, por lo cual se ha de obrar de tal manera que
|
|
sea posible su liberación \parencite{stallman2004b}. \textcite{stallman2004b}
|
|
cataloga esta regla como una «ética kantiana», por
|
|
lo cual cabe entenderse como una especie de imperativo categórico dentro
|
|
del campo del desarrollo de \emph{software}. Estudios filosóficos sobre
|
|
la interpretación de la «ética kantiana» por parte del movimiento del
|
|
\emph{software} libre aún son necesarios.
|
|
|
|
La actitud y eticismo de Stallman generaron varias tensiones, que en los
|
|
noventa llegaron a un punto de inflexión, en particular sobre el uso de
|
|
la palabra «libre». Personas dentro del movimiento del \emph{software}
|
|
libre argumentaron que el uso del término «libertad» era
|
|
contraproducente para el movimiento y, por lo tanto, tenía que
|
|
eliminarse \parencite{stallman2004b}. Los principales argumentos a
|
|
favor de este cambio indicaban que el término «libertad» es ambiguo y se
|
|
presta a muchas interpretaciones, varias de ellas poco atractivas para
|
|
la iniciativa privada. Por ejemplo, en inglés la denominación
|
|
«\emph{free software}» podría entenderse como \emph{software} gratuito y
|
|
no como \emph{software} libre. Esto aleja a las empresas que pueden
|
|
brindar el apoyo financiero para la realización de las metas del
|
|
proyecto \textsc{gnu} \parencite{stallman2004b}.
|
|
|
|
En este sentido sería interesante analizar la noción de «libertad»
|
|
empleada por este movimiento en relación con lo que en el quehacer
|
|
filosófico se ha entendido por el mismo concepto. De manera puntual
|
|
podría investigarse qué tanto la ambigüedad en el uso y en su definición
|
|
consiste en un problema filosófico «heredado» al campo del desarrollo de
|
|
\emph{software}: no existe una sola definición de la libertad y la
|
|
pretensión por delimitarla es, por lo menos, problemática.
|
|
|
|
En 1997 el debate llegó a un camino sin salida y, con ello, la
|
|
bifurcación del movimiento del \emph{software} libre. En ese año Eric
|
|
Raymond publicó el ensayo \emph{La catedral y el bazar} en el cual se
|
|
hace hincapié a los nuevos modos de producción de \emph{software} más
|
|
«horizontales» ---los bazares--- que permiten mayor flexibilidad y
|
|
calidad en el código a la forma común de hacer \emph{software}
|
|
\parencite{raymond2016a}. Según Raymond, el desarrollo de programas
|
|
de cómputo antes del advenimiento del sistema operativo \textsc{gnu}/Linux
|
|
se caracterizaba por una serie de jerarquías que volvían muy costoso y
|
|
complejo el desarrollo de \emph{software} conforme este iba
|
|
evolucionando \parencite{raymond2016a}. Este modelo de desarrollo
|
|
lo catalogó como «catedral», ya que consiste en una división del trabajo
|
|
entre quienes son arquitectos y quienes son albañiles, y con una gran
|
|
planificación con el fin de erigir grandes monumentos. En contraste, el
|
|
modelo bazar ofrece mayor versatilidad al fomentar un modo de producción
|
|
ordenado según los méritos de cada programador integrante del proyecto
|
|
de \emph{software} \parencite{raymond2016a}, con lo cual se
|
|
incentiva el constante cambio en la organización con la finalidad de
|
|
mejorar el programa según sus necesidades y usos reales.
|
|
|
|
En 1998 se fundó la Open Source Initiative (\textsc{osi}), formalizándose
|
|
así la bifurcación definitiva del movimiento del \emph{software} libre.
|
|
En el terreno teórico esto implicó la generación de licencias de uso no
|
|
exclusivas y abiertas. Durante muchas décadas la \textsc{osi} ha tenido
|
|
roces con la \textsc{fsf} y el campo teórico y legal del \emph{copyleft} no
|
|
es una excepción.
|
|
|
|
Varios adherentes a la iniciativa del código abierto, como Jay Maynard,
|
|
han indicado que la cláusula hereditaria es paradójica ya que niega lo
|
|
que esta misma pretende: «restringir la libertad para poder maximizarla»
|
|
\parencite{maynard2010a}. Quizá esta discusión puede entenderse de
|
|
manera más plena si se toma en cuenta que una de las principales
|
|
diferencias entre la \textsc{fsf} y la \textsc{osi} es que esta última no
|
|
supone que el código sea un \textsc{bc}, sino una especie de propiedad que,
|
|
si bien ha sido trabajada en común, puede ser explotable comercialmente
|
|
por quienes tengan sus derechos.
|
|
|
|
Es decir, se trataría de una propiedad en común que puede ser
|
|
comercializada por unos cuantos al no hederar la cláusula hereditaria
|
|
del \emph{copyleft} que obliga liberar todas las mejoras de un programa,
|
|
permitiendo así su «cierre» o «retorno» a las formas tradicionales de
|
|
gestión de derechos. Esto podrá causar molestias, pero si de maximizar
|
|
la libertad se trata, también se tiene que garantizar la libertad de no
|
|
publicar las mejoras pese a que el trabajo original haya sido
|
|
desarrollado con licencias de código abierto \parencite{maynard2010a}.
|
|
Al final, si de «libertad» se habla, también se
|
|
debería de respetar la «libertad de empresa» sea por programadores o por
|
|
las corporaciones que forman parte de la industria tecnológica. Dada
|
|
esta flexibilidad para la privatización del \emph{software}, en la
|
|
actualidad el código abierto goza de mayor popularidad que el
|
|
\emph{software} libre, como se hace evidente en quienes apoyan a la
|
|
\textsc{osi} o a The Linux Foundation: \textsc{at}\&\textsc{t}, Google,
|
|
\textsc{ibm}, Intel, Microsoft, Samsung, entre otros \parencite{tlf2019a}.
|
|
|
|
\chapter{La amplificación: los movimientos de la cultura libre y del acceso abierto}
|
|
|
|
\noindent Dentro de las comunidades de \emph{software} libre y de código abierto
|
|
estas pugnas han sido constantes a lo largo de su historia. Aunque la
|
|
\textsc{fsf} y la \textsc{osi} difieren en criterios al momento de definir qué
|
|
es una licencia «libre» o «abierta», en la práctica los desarrolladores
|
|
de \emph{software} suelen encontrar puntos intermedios para poder
|
|
ejecutar cada uno de sus proyectos, sin importar que sean de
|
|
\emph{software} libre, de código abierto o de código propietario. Un
|
|
ejemplo de esta flexibilidad son comunidades específicas que cuentan con
|
|
sus propios criterios, como es el caso del \emph{Contrato social de
|
|
Debian} en el cual se define lo que es \emph{software} libre para
|
|
quienes integran la comunidad que mantiene Debian, una distribución de
|
|
un sistema operativo \textsc{gnu}/Linux \parencite{debian2004a}.
