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<h1>EPUB Accessibility Report</h1>
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<p class="font-italic">Generated by DAISY Ace (1.1.1) on 27/1/2020 10:07:38</p>
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<p><span class="font-weight-bold">Title:</span> El creador y lo creado</p>
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@ -39,7 +39,7 @@
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$ ruby /home/perro/.pecas/epub/automata/../recreator/recreator.rb -d epub -y /home/perro/Repositorios/perro-tuerto/maestria-investigacion/tesis/ebooks/out/meta-data.yaml
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# pc-changer
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$ ruby /home/perro/.pecas/epub/automata/../changer/changer.rb -e /home/perro/Repositorios/perro-tuerto/maestria-investigacion/tesis/ebooks/out/epub-4243de60.epub --version 3.0.0
|
||||
$ ruby /home/perro/.pecas/epub/automata/../changer/changer.rb -e /home/perro/Repositorios/perro-tuerto/maestria-investigacion/tesis/ebooks/out/epub-0c3d0526.epub --version 3.0.0
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# pc-analytics
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$ ruby /home/perro/.pecas/epub/automata/../../base-files/analytics/analytics.rb -f /home/perro/Repositorios/perro-tuerto/maestria-investigacion/tesis/ebooks/out/epub-4243de60.epub --json
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||||
$ ruby /home/perro/.pecas/epub/automata/../../base-files/analytics/analytics.rb -f /home/perro/Repositorios/perro-tuerto/maestria-investigacion/tesis/ebooks/out/epub-0c3d0526.epub --json
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# epubcheck 4.0.2
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$ java -jar /home/perro/.pecas/epub/automata/../../src/alien/epubcheck/4-0-2/epubcheck.jar epub-4243de60.epub -out log.xml -q
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||||
$ java -jar /home/perro/.pecas/epub/automata/../../src/alien/epubcheck/4-0-2/epubcheck.jar epub-0c3d0526.epub -out log.xml -q
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# epubcheck 3.0.1
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$ java -jar /home/perro/.pecas/epub/automata/../../src/alien/epubcheck/3-0-1/epubcheck.jar epub-4243de60_3-0-0.epub -out log.xml -q
|
||||
$ java -jar /home/perro/.pecas/epub/automata/../../src/alien/epubcheck/3-0-1/epubcheck.jar epub-0c3d0526_3-0-0.epub -out log.xml -q
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<jhove xmlns="http://hul.harvard.edu/ois/xml/ns/jhove" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" name="epubcheck" release="3.0.1" date="2013-05-10">
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<format>application/epub+zip</format>
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<property><name>CreationDate</name><values arity="Scalar" type="Date"><value>2020-01-27T10:06:41Z</value></values></property>
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<property><name>Creator</name><values arity="Scalar" type="String"><value>Santa Ana Anguiano, Ramiro</value></values></property>
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<property><name>Publisher</name><values arity="Scalar" type="String"><value>UNAM-FFyL</value></values></property>
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@ -693,9 +693,9 @@ $ java -jar /home/perro/.pecas/epub/automata/../../src/alien/epubcheck/3-0-1/epu
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</jhove>
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# ace
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$ ace -o logs/ace epub-4243de60.epub
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$ ace -o logs/ace epub-0c3d0526.epub
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info: Processing epub-4243de60.epub
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info: Processing epub-0c3d0526.epub
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info: Parsing EPUB
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info: Analyzing accessibility metadata
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info: Checking package...
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||||
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@ -703,15 +703,15 @@ $ ace -o logs/ace epub-4243de60.epub
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|||
info: Checking documents...
|
||||
info: - xhtml/000-portada.xhtml: 1 issues found
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info: - xhtml/003-agradecimientos.xhtml: No issues found
|
||||
info: - xhtml/002-legal.xhtml: No issues found
|
||||
info: - xhtml/001-portadilla.xhtml: No issues found
|
||||
info: - xhtml/002-legal.xhtml: No issues found
|
||||
info: - xhtml/004-lista_de_siglas_y_acronimos.xhtml: No issues found
|
||||
info: - xhtml/005-introduccion_un_tema_filosofico_desatendido.xhtml: No issues found
|
||||
info: - xhtml/006-teorias_de_la_propiedad_intelectual.xhtml: No issues found
|
||||
info: - xhtml/007-criticas_de_los_bienes_comunes.xhtml: No issues found
|
||||
info: - xhtml/009-conclusion_temas_a_explorar.xhtml: No issues found
|
||||
info: - xhtml/008-puntos_de_encuentro.xhtml: No issues found
|
||||
info: - xhtml/999-colofon.xhtml: No issues found
|
||||
info: - xhtml/008-puntos_de_encuentro.xhtml: No issues found
|
||||
info: - xhtml/010-bibliografia.xhtml: No issues found
|
||||
info: Consolidating results...
|
||||
info: Copying data
|
||||
|
@ -721,7 +721,7 @@ $ ace -o logs/ace epub-4243de60.epub
|
|||
|
||||
|
||||
# kindlegen
|
||||
$ kindlegen epub-4243de60.epub
|
||||
$ kindlegen epub-0c3d0526.epub
|
||||
|
||||
*************************************************************
|
||||
Amazon kindlegen(Linux) V2.9 build 1028-0897292
|
||||
|
@ -738,11 +738,11 @@ $ kindlegen epub-4243de60.epub
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Info(prcgen):I1047: Added metadata dc:Subject "Propiedad intelectual"
|
||||
Info(prcgen):I1047: Added metadata dc:Subject "Bienes comunes"
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Info(prcgen):I1047: Added metadata dc:Description "Tesis para la obtención del grado de Maestro en Filosofía."
|
||||
Info(prcgen):I1052: Kindle support cover images but does not support cover HTML. Hence using the cover image specified and suppressing cover HTML in content. URL: /tmp/mobi-2uTrdV/OPS/xhtml/000-portada.xhtml
|
||||
Info(prcgen):I1052: Kindle support cover images but does not support cover HTML. Hence using the cover image specified and suppressing cover HTML in content. URL: /tmp/mobi-8p8Rg8/OPS/xhtml/000-portada.xhtml
|
||||
Info(prcgen):I1002: Parsing files 0000011
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@ -760,10 +760,10 @@ $ kindlegen epub-4243de60.epub
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File diff suppressed because it is too large
Load Diff
File diff suppressed because it is too large
Load Diff
Binary file not shown.
Binary file not shown.
|
@ -630,9 +630,9 @@ donde la intervención directa del Estado es innecesaria.
|
|||
|
||||
## 4. La teoría personalista: Hegel, Kant y ¿más Hegel?
|
||||
|
||||
La segunda teoría que pretende dar fundamentos filosóficos a la
|
||||
+++PI+++ es una que retoma ideas y conceptos de Hegel y Kant. A
|
||||
diferencia de la teoría progresista revisada la sección pasada,
|
||||
La segunda teoría que pretende dar fundamentos filosóficos a
|
||||
la +++PI+++ es una que retoma ideas y conceptos de Hegel y Kant.
|
||||
A diferencia de la teoría progresista revisada la sección pasada,
|
||||
@textcite[hughes1988a, schroeder2004a] y @textcite[stengel2004a]
|
||||
asienten en que la teoría personalista es la aproximación más
|
||||
completa ---también conocida como «hegeliana» o «continental»
|
||||
|
@ -780,13 +780,13 @@ y cosmopolita.
|
|||
La defensa kantiana no permite una teoría personalista basada
|
||||
en un sistema de +++PI+++. Sin embargo, el énfasis en el peligro
|
||||
del uso ilícito del discurso no pasó desapercibido. Josef Kohler,
|
||||
jurista y poeta decimonónico alemán, vio un vínculo entre los derechos
|
||||
de autor kantianos y la teoría de la propiedad hegeliana @parencite[cotter1997a,
|
||||
baldwin2014a]. Kohler extrajo de Hegel la defensa de los derechos
|
||||
del productor para la alienación de su trabajo, y de Kant tomó
|
||||
el argumento donde la obra es el discurso de su autor. Como consecuencia,
|
||||
existe el derecho a impedir la apropiación no autorizada del
|
||||
trabajo del autor @parencite[cotter1997a].
|
||||
jurista y poeta decimonónico alemán, vio un vínculo entre los
|
||||
derechos de autor kantianos y la teoría de la propiedad hegeliana
|
||||
@parencite[cotter1997a, baldwin2014a]. Kohler extrajo de Hegel
|
||||
la defensa de los derechos del productor para la alienación de
|
||||
su trabajo, y de Kant tomó el argumento donde la obra es el discurso
|
||||
de su autor. Como consecuencia, existe el derecho a impedir la
|
||||
apropiación no autorizada del trabajo del autor @parencite[cotter1997a].
|
||||
|
||||
Esto desemboca en dos clases de derechos de autor. Los derechos
|
||||
patrimoniales permiten la explotación de las obras por el autor
|
||||
|
@ -847,10 +847,11 @@ con la humana @parencite[stengel2004a]. Según @textcite[locke2006a],
|
|||
Dios dio la tierra a los hombres para su comodidad y existencia.
|
||||
Aunque esta es de todos, existe una propiedad que solo le pertenece
|
||||
a cada uno: su cuerpo. Mediante este y sus manos el hombre produce
|
||||
los frutos que «podemos decir que son suyos». Con su labor el hombre
|
||||
saca los elementos de su estado de naturaleza que, por consiguiente,
|
||||
«hace que no tengan ya derecho a ella los demás hombres». La
|
||||
propiedad queda así justificada mediante la labor @parencite[shiffrin2007a].
|
||||
los frutos que «podemos decir que son suyos». Con su labor el
|
||||
hombre saca los elementos de su estado de naturaleza que, por
|
||||
consiguiente, «hace que no tengan ya derecho a ella los demás
|
||||
hombres». La propiedad queda así justificada mediante la labor
|
||||
@parencite[shiffrin2007a].
|
||||
|
||||
Aunque Locke habló de propiedad física, principalmente en un
|
||||
contexto agrícola, su argumento permite una extrapolación. Así
|
||||
|
@ -956,10 +957,10 @@ lógicas para la satisfacción de este recorrido suponen su punto
|
|||
de partida desde un inicio. @textcite[schroeder2004a] ha señalado
|
||||
---aunque no para criticar esta teoría--- que el «estado de naturaleza»
|
||||
es una hipótesis lógicamente necesaria para su explicación en
|
||||
retrospectiva. Es decir, semejante estado es una producción
|
||||
del hombre @parencite[schroeder2004a] para dar significado y
|
||||
sentido a su situación actual a partir de una génesis que podría
|
||||
remontarse hasta Adán y Eva, como lleva a cabo Locke.
|
||||
retrospectiva. Es decir, semejante estado es una producción del
|
||||
hombre @parencite[schroeder2004a] para dar significado y sentido
|
||||
a su situación actual a partir de una génesis que podría remontarse
|
||||
hasta Adán y Eva, como lleva a cabo Locke.
|
||||
|
||||
Un último problema es que la teoría laborista permite fundamentar
|
||||
una «antiteoría» de la +++PI+++. @textcite[moore2008a] menciona
|
||||
|
@ -1006,8 +1007,8 @@ de la vida humana, por lo que la «labor» arendtiana es aplicable.
