From 25714c3c4a7ecc7f67c81393b6d88f80b83546a7 Mon Sep 17 00:00:00 2001 From: Nika Zhenya Date: Fri, 1 Nov 2019 13:27:28 -0600 Subject: [PATCH] Corte hasta 2625 --- tesis/md/todo.md | 100 +++++++++++++++++++++-------------------------- 1 file changed, 45 insertions(+), 55 deletions(-) diff --git a/tesis/md/todo.md b/tesis/md/todo.md index af41787..34c592a 100644 --- a/tesis/md/todo.md +++ b/tesis/md/todo.md @@ -2569,68 +2569,58 @@ la crítica a determinadas formas jurídicas. # 16. El surgimiento, la transferencia y la individuación de la esfera del creador Una de las consecuencias más interesantes de la _pequeña_ modificación -hecha por la Cámara de los Comunes es la fundación de unos de -los pilares para la comprensión contemporánea de la autoría: -su individuación a partir de la transferencia de la apropiación. -Como se mencionó en la sección anterior, la autoría no surge -de manera exclusiva a través de la apropiación penal, sino también -a partir de las relaciones comerciales entre escritores, libreros +hecha por la Cámara de los Comunes fue la fundación de la autoría +contemporánea: su individuación a partir de la transferencia +de la apropiación. En la sección anterior se vio que el autor +no surge de manera exclusiva por la apropiación penal, sino a +partir de las relaciones comerciales entre escritores, libreros e impresores mediadas por instituciones gubernamentales. @textcite[foucault1999a] -indica que la autoría nace a partir de la capacidad transgresiva ----y castigada--- del discurso. Sin embargo, estas relaciones -explicitan que la apropiación en varias ocasiones no corresponde -a esta descripción. Esto implica diversas consecuencias. +indica que la autoría nace de la capacidad transgresiva y punitiva +del discurso. Sin embargo, estas relaciones explicitan que la +apropiación no siempre corresponde a esta descripción. -Además de la apropiación penal o legal de las que habla @textcite[foucault1999a], -existe la apropiación comercial. El carácter diferencial de este -tipo de apropiación consiste en que la atribución ha sido posible -entorno al cumplimiento de los marcos jurídicos previos a las -legislaciones del _copyright_ o del derecho de autor sin que -estos conviertan al productor en propietario. El «régimen de -propiedad para los textos» del que habla @textcite[foucault1999a] +Además de la apropiación penal o legal @parencite[foucault1999a], +existe la comercial. El carácter diferencial de esta apropiación +consiste en que la atribución ha sido posible bajo el cumplimiento +de los marcos jurídicos previos al _copyright_ o los derechos +de autor sin que convierta al productor en propietario. El «régimen +de propiedad para los textos» que menciona @textcite[foucault1999a] no se da a finales del siglo +++XVIII+++, como bien indica @textcite[chartier1999a]. -Sin embargo, el trato del discurso como «un producto, una cosa, -un bien» ha estado presente en la industria del libro incluso -antes de la invención de la imprenta, como el caso fenicio de -Biblos @parencite[mark2009a]. Autores como @textcite[kant2005a] +El trato del discurso como «un producto, una cosa, un bien» ha +estado presente en la +++PRDC+++ de los textos incluso antes +de la invención de la imprenta; por ejemplo, el caso fenicio +de Biblos @parencite[mark2009a]. Autores como @textcite[kant2005a] verán del discurso un acto similar a la descripción que hace -@textcite[foucault1999a], pero este tratamiento del discurso -no ha sido el habitual entre quienes lo han materializado con -las técnicas existentes para su publicación y distribución. +@textcite[foucault1999a], pero este tratamiento no es habitual +entre quienes lo materializan con las técnicas existentes. -Es decir, el estudio del discurso, del que @textcite[foucault1999a] -habla al final de _¿Qué es un autor?_, también debe tomar en -cuenta las técnicas de producción y reproducción, así como los -mecanismos de distribución y conservación, que lo hace posible -en su materialidad. Con la apropiación comercial se tiene un -ecosistema donde la atribución al escritor era posible pero sin -que implicara una apropiación por parte del mismo sujeto productor -y, con ello, _tal vez_ un modo distinto de recibir y analizar -el discurso. Esta investigación no pretende analizar estos otros -modos de recepción del discurso; sin embargo, es necesario puntualizar -que faltan más investigaciones al respecto. Otra tarea pendiente -para la reflexión filosófica es: _¿qué importa cómo se reproduce -el habla?_, _¿qué importa el soporte con el que se recibe?_, -y de manera más puntual, _¿cuál es la relevancia de la materialidad -del discurso filosófico para su recepción?_ +El estudio del discurso, que @textcite[foucault1999a] indica +al final de _¿Qué es un autor?_, debe tomar en cuenta las técnicas +de producción y reproducción, así como los mecanismos de distribución +y conservación, que lo hacen posible. En la apropiación comercial +hay un ecosistema donde la atribución al escritor es posible +sin implicar una apropiación por su parte y, con ello, _tal vez_ +maneras distintas de producir y recibir el discurso. Esta investigación +no pretende analizarlas, aunque falten investigaciones al respecto. +La tarea pendiente es: _¿qué importa cómo se reproduce el habla?_, +_¿qué importa el soporte con el que se recibe?_, o siendo más +puntual, _¿cuál es la relevancia de la materialidad del discurso +filosófico para su recepción?_ -@textcite[foucault1999a] menciona cuatro características ---que -él mismo cataloga como insuficientes--- del «discurso portador -de la función-autor»: +@textcite[foucault1999a] describe cuatro características, que +cataloga como insuficientes, del «discurso portador de la función-autor»: -1. La apropiación penal que se legaliza a través del régimen de - la propiedad y, en consecuencia, el discurso que empieza a tener - autores. Es decir, la determinación del discurso por parte de - las formas jurídicas vigentes. -2. La atribución cuyos mecanismos han variado o han estado ausentes - según determinados contextos. Es decir, la variabilidad en el - ejercicio de la atribución. -3. El carácter no espontáneo de la atribución, en donde la constitución - cambia «según las épocas y los tipos de discurso». Es decir, la - incapacidad del productor de atribuirse por sí mismo un discurso. -4. La remisión egoica del texto en donde este lleva «signos que remiten - al autor» en una pluralidad de egos. Es decir, la ausencia de un - nexo entre el discurso y un individuo real. +1. La apropiación a través del régimen de la propiedad y, en + consecuencia, el discurso que empieza a tener autor. Es decir, + la determinación del discurso por las formas jurídicas vigentes. +2. Los mecanismos cambiantes o ausentes de la atribución según + el contexto. Es decir, la variabilidad de la atribución. +3. La falta de espontaneidad de la atribución, por la que se + da «según las épocas y los tipos de discurso». Es decir, + la incapacidad del productor de atribuirse un discurso. +4. La remisión egoica del texto la cual lleva «signos que + remiten al autor» en una pluralidad de egos. Es decir, + la falta de un nexo entre el discurso y un individuo real. Otra de las consecuencias de la apropiación comercial es que pone en evidencia la imposibilidad de un nexo inherente por el