|
|
|
|
A finales de los noventa y principios del nuevo milenio esta diversidad
|
|
de ideas en torno al \emph{copyright} y el \emph{copyleft} empezaron a
|
|
influenciar otras esferas de la creación intelectual. Dos de los casos
|
|
más relevantes fueron el movimiento de la cultura libre y del acceso
|
|
abierto, los cuales se gestaron de manera paralela.
|
|
|
|
El uso de licencias \emph{copyleft} en sus orígenes se delimitó al campo
|
|
del desarrollo de \emph{software}. A Lawrence Lessig, abogado y
|
|
académico, por lo general se le acredita como uno de las principales
|
|
personajes que trasladaron este discurso al terreno más general del
|
|
quehacer cultural. En \emph{Por una cultura libre} \textcite{lessig2005a}
|
|
lleva a cabo una derivación del \emph{software} libre
|
|
en la búsqueda de un equilibrio entre lo que llama la «anarquía» y el
|
|
«control» de la \textsc{pi}. Lo que se estaría buscando es la gestación de
|
|
una cultura que apoye y proteja a los creadores sin perjudicar el
|
|
derecho al acceso de la información por parte de los usuarios \parencite{lessig2005a}.
|
|
No se trataría de una cultura sin propiedad, sino una
|
|
cultura del permiso \parencite{lessig2005a}. Para \textcite{lessig2005a}
|
|
el \emph{copyright} en su vertiente contemporánea se
|
|
ha convertido en un problema debido a su engrosamiento cuantitativo y
|
|
cualitativo. Uno de los principales factores que han llevado al
|
|
\emph{copyright} a ser una herramienta que detiene la labor creativa
|
|
---fin contrario por el cual se constituyó, según este autor--- es que
|
|
el internet ha causado una «guerra» al posibilitar la difusión eficiente
|
|
de contenidos \parencite{lessig2005a}.
|
|
|
|
Ante este panorama, \textcite{lessig2005a} asiente con la necesidad
|
|
de la propiedad y la \textsc{pi} por su relevancia para la sociedad. Sin
|
|
embargo, la propiedad no lo abarca todo. A diferencia de varios de sus
|
|
colegas abogados, \textcite{lessig2005a} argumenta que es la
|
|
legislación y los mercados quienes deberían de ajustarse a lo que las
|
|
nuevas tecnologías de la comunicación hacen posible. La función de
|
|
regulación ahora no depende solo de las leyes, sino también del código:
|
|
«el código es la ley» \parencite{lessig2009a}. Para \textcite{lessig2005a}
|
|
en esta «guerra» es necesario encontrar un punto medio
|
|
que evite el control en el comportamiento de los usuarios. Por ello, la
|
|
cuestión no es en optar entre la \textsc{pi} o los \textsc{bc}, sino en
|
|
constituir sistemas de gestión de la \textsc{pi} y las libertades que
|
|
permiten \parencite{lessig2005a}. En general, el esfuerzo de
|
|
\textcite{lessig2005a} consiste en redefinir el debate entre ambos
|
|
bandos en términos más amplios y no binarios.
|
|
|
|
Una de sus propuestas para la amplificación, la diversificación y la
|
|
redefinición de esta problemática son las licencias de uso Creative
|
|
Commons (\textsc{cc}). Este tipo de licencias retoman varios de los
|
|
elementos presentes en las licencias de \emph{software} libre o de
|
|
código abierto con el fin de ser empleados por cualquier tipo de creador
|
|
intelectual. Para \textcite{lessig2005a} las \textsc{cc} son un
|
|
\emph{copyright} razonable que va más allá de la doctrina del uso justo
|
|
y que funcionan para complementar a las actuales legislaciones del
|
|
\emph{copyright}. Con las \textsc{cc} se pretende erigir un movimiento de
|
|
consumidores y creadores de contenidos en pos del dominio público en el
|
|
cual todos puedan adquirir o recibir compensaciones de manera justa
|
|
\parencite{lessig2005a}.
|
|
|
|
Diversos académicos también observaron en los \textsc{bc} la posibilidad de
|
|
encontrar un equilibrio entre las legislaciones actuales del
|
|
\emph{copyright} y lo que las nuevas tecnologías hacen posible. Según
|
|
\textcite{moore2019a} este movimiento tiene sus orígenes no tanto
|
|
en la efervescencia en el campo del desarrollo de \emph{software}, sino
|
|
en las comunidades de editores independientes de los ochenta y los
|
|
noventa. Aún así, el movimiento del \emph{software} libre gestó una
|
|
alternativa a la propiedad de los programas de cómputo. Para varios
|
|
editores académicos esto fue una muestra de la posibilidad de oponerse a
|
|
las prácticas de diversas editoriales comerciales \parencite{moore2019a}.
|
|
|
|
Qué tanto influyó el movimiento del \emph{software} libre o la
|
|
iniciativa del código abierto al movimiento del acceso abierto es
|
|
todavía una cuestión por examinar. También está pendiente el análisis
|
|
del impacto que la presencia o ausencia del acceso abierto ha tenido en
|
|
sectores académicos específicos, como son la producción filosófica
|
|
dentro de las universidades en América Latina. Lo que parece más claro
|
|
es que varios académicos vieron la conveniencia de emplear la
|
|
publicación en internet para sus propios fines \parencite{moore2019a}.
|
|
|
|
En los noventa varios autores académicos empezaron a experimentar con
|
|
tecnologías de edición digital para poder ocupar un espacio que en ese
|
|
tiempo aún no había sido habitado por las editoriales comerciales
|
|
\parencite{moore2019a}. Aunque el movimiento del acceso abierto no
|
|
es un movimiento unitario, por lo general sus adeptos asienten en que
|
|
las editoriales comerciales no siempre respetan los intereses del
|
|
quehacer académico \parencite{moore2019a}. Por ello este movimiento
|
|
no solo es una mera cuestión de acceso a la información, sino también
|
|
sobre una serie de mecanismos para que los académicos tengan un mayor
|
|
control sobre su trabajo \parencite{moore2019a}.