|
|||
Pese al ánimo generalizado para elaborar una teoría de la +++PI+++,
|
||||
como se ha expuesto en las tres secciones pasadas donde se revisaron
|
||||
las teorías progresista, personalista y laborista, que respectivamente
|
||||
están basadas en teorías utilitaristas, en Hegel y Kant, así como en
|
||||
Locke, los resultados aún no son satisfactorios. @textcite[hughes1988a]
|
||||
están basadas en teorías utilitaristas, en Hegel y Kant, así
|
||||
como en Locke, los resultados aún no son satisfactorios. @textcite[hughes1988a]
|
||||
menciona que todas tienen sus detalles aunque podrían complementarse
|
||||
para sobrepasarlos. @textcite[hettinger1989a] acepta que no hay
|
||||
una justificación adecuada a la +++PI+++. @textcite[palmer1990a]
|
||||
|
@ -1051,8 +1052,8 @@ que tienen los «bienes comunes» para la +++PI+++.
|
|||
## 7. El familiar incómodo
|
||||
|
||||
La carencia de fundamentación del concepto «propiedad intelectual»,
|
||||
la ausencia de teorías consistentes que lo justifiquen, todo ello
|
||||
visto en las seis secciones anteriores, así como el engrosamiento
|
||||
la ausencia de teorías consistentes que lo justifiquen, todo
|
||||
ello visto en las seis secciones anteriores, así como el engrosamiento
|
||||
cuantitativo ---años aumentados para su protección--- y cualitativo
|
||||
---tipo de obras bajo resguardo--- de este tipo de propiedad
|
||||
no ha pasado inadvertido. @textcite[baldwin2014a] indica que
|
||||
|
@ -1109,17 +1110,17 @@ retomarlos para evaluar la posibilidad de una teoría de la +++PI+++.
|
|||
|
||||
## 8. El resurgimiento: el _software_ libre
|
||||
|
||||
Uno de los principales orígenes de la ola actual en contra de la
|
||||
+++PI+++, el familiar incómodo que se mencionó en la sección pasada,
|
||||
se remonta a principios de los ochenta en el laboratorio de inteligencia
|
||||
artificial del +++MIT+++ donde el joven programador Richard Stallman
|
||||
y otros colaboradores se percataron de un fenómeno que estaba
|
||||
modificando la manera de hacer _software_. Acorde a @textcite[stallman2004b]
|
||||
durante los setenta el código se compartía sin ninguna restricción.
|
||||
Sin embargo, en la siguiente década se convirtió en propiedad
|
||||
privada. Esto ocasionó divisiones en las comunidades tecnológicas
|
||||
que crecían alrededor de las primeras universidades con computadoras
|
||||
conectadas a internet.
|
||||
Uno de los principales orígenes de la ola actual en contra de
|
||||
la +++PI+++, el familiar incómodo que se mencionó en la sección
|
||||
pasada, se remonta a principios de los ochenta en el laboratorio
|
||||
de inteligencia artificial del +++MIT+++ donde el joven programador
|
||||
Richard Stallman y otros colaboradores se percataron de un fenómeno
|
||||
que estaba modificando la manera de hacer _software_. Acorde
|
||||
a @textcite[stallman2004b] durante los setenta el código se compartía
|
||||
sin ninguna restricción. Sin embargo, en la siguiente década
|
||||
se convirtió en propiedad privada. Esto ocasionó divisiones en
|
||||
las comunidades tecnológicas que crecían alrededor de las primeras
|
||||
universidades con computadoras conectadas a internet.
|
||||
|
||||
Stallman y otras personas se organizaron para dar lugar al movimiento
|
||||
del _software_ libre. Su declaración de principios y plan de
|
||||
|
@ -1250,13 +1251,13 @@ Google, +++IBM+++, Intel, Microsoft, Samsung, entre otros.
|
|||
|
||||
Aunque la +++FSF+++ y la +++OSI+++ difieren en criterios al momento
|
||||
de definir qué es una licencia «libre» o «abierta», como se ha
|
||||
evidenciado en las dos secciones anteriores, en la práctica
|
||||
los desarrolladores de _software_ encuentran puntos intermedios
|
||||
para poder ejecutar proyectos. Un ejemplo de esta flexibilidad
|
||||
son comunidades que cuentan con sus propios criterios, como el
|
||||
_Contrato social de Debian_ en el cual se define el _software_
|
||||
libre para la comunidad de Debian, una distribución de un sistema
|
||||
operativo +++GNU+++/Linux @parencite[debian2004a].
|
||||
evidenciado en las dos secciones anteriores, en la práctica los
|
||||
desarrolladores de _software_ encuentran puntos intermedios para
|
||||
poder ejecutar proyectos. Un ejemplo de esta flexibilidad son
|
||||
comunidades que cuentan con sus propios criterios, como el _Contrato
|
||||
social de Debian_ en el cual se define el _software_ libre para
|
||||
la comunidad de Debian, una distribución de un sistema operativo
|
||||
+++GNU+++/Linux @parencite[debian2004a].
|
||||
|
||||
A finales de los noventa y principios del nuevo milenio esta
|
||||
diversidad de ideas empezaron a influenciar otras esferas de
|
||||
|
@ -1367,8 +1368,8 @@ y usuarios en pos de los +++BC+++.
|
|||
## 11. La crítica interna: el _copyfarleft_
|
||||
|
||||
El aumento de creadores y usuarios a favor de los +++BC+++ no
|
||||
ha sido un fenómeno consistente ni uniforme, como ha quedado en
|
||||
evidencia en las tres secciones pasadas. El único consenso
|
||||
ha sido un fenómeno consistente ni uniforme, como ha quedado
|
||||
en evidencia en las tres secciones pasadas. El único consenso
|
||||
es que que las actuales legislaciones de +++PI+++ son demasiado
|
||||
restringidas. Tampoco existe claridad sobre las categorías empleadas
|
||||
por estos proponentes como «libertad», «apertura», «acceso»,
|
||||
|
@ -1758,8 +1759,8 @@ través de instituciones estatales, cuyos principales beneficiarios
|
|||
jurídica--- no son los creadores, sino las instituciones o las
|
||||
empresas que por medio del contrato de obras por encargo o del
|
||||
uso de los bienes de las «economías del regalo» aseguran la titularidad
|
||||
de los derechos o disminuyen sus costos de producción a la par que
|
||||
mantienen o aumentan sus precios de distribución.
|
||||
de los derechos o disminuyen sus costos de producción a la par
|
||||
que mantienen o aumentan sus precios de distribución.
|
||||
|
||||
La fragmentación de las teorías kantianas o hegelianas se da
|
||||
por un uso que no toma en cuenta sus objetivos o consecuencias.
|
||||
|
@ -1776,9 +1777,9 @@ Una consecuencia fue la constitución de los derechos morales,
|
|||
los cuales defienden la creación literaria como propiedad inalienable
|
||||
y cuya génesis se sitúa en las discusiones decimonónicas de juristas
|
||||
franceses y alemanes @parencite[baldwin2014a]. Con el Convenio
|
||||
de Berna estas legislaciones se implementaron en el resto
|
||||
del mundo y hoy en día están presentes, por ejemplo, en la
|
||||
@textcite[indautor1996a] del Estado mexicano.
|
||||
de Berna estas legislaciones se implementaron en el resto del
|
||||
mundo y hoy en día están presentes, por ejemplo, en la @textcite[indautor1996a]
|
||||
del Estado mexicano.
|
||||
|
||||
La teoría progresista sigue fines socioeconómicos: la generación
|
||||
de la mayor utilidad posible. En la sección 3 se indicó la manera
|
||||
|
@ -1863,21 +1864,21 @@ o negar.
|
|||
|
||||
## 14. El pacto para una alianza ¿tripartita?
|
||||
|
||||
El problema en la fundamentación de la +++PI+++ parece tener sus
|
||||
raíces en problemas de mayor envergadura, motivo por el cual
|
||||
El problema en la fundamentación de la +++PI+++ parece tener
|
||||
sus raíces en problemas de mayor envergadura, motivo por el cual
|
||||
existe cierta falta de claridad sobre la pretensión de distintas
|
||||
personas en justificarla o rechazarla, como ha sido perceptible
|
||||
en esta investigación, principalmente en las secciones 3--5 y
|
||||
6--11. Las diferencias entre los teóricos de la +++PI+++ y los
|
||||
defensores de los +++BC+++ analizados son perceptibles. Sin
|
||||
embargo, también son visibles ciertos paralelismos. Por ejemplo,
|
||||
en ambos «bandos» muchas veces hay una renuencia a cuestionar
|
||||
si la autoría es relevante según las posibilidades de gestión
|
||||
de derechos y las capacidades técnicas de producción, reproducción,
|
||||
distribución y conservación (+++PRDC+++) de bienes culturales.
|
||||
El cuestionamiento fundamental no es si la autoría debe o puede
|
||||
tener un papel menos relevante en el quehacer cultural, sino
|
||||
por qué esta se concibe como indispensable para esta actividad.
|
||||
defensores de los +++BC+++ analizados son perceptibles. Sin embargo,
|
||||
también son visibles ciertos paralelismos. Por ejemplo, en ambos
|
||||
«bandos» muchas veces hay una renuencia a cuestionar si la autoría
|
||||
es relevante según las posibilidades de gestión de derechos y
|
||||
las capacidades técnicas de producción, reproducción, distribución
|
||||
y conservación (+++PRDC+++) de bienes culturales. El cuestionamiento
|
||||
fundamental no es si la autoría debe o puede tener un papel menos
|
||||
relevante en el quehacer cultural, sino por qué esta se concibe
|
||||
como indispensable para esta actividad.
|
||||
|
||||
Otra similitud es el reduccionismo jurídico. El debate sobre
|
||||
el quehacer cultural ha delimitado la +++PRDC+++ a una cuestión
|
||||
|
@ -2045,19 +2046,19 @@ El quehacer cultural delimitado por las esferas del creador,
|
|||
el distribuidor, el público y el Estado es un supuesto «marco
|
||||
teórico» compartido por los defensores y los críticos a la +++PI+++,
|
||||
como se explicó en la sección pasada. Un punto de partida analítico
|
||||
es posible a partir de un breve recorrido por la historia del _copyright_.
|
||||
Acorde a @textcite[loewenstein2002a], el Estatuto de la Reina
|
||||
Ana tiene sus antecedentes en el cabildeo de la Honorable Compañía
|
||||
de Impresores y Periódicos ---una organización de gremios dedicados
|
||||
a la producción de libros en Londres--- para tener derecho de
|
||||
las obras a perpetuidad. Según esta, el pago a los escritores
|
||||
implicaba la alienación de su propiedad. La exigencia de la Compañía
|
||||
era porque impresores escoceses reproducían sus ediciones sin
|
||||
consentimiento @parencite[baldwin2014a]. Para los londinenses
|
||||
esta empresa era ilegal, desleal y contraproducente a la industria
|
||||
debido a la «mala» calidad y la falta de regulación @parencite[loewenstein2002a].
|
||||
Es decir, el _copyright_ surge de una disputa entre impresores
|
||||
mediada por el Estado.
