Empresa Libre con Regimen Simplificado de Confianza #41

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opened 2022-01-26 08:13:22 -06:00 by librehugo · 6 comments

Buen día Empresa Libre,

Dudas:

1.- ¿Podré utilizar Empresa Libre con el nuevo Regimen Simplificado de Confianza?

2.- ¿Personas Física o Morales puden utilizar Empresa Libre con el Regimen Simplificado de Confianza?

http://omawww.sat.gob.mx/RegimenSimplificadodeConfianza/Paginas/index.html

https://empresalibre.net/blog/empresa-libre-1.44/

Saludos.

Buen día Empresa Libre, Dudas: 1.- ¿Podré utilizar Empresa Libre con el nuevo Regimen Simplificado de Confianza? 2.- ¿Personas Física o Morales puden utilizar Empresa Libre con el Regimen Simplificado de Confianza? http://omawww.sat.gob.mx/RegimenSimplificadodeConfianza/Paginas/index.html https://empresalibre.net/blog/empresa-libre-1.44/ Saludos.

Hola @librehugo,

1.- Si
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2.- Creo que si, tendira que revisar mas a detalle, pero hasta donde entiendo el sistema no te va a limitar usuarlo, el responsable de cumplir con los requerimintos del SAT es el contribuyente.

Hola @librehugo, 1.- Si ![image](/attachments/1663c6cd-5bfe-4bc9-99ae-3362db681539) 2.- Creo que si, tendira que revisar mas a detalle, pero hasta donde entiendo el sistema no te va a limitar usuarlo, el responsable de cumplir con los requerimintos del SAT es el contribuyente.

Ahorita ya va en la versión 1.45.3, pero desde la 1.44 ya se puede utilizar el régimen simplificado de confianza.

Yo ya estoy facturando con este régimen, sin ningún problema.

Una peculiaridad de este régimen, es que se tiene que aplicar una retención de ISR de 1.25% en la factura, pero solo cuando facturas a personas morales.

Para hacer esto, tienes que crear en las opciones de catálogo del SAT una retención de ISR de -.0125 y aplicarla a los productos, solamente cuando factures a empresas.

La forma más sencilla de no equivocarse sería crear los productos nuevamente con esa retención para usarlos en el caso de la facturación a personas morales.

Ahorita ya va en la versión 1.45.3, pero desde la 1.44 ya se puede utilizar el régimen simplificado de confianza. Yo ya estoy facturando con este régimen, sin ningún problema. Una peculiaridad de este régimen, es que se tiene que aplicar una retención de ISR de 1.25% en la factura, pero solo cuando facturas a personas morales. Para hacer esto, tienes que crear en las opciones de catálogo del SAT una retención de ISR de -.0125 y aplicarla a los productos, solamente cuando factures a empresas. La forma más sencilla de no equivocarse sería crear los productos nuevamente con esa retención para usarlos en el caso de la facturación a personas morales.

@librehugo, si esto resuelve tu duda, por favor cierra el issue.

Saludos.

@librehugo, si esto resuelve tu duda, por favor cierra el issue. Saludos.

https://git.cuates.net/elmau/empresa-libre/src/branch/master/CHANGELOG.md

Aquí pueden ver siempre la versión actual y los últimos cambios e instrucciones.

https://git.cuates.net/elmau/empresa-libre/src/branch/master/CHANGELOG.md Aquí pueden ver siempre la versión actual y los últimos cambios e instrucciones.
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Ahorita ya va en la versión 1.45.3, pero desde la 1.44 ya se puede utilizar el régimen simplificado de confianza.

Yo ya estoy facturando con este régimen, sin ningún problema.

Una peculiaridad de este régimen, es que se tiene que aplicar una retención de ISR de 1.25% en la factura, pero solo cuando facturas a personas morales.

Para hacer esto, tienes que crear en las opciones de catálogo del SAT una retención de ISR de -.0125 y aplicarla a los productos, solamente cuando factures a empresas.

La forma más sencilla de no equivocarse sería crear los productos nuevamente con esa retención para usarlos en el caso de la facturación a personas morales.

Gracias,

¿Qué pasa con las Personas Físicasen el ISR?

¿Se cancela el ISR por lo del REPSE para personas físicas?

Saludos.

> Ahorita ya va en la versión 1.45.3, pero desde la 1.44 ya se puede utilizar el régimen simplificado de confianza. > > Yo ya estoy facturando con este régimen, sin ningún problema. > > Una peculiaridad de este régimen, es que se tiene que aplicar una retención de ISR de 1.25% en la factura, pero solo cuando facturas a personas morales. > > Para hacer esto, tienes que crear en las opciones de catálogo del SAT una retención de ISR de -.0125 y aplicarla a los productos, solamente cuando factures a empresas. > > La forma más sencilla de no equivocarse sería crear los productos nuevamente con esa retención para usarlos en el caso de la facturación a personas morales. > > Gracias, ¿Qué pasa con las Personas Físicasen el ISR? ¿Se cancela el ISR por lo del REPSE para personas físicas? Saludos.

¿Qué pasa con las Personas Físicasen el ISR?

¿Se cancela el ISR por lo del REPSE para personas físicas?

Saludos.

Creo que esa es mas bien una pregunta para algun contador.

> ¿Qué pasa con las Personas Físicasen el ISR? > > ¿Se cancela el ISR por lo del REPSE para personas físicas? > > Saludos. Creo que esa es mas bien una pregunta para algun contador.
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