|
|
|
|
Aunque esta búsqueda de control aún está en disputa, en esos años
|
|
empezaron a surgir una serie de iniciativas en pos del acceso abierto de
|
|
los artículos científicos, como es perceptible en 2002 con la Budapest
|
|
Open Access Initiative (\textsc{boai}). Lo que esta iniciativa busca es que
|
|
la literatura científica esté disponible en internet para que los
|
|
usuarios puedan leerla, descargarla, copiarla, distribuirla, imprimirla
|
|
o referenciarla sin ningún costo \parencite{boai2002a}.
|
|
|
|
La única restricción a este acceso sería el derecho al autor sobre la
|
|
integridad de su trabajo \parencite{boai2002a}. Este requisito se
|
|
aleja de la tradición del \emph{copyright} y se acerca a la doctrina del
|
|
derecho de autor. No se trata de un control sobre la copia de la obra,
|
|
sino sobre el dominio que tiene el autor para poder ser propiamente
|
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conocido y citado.
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Con el fin de garantizar este acceso, la \textsc{boai} propone dos
|
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estrategias. La primera es la constitución de repositorios públicos
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disponibles en internet que sirvan para la conservación y consulta de
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los artículos científicos \parencite{boai2002a}. La segunda es la
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publicación de revistas académicas sin costo para su acceso y de
|
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preferencia financiadas con recursos públicos \parencite{boai2002a}.
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SciELO es un ejemplo temprano y en América Latina de estas estrategias
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previo a la \textsc{boai}. En 1998 en Sao Pablo, Brasil, nació el proyecto
|
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de una biblioteca electrónica de acceso abierto llamada Scientific
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Electronic Library Online o, de manera breve, SciELO \parencite{wikipedia2019b}.
|
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En la actualidad SciELO tiene presencia en casi
|
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todos los países de América Latina, incluyendo México ---está gestionada
|
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por la \textsc{dgb} de la \textsc{unam} \parencite{scielo2019a}---. Otros
|
|
proyectos a resaltar en esta parte del mundo son Dialnet, para la
|
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producción académica en habla hispana, y la Red de Revistas Científicas
|
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de América Latina y el Caribe, España y Portugal (Redalyc).
|
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La amplificación de la ola contemporánea en pos de los \textsc{bc} ha ido
|
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desde las comunidades de desarrollo de \emph{software} o de editores
|
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independientes, pasando por comunidades científicas y creadores
|
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culturales en general, hasta en derivaciones muy específicas como en el
|
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hacer tipográfico. El movimiento de las fuentes libres hace hincapié en
|
|
la especificidad de sus creaciones ya que son sujetas a derechos de
|
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autor y a patentes de manera distinta a como se gestionan los programas
|
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de cómputo u obras literarias \parencite{crossland2008a}. Esto da
|
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como resultado un ecosistema cada vez más robusto de creadores y
|
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usuarios en pos de los \textsc{bc}.
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\chapter{La crítica interna: el \emph{copyfarleft}}
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\noindent El aumento de creadores y usuarios a favor de los \textsc{bc} no ha sido un
|
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fenómeno consistente y uniforme. Al parecer el único consenso es que el
|
|
quehacer cultural debería tratarse lo más cercano a un \textsc{bc}. Tampoco
|
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existe mucha claridad al respecto de las diversas categorías que son
|
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empleadas por estos proponentes como son las de «libertad», «apertura»,
|
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«acceso», «información», «autoría», «propiedad», «propiedad intelectual»
|
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e incluso el mismo término de «bienes comunes».
|
|
|
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Ante las faltas de congruencia entre la práctica y la teoría, y de
|
|
coherencia en el discurso, en 2010 Dmytri Kleiner publicó el
|
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\emph{Manifiesto telecomunista}. La intención general de este manifiesto
|
|
es conducir los logros conseguidos por el \emph{software} libre hacia un
|
|
programa de socialismo de izquierda. Para \textcite{kleiner2019a}
|
|
la concepción de la sociedad y la cultura como un mercado es un
|
|
imaginario capitalista que debe eliminarse. Para ello se vale del
|
|
«comunismo de riesgo»: un modelo de autoorganización inspirado en la
|
|
tipología de la red, donde el cambio social viene a partir de un modelo
|
|
de intercambio descentralizado y compuesto por voluntarios, lo que
|
|
también llama «economía de red» \parencite{kleiner2019a}.
|
|
|
|
Esta obra puede catalogarse como un híbrido entre diferentes ideas
|
|
trabajadas por los colectivos de la izquierda europea y los discursos de
|
|
la ola contemporánea en pos de los \textsc{bc}. Por este motivo y con
|
|
explícita alusión al \emph{Manifiesto comunista}, es como Kleiner
|
|
denomina este manifiesto como «telecomunista».
|
|
|
|
Uno de los supuestos centrales del manifiesto es que el internet no
|
|
podrá ser «libre» si continúa con el financiamiento capitalista
|
|
\parencite{kleiner2019a}. El «trabajador en internet» no es
|
|
distinto al resto de los obreros: no es propietario de los productos de
|
|
su trabajo \parencite{kleiner2019a}. Para resolver está tensión a
|
|
favor de la «sociedad libre» existe una postura concreta sobre la
|
|
propiedad: esta es antagónica de la libertad debido a que a distancia
|
|
controla lo producido por otra persona, subyugándola a quien es el dueño
|
|
de los medios de producción \parencite{kleiner2019a}.
|
|
|
|
\textcite{kleiner2019a} propone dos estrategias para la lucha de
|
|
clases: el comunismo de riesgo y el \emph{copyfarleft}. Mediante el
|
|
comunismo de riesgo se buscaría la generación de la capacidad económica
|
|
que conlleve al conflicto de clase y, con ello, a la transformación del
|
|
sistema capitalista \parencite{kleiner2019a}. Las licencias
|
|
\emph{copyfarleft} serían un dispositivo concreto que permitiría la
|
|
gestación de esta capacidad económica.
|
|
|
|
Esta propuesta es, entre los personajes más célebres dentro de la ola
|
|
contemporánea a favor de los \textsc{bc} ---como Stallman, Raymond y
|
|
Lessig, y sin tanta visibilidad también Maynard---, por lo menos
|
|
problemática. Para \textcite{raymond2016a,maynard2010a} y \textcite{lessig2005a}
|
|
el mercado, como elemento central para el desarrollo
|
|
de la creación intelectual, no es puesto en duda. A través de sus
|
|
escritos es perceptible su preocupación por la acaparación del mercado a
|
|
manos de unas cuantas corporaciones, pero todos ellos de manera
|
|
explícita argumentan su necesidad para el quehacer cultural \parencite{raymond2016a,maynard2010a,lessig2005a}.