|
||||
es posible a partir de un breve recorrido por la historia del
|
||||
_copyright_. Acorde a @textcite[loewenstein2002a], el Estatuto
|
||||
de la Reina Ana tiene sus antecedentes en el cabildeo de la Honorable
|
||||
Compañía de Impresores y Periódicos ---una organización de gremios
|
||||
dedicados a la producción de libros en Londres--- para tener
|
||||
derecho de las obras a perpetuidad. Según esta, el pago a los
|
||||
escritores implicaba la alienación de su propiedad. La exigencia
|
||||
de la Compañía era porque impresores escoceses reproducían sus
|
||||
ediciones sin consentimiento @parencite[baldwin2014a]. Para los
|
||||
londinenses esta empresa era ilegal, desleal y contraproducente
|
||||
a la industria debido a la «mala» calidad y la falta de regulación
|
||||
@parencite[loewenstein2002a]. Es decir, el _copyright_ surge
|
||||
de una disputa entre impresores mediada por el Estado.
|
||||
|
||||
El monopolio del mercado libresco en el mundo anglosajón era
|
||||
permitido para la Compañía por la Corona inglesa desde el siglo
|
||||
|
@ -2218,11 +2219,11 @@ de los derechos de autor consiste en disputas para revertir y
|
|||
reconfigurar las formas jurídicas que controlan la +++PRDC+++
|
||||
a favor de los distribuidores. Después del siglo +++XIX+++ estas
|
||||
legislaciones dejarán de afectarlo, de manera similar a como
|
||||
los privilegios reales beneficiaron sus intereses. Así como
|
||||
los avances tecnológicos desafiaron la organización del trabajo
|
||||
protegida por privilegios reales, en el siglo +++XX+++ las
|
||||
nuevas tecnologías digitales de reproducción otra vez ponen
|
||||
bajo disputa el control reganado por esta esfera.
|
||||
los privilegios reales beneficiaron sus intereses. Así como los
|
||||
avances tecnológicos desafiaron la organización del trabajo protegida
|
||||
por privilegios reales, en el siglo +++XX+++ las nuevas tecnologías
|
||||
digitales de reproducción otra vez ponen bajo disputa el control
|
||||
reganado por esta esfera.
|
||||
|
||||
Otra consecuencia fue la constitución del dominio público. El
|
||||
Estatuo aseguró la existencia de los _commons_ para la producción
|
||||
|
@ -2301,21 +2302,21 @@ la crítica a determinadas formas jurídicas.
|
|||
|
||||
La constitución del Estatuto de la Reina Ana por parte de la
|
||||
Cámara de los Comunes, la cual es una relaboración a la propuesta
|
||||
realizada por parte de impresores londinenses para la defensa de
|
||||
sus intereses, marca la pauta para la delimitación de las esferas
|
||||
dentro del quehacer cultural. En la sección anterior se describió
|
||||
el surgimiento de dos de ellas, la del distribuidor y la del público.
|
||||
No obstante, una de las consecuencias más interesantes de esta
|
||||
_pequeña_ modificación hecha por la Cámara fue la fundación
|
||||
realizada por parte de impresores londinenses para la defensa
|
||||
de sus intereses, marca la pauta para la delimitación de las
|
||||
esferas dentro del quehacer cultural. En la sección anterior
|
||||
se describió el surgimiento de dos de ellas, la del distribuidor
|
||||
y la del público. No obstante, una de las consecuencias más interesantes
|
||||
de esta _pequeña_ modificación hecha por la Cámara fue la fundación
|
||||
de la autoría contemporánea: su individuación a partir de la
|
||||
transferencia de la apropiación. En la sección pasada se vio
|
||||
que el autor no surge de manera exclusiva por la apropiación penal,
|
||||
sino también a partir de las relaciones comerciales entre escritores,
|
||||
libreros e impresores mediadas por instituciones gubernamentales.
|
||||
@textcite[foucault1999a] indica que la autoría nace de la capacidad
|
||||
transgresiva y punitiva del discurso. Sin embargo, estas relaciones
|
||||
explicitan que la apropiación no siempre corresponde a la descripción
|
||||
ofrecida por Foucault.
|
||||
que el autor no surge de manera exclusiva por la apropiación
|
||||
penal, sino también a partir de las relaciones comerciales entre
|
||||
escritores, libreros e impresores mediadas por instituciones
|
||||
gubernamentales. @textcite[foucault1999a] indica que la autoría
|
||||
nace de la capacidad transgresiva y punitiva del discurso. Sin
|
||||
embargo, estas relaciones explicitan que la apropiación no siempre
|
||||
corresponde a la descripción ofrecida por Foucault.
|
||||
|
||||
Además de la apropiación penal o legal @parencite[foucault1999a],
|
||||
existe la comercial. El carácter diferencial de esta apropiación
|
||||
|
@ -2326,11 +2327,11 @@ textos» que menciona @textcite[foucault1999a] no se da a finales
|
|||
del siglo +++XVIII+++, como bien indica @textcite[chartier1999a].
|
||||
El trato del discurso como «un producto, una cosa, un bien» ha
|
||||
estado presente en la +++PRDC+++ de textos incluso antes de la
|
||||
invención de la imprenta; por ejemplo, en el caso fenicio de Biblos
|
||||
@parencite[mark2009a]. Autores como @textcite[kant2005a] verán
|
||||
del discurso un acto similar a la descripción que hace @textcite[foucault1999a],
|
||||
pero este tratamiento no es habitual entre quienes lo materializan
|
||||
con las técnicas existentes.
|
||||
invención de la imprenta; por ejemplo, en el caso fenicio de
|
||||
Biblos @parencite[mark2009a]. Autores como @textcite[kant2005a]
|
||||
verán del discurso un acto similar a la descripción que hace
|
||||
@textcite[foucault1999a], pero este tratamiento no es habitual
|
||||
entre quienes lo materializan con las técnicas existentes.
|
||||
|
||||
El estudio del discurso, que @textcite[foucault1999a] indica
|
||||
al final de _¿Qué es un autor?_, debe tomar en cuenta las técnicas
|
||||
|
@ -2360,19 +2361,19 @@ cataloga como insuficientes, del «discurso portador de la función-autor»:
|
|||
remiten al autor» en una pluralidad de egos. Es decir,
|
||||
la falta de un nexo entre el discurso y un individuo real.
|
||||
|
||||
Otra consecuencia de la apropiación comercial es la
|
||||
imposibilidad de un nexo inherente que haga posible la atribución
|
||||
como apropiación. Existen saltos cualitativos donde la atribución
|
||||
de un discurso pasa a referirse a su apropiación y, de ahí, que
|
||||
esta sea relativa al productor. Antes del Estatuto, la idea del
|
||||
autor como propietario tenía poco peso en la discusión sobre
|
||||
la apropiación del texto. Las características de la función-autor
|
||||
permiten ver que el nexo entre el creador y la creación es un
|
||||
proceso emparentado a las instituciones que rodean al productor.
|
||||
No obstante, por la posibilidad de un régimen de propiedad con
|
||||
una apropiación distinta a la penal o legal, estas cuatro características
|
||||
no explican el traslado de la atribución a la apropiación e,
|
||||
incluso, el «nacimiento» de la autoría.
|
||||
Otra consecuencia de la apropiación comercial es la imposibilidad
|
||||
de un nexo inherente que haga posible la atribución como apropiación.
|
||||
Existen saltos cualitativos donde la atribución de un discurso
|
||||
pasa a referirse a su apropiación y, de ahí, que esta sea relativa
|
||||
al productor. Antes del Estatuto, la idea del autor como propietario
|
||||
tenía poco peso en la discusión sobre la apropiación del texto.
|
||||
Las características de la función-autor permiten ver que el nexo
|
||||
entre el creador y la creación es un proceso emparentado a las
|
||||
instituciones que rodean al productor. No obstante, por la posibilidad
|
||||
de un régimen de propiedad con una apropiación distinta a la
|
||||
penal o legal, estas cuatro características no explican el traslado
|
||||
de la atribución a la apropiación e, incluso, el «nacimiento»
|
||||
de la autoría.
|
||||
|
||||
En _¿Qué es un autor?_ @textcite[foucault1999a] no aclara con
|
||||
detenimiento la relación entre atribución y apropiación, ¿son
|
||||
|
@ -2381,12 +2382,12 @@ penal se da en la regulación de la +++PRDC+++ de libros, un procedimiento
|
|||
inusual antes del siglo +++XVI+++ en Europa @parencite[lafaye2002a].
|
||||
@textcite[foucault1999a] sitúa la apropiación legal «dentro del
|
||||
sistema de propiedad que caracteriza a nuestra sociedad»; correctamente
|
||||
a principios del siglo +++XVIII+++ en Europa. Aunque
|
||||
por su variabilidad y la falta de espontaneidad, Foucault localiza
|
||||
la atribución en un rango temporal y espacial más amplio, como
|
||||
en la Antigua Grecia, la Edad Media y en otras civilizaciones.
|
||||
Pese a ser «génesis» distintas, @textcite[foucault1999a] no
|
||||
describe sus relaciones sino que parece suponerlas.
|
||||
a principios del siglo +++XVIII+++ en Europa. Aunque por su variabilidad
|
||||
y la falta de espontaneidad, Foucault localiza la atribución
|
||||
en un rango temporal y espacial más amplio, como en la Antigua
|
||||
Grecia, la Edad Media y en otras civilizaciones. Pese a ser «génesis»
|
||||
distintas, @textcite[foucault1999a] no describe sus relaciones
|
||||
sino que parece suponerlas.
|
||||
|
||||
La historia de la +++PRDC+++ de textos da pie a pensar que, durante
|
||||
la modernidad europea, la apropiación acontece como derivación
|
||||
|
@ -2474,13 +2475,13 @@ Esto pone bajo disputa el alcance de la primera característica
|
|||
de la función-autor. La autoría sería sinónimo de la noción moderna
|
||||
del autor que se desata por el Estatuo, se generaliza en Europa
|
||||
a través de la implementación del _copyright_ o los derechos
|
||||
de autor y del respaldo llevado a cabo por los discursos de
|
||||
las metafísicas de la creación, así como se expande a un nivel
|
||||
global por medio del Convenio de Berna. El resultado es que,
|
||||
cuando se habla de autor, se afirman y reafirman los ideales
|
||||
de la modernidad sobre la industria y el comercio del libro.
|
||||
Pero al mismo tiempo indica la imposibilidad de la autoría
|
||||
«premoderna» o fuera de la esfera de influencia occidental.
|
||||
de autor y del respaldo llevado a cabo por los discursos de las
|
||||
metafísicas de la creación, así como se expande a un nivel global
|
||||
por medio del Convenio de Berna. El resultado es que, cuando
|
||||
se habla de autor, se afirman y reafirman los ideales de la modernidad
|
||||
sobre la industria y el comercio del libro. Pero al mismo tiempo
|
||||
indica la imposibilidad de la autoría «premoderna» o fuera de
|
||||
la esfera de influencia occidental.
|
||||
|
||||
Independientemente al posible eurocentrismo de @textcite[foucault1999a],
|
||||
existe otra consecuencia: la irrelevancia de la autoría para
|
||||
|
@ -2491,12 +2492,12 @@ de la Europa del siglo +++XVIII+++. El resultado es que la primera
|
|||
característica de la función-autor es relativa al contexto y
|
||||
la tradición cultural de la que Foucault forma parte. Mientras
|
||||
tanto, la apropiación comercial remitía a otro sujeto distinto
|
||||
al atribuido hasta que, junto con la apropiación penal, fue
|
||||
trasladada o desplazada por la apropiación legal del individuo
|
||||
productor. El primer caso explica la eclosión del autor moderno.
|
||||
En el segundo se expone la irrelevancia de la autoría para la
|
||||
propiedad del texto. En ninguno de los casos hay referencia
|
||||
a la «génesis» del autor.
|
||||
al atribuido hasta que, junto con la apropiación penal, fue trasladada
|
||||
o desplazada por la apropiación legal del individuo productor.
|
||||
El primer caso explica la eclosión del autor moderno. En el segundo
|
||||
se expone la irrelevancia de la autoría para la propiedad del
|
||||
texto. En ninguno de los casos hay referencia a la «génesis»
|
||||
del autor.
|
||||
|
||||
@textcite[barthes1987a] ha señalado la falta de fundamento de
|
||||
la autoría. Para él, el autor no nutre al texto, sino que surge
|
||||
|
@ -2575,8 +2576,8 @@ siempre es una anacronía. La autoría es una invención moderna,
|
|||
no por un estatuto o su relación a una cultura, sino porque su
|
||||
«realización» implica un régimen de propiedad distinto a los
|
||||
modos de organización feudal, un cambio de sentido de la producción
|
||||
cultural a partir de las metafísicas de la creación y la asunción de
|
||||
que el uso del lenguaje permite la constitución de realidades
|
||||
cultural a partir de las metafísicas de la creación y la asunción
|
||||
de que el uso del lenguaje permite la constitución de realidades
|
||||
ontológicas. Por ello la insistencia sobre la relación de las
|
||||
técnicas y tecnologías con el discurso, su materialidad y modalidades
|
||||
de recepción. Estas generan una tensión que permite el establecimiento
|
||||
|
@ -2608,9 +2609,9 @@ un ejercicio independentista de los productores. Pero mientras
|
|||
que la industria continúe controlada por el reproductor, cualquier
|
||||
intento de empoderar al autor se traducirá en la concesión de
|
||||
un mayor control a la infraestructura bajo su dominio. Una lucha
|
||||
contra la precariedad económica de los autores que ignora su dependencia
|
||||
tecnológica corre el peligro de convertirse en una lucha a favor
|
||||
de los intereses de los distribuidores.
|
||||
contra la precariedad económica de los autores que ignora su
|
||||
dependencia tecnológica corre el peligro de convertirse en una
|
||||
lucha a favor de los intereses de los distribuidores.
|
||||
|
||||
## 17. La implosión de las esferas
|
||||
|
||||
|
@ -2619,11 +2620,10 @@ porque pueden no evidenciar las reglas de operación que justifiquen
|
|||
la autoría a modo de realizativo, como se describió en la sección
|
||||
anterior. Lo que se ha querido señalar es que el autor, sin su
|
||||
enunciación, desaparece. La autoría brota en tres situaciones:
|
||||
la apropiación indebida, el comercio injusto y la atribución del
|
||||
discurso. De la demanda por derechos de autor
|
||||
que en varios casos ni el escritor está de acuerdo;
|
||||
pasando al distribuidor que
|
||||
exalta al creador, aunque el porcentaje de regalías al productor
|
||||
la apropiación indebida, el comercio injusto y la atribución
|
||||
del discurso. De la demanda por derechos de autor que en varios
|
||||
casos ni el escritor está de acuerdo; pasando al distribuidor
|
||||
que exalta al creador, aunque el porcentaje de regalías al productor
|
||||
no supere el cinco por ciento; hasta la crítica que hace del
|
||||
autor y _sus_ conceptos el centro de sus reflexiones aunque,
|
||||
a veces, no se dé cuenta que leen a otro, la autoría solo está
|
||||
|
@ -2712,8 +2712,8 @@ o en la iniciativa del acceso abierto. Pese a la insistencia
|
|||
de @textcite[stallman2004b] de que el _software_ libre apuesta
|
||||
por el programador y el usuario ---el creador y el «público»---,
|
||||
las cuatro libertades establecidas ---presentes en la sección
|
||||
8--- suponen un salto cualitativo de las libertades en el uso de
|
||||
un programa a las libertades de quien lo desarrolla o lo consume.
|
||||
8--- suponen un salto cualitativo de las libertades en el uso
|
||||
de un programa a las libertades de quien lo desarrolla o lo consume.
|
||||
El discurso de @textcite[stallman2004b] y de la +++FSF+++ se
|
||||
enfoca en el _uso_ libre del _software_ para el fomento de una
|
||||
sociedad «libre» y democrática. No obstante, cuando se cuestiona
|
||||
|
@ -2868,12 +2868,12 @@ interacción constante entre dos actores: instituciones gubernamentales
|
|||
y entidades privadas ---el productor en su aislamiento, el distribuidor
|
||||
y su control sobre la producción y un publico que se caracteriza
|
||||
por el uso, consumo y crítica en privado, todo ello facultado
|
||||
y delimitado por el Estado---. La concepción de
|
||||
los +++BC+++ como propiedad pública se contrapone a la propiedad
|
||||
privada fomentada por la +++PI+++. Sin embargo, más allá de la
|
||||
disputa sobre el tipo de propiedad, ambos espectros se entretejen
|
||||
para dar forma a una teoría en común, como se ha tratado de evidenciar
|
||||
en las secciones 13--17 que componen este apartado.
|
||||
y delimitado por el Estado---. La concepción de los +++BC+++
|
||||
como propiedad pública se contrapone a la propiedad privada fomentada
|
||||
por la +++PI+++. Sin embargo, más allá de la disputa sobre el
|
||||
tipo de propiedad, ambos espectros se entretejen para dar forma
|
||||
a una teoría en común, como se ha tratado de evidenciar en las
|
||||
secciones 13--17 que componen este apartado.
|
||||
|
||||
El interés en torno a la +++PI+++ es la manera más patente de
|
||||
concebir la producción cultural como la fabricación de bienes
|
||||
|
@ -2971,16 +2971,15 @@ de una disputa entre dos «bandos» es insuficiente para explicar
|
|||
el impacto y los fundamentos de la +++PI+++. Dicho «marco teórico»
|
||||
también impide la percepción de la diversidad de los movimientos
|
||||
en pos de los +++BC+++ como diferentes estrategias en un campo
|
||||
de disputa. La «batalla» del _copyleft_ es principalmente en el
|
||||
espectro industrial y comercial, la del _copyjustright_
|
||||
en el campo jurídico, la del _anticopyright_ sobre las libertades individuales
|
||||
y la del _copyfarleft_ en torno a la autonomía de las comunidades
|
||||
productivas. De la economía capitalista al derecho y del individuo
|
||||
a la sociedad,
|
||||
esta diversidad explicita que una teoría contemporánea de la
|
||||
producción, reproducción, distribución y conservación de bienes
|
||||
culturales no puede reducirse a una cuestión jurídica, legislativa,
|
||||
política, económica o social.
|
||||
de disputa. La «batalla» del _copyleft_ es principalmente en
|
||||
el espectro industrial y comercial, la del _copyjustright_ en
|
||||
el campo jurídico, la del _anticopyright_ sobre las libertades
|
||||
individuales y la del _copyfarleft_ en torno a la autonomía de
|
||||
las comunidades productivas. De la economía capitalista al derecho
|
||||
y del individuo a la sociedad, esta diversidad explicita que
|
||||
una teoría contemporánea de la producción, reproducción, distribución
|
||||
y conservación de bienes culturales no puede reducirse a una
|
||||
cuestión jurídica, legislativa, política, económica o social.
|
||||
|
||||
La disputa también está en un terreno teórico y su acervo conceptual
|
||||
que permiten ir allende a la simplificación de un marco teórico
|
||||
|
@ -2997,22 +2996,22 @@ Ante semejante crisis, pareciera que esta investigación sugiere
|
|||
desechar el marco teórico que dispone la +++PRDC+++ en esferas,
|
||||
las cuales establecen, entre varios fenómenos, la «guerra» entre
|
||||
quienes defienden o critican la +++PI+++. Sin embargo, semejante
|
||||
sugerencia está lejos de ser posible. La configuración actual del
|
||||
quehacer cultural es a partir de una retroalimentación constante
|
||||
sugerencia está lejos de ser posible. La configuración actual
|
||||
del quehacer cultural es a partir de una retroalimentación constante
|
||||
entre las ideas y teorías, y las prácticas políticas, jurídicas,
|
||||
sociales y económicas que las retoman, transforman, eliminan o
|
||||
dan pie a más producción conceptual. Las esferas son categorías
|
||||
sociales y económicas que las retoman, transforman, eliminan
|
||||
o dan pie a más producción conceptual. Las esferas son categorías
|
||||
operantes en cuyo análisis no solo sería posible comprender el
|
||||
modo de organización de la producción cultural en nuestros días,
|
||||
sino que también exigiría justificar nociones dadas por sentadas
|
||||
en dicho tipo de producción. En sus inconsistencias, limitaciones
|
||||
y saltos cualitativos estas esferas tienen la utilidad de ser un
|
||||
punto de partida que permite la exposición de un panorama que
|
||||
es necesario reflexionar filosóficamente.
|
||||
y saltos cualitativos estas esferas tienen la utilidad de ser
|
||||
un punto de partida que permite la exposición de un panorama
|
||||
que es necesario reflexionar filosóficamente.
|
||||
|
||||
El quehacer filosófico tiene la capacidad de cuestionar los
|
||||
motivos por los cuales el desfase entre la teoría y los avances
|
||||
técnicos, en lugar de poner en crisis al desarrollo tecnológico actual,
|
||||
El quehacer filosófico tiene la capacidad de cuestionar los motivos
|
||||
por los cuales el desfase entre la teoría y los avances técnicos,
|
||||
en lugar de poner en crisis al desarrollo tecnológico actual,
|
||||
termina por reproducirlo o transformarlo. No obstante, una reflexión
|
||||
filosófica que no cuestiona su dependencia tecnológica y legislativa
|
||||
para su producción y reproducción, así como obvia su inconsciente
|
||||
|
@ -3021,9 +3020,8 @@ que difícilmente reconocerá su sujeción a concepciones románticas,
|
|||
metafísicas, teológicas o atemporales de una práctica que traslada
|
||||
la plusvalía de su trabajo a cambio de ciertos intereses distantes
|
||||
a la reproducción y sustento de su disciplina. El «marco teórico»
|
||||
expuesto en esta investigación no es una explicación o una
|
||||
solución a los problemas expuestos, sino una invitación a pensar
|
||||
la +++PRDC+++ en relación directa con las legislaciones y técnicas
|
||||
que hacen posible el quehacer cultural, como es el caso de la
|
||||
producción de conocimiento
|
||||
filosófico.
|
||||
expuesto en esta investigación no es una explicación o una solución
|
||||
a los problemas expuestos, sino una invitación a pensar la +++PRDC+++
|
||||
en relación directa con las legislaciones y técnicas que hacen
|
||||
posible el quehacer cultural, como es el caso de la producción
|
||||
de conocimiento filosófico.
|
||||
|
|
|
@ -1,13 +1,13 @@
|
|||
# Agradecimientos
|
||||
|
||||
Para mi familia por el diverso apoyo incondiconal.
|
||||
Para mi familia por el diverso apoyo incondicional.
|
||||
|
||||
Para Deirdre por persuadirme asertivamente a perseguir esta maestría
|
||||
y por ser la primera en estar ahí.
|
||||
|
||||
Para Lau, Programando +++LIBRE+++ros, Antílope, Hacklib, Naya
|
||||
y Enero por la apertura de horizontes a través de sus discursos
|
||||
y acciones.
|
||||
o acciones.
|
||||
|
||||
Para Priani y Gabi por su auxilio académico y extracadémico.