|
|
|
|
Para Stallman y en general para la postura de la \textsc{fsf} el apego al
|
|
mercado no es tan explícito. Si bien \textcite{stallman2004b} en
|
|
varios de sus escritos llama a que el código es una cuestión más social
|
|
que comercial, las posturas políticas de este autor y de la \textsc{fsf}
|
|
hacen patente alguna clase de respeto a la comercialización del
|
|
\emph{software}. El \emph{software} como producto de una comunidad
|
|
«libre» no es necesariamente gratuito, sino que su adquisición y uso es
|
|
«libre» aunque no por ello antagónico a su venta no exclusiva como
|
|
producto final o a su cobro bajo el concepto de prestación de soporte
|
|
técnico.
|
|
|
|
Otro aspecto a resaltar es uno de los criterios que la \textsc{fsf} emplea
|
|
para definir si una licencia puede ser considerada «libre». Acorde a
|
|
esta fundación, una licencia de uso libre es aquella que no discrimina
|
|
su uso según el tipo de usuario, incluyendo a gobiernos y corporaciones
|
|
\parencite{fsf2019a}. Esto permite la apropiación del trabajo de
|
|
las comunidades de \emph{software} libre por parte de terceros sin la
|
|
obligación de contribuir con la comunidad, siempre y cuando se respeten
|
|
los términos de licencia. Esto deja patente que aunque la pretensión de
|
|
las licencias \emph{copyleft} es dar «libertad» a sus usuarios, por
|
|
regla general concede más libertades sobre el uso del objeto producido
|
|
que al sujeto que lo produce. Como casos están las compañías chinas que
|
|
emplean licencias de uso al mismo tiempo que obligan a sus trabajadores
|
|
a desarrollar \emph{software} de nueve de la mañana a nueve de la noche
|
|
durante seis días a la semana. Aspecto que resalta el movimiento
|
|
anti-996 \parencite{bbc2019a} y cuya realidad no es lejana a la
|
|
manera en como compañías de Estados Unidos o de Europa relocalizan su
|
|
trabajo en India o América Latina.
|
|
|
|
Para \textcite{kleiner2019a} el \emph{copyleft} no permite observar
|
|
el conflicto de clases existente. Si bien la principal innovación del
|
|
\emph{copyleft} fue volver al \emph{copyright} contra sí mismo, esto es
|
|
insuficiente en un contexto del «capitalismo de riesgo», que se
|
|
caracteriza por la apropiación privada de plataformas digitales cuyo
|
|
valor fue creado gratuitamente por sus usuarios \parencite{kleiner2019a}.
|
|
Según \textcite{kleiner2019a} la pobreza no se
|
|
origina por las faltas de cultura o de acceso a la información, sino por
|
|
la explotación de la clase productora. El comunismo de riesgo ha de
|
|
operar en un ecosistema integral de bienes y servicios, sean físicos o
|
|
no. Esto lleva a \textcite{kleiner2019a} a criticar la ola
|
|
contemporánea en pos de los \textsc{bc} por su complicidad en la
|
|
acumulación capitalista.
|
|
|
|
La crítica más dura de \textcite{kleiner2019a} es hacia Lessig y
|
|
las licencias \textsc{cc}. Acorde al manifiesto, antes de Lessig las
|
|
comunidades a favor de los \textsc{bc} luchaban en contra de todo tipo de
|
|
propiedad, catalogándose así como movimientos \emph{anticopyright}. Sin
|
|
embargo, después de Lessig estas comunidades poco a poco se han
|
|
inclinado más a la búsqueda de reformas de las actuales legislaciones de
|
|
la \textsc{pi}, por lo que ahora se constituyen como movimientos
|
|
\emph{copyjustright} \parencite{kleiner2019a}.
|
|
|
|
Para ser más explícito, \textcite{kleiner2019a} declara que las
|
|
licencias \textsc{cc} son una versión más elaborada del \emph{copyright} y,
|
|
por ende, habla de \emph{copyjustright}. Según este autor, las \textsc{cc}
|
|
se caracterizan por concebir lo «libre» como libertad de consumo de las
|
|
obras bajo control del creador. Estas licencias serían un modo de
|
|
restricción arbitraria según las preferencias del autor, las cuales
|
|
niegan los derechos del consumidor y dejan sin sospecha la relación
|
|
actual entre productores y consumidores. Esto tiene como consecuencia la
|
|
generación de un anticomún que encubre la lógica capitalista. Por un
|
|
lado regresa al «mito» del pasado incorrupto del \emph{copyright} y a
|
|
las ideas románticas sobre la originalidad y la creatividad. Por otro,
|
|
da pequeñas concesiones en un «campo de juego» determinado por la falta
|
|
de cuestionamiento a la propiedad privada y la personalización de la
|
|
propiedad en la noción de la \textsc{pi}. En conclusión, para \textcite{kleiner2019a}
|
|
el trabajo de Lessig es distante a los objetivos del
|
|
\emph{anticopyright}.
|
|
|
|
Sobre el \emph{copyleft} \textcite{kleiner2019a} declara que es una
|
|
regresión a lo que se buscaba en los movimientos de \emph{anticopyright}
|
|
debido a las siguientes contradicciones. Primero, el \emph{copyleft}
|
|
supone que existió una Edad de Oro del \emph{copyright} pero que en la
|
|
actualidad ya no cumple su función, por lo que el \emph{copyleft} viene
|
|
para enmendar esa corrupción, que según el autor jamás existió: el
|
|
\emph{copyright} nunca fue para el beneficio de los creadores. Segundo,
|
|
su origen es el contexto \emph{hacker} alrededor de las primeras
|
|
universidades con acceso a internet en Estados Unidos y de Europa que le
|
|
interesa perseguir el conocimiento por sí mismo, dejando de lado
|
|
cualquier lucha de clases al limitarse al estrecho marco de la
|
|
producción «inmaterial». Tercero, no es incompatible con la economía
|
|
capitalista e incluso se usa para recortar costos en la producción
|
|
---esto explicaría porque empresas que en su momento se opusieron al
|
|
\emph{software} libre o al código abierto, desde hace pocos años están
|
|
empezando a adoptar estos modos de producción, como son Microsoft, Apple
|
|
e \textsc{ibm}--- y para inducir a la venta del trabajo como medio de
|
|
subsistencia.