|
||||
|
||||
|
@ -19,7 +19,7 @@ de Posgrado, con especial énfasis a Itzel, por llevarme de la
|
|||
mano entre las estructuras del mundo en el que vivimos.
|
||||
|
||||
Para LibGen, Aaaaarg, Sci-Hub, EpubLibre y Memory of the World
|
||||
por ejercer la función de biblotecas públicas en un mundo cada
|
||||
por ejercer la función de bibliotecas públicas en un mundo cada
|
||||
vez más privatizado.
|
||||
|
||||
# Lista de siglas y acrónimos
|
||||
|
@ -414,7 +414,7 @@ en las sociedades capitalistas (Schroeder, 2004). A Palmer (1990)
|
|||
le parece un concepto vasto cuya suposición es que a mayor cantidad
|
||||
de definiciones, una mejor justificación. Shiffrin (2007) es
|
||||
escéptica y declara que la +++PI+++ es un concepto ambiguo. Barron
|
||||
(2012) menciona que su enfásis en lo económico privilegia posturas
|
||||
(2012) menciona que su énfasis en lo económico privilegia posturas
|
||||
liberales o utilitaristas, ya que supone que la privatización
|
||||
es el mejor modelo productivo (Barron, 2012). Epstein (2009)
|
||||
indica que existe una inclinación a desintegrar la +++PI+++ por
|
||||
|
@ -435,22 +435,23 @@ es la definición de la +++PI+++ allende al ámbito legislativo.
|
|||
|
||||
## 2. En la búsqueda de una teoría
|
||||
|
||||
El término «propiedad intelectual» se remonta al siglo +++XVIII+++
|
||||
(Wikipedia, 2019) aunque su uso sistemático actual data del siglo
|
||||
+++XX+++ (Stengel, 2004). Antes de ello se hacían referencias
|
||||
a sus «manifestaciones», de las cuales no hay consenso sobre
|
||||
sus primeros usos. Stengel (2004) las rastrea desde los siglos
|
||||
+++XVI+++ ---en torno a privilegios ingleses para la impresión
|
||||
de libros--- y +++XVII+++ ---sobre patentes venecianas---. Estos
|
||||
usos no fueron en beneficio de creadores, sino medios para el
|
||||
control de nuevas industrias como la imprenta. Moore _et al._
|
||||
(2014) indica que la protección más temprana para un creador
|
||||
es un documento emitido en 1421 en la República de Florencia
|
||||
a favor del arquitecto Filippo Brunelleschi. Incluso el mismo
|
||||
autor señala antecedentes en la Antigua Grecia o en el Imperio
|
||||
romano. Sin embargo, existe un consenso sobre la atipicidad de
|
||||
estos casos debido a la carencia de instituciones específicas
|
||||
para su protección (Moore _et al._, 2014).
|
||||
En la sección pasada se vio que la +++PI+++ es un objeto aún
|
||||
bajo definición, sea como cosa, derecho o sistema. Este término
|
||||
se remonta al siglo +++XVIII+++ (Wikipedia, 2019) aunque su uso
|
||||
sistemático actual data del siglo +++XX+++ (Stengel, 2004). Antes
|
||||
de ello se hacían referencias a sus «manifestaciones», de las
|
||||
cuales no hay consenso sobre sus primeros usos. Stengel (2004)
|
||||
las rastrea desde los siglos +++XVI+++ ---en torno a privilegios
|
||||
ingleses para la impresión de libros--- y +++XVII+++ ---sobre
|
||||
patentes venecianas---. Estos usos no fueron en beneficio de
|
||||
creadores, sino medios para el control de nuevas industrias como
|
||||
la imprenta. Moore _et al._ (2014) indica que la protección más
|
||||
temprana para un creador es un documento emitido en 1421 en la
|
||||
República de Florencia a favor del arquitecto Filippo Brunelleschi.
|
||||
Incluso el mismo autor señala antecedentes en la Antigua Grecia
|
||||
o en el Imperio romano. Sin embargo, existe un consenso sobre
|
||||
la atipicidad de estos casos debido a la carencia de instituciones
|
||||
específicas para su protección (Moore _et al._, 2014).
|
||||
|
||||
De manera paulatina la discusión pasó de tipos en particular
|
||||
a la búsqueda por sintetizarlos en un concepto. En su sentido
|
||||
|
@ -505,7 +506,7 @@ como «fundamentos filosóficos» de la +++PI+++.
|
|||
Desde un horizonte plural de posturas, en las que es posible
|
||||
proponer una diversidad de definiciones o teorías, de manera
|
||||
deliberada muchos investigadores han optado por reducir su bagaje
|
||||
cultural a un pastiche del canón filosófico de la modernidad
|
||||
cultural a un pastiche del canon filosófico de la modernidad
|
||||
occidental. No hay menciones expresas para su explicación, como
|
||||
tampoco existen argumentos que demuestren el paso de la _creación_
|
||||
a la _propiedad_ intelectual. Sin embargo, a través de estas
|
||||
|
@ -513,14 +514,17 @@ tres vertientes teóricas se busca su fundamentación o destrucción.
|
|||
|
||||
## 3. La teoría progresista: el utilitarismo de la legislación estadunidense
|
||||
|
||||
En la teoría progresista ---también conocida como teoría utilitarista,
|
||||
La búsqueda por sintetizar la creación intelectual como un tipo
|
||||
de propiedad se ha dado a partir de tres distintas teorías, como
|
||||
se mencionó en la sección pasada. La primera teoría a revisar
|
||||
es la teoría progresista ---también conocida como teoría utilitarista,
|
||||
incentivista o consecuencialista (Hettinger, 1989; Palmer, 1990;
|
||||
Stengel, 2004; Shiffrin, 2007; Moore, 2008; Barron, 2012)---
|
||||
la +++PI+++ es sinónimo de progreso en las ciencias y las artes
|
||||
(Hettinger, 1989; Stengel, 2004). No es la teoría más elaborada
|
||||
pero sí la más popular (Hettinger, 1989). Stengel (2004) traza
|
||||
su origen en Joseph Alois Schumpeter, economista que asoció la
|
||||
innovación con el progreso social.
|
||||
la cual percibe a la +++PI+++ como sinónimo de progreso en las
|
||||
ciencias y las artes (Hettinger, 1989; Stengel, 2004). No es
|
||||
la teoría más elaborada pero sí la más popular (Hettinger, 1989).
|
||||
Stengel (2004) traza su origen en Joseph Alois Schumpeter, economista
|
||||
que asoció la innovación con el progreso social.
|
||||
|
||||
La idea general es que la protección de la +++PI+++ fomenta la
|
||||
creación de más +++PI+++ (Shiffrin, 2007), que a su vez aumenta
|
||||
|
@ -573,7 +577,7 @@ se beneficien mutuamente.
|
|||
Esta teoría también ha sido criticada por su carácter paradójico.
|
||||
En muchos casos la +++PI+++ frena su generación (Hettinger, 1989),
|
||||
porque el supuesto de que las personas producen más si tienen
|
||||
mayores incentivos, recompenzas o compensaciones fortalece los
|
||||
mayores incentivos, recompensas o compensaciones fortalece los
|
||||
derechos de +++PI+++ hasta el punto de afectar a futuros creadores
|
||||
(Palmer, 1990). La teoría progresista se enfoca en las consecuencias
|
||||
de la +++PI+++ _sin justificarla_ ni demostrar el progreso que
|
||||
|
@ -624,6 +628,9 @@ donde la intervención directa del Estado es innecesaria.
|
|||
|
||||
## 4. La teoría personalista: Hegel, Kant y ¿más Hegel?
|
||||
|
||||
La segunda teoría que pretende dar fundamentos filosóficos a
|
||||
la +++PI+++ es una que retoma ideas y conceptos de Hegel y Kant.
|
||||
A diferencia de la teoría progresista revisada la sección pasada,
|
||||
Hughes (1988), Schroeder (2004) y Stengel (2004) asienten en
|
||||
que la teoría personalista es la aproximación más completa ---también
|
||||
conocida como «hegeliana» o «continental» (Moore, 2008; Shiffrin,
|
||||
|
@ -763,18 +770,18 @@ ilustrada, cualquier elemento que lo obstaculice tiene que ser
|
|||
eliminado. Los derechos de autor actuales son más un impedimento
|
||||
que un mecanismo para desplegar esta clase de cultura. Por lo
|
||||
tanto, tienen que ser descartados en pos de unos derechos de
|
||||
autor más adecuados a la consecusión de una cultura ilustrada
|
||||
autor más adecuados a la consecución de una cultura ilustrada
|
||||
y cosmopolita.
|
||||
|
||||
La defensa kantiana no permite una teoría personalista basada
|
||||
en un sistema de +++PI+++. Sin embargo, el énfasis en el peligro
|
||||
del uso ilícito del discurso no pasó desapercibido. Josef Kohler,
|
||||
jurista decimonónico alemán, vio un vínculo entre los derechos
|
||||
de autor kantianos y la teoría de la propiedad hegeliana (Cotter,
|
||||
1997; Baldwin, 2014). Kohler extrajo de Hegel la defensa de los
|
||||
derechos del productor para la alieanación de su trabajo, y de
|
||||
Kant tomó el argumento donde la obra es el discurso de su autor.
|
||||
Como consecuencia, existe el derecho a impedir la apropiación
|
||||
jurista y poeta decimonónico alemán, vio un vínculo entre los
|
||||
derechos de autor kantianos y la teoría de la propiedad hegeliana
|
||||
(Cotter, 1997; Baldwin, 2014). Kohler extrajo de Hegel la defensa
|
||||
de los derechos del productor para la alienación de su trabajo,
|
||||
y de Kant tomó el argumento donde la obra es el discurso de su
|
||||
autor. Como consecuencia, existe el derecho a impedir la apropiación
|
||||
no autorizada del trabajo del autor (Cotter, 1997).
|
||||
|
||||
Esto desemboca en dos clases de derechos de autor. Los derechos
|
||||
|
@ -790,7 +797,7 @@ Por otro lado, los derechos morales garantizan una unión inalienable
|
|||
del autor con su obra (Cotter, 1997; Baldwin, 2014). Sin importar
|
||||
su expropiación, el autor puede determinar cómo divulgarla, reclamar
|
||||
autoría, prevenir desinformación o mutilación, e incluso prohibir
|
||||
la crítica severa o perjudical (Cotter, 1997).
|
||||
la crítica severa o perjudicial (Cotter, 1997).
|
||||
|
||||
Esta doctrina se considera parte de la tradición jurídica «continental»
|
||||
(Cotter, 1997), la cual está anclada en Alemania y Francia, pero
|
||||
|
@ -823,19 +830,24 @@ la +++PI+++.
|
|||
|
||||
## 5. La teoría laborista: la defensa de la propiedad de Locke
|
||||
|
||||
En el _Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil_, capítulo 5 ---«De
|
||||
la propiedad»---, John Locke desarrolla su teoría de la propiedad
|
||||
(Locke, 2006). Ahí propone una solución al problema de derivar
|
||||
el derecho positivo a partir del derecho natural al combinar
|
||||
la creatividad divina con la humana (Stengel, 2004). Según Locke
|
||||
(2006), Dios dio la tierra a los hombres para su comodidad y
|
||||
existencia. Aunque esta es de todos, existe una propiedad que
|
||||
solo le pertenece a cada uno: su cuerpo. Mediante este y sus
|
||||
manos el hombre produce los frutos que «podemos decir que son
|
||||
suyos». Con su labor el hombre saca los elementos de su estado
|
||||
de naturaleza que, por consiguiente, «hace que no tengan ya derecho
|
||||
a ella los demás hombres». La propiedad queda así justificada
|
||||
mediante la labor (Shiffrin, 2007).
|
||||
Si bien la teoría personalista sentó las bases para los derechos
|
||||
morales de la tradición jurídica continental, como se vio en
|
||||
la sección pasada, la tercera y última teoría general para fundar
|
||||
la +++PI+++ forma parte de la tradición jurídica anglosajona:
|
||||
el _copyright_. Esta data sus orígenes en el _Segundo Tratado
|
||||
sobre el Gobierno Civil_, capítulo 5 ---«De la propiedad»---,
|
||||
donde John Locke desarrolla su teoría de la propiedad (Locke,
|
||||
2006). Ahí propone una solución al problema de derivar el derecho
|
||||
positivo a partir del derecho natural al combinar la creatividad
|
||||
divina con la humana (Stengel, 2004). Según Locke (2006), Dios
|
||||
dio la tierra a los hombres para su comodidad y existencia. Aunque
|
||||
esta es de todos, existe una propiedad que solo le pertenece
|
||||
a cada uno: su cuerpo. Mediante este y sus manos el hombre produce
|
||||
los frutos que «podemos decir que son suyos». Con su labor el
|
||||
hombre saca los elementos de su estado de naturaleza que, por
|
||||
consiguiente, «hace que no tengan ya derecho a ella los demás
|
||||
hombres». La propiedad queda así justificada mediante la labor
|
||||
(Shiffrin, 2007).
|
||||
|
||||
Aunque Locke habló de propiedad física, principalmente en un
|
||||
contexto agrícola, su argumento permite una extrapolación. Así
|
||||
|
@ -929,7 +941,7 @@ se hace relativo al desagrado que implica su generación. Si bien
|
|||
cabe la posibilidad de mecanismos que lo compensen (Moore, 2012),
|
||||
Hettinger (1989) explica que estos suponen un valor intrínseco
|
||||
de la labor. Esta valoración ignora los factores externos que
|
||||
afectan al valor de los frutos, como las diposiciones circunstanciales
|
||||
afectan al valor de los frutos, como las disposiciones circunstanciales
|
||||
del mercado.
|
||||
|
||||
Una objeción yace en la presentación de la teoría. El argumento
|
||||
|
@ -939,9 +951,9 @@ lógicas para la satisfacción de este recorrido suponen su punto
|
|||
de partida desde un inicio. Schroeder (2004) ha señalado ---aunque
|
||||
no para criticar esta teoría--- que el «estado de naturaleza»
|
||||
es una hipótesis lógicamente necesaria para su explicación en
|
||||
restrospectiva. Es decir, semejante estado es una producción
|
||||
del hombre (Schroeder, 2004) para dar significado y sentido a
|
||||
su situación actual a partir de una génesis que podría remontarse
|
||||
retrospectiva. Es decir, semejante estado es una producción del
|
||||
hombre (Schroeder, 2004) para dar significado y sentido a su
|
||||
situación actual a partir de una génesis que podría remontarse
|
||||
hasta Adán y Eva, como lleva a cabo Locke.
|
||||
|
||||
Un último problema es que la teoría laborista permite fundamentar
|
||||
|
@ -987,18 +999,21 @@ de la vida humana, por lo que la «labor» arendtiana es aplicable.
|
|||
## 6. La posibilidad de una teoría
|
||||
|
||||
Pese al ánimo generalizado para elaborar una teoría de la +++PI+++,
|
||||
los resultados aún no son satisfactorios. Hughes (1988) menciona
|
||||
que todas tienen sus detalles aunque podrían complementarse para
|
||||
sobrepasarlos. Hettinger (1989) acepta que no hay una justificación
|
||||
adecuada a la +++PI+++. Palmer (1990) resalta que la mayoría
|
||||
de los argumentos ofrecidos en estas teorías vienen de defensores
|
||||
de la propiedad privada y del libre mercado. Para Stengel (2004)
|
||||
existen nexos entre las teorías, lo que refleja la necesidad
|
||||
de poner parches. Schroeder (2004) hace énfasis en que, con tal
|
||||
de defender la +++PI+++ mediante Hegel, se termina por citarlo
|
||||
de manera incorrecta hasta generar una visión romántica que no
|
||||
le corresponde y que en su lugar crea un fetiche en torno a la
|
||||
creación intelectual. Shiffrin (2007) denota que sin importar
|
||||
como se ha expuesto en las tres secciones pasadas donde se revisaron
|
||||
las teorías progresista, personalista y laborista, que respectivamente
|
||||
están basadas en teorías utilitaristas, en Hegel y Kant, así
|
||||
como en Locke, los resultados aún no son satisfactorios. Hughes
|
||||
(1988) menciona que todas tienen sus detalles aunque podrían
|
||||
complementarse para sobrepasarlos. Hettinger (1989) acepta que
|
||||
no hay una justificación adecuada a la +++PI+++. Palmer (1990)
|
||||
resalta que la mayoría de los argumentos ofrecidos en estas teorías
|
||||
vienen de defensores de la propiedad privada y del libre mercado.
|
||||
Para Stengel (2004) existen nexos entre las teorías, lo que refleja
|
||||
la necesidad de poner parches. Schroeder (2004) hace énfasis
|
||||
en que, con tal de defender la +++PI+++ mediante Hegel, se termina
|
||||
por citarlo de manera incorrecta hasta generar una visión romántica
|
||||
que no le corresponde y que en su lugar crea un fetiche en torno
|
||||
a la creación intelectual. Shiffrin (2007) denota que sin importar
|
||||
la postura ante la +++PI+++, la mayoría busca una justa compensación
|
||||
al creador, aunque el detalle estriba en sus formas. Epstein
|
||||
(2009) destaca la teoría de la +++PI+++ como un sistema sujeto
|
||||
|
@ -1029,8 +1044,11 @@ que tienen los «bienes comunes» para la +++PI+++.
|
|||
|
||||
## 7. El familiar incómodo
|
||||
|
||||
El engrosamiento cuantitativo ---años aumentados para su protección---
|
||||
y cualitativo ---tipo de obras bajo resguardo--- de la +++PI+++
|
||||
La carencia de fundamentación del concepto «propiedad intelectual»,
|
||||
la ausencia de teorías consistentes que lo justifiquen, todo
|
||||
ello visto en las seis secciones anteriores, así como el engrosamiento
|
||||
cuantitativo ---años aumentados para su protección--- y cualitativo
|
||||
---tipo de obras bajo resguardo--- de este tipo de propiedad
|
||||
no ha pasado inadvertido. Baldwin (2014) indica que sus retractores
|
||||
han estado presentes desde hace más de tres siglos. Por ejemplo,
|
||||
Condorcet (1776) abogó por una autoría distinta al derecho de
|
||||
|
@ -1083,15 +1101,17 @@ evaluar la posibilidad de una teoría de la +++PI+++.
|
|||
|
||||
## 8. El resurgimiento: el _software_ libre
|
||||
|
||||
A principios de los ochenta en el laboratorio de inteligencia
|
||||
artificial del +++MIT+++ el joven programador Richard Stallman
|
||||
y otros colaboradores se percataron de un fenómeno que estaba
|
||||
modificando la manera de hacer _software_. Acorde a Stallman
|
||||
(2004) durante los setenta el código se compartía sin ninguna
|
||||
restricción. Sin embargo, en la siguiente década se convirtió
|
||||
en propiedad privada. Esto ocasionó divisiones en las comunidades
|
||||
tecnológicas que crecían alrededor de las primeras universidades
|
||||
con computadoras conectadas a internet.
|
||||
Uno de los principales orígenes de la ola actual en contra de
|
||||
la +++PI+++, el familiar incómodo que se mencionó en la sección
|
||||
pasada, se remonta a principios de los ochenta en el laboratorio
|
||||
de inteligencia artificial del +++MIT+++ donde el joven programador
|
||||
Richard Stallman y otros colaboradores se percataron de un fenómeno
|
||||
que estaba modificando la manera de hacer _software_. Acorde
|
||||
a Stallman (2004) durante los setenta el código se compartía
|
||||
sin ninguna restricción. Sin embargo, en la siguiente década
|
||||
se convirtió en propiedad privada. Esto ocasionó divisiones en
|
||||
las comunidades tecnológicas que crecían alrededor de las primeras
|
||||
universidades con computadoras conectadas a internet.
|
||||
|
||||
Stallman y otras personas se organizaron para dar lugar al movimiento
|
||||
del _software_ libre. Su declaración de principios y plan de
|
||||
|
@ -1129,7 +1149,7 @@ explícito al propietario de sus derechos.
|
|||
|
||||
Para proteger las cuatro libertades y la atribución, el _copyleft_
|
||||
y la +++GPL+++ imponen el uso de la misma licencia a cualquiera
|
||||
de sus obras derivadas. Esto se conoce como «cláusula hederitaria».
|
||||
de sus obras derivadas. Esto se conoce como «cláusula hereditaria».
|
||||
Si un usuario quiere modificar y distribuir un programa de cómputo
|
||||
bajo +++GPL+++, este debe ser publicado con dicha licencia. La
|
||||
originalidad de las licencias _copyleft_ dentro de los derechos
|
||||
|
@ -1141,13 +1161,18 @@ de acceso al código.
|
|||
|
||||
## 9. La bifurcación: el código abierto
|
||||
|
||||
Un supuesto básico en el movimiento del _software_ libre es que
|
||||
el código es un +++BC+++ en lugar de alguna clase de propiedad
|
||||
privada. Stallman (2016) en continuas ocasiones ha criticado
|
||||
la pretensión de hacer del código una propiedad, así como una
|
||||
y otra vez ha indicado la ambigüedad omniabarcante de la +++PI+++,
|
||||
hasta el punto de prohibir su uso en el discurso y a cambio exigir
|
||||
que se hable de sus manifestaciones.
|
||||
En la sección pasada se explicó que el _copyleft_ es uno de los
|
||||
conceptos centrales del _software_ libre, ya que hace uso del
|
||||
_copyright_ embebido en el código para su uso _casi_ irrestricto,
|
||||
incluyendo la «libre» compartición y modificación sin necesidad
|
||||
de autorización explícita por parte de su creador. Un supuesto
|
||||
básico de este concepto y, en general, del movimiento del _software_
|
||||
libre es que el código es un +++BC+++ en lugar de alguna clase
|
||||
de propiedad privada. Stallman (2016) en continuas ocasiones
|
||||
ha criticado la pretensión de hacer del código una propiedad,
|
||||
así como una y otra vez ha indicado la ambigüedad omniabarcante
|
||||
de la +++PI+++, hasta el punto de prohibir su uso en el discurso
|
||||
y a cambio exigir que se hable de sus manifestaciones.
|
||||
|
||||
Esta inflexibilidad fue percibida por muchos colaboradores que
|
||||
en un principio les atrajo las intenciones del _software_ libre.
|
||||
|
@ -1210,19 +1235,20 @@ de no publicar las mejoras para salvaguardar la libertad de empresa.