|
|
|
|
En conclusión, para \textcite{kleiner2019a} el \emph{copyleft} no
|
|
tiene un impacto directo en la distribución de la riqueza y el poder,
|
|
donde su efectividad en el campo del desarrollo de \emph{software} ha
|
|
hecho evidente que es un nuevo medio para la acumulación de capital. En
|
|
un sentido ideológico, se trata de un retroceso del \emph{anticopyright}
|
|
porque neutraliza la comprensión de este fenómeno como una lucha entre
|
|
el capitalismo y el comunismo de riesgo. En un espectro político, la
|
|
regresión estriba en la omisión de la crítica elaborada por la izquierda
|
|
socialista europea al capitalismo. En fin, el \emph{copyleft} se orienta
|
|
más a la libertad de información que a la libertad de explotación: no
|
|
ayuda a los productores culturales porque no fomenta una economía
|
|
controlada por ellos mismos \parencite{kleiner2019a}.
|
|
|
|
Al tomar en cuenta estos supuestos retrocesos, \textcite{kleiner2019a}
|
|
propone un retorno crítico al \emph{anticopyright}
|
|
basándose en la enseñanza dejada por los movimientos que promueven el
|
|
\emph{copyleft}. Este regreso busca una «libertad» absoluta y la
|
|
abolición de todo tipo de \textsc{pi}, cuyo término acuñado es el
|
|
\emph{copyfarleft}. En el terreno teórico, las licencias
|
|
\emph{copyfarleft} pretenden que los trabajadores retengan el valor de
|
|
los productos de su actividad en un contexto de uso y sustracción en
|
|
común. Es decir, permite su uso comercial pero entre agentes que no se
|
|
valen de la explotación para su sustento económico. Con esto se busca el
|
|
desarrollo de una economía de trabajadores como punto intermedio para la
|
|
consecución de una sociedad sin clases. La propiedad aquí sería
|
|
entendida como propiedad en común, no como propiedad privada. Esta
|
|
propiedad serviría como un medio para llegar a la fracturación y
|
|
transformación de la economía capitalista \parencite{kleiner2019a}.
|
|
Algunos ejemplos de licencias \emph{copyfarleft} son la Licencia de
|
|
Producción de Pares \parencite{lpp2012a} o la Licencia Editorial
|
|
Abierta y Libre \parencite{zhenya2019a}.
|
|
|
|
Debido al amplio uso de categorías trabajadas por organizaciones de la
|
|
izquierda europea y de índole marxista, un análisis sobre su coherencia
|
|
teórica aún está pendiente. También es menester contrastar este discurso
|
|
con la manera en como las comunidades \emph{hacker} en América Latina
|
|
han recibido y formado parte de esta ola contemporánea. No obstante,
|
|
caben resaltar dos cuestiones al respecto de la crítica hecha por el
|
|
\emph{copyfarleft} al \emph{copyleft} y al \emph{copyright}.
|
|
|
|
Kleiner hace patente que el principal punto de disputa es sobre quién
|
|
tiene el control de la producción a partir de las nuevas tecnologías
|
|
como son el internet y lo que en general se denominan tecnologías
|
|
«digitales». En este sentido, si bien las creaciones intelectuales se
|
|
han comprendido como \textsc{pi} o como \textsc{bc}, en ambos casos cabe la
|
|
posibilidad de percibir un punto de encuentro. De uno u otro extremo
|
|
parece existir un entendimiento general de que la creación es propiedad,
|
|
sea esta propiedad privada, propiedad pública o propiedad «en común».
|
|
|
|
Esto tiene el efecto de disminuir la tensión entre cualquier tipo de
|
|
teoría de la \textsc{pi} y las aproximaciones teóricas a favor de los
|
|
\textsc{bc}. En lugar de buscar defenderlas o refutarlas, se pretendería la
|
|
gestación de teorías sobre el control de los medios de producción de
|
|
índole «intelectual»: ¿quién o qué tiene la autoridad de determinar cómo
|
|
se desarrolla \emph{software}, cómo se compone música, cómo se filman
|
|
películas, cómo se publican textos, cómo se genera el conocimiento y, en
|
|
general, cómo se hace cultura? Las teorías de la \textsc{pi} y la ola
|
|
contemporánea en pos de los \textsc{bc} se podrían interpretar a modo de
|
|
dos tendencias o \emph{momentos} dentro de la gestión de la producción
|
|
cultural, como ya señalaba \textcite{barron2012a}. El apoyo a los
|
|
\textsc{bc} no sería una resolución al desafío planteado por el
|
|
engrosamiento de la \textsc{pi}. Ambas tendencias serían «síntomas» que van
|
|
más allá de un llano desfase entre las legislaciones actuales y las
|
|
nuevas posibilidades técnicas. El punto de partida sería determinar a
|
|
cuál fenómeno o «malestar» se refieren, si es que tal tarea es posible.
|
|
|
|
Por otro lado, esto manifiesta que la producción es el aspecto al que
|
|
más relevancia se le ha dado durante esta «guerra». La infraestructura
|
|
cultural actual no solo recae en la creación constante de nuevos
|
|
productos. En este sentido serían interesantes ciertos estudios cuya
|
|
hipótesis sea que el valor dado a la productividad recae más bien en
|
|
\emph{la reproducción} constante de objetos materiales hechos mercancía
|
|
y de textos cuyo valor reside en su proliferación para su «validación»
|
|
---como \textcite{palmer1990a} hace ver en las pretensiones por dar
|
|
con justificaciones para la \textsc{pi}---.
|
|
|
|
Los costos humanos y económicos para mantener esta infraestructura es al
|
|
menos equiparable al precio que se paga para la generación de nuevos
|
|
objetos, incluyendo textos. Por ejemplo, el salario que se le paga al
|
|
cuerpo académico. Por un lado tenemos la obligación docente de
|
|
reproducir y mantener el conocimiento a través de la enseñanza, el apoyo
|
|
a la conclusión de estudios del alumnado o el soporte a otras
|
|
actividades académicas de la universidad. Por el otro se tiene la
|
|
necesidad de producción de conocimiento como la redacción de artículos,
|
|
capítulos de libros, ponencias o libros a tal ritmo que incluso se ha
|
|
sintetizado con la frase «publica o muere». Uno de los puntos de
|
|
análisis para poder comprender lo que implica la «guerra» entre la
|
|
\textsc{pi} y los \textsc{bc} tal vez se encuentra en la sospecha respecto a
|
|
la relevancia que en ambos «bandos» se le ha prestado a la productividad
|
|
intelectual, sea para subordinarla a intereses políticos o económicos
|
|
ajenos al ámbito académico o para la apropiación por parte de los
|
|
cuerpos académicos.