|
|||
Dada la posibilidad para la privatización del _software_, en
|
||||
la actualidad el código abierto goza de mayor popularidad que
|
||||
el _software_ libre, como es evidente en la lista de empresas
|
||||
que apoyan a la +++OSI+++ o The Linux Foundation (2019): +++AT+++&+++T+++,
|
||||
que apoyan a la +++OSI+++ o The Linux Foundation (2019): +++AT&T+++,
|
||||
Google, +++IBM+++, Intel, Microsoft, Samsung, entre otros.
|
||||
|
||||
## 10. La amplificación: la cultura libre y el acceso abierto
|
||||
|
||||
Aunque la +++FSF+++ y la +++OSI+++ difieren en criterios al momento
|
||||
de definir qué es una licencia «libre» o «abierta», en la práctica
|
||||
los desarrolladores de _software_ encuentran puntos intermedios
|
||||
para poder ejecutar proyectos. Un ejemplo de esta flexibilidad
|
||||
son comunidades que cuentan con sus propios criterios, como el
|
||||
_Contrato social de Debian_ en el cual se define el _software_
|
||||
libre para la comunidad de Debian, una distribución de un sistema
|
||||
operativo +++GNU+++/Linux (Debian, 2004).
|
||||
de definir qué es una licencia «libre» o «abierta», como se ha
|
||||
evidenciado en las dos secciones anteriores, en la práctica los
|
||||
desarrolladores de _software_ encuentran puntos intermedios para
|
||||
poder ejecutar proyectos. Un ejemplo de esta flexibilidad son
|
||||
comunidades que cuentan con sus propios criterios, como el _Contrato
|
||||
social de Debian_ en el cual se define el _software_ libre para
|
||||
la comunidad de Debian, una distribución de un sistema operativo
|
||||
+++GNU+++/Linux (Debian, 2004).
|
||||
|
||||
A finales de los noventa y principios del nuevo milenio esta
|
||||
diversidad de ideas empezaron a influenciar otras esferas de
|
||||
|
@ -1286,7 +1312,7 @@ un espacio libre de editoriales comerciales. Aunque la iniciativa
|
|||
del acceso abierto no es unitario, sus adeptos asienten en que
|
||||
las editoriales comerciales no siempre respetan los intereses
|
||||
del quehacer académico. Por ello, no solo es una cuestión de
|
||||
acceso a la información, sino la neceidad de mecanismos para
|
||||
acceso a la información, sino la necesidad de mecanismos para
|
||||
que los académicos tengan un mayor control sobre su trabajo.
|
||||
Aunque aún es un espacio en disputa, en esos años surgieron varios
|
||||
proyectos en pos del acceso abierto de los artículos científicos,
|
||||
|
@ -1333,7 +1359,8 @@ y usuarios en pos de los +++BC+++.
|
|||
## 11. La crítica interna: el _copyfarleft_
|
||||
|
||||
El aumento de creadores y usuarios a favor de los +++BC+++ no
|
||||
ha sido un fenómeno consistente ni uniforme. El único consenso
|
||||
ha sido un fenómeno consistente ni uniforme, como ha quedado
|
||||
en evidencia en las tres secciones pasadas. El único consenso
|
||||
es que que las actuales legislaciones de +++PI+++ son demasiado
|
||||
restringidas. Tampoco existe claridad sobre las categorías empleadas
|
||||
por estos proponentes como «libertad», «apertura», «acceso»,
|
||||
|
@ -1499,7 +1526,7 @@ no solo recae en la creación constante de nuevos productos. Aún
|
|||
faltan más estudios sobre la dependencia de la +++PI+++ y los
|
||||
+++BC+++ a la reproducción constante de mercancías para la proliferación
|
||||
de sus respectivos valores. Los costos humanos y económicos para
|
||||
la manuntención de esta infraestructura es equiparable al precio
|
||||
la manutención de esta infraestructura es equiparable al precio
|
||||
que se paga para la generación de nuevos objetos, incluyendo
|
||||
textos. Un ejemplo es el salario del cuerpo académico. Por un
|
||||
lado el docente es responsable de la reproducción del conocimiento
|
||||
|
@ -1617,7 +1644,7 @@ que los reduce al dominio público hasta el punto de catalogar
|
|||
la +++PI+++ como «bien común potencial».
|
||||
|
||||
La lucha del _anticopyright_ llama a la violación de las restricciones
|
||||
impuestas a las creaciones intelectuales. Asi que otras propiedades
|
||||
impuestas a las creaciones intelectuales. Así que otras propiedades
|
||||
insertas en los +++BC+++ es el conjunto de la «+++PI+++ en disputa».
|
||||
Su ubicación en este espectro está definida por el uso y no por
|
||||
la autorización de la legislación vigente, donde al menos existen
|
||||
|
@ -1625,7 +1652,7 @@ dos tipos: la huérfana y la donada.
|
|||
|
||||
En la «+++PI+++ huérfana» la creación intelectual aún no está
|
||||
en dominio público pero no es posible la localización del titular
|
||||
de sus derechos. Este fenómeno es reccurrente en los derechos
|
||||
de sus derechos. Este fenómeno es recurrente en los derechos
|
||||
de autor, ya que la extensión de su protección abarca por lo
|
||||
menos cincuenta años para los países firmantes del Convenio de
|
||||
Berna (+++OMPI+++, 1971), aunque la mayoría de los Estados signatarios
|
||||
|
@ -1678,7 +1705,7 @@ lo que demuestra la necesidad de un ejercicio teórico que busque
|
|||
una comprensión más amplia de este problema.
|
||||
|
||||
Los consensos entre ambos «bandos» son en (1) la creación intelectual
|
||||
a modo de propiedad, (2) el uso, disponibilidad y reproductibilidad
|
||||
a modo de propiedad, (2) el uso, disponibilidad y reproducibilidad
|
||||
como las características más relevantes de la creación y (3)
|
||||
un terreno en disputa que comprende dos polos: la +++PI+++ y
|
||||
los +++BC+++. Además, sin mención expresa y en detrimento de
|
||||
|
@ -1754,10 +1781,10 @@ creador al distribuidor de bienes culturales.
|
|||
|
||||
El uso de Locke, Kant y Hegel puede considerarse fragmentario
|
||||
y equívoco por sus condiciones ---la decisión sobre las partes
|
||||
a considerar--- y sus resultados ---el caracter ecléctico o el
|
||||
a considerar--- y sus resultados ---el carácter ecléctico o el
|
||||
uso forzado de estos filósofos---, pero también muestra un problema
|
||||
teórico de fondo. Las teorías de la +++PI+++ de manera intencional
|
||||
reducieron sus fundamentos filosóficos a fragmentos ---por lo
|
||||
redujeron sus fundamentos filosóficos a fragmentos ---por lo
|
||||
general descontextualizados--- de un puñado de filósofos europeos
|
||||
modernos, al mismo tiempo que sus suposiciones distan de los
|
||||
supuestos teóricos de las filosofías empleadas. Aún están pendientes
|
||||
|
@ -1826,12 +1853,21 @@ o negar.
|
|||
|
||||
## 14. El pacto para una alianza ¿tripartita?
|
||||
|
||||
Entre los teóricos de la +++PI+++ y los defensores de los +++BC+++
|
||||
analizados son visibles ciertos paralelismos. Por ejemplo, en
|
||||
ambos «bandos» hay una renuencia a cuestionar si la autoría es
|
||||
relevante según las posibilidades de gestión de derechos y las
|
||||
capacidades técnicas de producción, reproducción, distribución
|
||||
y conservación (+++PRDC+++) de bienes culturales.
|
||||
El problema en la fundamentación de la +++PI+++ parece tener
|
||||
sus raíces en problemas de mayor envergadura, motivo por el cual
|
||||
existe cierta falta de claridad sobre la pretensión de distintas
|
||||
personas en justificarla o rechazarla, como ha sido perceptible
|
||||
en esta investigación, principalmente en las secciones 3--5 y
|
||||
6--11. Las diferencias entre los teóricos de la +++PI+++ y los
|
||||
defensores de los +++BC+++ analizados son perceptibles. Sin embargo,
|
||||
también son visibles ciertos paralelismos. Por ejemplo, en ambos
|
||||
«bandos» muchas veces hay una renuencia a cuestionar si la autoría
|
||||
es relevante según las posibilidades de gestión de derechos y
|
||||
las capacidades técnicas de producción, reproducción, distribución
|
||||
y conservación (+++PRDC+++) de bienes culturales. El cuestionamiento
|
||||
fundamental no es si la autoría debe o puede tener un papel menos
|
||||
relevante en el quehacer cultural, sino por qué esta se concibe
|
||||
como indispensable para esta actividad.
|
||||
|
||||
Otra similitud es el reduccionismo jurídico. El debate sobre
|
||||
el quehacer cultural ha delimitado la +++PRDC+++ a una cuestión
|
||||
|
@ -1879,7 +1915,7 @@ Aunque de manera reciente se han empezado a percibir con ausencia
|
|||
de lo «propio»; es decir, estos dejan de pertenecerle a todos,
|
||||
para ser de nadie (Hall, 2016).
|
||||
|
||||
Estas similitudes requieren un analísis filosófico que va más
|
||||
Estas similitudes requieren un análisis filosófico que va más
|
||||
allá de esta investigación. Sin embargo, estas semejanzas dan
|
||||
pie a pensar en pactos velados e inconscientes, pese a la autoconcepción
|
||||
de un estado de «guerra». Ninguno de los «bandos» cuestiona con
|
||||
|
@ -1908,11 +1944,11 @@ se cuestionó, por ejemplo, la labor de traductores e intérpretes
|
|||
Por otro lado, la esfera del distribuidor en general tiene tres
|
||||
objetivos garantizados por el contrato. Primero, produce un soporte
|
||||
para el trabajo del creador según las capacidades técnicas y
|
||||
las normas de presentación _ad hoc_ a las expectivas de cada
|
||||
las normas de presentación _ad hoc_ a las expectativas de cada
|
||||
disciplina. Este puede ser un libro, un archivo digital, un concierto
|
||||
o cualquier otro dispositivo que _da soporte_ a la divulgación
|
||||
pública de la obra. Segundo, determina las posibilidades legales
|
||||
de su reproducción y, por último, delitima los mecanismos y alcances
|
||||
de su reproducción y, por último, delimita los mecanismos y alcances
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de la distribución. La cantidad de recursos humanos, económicos
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y políticos para cumplir estos objetivos es el argumento más
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relevante para la conservación de esta esfera. Vale la pena una
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@ -1920,7 +1956,7 @@ matización: hay una tendencia a la división del trabajo. Por
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un lado están los reproductores, como los productores de música
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o de películas, las compañías de videojuegos o las editoriales,
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cuyos objetivos es la transformación de lo creado en un producto
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reproducible y usable para el público. Además, hay una subespecilización
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reproducible y usable para el público. Además, hay una subespecialización
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entre los que diseñan y los que manufacturan, por ejemplo, el
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editor y el impresor. Por el otro lado están los agentes que
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colocan el producto en el mercado, como los distribuidores de
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@ -1995,30 +2031,36 @@ teórico conformado por esferas.
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## 15. El surgimiento de las esferas del distribuidor y del público
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Acorde a Loewenstein (2002), el Estatuto de la Reina Ana tiene
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sus antecedentes en el cabildeo de la Honorable Compañía de Impresores
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y Periódicos ---una organización de gremios dedicados a la producción
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de libros en Londres--- para tener derecho de las obras a perpetuidad.