|
|
|
|
\chapter{En la búsqueda de una definición de los bienes comunes}
|
|
|
|
\noindent Una crítica común al concepto de «propiedad intelectual» por parte de
|
|
quienes apoyan a los \textsc{bc} es que abarca demasiadas legislaciones no
|
|
equiparables entre sí. Esto hace de la \textsc{pi} un término ambiguo y,
|
|
por ende, poco apto para su uso como elemento central en la gestión de
|
|
la creación intelectual. Sin embargo, lo expuesto hasta ahora exhibe que
|
|
los significados de los «bienes comunes» y la «libertad» promulgadas por
|
|
el \emph{copyleft} y el \emph{copyfarleft} se suponen en el discurso.
|
|
Estos conceptos por lo general se aprehenden de manera intuitiva a
|
|
través de la argumentación.
|
|
|
|
Otra dificultad que se desprende de la crítica elaborada por los
|
|
defensores de los \textsc{bc} es que no hay una delimitación clara sobre la
|
|
crítica hacia la propiedad. En varios de los casos existe una sinonimia
|
|
entre los términos «propiedad», «propiedad privada» y «propiedad
|
|
intelectual». Si bien es cierto que las teorías de la \textsc{pi} hasta
|
|
ahora elaboradas la suponen como «propiedad privada», esto no cierra la
|
|
posibilidad de una teoría que se refiera más bien a algún tipo de
|
|
«propiedad pública» o de «propiedad en común». Además, es perceptible
|
|
que el término «bienes comunes» se usa como sinónimo de alguna clase de
|
|
propiedad. Lo que ambas tendencias parecen señalar es que la creación es
|
|
propiedad, pero ¿qué clase de «propiedad»?
|
|
|
|
Según \textcite{hughes1988a} la \textsc{pi} en relación con los
|
|
\textsc{bc} puede entenderse como «bien común potencial». Para \textcite{epstein2009a}
|
|
la \textsc{pi} robusta es un «anticomún». Esto parece
|
|
implicar que los \textsc{bc} se delimitan y se comprenden a partir de su
|
|
nexo con la \textsc{pi} y viceversa. Los \textsc{bc} se entienden como
|
|
consecuencia de la expiración de la \textsc{pi} \parencite{hughes1988a}
|
|
o como el punto de partida «en común» desde el cual de
|
|
manera positiva se garantiza la existencia de la \textsc{pi}, según los
|
|
argumentos de la teoría laborista \parencite{moore2012a}.
|
|
|
|
Una tentativa para contemplar lo que implica la definición de los
|
|
\textsc{bc} es la elaboración de un marco que los sitúe en su vínculo con
|
|
la \textsc{pi}. El siguiente esquema supone que existen dos tendencias, los
|
|
«anticomunes» y los «bienes comunes», y un punto medio, los «bienes
|
|
no-comunes».
|
|
|
|
Los «anticomunes» son creaciones intelectuales cuyo acceso los vuelve
|
|
prohibitivos debido a su costo \parencite{epstein2009a}. En esta
|
|
parte del esquema se encuentra la «\textsc{pi} robustecida». El crecimiento
|
|
cuantitativo y cualitativo de la protección de la \textsc{pi} genera el
|
|
efecto de aumentar los costos de transacción para su acceso hasta el
|
|
punto de ser inaccesibles para la mayoría de la población. Si bien
|
|
varios juristas, economistas o legisladores pretenden engrosar su
|
|
protección, los teóricos de la \textsc{pi} y los autores a favor de los
|
|
\textsc{bc} revisados aquí asienten en que esta no es la solución, sino una
|
|
agravación del problema sobre qué tanto control deberían de tener los
|
|
creadores y los distribuidores sobre las obras y qué tanto tendría que
|
|
inclinarse la balanza a favor de los usuarios. Algunos ejemplos de
|
|
\textsc{pi} robustecida son las patentes o los derechos de autor cuyo
|
|
precio impiden su adquisición para su reproducción, como la cesión de
|
|
derechos para la traducción o la reedición de obras. Otro ejemplo son
|
|
los eventos culturales cuyo costo es imposible pagar para la mayoría de
|
|
la población. La categoría de «anticomún» no es estática, sino relativa
|
|
al poder adquisitivo de cada comunidad, región, etcétera. En América
|
|
Latina el pago mensual por \emph{software} propietario en muchos casos
|
|
no es viable ---incentivando la piratería--- a diferencia de otros
|
|
lugares como Estados Unidos o Europa.
|
|
|
|
El posicionamiento de la \textsc{pi} no prohibitiva es debatible. En efecto
|
|
no puede colocarse como \textsc{bc} ya que esta noción supone la
|
|
posibilidad de acceso a la creación sin un intercambio económico de por
|
|
medio y sin la necesidad de pedir permiso al creador. Por ello se coloca
|
|
dentro de un espacio intermedio que catalogaremos como «bienes
|
|
no-comunes». Esto deja en evidencia que el esquema podría ser más exacto
|
|
si en lugar de posicionar conceptos sirviera como marco de referencia
|
|
para cada creación intelectual. Ejemplos de este tipo de \textsc{pi} serían
|
|
los eventos culturales de «bajo» costo como el cine o los espectáculos
|
|
en la calle donde su acceso se da en forma de cooperación voluntaria,
|
|
las campañas de fomento a la lectura en la que se regalan libros y en
|
|
general cualquier campaña o creación intelectual que sea accesible por
|
|
medio de subsidios.
|
|
|
|
Las características de las creaciones intelectuales «no-comunes» es que
|
|
requieren un bajo costo de transacción o su acceso es permisible gracias
|
|
a una clase de subsidio. Esto no esclarece mucho esta dimensión del
|
|
esquema ya que es debatible lo que se da a entender por «bajo costo» o
|
|
«permisividad», porque es relativo a la capacidad económica de cada
|
|
contexto. Pero se trata de dar pautas para poder tener un panorama más
|
|
general sobre la diversidad de creaciones intelectuales que son tratadas
|
|
como propiedad. Así como abre la puerta a otros debates. Por ejemplo,
|
|
¿puede considerarse un bien común la educación pública y gratuita
|
|
gracias al subsidio del Estado?