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||||
Según esta, el pago a los escritores implicaba la alienación
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de su propiedad. La exigencia de la Compañía era porque impresores
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escoceses reproducían sus ediciones sin consentimiento (Baldwin,
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||||
2014). Para los londinenses esta empresa era ilegal, desleal
|
||||
y contraproducente a la industria debido a la «mala» calidad
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y la falta de regulación (Loewenstein, 2002). Es decir, el _copyright_
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surge de una disputa entre impresores mediada por el Estado.
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El quehacer cultural delimitado por las esferas del creador,
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el distribuidor, el público y el Estado es un supuesto «marco
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teórico» compartido por los defensores y los críticos a la +++PI+++,
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como se explicó en la sección pasada. Un punto de partida analítico
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es posible a partir de un breve recorrido por la historia del
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_copyright_. Acorde a Loewenstein (2002), el Estatuto de la Reina
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Ana tiene sus antecedentes en el cabildeo de la Honorable Compañía
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de Impresores y Periódicos ---una organización de gremios dedicados
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||||
a la producción de libros en Londres--- para tener derecho de
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||||
las obras a perpetuidad. Según esta, el pago a los escritores
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implicaba la alienación de su propiedad. La exigencia de la Compañía
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||||
era porque impresores escoceses reproducían sus ediciones sin
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consentimiento (Baldwin, 2014). Para los londinenses esta empresa
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||||
era ilegal, desleal y contraproducente a la industria debido
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||||
a la «mala» calidad y la falta de regulación (Loewenstein, 2002).
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||||
Es decir, el _copyright_ surge de una disputa entre impresores
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mediada por el Estado.
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||||
El monopolio del mercado libresco en el mundo anglosajón era
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permitido para la Compañía por la Corona inglesa desde el siglo
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+++XVI+++ como control industrial y comercial de las publicaciones
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(Loewenstein, 2002). Sin embargo, en el siglo +++XVII+++ esta
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regulación cayó en desuso hasta que a principios del siglo +++XVIII+++
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||||
la Cámara de los Comunes, con un fuerte caracter antimonopólico
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||||
la Cámara de los Comunes, con un fuerte carácter antimonopólico
|
||||
e independentista, rechazó este privilegio (Loewenstein, 2002).
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||||
Así nacieron las leyes de _copyright_ ---el estatuto tiene el
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nombre de la monarca en turno---. Negar este monopolio disminuyó
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el poder de los impresores londinenses, restringió facultades
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de la Corona respecto al comercio y legitimó la función política
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y jurídica de la Camara de los Comunes.
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y jurídica de la Cámara de los Comunes.
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||||
Los bajos precios de los impresores escoceses les permitió competir
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contra la Compañía y les facilitó llegar a un nuevo mercado:
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@ -2127,7 +2169,7 @@ es propietario de sus cultivos, el escritor lo es de sus obras,
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porque en ambos casos se trata de productos del esfuerzo. Pero
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así como el granjero pierde los derechos sobre su producción
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debido a la venta, el autor los cede por la compensación económica
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del librero o impresor. Es decir, la obra es por completo alieanada
|
||||
del librero o impresor. Es decir, la obra es por completo alienada
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al ser vendida. Esto encendió la alerta roja en la Cámara de
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los Comunes. Esta concesión le daba más poder a la Compañía porque
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extrapolaba un privilegio real dentro de un nuevo contexto jurídico
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@ -2244,16 +2286,23 @@ la crítica a determinadas formas jurídicas.
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## 16. El surgimiento, la transferencia y la individuación de la esfera del creador
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Una de las consecuencias más interesantes de la _pequeña_ modificación
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hecha por la Cámara de los Comunes fue la fundación de la autoría
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contemporánea: su individuación a partir de la transferencia
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de la apropiación. En la sección anterior se vio que el autor
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no surge de manera exclusiva por la apropiación penal, sino a
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||||
partir de las relaciones comerciales entre escritores, libreros
|
||||
e impresores mediadas por instituciones gubernamentales. Foucault
|
||||
(1999) indica que la autoría nace de la capacidad transgresiva
|
||||
y punitiva del discurso. Sin embargo, estas relaciones explicitan
|
||||
que la apropiación no siempre corresponde a esta descripción.
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||||
La constitución del Estatuto de la Reina Ana por parte de la
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||||
Cámara de los Comunes, la cual es una relaboración a la propuesta
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realizada por parte de impresores londinenses para la defensa
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de sus intereses, marca la pauta para la delimitación de las
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esferas dentro del quehacer cultural. En la sección anterior
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se describió el surgimiento de dos de ellas, la del distribuidor
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y la del público. No obstante, una de las consecuencias más interesantes
|
||||
de esta _pequeña_ modificación hecha por la Cámara fue la fundación
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||||
de la autoría contemporánea: su individuación a partir de la
|
||||
transferencia de la apropiación. En la sección pasada se vio
|
||||
que el autor no surge de manera exclusiva por la apropiación
|
||||
penal, sino también a partir de las relaciones comerciales entre
|
||||
escritores, libreros e impresores mediadas por instituciones
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||||
gubernamentales. Foucault (1999) indica que la autoría nace de
|
||||
la capacidad transgresiva y punitiva del discurso. Sin embargo,
|
||||
estas relaciones explicitan que la apropiación no siempre corresponde
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||||
a la descripción ofrecida por Foucault.
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||||
Además de la apropiación penal o legal (Foucault, 1999), existe
|
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la comercial. El carácter diferencial de esta apropiación consiste
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@ -2543,20 +2592,21 @@ un ejercicio independentista de los productores. Pero mientras
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que la industria continúe controlada por el reproductor, cualquier
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intento de empoderar al autor se traducirá en la concesión de
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||||
un mayor control a la infraestructura bajo su dominio. Una lucha
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contra la precaridad económica de los autores que ignora su dependencia
|
||||
tecnológica corre el peligro de convertirse en una lucha a favor
|
||||
de los intereses de los distribuidores.
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||||
contra la precariedad económica de los autores que ignora su
|
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dependencia tecnológica corre el peligro de convertirse en una
|
||||
lucha a favor de los intereses de los distribuidores.
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||||
## 17. La implosión de las esferas
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Se necesita un análisis pormenorizado sobre las apropiaciones
|
||||
porque pueden no evidenciar las reglas de operación que justifican
|
||||
la autoría como un realizativo. Lo que se ha querido señalar
|
||||
es que el autor, sin su enunciación, desaparece. La autoría brota
|
||||
en tres situaciones: la apropiación indebida, el comercio injusto
|
||||
y la atribución del discurso. De la demanda por derechos de autor
|
||||
que ni el escritor está de acuerdo; pasando al distribuidor que
|
||||
exalta al creador, aunque el porcentaje de regalías al productor
|
||||
porque pueden no evidenciar las reglas de operación que justifiquen
|
||||
la autoría a modo de realizativo, como se describió en la sección
|
||||
anterior. Lo que se ha querido señalar es que el autor, sin su
|
||||
enunciación, desaparece. La autoría brota en tres situaciones:
|
||||
la apropiación indebida, el comercio injusto y la atribución
|
||||
del discurso. De la demanda por derechos de autor que en varios
|
||||
casos ni el escritor está de acuerdo; pasando al distribuidor
|
||||
que exalta al creador, aunque el porcentaje de regalías al productor
|
||||
no supere el cinco por ciento; hasta la crítica que hace del
|
||||
autor y _sus_ conceptos el centro de sus reflexiones aunque,
|
||||
a veces, no se dé cuenta que leen a otro, la autoría solo está
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@ -2800,11 +2850,13 @@ público---, el uso de la +++PI+++ y de los +++BC+++ exhiben una
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|||
interacción constante entre dos actores: instituciones gubernamentales
|
||||
y entidades privadas ---el productor en su aislamiento, el distribuidor
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y su control sobre la producción y un publico que se caracteriza
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||||
por el uso, consumo y crítica en privado---. La concepción de
|
||||
los +++BC+++ como propiedad pública se contrapone a la propiedad
|
||||
privada fomentada por la +++PI+++. Sin embargo, más allá de la
|
||||
disputa sobre el tipo de propiedad, ambos espectros se entretejen
|
||||
para dar forma a una teoría en común.
|
||||
por el uso, consumo y crítica en privado, todo ello facultado
|
||||
y delimitado por el Estado---. La concepción de los +++BC+++
|
||||
como propiedad pública se contrapone a la propiedad privada fomentada
|
||||
por la +++PI+++. Sin embargo, más allá de la disputa sobre el
|
||||
tipo de propiedad, ambos espectros se entretejen para dar forma
|
||||
a una teoría en común, como se ha tratado de evidenciar en las
|
||||
secciones 13--17 que componen este apartado.
|
||||
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||||
El interés en torno a la +++PI+++ es la manera más patente de
|
||||
concebir la producción cultural como la fabricación de bienes
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@ -2902,25 +2954,25 @@ de una disputa entre dos «bandos» es insuficiente para explicar
|
|||
el impacto y los fundamentos de la +++PI+++. Dicho «marco teórico»
|
||||
también impide la percepción de la diversidad de los movimientos
|
||||
en pos de los +++BC+++ como diferentes estrategias en un campo
|
||||
de disputa. La «batalla» del _copyjustright_ es principalmente
|
||||
en el campo jurídico, la del _copyleft_ en el espectro industrial
|
||||
y comercial, la del _anticopyright_ sobre las libertades individuales
|
||||
y la del _copyfarleft_ en torno a la autonomía de las comunidades
|
||||
productivas. Del derecho a los hechos y del individuo a la sociedad,
|
||||
esta diversidad explicita que una teoría contemporánea de la
|
||||
producción, reproducción, distribución y conservación de bienes
|
||||
culturales no puede reducirse a una cuestión jurídica, legislativa,
|
||||
política, económica o social.
|
||||
de disputa. La «batalla» del _copyleft_ es principalmente en
|
||||
el espectro industrial y comercial, la del _copyjustright_ en
|
||||
el campo jurídico, la del _anticopyright_ sobre las libertades
|
||||
individuales y la del _copyfarleft_ en torno a la autonomía de
|
||||
las comunidades productivas. De la economía capitalista al derecho
|
||||
y del individuo a la sociedad, esta diversidad explicita que
|
||||
una teoría contemporánea de la producción, reproducción, distribución
|
||||
y conservación de bienes culturales no puede reducirse a una
|
||||
cuestión jurídica, legislativa, política, económica o social.
|
||||
|
||||
La disputa también está en un terreno teórico y el acervo conceptual
|
||||
que permite ir allende a la simplificación de un marco teórico
|
||||
La disputa también está en un terreno teórico y su acervo conceptual
|
||||
que permiten ir allende a la simplificación de un marco teórico
|
||||
basado en esferas o al reduccionismo constante a partir de la
|
||||
disputa entre la +++PI+++ y los +++BC+++. Las nuevas tecnologías
|
||||
de la información no solo han impulsado la reestructuración de
|
||||
diversas legislaciones en relación al quehacer cultural, también
|
||||
ha provocado una crisis conceptual en torno a los mecanismos
|
||||
diversas legislaciones relativas al quehacer cultural, también
|
||||
han provocado una crisis conceptual en torno a los mecanismos
|
||||
que permiten la constitución de sujetos dentro de este quehacer,
|
||||
como es el autor, el inventor, el creador, el reproductor, el
|
||||
como son el autor, el inventor, el creador, el reproductor, el
|
||||
distribuidor y el público.
|
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||||
Ante semejante crisis, pareciera que esta investigación sugiere
|
||||
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