|
|
|
|
En los bienes no-comunes también se localizan las creaciones
|
|
intelectuales de «propiedad pública». Su gestión corre a cargo del Esto
|
|
y en supuesto beneficio para sus comunidades. No es un bien común porque
|
|
requiere la autorización o el pago al Estado ---a modo de cuotas o
|
|
impuestos--- para su acceso. Ejemplo de ello son los museos, los
|
|
archivos, las universidades o en general cualquier institución cultural
|
|
que recibe fondos públicos.
|
|
|
|
Del otro extremo se tienen los «bienes comunes». Sus sinónimos son
|
|
«propiedad en común» o «propiedad común» si se comparte el supuesto de
|
|
que la creación es propiedad. El acceso público de este tipo de bienes
|
|
no está determinado por costos de transacción o por el permiso de sus
|
|
creadores. Aunque esto no excluye que su acceso esté limitado a la
|
|
infraestructura cultural o a cuestiones geopolíticas. Este espectro del
|
|
esquema abarca varios tipos de propiedad ya que de suyo implica que los
|
|
bienes no son tratados como propiedad privada ni como propiedad pública.
|
|
|
|
Una de las formas más habituales de bienes comunes es el «dominio
|
|
público». El dominio público no es una propiedad pública porque no se
|
|
trata de bienes cuyo uso está bajo control del Estado. El Estado vela
|
|
para su efectivo cumplimiento, aunque de manera particular no gestione
|
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el uso de cada creación intelectual puesta en este dominio. El papel del
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Estado en este contexto es sobre la gestión en la transacción de la
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creación intelectual como \textsc{pi} a \textsc{bc}. Se trata de un control
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sobre la conversión en el tipo de propiedad, pero no sobre su modo de
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empleo. Aunque si los derechos morales no caducan al darse esta
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permutación, el Estado tiene la función de restringir ciertos usos de
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los bienes puestos en dominio público ---esto puede indicar que el
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dominio público está en una zona intermedia entre los bienes no-comunes
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y los \textsc{bc}---. Ejemplos en México tenemos toda obra literaria o
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artística de creadores que fallecieron \emph{al menos} hace cien años,
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como los poemas de Sor Juana Inés de la Cruz o, en el caso \emph{más
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contemporáneo}, los textos de Amado Nervo.
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En este sentido puede entenderse porque \textcite{hughes1988a}
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habla de los \textsc{bc} como consecuencia de la expiración de la \textsc{pi}.
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La reducción de los \textsc{bc} al dominio público implica que solo se
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obtienen a partir de la dilución de la \textsc{pi} a través de la pérdida
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del derecho positivo a su posesión exclusiva. Esto evidencia el
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correlato entre la función del Estado y las garantías ofrecidas a
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quienes desean usar los bienes bajo dominio público y a quienes ostentan
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derechos de \textsc{pi}. Este dominio, al igual que la \textsc{pi}, debe su
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existencia al Estado. Las legislaciones actuales protegen la \textsc{pi}
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como derecho positivo: la propiedad no tiene su justificación en algún
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estado natural, sino en las instituciones y la capacidad del Estado en
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hacer valer estos derechos. Gracias al Estado los creadores tienen la
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autorización de ejercer un monopolio temporal sobre su creación. A su
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término, el Estado tiene la obligación de que estas creaciones puedan
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ser usadas sin pago o petición de permiso. Así es como el dominio
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público se expande, por lo que tiene sentido que, en la reducción de los
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\textsc{bc} al dominio público, \textcite{hughes1988a} indique que la
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\textsc{pi} es un «bien común potencial». Una consecuencia interesante es
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que el crecimiento del dominio público implica la consolidación de las
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instituciones que constituyen al Estado y cuyas funciones son el cuidado
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de los derechos la \textsc{pi} y del acceso a los \textsc{bc}.
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En otro sentido, \textcite{kleiner2019a} ha hecho evidente que la
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disputa entre la \textsc{pi} y los \textsc{bc} no siempre se dio en los
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terrenos del \emph{copyjustright} sino también en el
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\emph{anticopyright}. La lucha en contra del \emph{copyright} llama a la
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violación de las restricciones impuestas a las creaciones intelectuales
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por parte de creadores y distribuidores, y cuyo control está garantizado
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por el Estado. Asi que otras propiedades insertas en los \textsc{bc} es lo
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que en conjunto llamaremos «\textsc{pi} en disputa». Su característica más
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relevante es que su ubicación en este espectro queda definido por el uso
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y no a partir de lo que permite la legislación vigente. Hay al menos
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tres tipos de \textsc{pi}: la huérfana, la descatalogada y la abandonada.
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La «\textsc{pi} huérfana» es aquella donde la creación intelectual aún no
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se encuentra en dominio público pero de la cual no se puede localizar al
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titular de sus derechos. Este fenómeno es reccurrente en el caso de los
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derechos de autor, ya que la extensión de su protección abarca por lo
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menos cincuenta años para todos los países firmantes del Convenio de
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Berna \parencite{ompi1971a}, aunque en la práctica la mayoría de
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los Estados signatarios han establecido una duración mínima de setenta
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años o en los casos más extremos, como el mexicano, de cien años. El
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aumento cuantitativo en la protección de los derechos tiene
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consecuencias cualitativas ya que una diferencia de veinte o veinticinco
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años implica la herencia de la titularidad a la generación siguiente. La
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protección por cincuenta años hace que la titularidad sea transmitida
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del autor a sus posibles nietos; una protección de setenta años, a los
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bisnietos y una de cien años a sus tataranietos. La analogía no es
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fortuita, con el fin de dejar un legado y medio de sustento se justificó
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la extensión \emph{post mortem} de los derechos de autor \parencite{baldwin2014a}.
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Al momento de buscar el permiso para la reproducción
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de la obra es cada vez más común que se desconozca al titular de los
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derechos. Ante esta limitante, ciertas personas o instituciones proceden
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a utilizar la obra como si estuviese en dominio público, aunque
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legalmente sigue siendo un tipo de \textsc{pi}. Hasta hace poco diversos
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Estados han empezado a solventar este problema al emitir legislaciones
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que facilitan el uso de obras huérfanas, como es el caso de la Unión
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Europea, Inglaterra y Australia \parencite{dd2017a}. Sobre este
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tipo de obras la \textcite{euipo2019a} cuenta con una base de datos
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disponible para su consulta pública.
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La «\textsc{pi} descatalogada» consiste en un bien cultural que no está en
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dominio público y el titular de sus derechos es identificable, pero la
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obra no se encuentra disponible. En ciertas ocasiones se cuenta con el
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registro de una obra, pero no hay archivo, biblioteca o comercio que la
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tenga disponible. Su pertenencia a los \textsc{bc} es de índole negativa:
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su accesibilidad no está restringida por su costo o ausencia de permiso,
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sino porque no existe ningún ejemplar a disposición. Este tipo de
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propiedad está en una zona gris debido a que es imputable si en efecto
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puede catalogarse como «bien común». Sin embargo, la particularidad de
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este tipo de creaciones pone en manifiesto que tal vez para los
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simpatizantes de los \textsc{bc} o de la \textsc{pi} la relevancia de las
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creaciones intelectuales residen en su valor de uso y no en su valor de
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cambio. Una de las consecuencias que caben desprenderse es la
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debilitación del argumento según el cual la \textsc{pi} se justifica para
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equilibrar el costo de su obtención inicial ---como las horas de trabajo
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o los recursos necesarios--- del costo de su reproducción ---como el
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costo marginal para su producción en serie---.
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Por último, la «\textsc{pi} abandonada» es una creación intelectual
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disponible que todavía no forma parte del dominio público pero cuyo
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titular ha consentido en su uso gratuito, aunque sin ser del todo
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irrestricto. Esto no implica que el bien no tenga derechos reservados,
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sino que su creador previamente ha dado permiso para uso no exclusivo.
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El usuario no pide autorización, sino que el autor emplea algún tipo de
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mecanismo para que la creación esté bajo disposición pública según
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ciertos términos. Las licencias de uso son un ejemplo de este tipo de
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bien común. En un sentido legislativo las obras conservan sus derechos
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de autor, de patentes, etcétera; no obstante, en la práctica estos
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derechos casi no son ejercidos. Un área gris de este tipo de \textsc{pi} es
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la ausencia de legislación que determine si las licencias de uso son a
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perpetuidad. Esto abre la posibilidad a que con el tiempo el titular de
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los derechos decida dejar de otorgar licencias de uso y opte por
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gestionar los derechos de su obra según las reglas de la cesión habitual
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o por desantenderse de su mantenimiento. Un ejemplo podría ser un autor
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que decidió hacer su obra pública y gratuita pero al momento de su
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muerte el heredero de los derechos cesa de ofrecer esta disponibilidad.
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Debido a la falta de legislación al respecto, la \textsc{pi} abandonada
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carece de certeza jurídica en vida del autor y \emph{post mortem}
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\parencite{zhenya2017a}.
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El caso de LibreOffice, una bifurcación de OpenOffice, ejemplifica las
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restricciones que pueden presentarse en el acceso gratuito a este tipo
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de \textsc{pi}. OpenOffice es un programa ahora descontinuado que se
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perfiló como la altenativa abierta a Microsoft Office. Sun Microsystem
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comenzó su desarrolló pero después esta empresa fue absorbida por Oracle
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Corporation. Con el paso de los años OpenOffice fue relegado y luego
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abandonado. La comunidad de programadores que en su tiempo libre ayudaba
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al proyecto criticó esta negligencia de Oracle hasta que por fin decidió
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bifurcar el proyecto y crear The Document Foundation ---su objetivo es
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velar por los estándares abiertos en los programas de ofimática---.
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Oracle fue invitado a formar parte de la fundación y a donar el nombre
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«OpenOffice». Esta empresa rechazó la oferta e incluso pretendió imponer
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sus intereses por lo que la comunidad decidió prescindir de su ayuda y,
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según los términos de licencia, se vio obligada a poner un nuevo nombre
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a la continuación de este proyecto. Esto dio nacimiento a LibreOffice,
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la alternativa abierta más estable para \emph{software} de oficina
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\parencite{tdf2010a}.
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Como puede observarse, estos tipos de propiedades no son homogéneos y su
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categorización es conflictiva. Los \textsc{bc} como consecuencia legal de
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la dilución de la \textsc{pi} simplifica la flexibilidad y la complejidad
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del «campo de guerra» en el que «combaten» los simpatizantes de la
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\textsc{pi} y los \textsc{bc}. Por otro lado, la insistencia en que los
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\textsc{bc} son la solución a las dificultades generadas por las
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legislaciones en pos de la \textsc{pi}, o el punto de partida en común que
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ha de defenderse del constante engrosamiento de los derechos reservados,
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no se opone a varios de los consensos entre ambos «bandos».
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La constitución de la creación intelectual como propiedad no es un
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traslado sencillo ni directo. Los problemas desprendidos en la
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elaboración de este esquema intenta hacer patente que la falta de
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delimitación de conceptos es un elemento en común para quienes defienden
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la \textsc{pi} o los \textsc{bc}. La crítica que desvalora la relevancia de la
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\textsc{pi} por su ambigüedad no ayuda a la resolución del problema sobre
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quién o qué tiene la autoridad para controlar los modos de producción
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intelectual. En su lugar, demuestra la necesidad de un ejercicio teórico
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que busque la comprensión de este problema desde un panorama más amplio.
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Los consensos entre ambos «bandos» son en que (1) la creación
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intelectual es propiedad, que (2) el uso, la disponibilidad y la
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reproductibilidad son las características más relevantes de este tipo de
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creaciones y que (3) el terreno en disputa se despliega a través de dos
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polos: la \textsc{pi} y los \textsc{bc}. Además, sin mención expresa y en
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detrimento de las intenciones del \emph{copyfarleft}, esta configuración
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deja el campo abierto para la acumulación de capital al mismo tiempo que
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sostiene la relevancia de la autoría dentro de la legislación sobre la
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creación intelectual ---sea para su custodia, abandono o donación al
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«bien común»---.
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¿Por qué de una u otra forma la «lógica capitalista» siempre parece
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beneficiarse de mejor manera ---como la prolongación de la explotación
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laboral perceptible en el movimiento anti-996, la defensa del libre
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mercado por parte de varias personalidades de la iniciativa del código
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abierto o del movimiento a favor de la cultura libre, o la precariedad
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de las comunidades de \emph{hackers} y activistas en resistencia---?
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¿Acaso la transformación o la disolución de la \textsc{pi} es posible a
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través de una redefinición de lo que implica la autoría? ¿Por qué la
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autoría y la atribución no está en disputa para ninguno de los «bandos»?
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¿Cabe la posibilidad de plantear alternativas que no impliquen o que
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critiquen los consensos entre ambos «bandos»?
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\backmatter
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\printbibliography
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